La Directiva de derechos de autor de la UE tendrá un gran impacto en el panorama de los derechos de autor en Internet de Europa, pero las implicaciones inmediatas son inciertas, según los abogados.

El Parlamento Europeo aprobó la polémica ley ayer, 26 de marzo, por 348 votos a 271. Ahora irá al Consejo Europeo para su aprobación formal el próximo mes.

Una vez aprobada, los estados miembros de la UE tendrán hasta 2021 para transponer la directiva a la legislación nacional.

La polémica de derechos de autor en Internet

Los elementos más polémicos de la directiva han sido los artículos 15 y 17 (antes 11 y 13). El Artículo 15 permitirá a los motores de búsqueda mostrar solo extractos de artículos de noticias muy "cortos" y hacer que las plataformas en línea sean responsables de infringir el contenido alojado en sus sitios.

La ley ha recibido una oposición significativa de parte de compañías tecnológicas y otros críticos que temen que tenga un impacto negativo en las libertades de Internet en Europa.

En un comunicado enviado a WIPR, un portavoz de Google dijo que el texto final de la directiva fue "mejorado, pero que todavía dará lugar a incertidumbre jurídica y perjudicará las economías creativas y digitales de Europa.

"Los detalles son importantes, y esperamos trabajar con los responsables políticos, editores, creadores y titulares de derechos a medida que los estados miembros de la UE se mueven para implementar estas nuevas reglas", dijo el portavoz.

Rohan Massey, jefe mundial de privacidad y ciberseguridad de Ropes & Gray en Londres, dijo que la directiva era un "paso significativo hacia la redacción del panorama europeo de derechos de autor en Internet".

"Al exigir que las plataformas en línea eliminen o filtren el material protegido por derechos de autor de sus sitios y los haga responsables de las infracciones de derechos de autor, los costos de hacer negocios para plataformas y sitios de agregación aumentarán", agregó Massey.

Advirtió que estos cambios podrían venir "a expensas de los jugadores más pequeños".

Implementación poco clara

Haciendo eco de los pensamientos de Massey sobre el significado de la directiva, Alastair Shaw y Morten Petersenn, abogado y socio de Hogan Lovells respectivamente, dijeron que la votación de ayer marcó un "hito importante en el desarrollo de la ley de derechos de autor en Internet de la UE".

Sin embargo, aún no está claro exactamente cuáles serán las implicaciones, dijeron. En particular, la versión final del artículo 17 deja "un montón de interrogantes".

Ahora se requiere que la Comisión Europea emita una guía sobre la aplicación de las medidas, que los críticos temen que efectivamente requerirá que las plataformas en línea impongan filtros de contenido para detectar contenido infractor.

Cualquier guía de este tipo debería contener "sugerencias más precisas de soluciones técnicas para cumplir con el régimen de limitación de responsabilidad", dijeron.

Los abogados de Hogan Lovells señalaron, sin embargo, que esta guía "no sería vinculante para el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), dejando la incertidumbre tanto para las plataformas de intercambio de contenido como para los titulares de derechos".

Agregaron: "Esperamos que los tribunales nacionales y, en última instancia, el TJUE tengan que responder una serie de preguntas, incluidas, en particular, lo que equivale a los" mejores esfuerzos "en relación con las diversas obligaciones de los servicios de intercambio de contenido".

Aún quedan dudas sobre si el Reino Unido deberá implementar la directiva, ya que se alinea para salir de la UE.

Si la directiva entraría en vigor en el Reino Unido dependía en gran medida de las circunstancias del Brexit, dijo Shaw.

"Suponiendo que los términos del 'acuerdo' en relación con la legislación de la UE se mantengan en términos generales como lo son ahora, entonces esta legislación tendrá que incorporarse a la legislación del Reino Unido", dijo.

Si el Reino Unido deja la UE sin un acuerdo, no habrá obligación de transponer las disposiciones a la legislación del Reino Unido.

"Victoria" para los creadores

Raffaella De Santis, asociada de Harbottle & Lewis en Londres, dijo que a pesar de la controversia sobre las propuestas, "los artistas y creadores considerarán la aprobación de la Directiva como una verdadera victoria por su derecho a recibir un pago justo por sus creaciones".

Sin embargo, señaló que la nueva ley podría tener "consecuencias muy preocupantes e involuntarias para vastas franjas de servicios en línea, no simplemente para aquellos que operan en música o noticias".

De Santis instó a los legisladores a "asegurarse de que los servicios más pequeños no se vean desfavorecidos de manera desproporcionada por medidas que, en realidad, están diseñadas para reducir el poder de los gigantes tecnológicos que antes no tenía control".

Fuente: World Intellectual Property Review (WIPR)

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Con la figura de Indicación Geográfica Protegida (IGP), el tequila tiene desde este mes el nivel máximo de protección de propiedad industrial en los 28 países de la Unión Europea.

