Favicon Luzuriaga Castro Original
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Anteriormente ya hablamos del conflicto entre Rusia y la Propiedad Intelectual a la hora de ignorar el copyright ante las sanciones globales. Ahora, unos meses después, volvemos a revisar esta problemática dándole un enfoque especial a las importaciones paralelas y cómo influyen en esta problemática.

Empecemos estableciendo que este cambio en la legislación en la práctica está ayudando a los usuarios rusos a tener acceso a videojuegos, música y contenido que les ha sido vetado, tras las distintas sanciones por la guerra en Ucrania. Esta nueva gestión de importaciones paralelas ha sido aprobada por el primer ministro Mikhail Mishustin y sus implicaciones van más allá del software.

¿Qué son importaciones paralelas?

La anterior vez no revisamos a fondo este concepto, que parece clave a la hora de entender lo que está aconteciendo en Rusia. El significado base nos habla de importaciones de productos originales y legítimos, que han sido comprados en el extranjero y posteriormente importados sin previa autorización por parte del titular de derechos de propiedad intelectual, ocasionando una competencia directa con el propio titular o con algún distribuidor autorizado en el mercado de destino.

Esto hace referencia a mercancías legítimas no falsificadas que, al tener diferentes precios, se intenta introducir los mismos productos adquiridos a un bajo costo y ofrecerlos más baratos que en el mercado destino, o al mismo precio, pero con mayores utilidades.

En algunos países las importaciones paralelas, al tratarse de compras de productos legítimos, no se encuentran prohibidas, principalmente si hablamos de temas referentes a propiedad industrial, no obstante, en materia de competencia es donde se encuentran las barreras legales.

Supuestos Principales de las importaciones paralelas

Su denominación es confusa, aunque la forma común es llamarlas importaciones paralelas, algunos prefieren la más técnica de agotamiento del derecho, y otros desde la práctica estadounidense, importaciones de mercado o de zona gris

Normalmente las importaciones paralelas ocurren cuando se trata de productos con una inherente plusvalía, como lo son los artículos de lujo y alta gama; otro aspecto importante es el de mercancías distribuidas en economías menos desarrolladas, en las que para poderse situar en el mercado debieron bajar precios.

En el caso de Rusia, se aplicaron con la introducción de productos en el país sin el permiso del titular del derecho de propiedad intelectual, después de la suspensión por parte de las principales marcas de su actividad en el país debido a la ofensiva militar en Ucrania.

El caso en Rusia

Una resolución del 29 de marzo publicada por el Ejecutivo dirigido por Mijaíl Mishustin expresa que: "El Gobierno ha decidido permitir la importación de mercancías extranjeras originales sin el consentimiento de los titulares del derecho de propiedad intelectual."

Como lo indicamos anteriormente esta práctica servirá a Rusia para esquivar las sanciones occidentales, Rusia determinó que, en base a las restricciones exteriores, la decisión aceptada ayudará a abastecer el mercado interior de las mercancías demandadas y permitirá estabilizar sus precios.

Teniendo en cuenta las decisiones tomadas se presentó la lista completa de productos, que incluye más de cincuenta categorías, sujetos al régimen de importación paralela que entró en vigor el sábado 07 de mayo y por el que se omitirá la necesidad de autorización del titular de la propiedad intelectual de las mercancías para su introducción en el mercado ruso.

La lista de Productos

El documento, de 25 páginas, establece 56 categorías diferentes de productos cuya importación a Rusia estará permitida sin necesidad de autorización de los propietarios del copyright, incluyendo desde componentes para automóviles extranjeros, dispositivos electrónicos y electrodomésticos, ropa, calzado o cosmética y perfumería.

El Ministerio de Industria y Comercio precisó que la lista de bienes en relación con los cuales no se aplican las disposiciones legales está condicionada a que dichos bienes sean puestos en circulación fuera del territorio de la Federación Rusa por los titulares de derechos (titulares de patentes), y también con su consentimiento.

De este modo, se excluye la responsabilidad civil en los casos de importación de productos por parte de los importadores al margen de los canales de distribución oficiales.