Con esto, la primera Denominación de Origen mexicana se convierte en el primer y único producto mexicano con un blindaje de esta naturaleza en la Unión Europea.

El tequila es la bebida alcohólica más emblemática de México y una parte importante de su identidad cultural, compartió Phil Hogan, subsecretario de Agricultura y Desarrollo Rural de la Unión Europea.

"En Europa sabemos bien cómo el éxito internacional de una bebida regional ayuda a crear empleos de alta calidad en áreas rurales y generar un sentido de orgullo nacional. La inclusión del tequila en las Indicaciones Geográficas de la Unión Europea es el último paso del camino de cooperación entre México y la Unión Europea", dijo.

La colaboración entre el sector público y privado ha sido exitosa para la protección de la propiedad industrial del tequila en México y fuera del país, compartió Rodolfo González González, presidente de la Cámara Nacional de la Industria Tequilera (CNIT).

Con el registro se aseguran los derechos exclusivos del tequila, por lo que ni productos ni servicios que ostenten la marca o la evoquen pueden hacerlo sin autorización del Consejo Regulador del Tequila (CRT). Y la autoridad europea podrá iniciar acciones legales sin petición expresa de las autoridades mexicanas para combatir simulaciones y proteger su propiedad industrial.

Fuente: La Reforma

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Al igual que en otros ámbitos de la cultura, las nuevas tecnologías -y en particular los hábitos que suscitan- están poniendo una vez más a la legislación de derechos de autor, ley de copyright contra la pared.

En este caso se trata de la ley de copyright que funciona en los Estados Unidos, en un campo tan poco corriente como llamativo: el registro de coreografías. En el ojo de la tormenta está Fortnite , el popular videojuego que, con más de 200 millones de usuarios en todo el mundo, aclamado por los críticos y multipremiado (ganó los Games Critics Awards, Webby Awards y Teen Choice Awards, en 2018), ya se ha convertido en una cita recurrente de la cultura pop. Planteado como un juego de supervivencia y combate contra zombis, la controversia por los derechos de autor surge en torno a los llamados emotes bailes de la victoria, que les permiten festejar a los usuarios y son una manera de expresar la personalidad del jugador (hay más de 50 tipos para elegir y los usuarios deben pagar por cada uno entre cinco y diez dólares).

Los bailes están modelados sobre la base de pasos o movimientos populares y son reproducidos por gente de todas las edades en videos virales. La manía ha llegado a tal punto que hasta es posible aprenderlos en clases de baile, mientras celebridades, actores y futbolistas (de Antoine Griezmann a Neymar, Mbappé y el Papu Gómez) imitan sus bailes en todas partes.

Hay tres acusaciones contra Epic Games, la compañía responsable del software, por supuestamente plagiar estos movimientos. Los tres demandantes: un adolescente llamado Russell Horning y apodado Backpack Kid, quien viralizó un movimiento llamado The Floss; Alfonso Ribeiro, el actor responsable por el Carlton Dance, y el rapero 2 Milly.

Aunque esta demanda -a diferencia de lo que suelen ser los juicios en este campo- podría ser bastante lucrativa, hay en juego mucho más que plata. Se podría generar un antecedente que cambiaría no solo la manera en que se legisla sobre autoría en materia de danza, sino también la idea misma de lo que constituye una unidad de propiedad intelectual y la diferencia entre arte, identidad y patrimonio cultural y de la web. Es decir, mucho. Es por eso que tanto la industria de los juegos como revistas especializadas y periódicos como The New York Times siguen el caso con atención.

Autoría, acá y allá

En la Argentina, el derecho de autor está enmarcado en la Constitución y queda cubierto por la ley de protección de derechos de autor (como en la mayoría de los países), regulados aquí por distintas instituciones según el campo de interés; en los Estados Unidos funciona la llamada ley de copyright. "La diferencia es que el derecho de autor le corresponde siempre al autor intelectual de una obra, mientras que el copy puede estar en manos de otras personas que no hayan creado la obra (como estudios o casas productoras que perciben los royalties), según el contrato firmado. Al menos 50 países se rigen por el derecho internacional de autor, incluyendo la Argentina", explica Silvina Szperling, coreógrafa, docente y directora del Festival Internacional de Videodanza de BA.

Existen distintas organizaciones de percepción de derechos en el país. Una de ellas es Argentores, donde también se registra la danza, que admite tres aspectos: coreografía, guion o libreto y música. ¿Cómo se registra una obra? Simple: se lleva un video o una grabación de ella, se paga y se inscribe. Sin embargo, hasta que el autor legítimo no haga un reclamo ante la entidad correspondiente, no hay una aplicación de esa ley. Dos cuestiones importantes: no existe cesión de derechos legalmente y no se pueden registrar ideas; sí, obras intelectuales, marcas o patentes.

Ahora bien, ¿qué sucede en el caso de quien reclama autoría por algo que no registró o, como el caso de los raperos y bailarines que demandan a Epic, de algo que no puede considerarse una obra en sí misma, como un movimiento o un paso de baile?

"No se pueden robar una palabra, una frase, una nota. Ahora, en el mundo de la danza, y en particular en el la danza contemporánea, con mucho trabajo conceptual, hay muchos filósofos y autores que dan por tierra con la idea del autor individual, original, de una obra. En los 90, se decía primero coreografía Xintérprete X, pero como luego se comenzó a trabajar con improvisaciones de los intérpretes, y eran sus movimiento e incluso sus ideas las que ingresaban a la obra, se empezó a poner director o directora general o escénica, y luego coreografía e interpretación por el bailarín.

Es decir, cambió el modo del trabajo en el sentido de que ya no venía el coreógrafo y le decía al bailarín movete así, sino que se tira una idea y hay una creación colectiva", alumbra Szperling respecto de qué es lo que constituye a un obra y las nuevas formas de trabajo escénico desde la danza. Como gran ejemplo de esto último, basta recordar a la genial coreógrafa Pina Bausch, quien en su etapa final trabajaba con sus bailarines casi sin levantarse de su silla, guiándolos con imágenes, consignas, etcétera.

En tiempos de Internet uno de los principales problemas es que muchas de estas leyes fueron creadas en una era tecnológica diferente, cuando incluso la animación digital de personajes (en juegos, videos o films) no existía. "Las nuevas tecnologías inciden en las nuevas formas de considerar la danza, y hay un tema crucial, que es que los contenidos audiovisuales de Internet tienen una regulación prácticamente inexistente, porque no pagan derechos, es decir, es un área no regulada. Un autor puede hacerle bajar a alguien su contenido como derecho de imagen y demandarlo, pero no hay canon, no hay legislación", agrega Szperling.

De este modo, se abren distintos interrogantes tanto sobre el proceso de creación como respecto de qué se considera arte patentable y qué constituye una expresión personal o forma de identidad individual. Lo interesante de la demanda al Fortnite es que, además del tema de ley de copyright sobre los movimientos, tanto Ribeiro, 2 Milly como Horning (mejor dicho, su padre en representación del adolescente) demandan también sobre la base de violación de algo que se conoce como right of publicity. Esto es lo que le otorga a cada individuo la posibilidad de controlar y comercializar su propia imagen, nombre y otros rasgos identificables.

Si bien las demandas señalan cosas muy diferentes, los expertos creen que los bailarines tienen más chances de ganar la batalla legal por la segunda cuestión antes que por la primera (que todavía está en debate porque la ley no admite registro de pasos como unidades de propiedad). En este sentido, hay antecedentes de celebridades que denunciaron a estudios de videojuegos por apropiación de identidad. Uno de los casos más prominentes fue cuando Grand Theft Auto incluyó al personaje de Lindsay Lohan en uno de sus juegos. El rapero 2 Milly dice que Epic está explotando injustamente su "identidad y expresión creativa", aparte de estafarlo, ya que la gente que paga para escucharlo cantar también lo hace para verlo bailar.

"¿Puede una rutina de danza definir la identidad de una persona?", se preguntaban hace unas semanas algunos críticos. Cuestiones existencialistas a un lado, si Epic llega a perder no solo deberá desembolsar una cifra significativa, sino que a futuro necesitará licencias para los pasos de baile que use como base para sus emotes, lo que derivará en cambios sustanciales en el juego. La palabra final no la tendrá la oficina de copyright, sino la Justicia.

El futuro de la creación Al debate de cómo proteger las creaciones de danza se le adicionan el poder de los memes y el constante remix y comentarios o citas que otras formas de arte se permiten sobre trabajos ya creados, hoy moneda corriente de la cultura digital. El resultado de este caso podría sentar un delicado precedente en materia de ley de copyright  y creación en la era digital, que ciertamente va más allá de lo que suceda con un par de celebridades indignadas.

En el centro del litigio, la pregunta central es qué se considera necesario como mínimo (¿un movimiento?, ¿un paso?) para registrar una coreografía. Y si una cantidad tan pequeña puede ser registrada, ¿qué implicancias tiene para aquellos que repitan esos pasos de baile en coreografías distintas, pero más grandes? Es decir, qué pasará con todos aquellos coreógrafos y bailarines que entienden la danza como un proceso de acumulación y diálogo con pasos, técnicas y disciplinas previas. ¿Acaso deberemos pagar por poder usar el moonwalk de Michael Jackson en el video de una fiesta de casamiento publicado en YouTube? ¿Y si es un documental que luego de subirse a la web además se proyecta en salas? ¿Y qué sucede con las performances callejeras de esos pasos de baile?