La lista de bienes para los que se permiten las importaciones paralelas incluye productos tanto necesarios para el funcionamiento de las instalaciones de producción como una amplia gama de bienes para el sector de consumo, añadió el Ministerio Ruso.

Principales Productos y Marcas

Grandes marcas estadounidenses como Apple, Levi Strauss o Nike, la alemana Adidas, la sueca H&M o las españolas como Inditex, así como, gigantes europeos de lujo han suspendido su actividad en Rusia, en tanto que otras multinacionales, como la suiza Nestlé, suspendieron las importaciones y exportaciones desde y hacia ese país, salvo algunos alimentos o productos esenciales.

La salida del país de estas marcas internacionales afecta a casi todos los sectores, desde el tecnológico, pasando por la ropa, la alimentación no esencial o productos de higiene personal, llegando hasta la industria automovilística e incluso a los materiales de construcción.

Es por ese motivo que entre los principales productos incluidos en el listado destacan los relacionados con más de medio centenar de fabricantes de automóviles, así como de los mayores fabricantes de neumáticos y componentes para la industria automotriz.

Asimismo, también se incluyen los productos y componentes de empresas tecnológicas como Apple, Asus, HP, GoPro, Panasonic, Samsung, Nokia, Sony, Intel, Dell, LG o Toshiba; videoconsolas como XBox, PlayStation o Nintendo; fabricantes de electrodomésticos como Electrolux, Miele, Siemens, Dyson o Philips; además de marcas internacionales de moda, cosméticos y cuidado personal.

Lo que pocos mencionan

Las corporaciones occidentales que han interrumpido su actividad en Rusia han sufrido y seguirán sufriendo pérdidas de ingresos. A la par, se verá mermado el valor de su propiedad industrial en el territorio ya que las opciones en relación a posibles acciones legales para proteger sus patentes y marcas son, en el presente escenario, nulas.

Por otro lado, y en caso de marcas nacionales, los adjudicatarios de los derechos, necesitarán, como en el caso de Sterling, el conocimiento para explotar dicho derecho, sin el cual, no podrán optimizar su valor. Por último, expertos mencionan que, para recuperar la reputación de Rusia como lugar para hacer negocios se necesitará un gran esfuerzo diplomático que puede extenderse durante décadas.

Después de meses, se vuelve interesante retomar la temática del Streaming, aquellos que llevan un tiempo revisando este blog sabrán que hemos tratado temas que hacen referencia al tema. Como sabemos la propiedad Intelectual y el entretenimiento ganaron nuevas dinámicas con la manera cómo los servicios de streaming han conquistado al público. 

La combinación entre los derechos de autor de los productores y el mundo digital, así como la entrada de las plataformas como modelos de negocio en el mercado han generado grandes desafíos. Veamos si estas plataformas siguen representando un prometedor campo de trabajo para la PI, spoiler… todavía es factible. 

Revisión del Streaming “Bajo Demanda”

La tecnología del streaming surgió en la década de los noventa, no es sino hasta hace pocos años que ha alcanzado su mayor popularidad y se ha consolidado en la actualidad debido a la cuarentena motivada por la epidemia del Covid-19 en la que ciudadanos de muchos países del mundo fueron obligados a permanecer en sus casas.

Ello demuestra también que desde la crisis provocada por la irrupción de la tecnología P2P en la década de los noventa, la industria del entretenimiento, principalmente la musical y cinematográfica, se ha tenido que adaptar a los nuevos tiempos a través de plataformas hoy bastante populares. 

Así, en el ámbito de series, películas y documentales, tenemos la oferta que nos brinda Neftlix, Amazon Prime Video, HBO, Disney Plus, entre otras. Mientras tanto, en el ámbito musical tenemos a Spotify, Apple Music, Google Play Music, Deezer, Youtube Music, entre otras. Y en el ámbito de los videojuegos, tenemos a PlayStation Plus y PlayStation Now de Sony, EA Access, Nintendo Switch Online, Twich.