Algunos ya tienen una respuesta a todas estas preguntas. "Hay una razón muy buena por la que no se permiten registrar pasos sueltos, como palabras individuales o notas musicales: pueden servir como base para otras piezas de arte", detalla el editorial "El Fortnite sigue robando pasos, y nadie sabe si es ilegal", en The Verge.

"Lo que hacen en general estos chicos son unas pocas secuencias de movimientos, y copiar eso debería ser libre. Es como prohibir sílabas del lenguaje escrito porque ya fueron usadas. Cuando uno estudia danza formalmente, ya sea clásica, contemporánea, jazz, hip-hop, folclore, en las clases se aprenden muchísimos pasos y secuencias y luego es lógico que los usemos en nuestras obras. Lo importante es cómo las combinás y, más importante, como inventás nuevas combinaciones en relación con el cuerpo particular de los bailarines. Y más importante aún, el contenido de la obra como idea global", opina la maestra, coreógrafa y cineasta experimental Margarita Bali.

¿De quién es ese movimiento? Incidentalmente, esta es la pregunta que se hace Inés Armas, bailarina, coreógrafa y docente que está llevando a cabo una investigación con el Colectivo Dominio Público para la obra Copia original. La muerte del autor o el éxtasis de las influencias (los sábados y domingos, en Galpón Face, con dirección de Fagner Paván). "Nos interesa preguntarnos por la creación de movimiento, si es que surge de alguien, su creador, o es resultado de infinitos procesos que incluyen patrones físicos, psicológicos, culturales, modas, formas de vida, intereses, estudios, prácticas y costumbres que nos llevan a realizar tal o cual movimiento".

La danza, quizás el arte más dinámico y cambiante por ser algo vivido en tiempo real, siempre tuvo un alto grado de dificultad para el registro, incluso respecto de cómo se anotaba una coreografía.

Esto la dejó históricamente en una posición más endeble en lo jurídico que otras artes, motivo por el cual, antes del advenimiento del video y los gráficos por computadora, surgió un lenguaje llamado Labannotation, creado por Rudolph von Laban, que revolucionó la danza moderna en los años 30. "No existe legislación acerca de cuántos movimientos se consideran una coreografía que tiene propietario en el caso de un hipotético plagio (en la música, son ocho compases idénticos) -acota Armas-. En realidad, pienso que toda esta cuestión de los derechos de autor empieza a tener sentido cuando hay mucho dinero, como en el caso del Fortnite. Como la danza no suele mover millones, todavía no se han ocupado de detallar su legislación".

Fuente: Diario La Nación (Argentina), producido por Laura Marajofsky

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En noviembre pasado Chile perdió una sonada batalla de marca registrada contra Perú en la India, en el marco de lo que se conoce como “la guerra del pisco”. Nos hicimos eco de esa noticia en Luzuriaga & Castro Abogados.

Vale recordar que estos países andinos están envueltos desde hace tiempo en una disputa por indicación geográfica (IG) respecto de la propiedad de la marca Pisco. Con este nombre se reconoce internacionalmente a una bebida alcohólica mundialmente apreciada, no menos que otras de su talante, como el tequila.

El Fallo

En 2018 un fallo de IPAB le concedió la marca registrada Pisco a Perú, amparado en el argumento principal de que "la llamada región del Pisco chileno, se ha construido convenientemente al apropiarse del nombre peruano Pisco y renombrar artificialmente una región, que durante muchos siglos ha sido conocida con otro nombre".

Para ambos países se trata de una marca registrada muy importante. En el caso de Chile, en cuanto a bebidas alcohólicas se refiere, es la más importante detrás de sus vinos. Tanto es así, que la Embajada chilena presentó recientemente una oposición a la marca "Pisco" en India, con un recurso de apelación que solicita la solución salomónica de compartir la marca registrada. Acepta, para ello, que no se opondría a ningún registro de una marca GI con el nombre "Pisco peruano" y renuncia a sus pretensiones originales de quedarse con la marca registrada en la India.

Acaso el recurso tiene posibilidades de éxito, en tanto que el IPAB también había dictaminado que los dos licores eran diferentes en su "elaboración, técnicas y calidad".

Seguiremos atentos a las medidas y decisiones, en cuanto sientan precedentes.

Fuente consultada: World Intellectual Property Review

Enlace a la noticia original

https://www.worldipreview.com/news/chile-and-peru-face-court-battle-over-pisco-origins-17630?utm_source=World+IP+Review&utm_campaign=d7acf5888a-WIPR_Digital_Newsletter_02112018_COPY_01&utm_medium=email&utm_term=0_d76dcadc01-d7acf5888a-27665869

El Servicio Nacional de Derechos Intelectuales, SENADI, presentó al público las estadísticas de Propiedad Intelectual 2018, como lo hace a inicio de cada año. Esta vez las estadísticas visibilizan el creciente número de emprendedores ecuatorianos que buscan proteger su propiedad intelectual, principalmente signos distintivos (marcas).

En cuanto a signos distintivos, 2018 registró un incremento en las solicitudes de marcas, alcanzando un total de 17.965, 11.41% más que las 16.125 de 2017.

No se trata de un hecho aislado. Las acciones positivas y de promoción que viene realizando SENADI se reflejan en varios resultados alentadores en 2018. Como el incremento de 55% en trámites de tutelas administrativas respecto del año anterior, y la resolución del 145,75% de trámites de observancia de derechos en PI que se encontraban represados. Tales resultados dan cuenta de y justifican la confianza dispuesta por los usuarios en la nueva institucionalidad de la PI en Ecuador.

Por lo demás, durante 2018 SENADI ha participado activamente en negociaciones dentro del marco de la Comunidad Andina respecto de la Marca País y Denominaciones de Origen.

En diciembre inició el proceso de declaratoria de la Marca País “Ecuador”, para fortalecer el uso de signos distintivos y agregar valor a productos y servicios nacionales.

En 2018 se concluyó también con el proceso que declaró a la Pitahaya Amazónica de Palora como la quinta denominación de origen del país, fomentando el desarrollo económico local y agregando valor y calidad al producto para su posicionamiento en mercados internacionales, por lo que se espera aumentar las exportaciones en 2019.

Mayor información encuentra en la Gaceta de la Propiedad Intelectual

Fuente: SENADI

Enlace: https://www.propiedadintelectual.gob.ec/los-emprendedores-ecuatorianos-son-los-mayores-protectores-de-su-propiedad-intelectual/

El Servicio Autónomo de la Propiedad Intelectual informó un nuevo mecanismo para el pago de las tasas de marcas y servicios prestados por el organismo.

El Servicio Autónomo de la Propiedad Intelectual (SAPI) ha dictado una resolución a través de la cual obliga a que las tasas de marcas y patentas oficiales de titulares extranjeros sean pagadas en la criptomoneda “petro”. Y otorga un plazo de 60 días para cancelar las correspondientes tasas de marcas concedidas entre los boletines 580 y 590.

En tal sentido, el bufete HPCD comunica a sus clientes que las transacciones en “petro” están sujetas a sanciones por algunos países, entre ellos Estados Unidos. Por esta situación, la firma ha realizado reuniones con asesores expertos en la materia. Por su parte, la Asociación de Agentes de Propiedad Industrial (COVAPI) está en deliberación para resolver el tema sobre una medida colectiva.

Como es de público conocimiento, Venezuela atraviesa una situación particular y, según la comunidad internacional, la Nación se encuentra sometida a un estatuto que, aprobado el 5 de febrero de 2019 por la Asamblea Nacional, rige la Transición hacia la Democracia para Restablecer la Vigencia de la Constitución, aplicable a los Poderes Públicos, funcionarios y a los particulares.

Por las razones expuestas, la firma HPCD ha decidido aconsejar a la clientela no dar pasos apresurados hasta tanto no tener más claridad en la materia. También se anuncia que los mantendrán informados.

Seguiremos atentos a las resoluciones y modificaciones.

Fuente: Marcasur (por HOET PELAEZ CASTILLO & DUQUE)
Enlace: http://www.marcasur.com/noticia.php?NoNoId=4863

China es afamada en el mercado internacional por sus productos de baja gama y dudosa legalidad (que incluye falsificaciones, piratería y toda clase de impunes violaciones a la propiedad intelectual), característica con la que, no obstante, se ganó el apelativo de “fábrica del mundo”.  

Pero la estructura productiva que la llevó a ser potencia económica del mundo empieza a dar muestras de agotamiento.

Los factores incidentes son de carácter endógeno, como el aumento de salarios y las políticas demográficas que socavan lo que parecía ser una fuente inagotable de mano de obra barata disponible; o exógeno, como la creciente conciencia medioambiental, sobre todo la resistencia al plástico descartable y a los productos desechables en general.

Por ahora no podría llamarse crisis, porque la demanda de estos productos de baja gama tienen el respaldo de poderosas plataformas virtuales que los reparten por el mundo: Alibaba o Aliexpress los ofrecen (con envío incluido) a precios muchas veces ridículos aunque se trate de productos cuya calidad y durabilidad sea igualmente ridícula.

No obstante, está claro que la crisis del fin del dinero fácil toca a la puerta del gigante asiático. Al menos así lo advirtió el presidente Xi Jinping, que trazó un plan de 10 años cambiar la imagen de “Mad in China” hasta 2025, convirtiendo al país en una potencia en cuanto a desarrollo científico y tecnológico.