El Streaming para la Propiedad Intelectual

Los servicios de streaming son excelentes herramientas en el combate a la piratería, ya que en el modelo de suscripción mensual el usuario paga valores accesibles y tiene acceso a una amplia gama de contenidos. Además, el servicio por streaming trae un movimiento interesante al sector.

En primer lugar, la competencia entre las plataformas es saludable para el mercado y para el consumidor. Estos servicios, incluso los que no son nativos del segmento del entretenimiento, han apostado en producciones originales como grandes diferenciales.

Muchas de esas producciones son locales y eso implica en importantes aportes para la industria audiovisual, además de una serie de desafíos a los profesionales de derecho como los derechos de ejecución pública de música y los derechos de los profesionales involucrados en la producción de la obra, del actor al guionista. Los derechos y obligaciones de las producciones audiovisuales pasan a ser más complejos debido a las múltiples plataformas. 

El modelo de streaming ha cautivado al público y tendió a crecer, especialmente en un mundo recuperándose por la pandemia del Covid-19, que generó algunas otras formas de consumo de entretenimiento, como shows y nuevas grandes producciones. Se mostraba un campo fértil y lleno de posibilidades para profesionales que trabajan con la Propiedad Intelectual y sobre todo en el entretenimiento, sin embargo, no todo es lo que parece.

Problemas en el Paraíso

Ahora, el gigante del streaming, Netflix ha perdido alrededor de 200.000 suscriptores en los primeros tres meses de 2022, enfrentando una intensa competencia de sus rivales. Aunque no es la primera vez que disminuye su número de usuarios.

Por ello, la compañía, cuyas acciones se han desplomado en bolsa, ha dicho que se pondrá seria con el intercambio de contraseñas para retomar su crecimiento. Netflix también ha sido afectada por el incremento de precios en algunos mercados y por la retirada de Rusia como respuesta al conflicto con Ucrania.

Y puede que la pérdida de suscriptores no termine aquí. La plataforma también advirtió a sus accionistas sobre la posibilidad de perder otros dos millones de usuarios en los próximos tres meses hasta julio. Tras conocerse la noticia, las acciones cayeron un 25%, perdiendo US$30.000 millones de su valor de mercado.

Cash flow

¿Qué es cash flow y por qué es clave? Es uno de los principales indicadores de la liquidez de la empresa. Por tanto, el Cash Flow es la magnitud que mide la capacidad que tiene una empresa de generar liquidez, y por lo tanto, de ser capaz de hacer frente a sus pagos. También es conocida como: flujo de caja, flujo de efectivo o flujo de tesorería

Por lo tanto, que la cifra sea negativa indica que Netflix está gastando más de lo que ingresa, mucho más. De hecho, la diferencia entre los flujos de entrada (lo que recibe de cada suscripción) y la salida de efectivo (gran parte está destinada a la inversión en activos de contenido) es abismal.

Además de estar agotando sus reservas de liquidez, Netflix ha reducido sus márgenes de beneficio para sacar adelante nuevas temporadas de series estrella o que hagan referencia a marcas reconocidas en el mundo del entretenimiento y así ganar más cuota de mercado.

Líder de los Streaming

A pesar de esto, la firma sigue siendo el líder mundial de los servicios de streaming. Tiene más de 220 millones de suscriptores, pero el alto número de nuevos usuarios durante la pandemia había "oscurecido la perspectiva" sobre su crecimiento.

Analistas explican que los consumidores están reduciendo sus suscripciones para ahorrar dinero y por sentirse saturados ante el volumen de contenido disponible.

Como lo mencionamos anteriormente netflix también afronta una intensa competencia de servicios como Amazon, Apple o Disney, que han invertido mucho dinero en sus producciones de streaming.

Paolo Pescatore, analista para PP Foresight, dijo que “la pérdida de suscriptores fue un baño de realidad para Netflix, que intenta equilibrar la retención de usuarios con el crecimiento de beneficios. Mientras Netflix y otros servicios fueron clave durante los confinamientos, los usuarios ahora se lo piensan dos veces a la hora de comprar debido al cambio de hábitos."