La apuesta en innovación

Así, mientras por un lado funciona a pleno la maquinaria de producción barata y comercialización a nivel mundial a través de plataformas digitales, China se plantea dar batalla en la próxima década invirtiendo en innovación y tecnología, como blockchain e Inteligencia Artificial (IA).

Hace un par de meses comentábamos que China lidera el ranking de naciones solicitantes de patentes, a la Asociación Mundial de Propiedad Intelectual (WIPO por sus siglas en inglés). Durante 2017, tenía 225 solicitudes, más de la mitad del total de solicitudes y más del doble que su principal seguidor, Estados Unidos, con 91.

En cuanto a la Inteligencia Artificial, la situación es similar. China y EEUU lideran la investigación en el campo de la IA en investigación aplicada, basada en el análisis de los datos de registro de patentes y publicaciones científicas. En 2014, el número de primeros registro de marca en China superó al de los EE. UU y así se mantiene el ranking (sin embargo, sólo el 4% de las patentes registradas primero en China se presentan posteriormente en otra jurisdicción).

China y EE. UU lideran las solicitudes de patentes en todas las técnicas de inteligencia artificial y aplicaciones funcionales. En 2007, la oficina de patentes de China pasó de ser una oficina de segunda solicitud para inventores en el extranjero, a una oficina de primera solicitud para inventores chinos y crece rápidamente.

Para más señas, la voz autorizada de Frank Chen, de Andreessen Horowitz, opinaba en “ WIPO Technology Trends (2019). Artificial Intelligence”: “En este momento, tu dinero va más lejos en China que en EE. UU. Por ejemplo, supongamos que invertiste $10 millones en una pequeña empresa de inteligencia artificial en EE.UU. la compañía gastaría 2 de los 10 millones en datos de etiquetado, mientras que en China supondría una cuarta parte o una décima parte de ese costo. Obtendrá mucho más rendimiento por su inversión de $ 10 millones. Durante los próximos 10 años tendremos ecosistemas paralelos en AI: uno en Silicon Valley y una en China. Será interesante ver cuál tira más.” (la traducción es nuestra)

¿El futuro a pesar del presente?

El caso es que a pesar de todo esfuerzo, cambiar la imagen de China, en términos de fabricación de productos, no será nada fácil.

Por un lado, una parte de las ingentes cantidades de dinero que ingresan al país continúan teniendo su origen en la tradicional “made in China”. Por otro, si bien el presidente Xi Jinping propone una reconversión industrial, respeto y control en lo relativo a la propiedad intelectual y registro de marca, no está muy claro si es realmente posible en tanto que -cumplido casi la mitad del plazo sugerido para el recambio- poco se ha hecho en esa dirección.

Cambiar la producción masiva de productos baratos por otros de alto valor añadido supone -además- instalar el cambio en el imaginario del mercado internacional. Y si bien hay muchos productos chinos en el mercado internacional, no puede decirse lo mismo de sus marcas nacionales, de entre las cuales apenas un puñado puede reconocerse por fuera de sus fronteras.

Por si fuera poco, China no produce tecnologías claves para sus industrias y las importa principalmente de empresas estadounidenses, japonesas o alemanas. Y un país de vanguardia en innovación y tecnologías no se construye de la noche a la mañana. Menos aún si el gasto en Investigación y Desarrollo (I+D) ha aumentado medio punto porcentual (del 1,5% al 2% del PIB entre 2008 y 2014), todavía por debajo del 3% que se maneja como estándar en la mayoría de economías de referencia.

Mientras el presidente busca afanosamente que las start-up de vanguardia abran sus puertas a la inversión china, para de este modo no sólo importar tecnología (que hasta hoy sólo se copia) sino conocimientos y potencial para el crecimiento autónomo, cada vez más voces -tanto chinas como extranjeras- aluden a que el verdadero cambio para el gigante asiático llegará sólo cuando la producción, la innovación y el crecimiento económico sean temas cada vez más alusivos a la empresa privada, siempre relegadas en la China socialista.

Fuentes:

WIPO, “Technology Trends 2019. Artificial Intelligence”.
Enlace: https://www.wipo.int/edocs/pubdocs/en/wipo_pub_1055.pdf

El País, “China quiere cambiar producción barata por innovación y tecnología”
Enlace: https://elpais.com/economia/2015/05/30/actualidad/1433009430_272111.html

Luzuriaga & Castro Abogados, “Blockchain: el gigante silencioso, su rastro de patentes y el desafío del control”
Enlace: https://luzuriagacastro.com/2018/11/06/blockchain-el-gigante-silencioso-su-rastro-de-patentes-y-el-desafio-del-control/

Más de $1 billón le costó al campo colombiano el año pasado el uso de semilla pirata, aquellas que se reproducen, se comercializan y se usan sin respetar los derechos de propiedad intelectual y sin la autorización del obtentor. Por lo cual no son reconocidas como certificadas. Del total, 85% son producidas por empresas locales y 15% por multinacionales.

“Es difícil cuantificar las pérdidas de todo el sector porque la piratería es un fenómeno sin registro, no hay cifras formales. Sin embargo, hemos detectado que solo en arroz, este flagelo representa cerca de $250.000 millones y en papa al menos $200.000 millones”, explicó Leonardo Ariza, gerente general de la Asociación Colombiana de Semillas (Acosemillas).

Semilla certificada vs semilla pirata

Y es que, de las 333.770 hectáreas de arroz que se sembraron en el primer semestre de 2018, solo en 76.768 hectáreas (23%) se utilizaron semillas certificadas. Mientras que en las 257.010 restantes (77%), se utilizó semilla pirata. Casanare, por su liderazgo como territorio arrocero, ha sido la región más afectada.

“En el caso del arroz, como producimos variedades, hay mucha piratería. Se está vendiendo arroz paddy contaminado con malezas, plagas y enfermedades. Por eso, hemos pedido que se haga un control estricto y se sancione a los productores de esas semillas, pues la piratería trae problemas a los rendimientos, a la productividad y hace que se pierda la pureza del varietal, sus propiedades”, indicó Rafael Hernández, presidente de la Federación Nacional de Arroceros (Fedearroz).

El problema fitosanitario

“Hemos tenido un gran impacto de contrabando de semillas desde Ecuador y algo en la frontera con Venezuela sobre los Santanderes. Lo que nos preocupa es el problema fitosanitario del ingreso tanto de semillas como de papa fresca. Sin embargo, hemos tenido una buena receptividad por parte del Instituto Colombiano Agropecuario (ICA), para establecer puntos de control”, dijo Germán Palacio, gerente general de la Federación Colombiana de Productores de Papa (Fedepapa).

Ariza, además, citó la afectación que ha dejado la semilla pirata a otros cultivos como la soya y el sorgo. Aunque las áreas cultivadas son mucho menores, de 9.320 hectáreas y 720 hectáreas, respectivamente, hasta noviembre de 2018. Las pérdidas ascienden a $3.600 millones en el caso de la soya en zonas como la altillanura y a $560.000 millones para los productores de sorgo en el centro del país. Solo con estos cuatro sectores se pierde $1 billón al año.

Al respecto, Henry Vanegas, gerente general de la Federación Nacional de Cultivadores de Cereales y Leguminosas (Fenalce), dijo que en este sector el impacto resulta ser menor al estar compuesto por cultivos híbridos (no variedades). A ello se suma que las extensiones de sorgo y soya son menores.

“Hemos tenido buena receptividad del Ministerio de Agricultura y todas sus autoridades para este caso. Desarrollamos una agenda para promover el uso de semillas certificadas a través de campañas capacitación, incluso con universidades, pues 40% de la productividad lo da la semilla”, dijo Ariza.

Venta de semillas certificadas sumó $222.281 millones

El balance hecho por Leonardo Ariza desde Acosemillas también detalló que, para 2017 (el reporte consolidado más reciente), el volumen de semillas certificadas vendidas ascendió a 36.983 toneladas por un valor de $222.281 millones. “Esas cifras son importantes si las comparamos contra las importaciones, que fueron 7.664 toneladas por US$68 millones”, dijo el directivo, quien agregó que Colombia tiene un gran potencial para crecer en la producción de semillas.

Fuente: Agronegocios (Lina María Guevara Benavides)

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En el marco de la Asamblea General No. 58 de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual-OMPI, Francis Gurry, Director General de este organismo, se reunió con el Mgs. Santiago Cevallos, Director General del Servicio Nacional de Derechos Intelectuales-SENADI, para suscribir un Memorando de Entendimiento para la implementación de un Centro de  Mediación para temas de propiedad intelectual en Ecuador.

Este centro tendrá como objetivo la solución inmediata de los conflictos, evitando el alargamiento de los procesos judiciales con sus altos costos, que en ocasiones llevan años sin poder resolverse. Con este espacio se agilita el proceso en una o tres sesiones como máximo y un acuerdo que beneficie a las partes.

La mediación es un procedimiento voluntario y confidencial, en el que los implicados deciden sobre su conflicto con base en sus intereses, es decir, las partes concurren libremente.

No existe obligación de permanecer en la etapa de mediación, y cualquiera de las partes puede dejarlo en el instante que consideren pertinente, también puede solicitarse en cualquier etapa de un juicio, siempre y cuando no exista aún la sentencia de un juez.

Para que esta suscripción se pueda llevar a cabo la OMPI se comprometió en brindar capacitación a los mediadores sobre propiedad intelectual en Ecuador que formarán parte de este centro; que se espera sea de gran utilidad para quienes busquen utilizar una forma alternativa en la resolución de conflictos.

La firma de este memorando entre el órgano máximo de la propiedad intelectual en el mundo y el SENADI, se logró a partir de la realización de negociaciones conjuntas que duraron cerca de 60 días, y que hoy pueden plasmarse en la realidad.

Fuente: SENADI


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Sí, lo cierto es que esto es algo que en un principio puede sonar algo confuso, quien no va querer proteger propiedad intelectual de su aplicación, lo confuso es que sea el desarrollador de la aplicación de streaming pirata llamada TVZion. Y está muy enfadado con aquellos usuarios de la misma que acceden a su versión “Pro” de forma gratuita, es decir, que piratean la app para no pagar por la versión más avanzada.

Es más, tal ha sido su enfado contra estos usuarios que están pirateando su app centrada en el pirateo de contenidos sujetos a derechos de autor, que incluso ha llegado a amenazar con tomar represalias contra estos piratas, para proteger propiedad intelectual.

Proteger propiedad intelectual pirateada, de piratas.

Para empezar os diremos que tras la caída de las aplicaciones para dispositivos basados en el sistema operativo móvil, Android de Google, como TerrariumTV, piratas de todo el mundo están buscando alguna otra alternativa fiable que les ofrezca contenidos de vídeo de manera similar a como lo hace Netflix, pero sin tener que gastar un solo euro. Así, una de las propuestas que más terreno está ganando en este sentido en los últimos tiempos en el mundo de la piratería móvil, es la mencionada app TVZion.

Este es un software para Android que se ve bastante bien, funciona de manera correcta, y es perfecto para aquellos que buscan acceder a las últimas películas y series de televisión de manera ilícita. Por un lado nos encontramos con una aplicación bien hecha que es gratuita, aunque claro, esta versión estándar de TVZion está repleta de anuncios, como sucede en otros casos similares. Por otro lado también hay una versión “Pro” que se anuncia como 100% libre de publicidad, funcionalidades premium, solicitudes con prioridad, y otras ventajas, para lo cual hay que pagar, como es fácil suponer.

En ocasiones los piratas se sienten estafados por otros piratas

Mientras que algunos usuarios de este programa están encantados de pagar, por un tipo de servicio que llama contenidos de pago de manera ilícita a través de la plataforma TVZion, el desarrollador del proyecto está cada vez más enfadado por el creciente número de usuarios, que quieren echar mano de esas funciones “Pro”, a coste cero. Y es que aunque la suscripción a esta versión de pago es mucho más barata que lo que se paga en otros servicios legales como Netflix o HBO, algunos quieren que sea aún más barato, es decir, gratis; aunque tampoco es algo que sea muy de extrañar.

Así, tal y como están las cosas, una de las opciones por la que muchos de estos usuarios se están decantando es por usar los archivos APK de TVZion que están disponibles en Internet y que están siendo promocionados en gran medida por Youtubers en el conocido portal streaming. Es evidente que todo ello está provocando un aparente exceso de carga y perjudicando al resto de usuarios, lo que afecta directamente a la calidad del producto como tal.

Es más, el responsable de la aplicación ha afirmado que, en gran medida debido al «mal uso» de TVZion, ha tenido que implementar diversas mejoras al servidor de la misma para así intentar evitar fallos en la reproducción de contenidos para el resto de usuarios «lícitos».

Al mismo tiempo afirma que en estos momentos, tras comprobar los registros, alrededor del 35% de los usuarios utilizan versiones modificadas del programa para acceder a la versión Pro de manera gratuita. Asimismo, echa la culpa de buena parte de todo ello, a los youtubers que se dedican a enlazar a las versiones modificadas de la app.

Irónicamente, TVZion es una app pirata que se siente amenazada por la piratería

Es evidente que esta es una herramienta basada en un servidor, por lo que no podrá seguir funcionando de manera eficiente si esta tendencia sigue creciendo, ya que llegará un momento en el que se acaben las optimizaciones y el alquiler de servidores. Por tanto, ahora su desarrollador está pensando en lanzar algunas contramedidas para disuadir a los usuarios de querer usar la versión modificada, además de a los youtubers de enlazar a algunas de estas.

Así, suponiendo que se pueda identificar a estos «gorrones», el método más sencillo para acabar con sus acciones sería expulsarlos del servicio pero, según el desarrollador, está buscando algo más que eso, algo más radical que actuará como un elemento disuasorio para el resto.

Suceda lo que suceda en el futuro con la aplicación TVZion y sus usuarios, lo cierto es que la situación no deja de ser un tanto irónica, o incluso graciosa. Y es que el desarrollador de la app está sufriendo en sus propias carnes algo similar a lo que los titulares de los derechos que su herramienta viola, sufren a raíz de la misma. Sin pensar en lo importante que es proteger propiedad intelectual.

Fuente: ADSLZone
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