Notas Finales

Netflix, como muchas otras empresas de tecnología, experimentó un impulso con la pandemia. La gente acudió a la compañía de streaming y parecía que nada podía ir mal.

Pero varios factores combinados están creando el ambiente más difícil al que Netflix se ha enfrentado en toda una década. Primero, no parece encontrar la forma de impedir que los usuarios compartan contraseña, algo de lo que se ha quejado durante años.

El incremento de la competencia de rivales como Disney+ y Apple TV también ha hecho que el mercado se vuelva exigente con la calidad, al mismo tiempo que Netflix ha incrementado el precio de su suscripción.

Pero Netflix también prevé más pérdida de suscriptores en el próximo cuarto, así que esto no solo se trata de Rusia. Y con la crisis del incremento del costo de vida para muchos, el futuro de Netflix, que parecía un camino de rosas hace unos meses, ahora se ve mucho más empañado.

Con respecto al vínculo de la Propiedad Intelectual, el hecho de que la exigencia en la calidad del producto aumente permitirá que aparezcan nuevas y buenas historias para contar y presentar al público, este hecho incrementa la producción del contenido y con ello, existirían mayores beneficios para el entorno de los derechos de autor y PI.

Hoy nos alejaremos un poco de nuestro territorio, pero creemos que es importante hablar de algunas estadísticas sobre los NFT y su vínculo con el arte. Recordemos que los non fungible tokens (NFT) son una construcción digital única, estos emergieron como una alternativa para que los artistas protegieran su arte digital y que este no fuera falsificado, copiado o imitado, porque se registraría en una cadena de bloques o blockchain, es decir, en un registro único cuyo fin es preservar la información contenida.

Es un mercado en auge, valuado en más de 40,000 millones de dólares, según las últimas estadísticas, y con un volumen de ventas de unos 24,900 millones en 2021 según los datos de DappRadar. El mundo del arte fue uno de los primeros sumados al fenómeno NFT para resolver un problema, el de la no replicabilidad, sin embargo, el concepto se puede llevar a cualquier cosa.

La tecnología NFT nació en el 2009, a la par con el surgimiento de la criptomoneda más reputada de todas: el bitcoin. Este sistema descentralizado facilitaba transacciones sin la intermediación de un banco. Como ya lo sabemos, tanto los NFT como las criptomonedas descansan sobre la tecnología blockchain y su valor responde al interés de la demanda. Por ello, solo se ofrece una cantidad limitada de productos digitales, a fin de generar expectativa mediante una estrategia de exclusividad.

Estos productos incluyen memes, piezas gráficas y animadas, tuits y cualquier otra forma de arte digital o criptoarte. En el 2017, las piezas NFT tenían un valor cercano a los 60 dólares, pero, en la actualidad, algunas se cotizan en varios millones de dólares.

Los NFT como una inversión

Sin embargo, y a pesar que suena idílico esta alternativa al arte tradicional, los propios compradores de NFT reconocen que la inversión económica es su principal motivación, por delante del valor artístico. Así lo asegura un 82% de compradores en el marco de la segunda parte del informe Online Art Trade Report 2021 de la aseguradora Hiscox, que ha realizado una encuesta a 500 compradores de arte.

Esta inversión se presenta en un contexto donde cada vez más compradores apuestan por el arte digital. El 84% de los encuestados por Hiscox cree que el cambio de paradigma hacia el mundo digital en el arte será permanente, una cifra que se ha disparado desde el inicio de la pandemia de Covid-19.

Pero, precisamente los compradores de arte son un segmento que no termina de ver con buenos ojos el formato de moda. Más de un tercio (35%) de los encuestados no compra NFT porque prefiere el arte físico.

Pero otros van más allá. Un 27% no los quiere porque no ve calidad artística en los NFT, y un 13% cree que el mercado se encuentra en una burbuja que va a estallar y prefiere esperar a ese momento antes de gastar su dinero.

Como principales cambios que piden los compradores de arte para comenzar a invertir más en los NFT, destacan quienes piden una mayor regulación del mercado (24%), misma cantidad de los que esperan descubrir un artista especializado en este formato que les guste.

Uno de cada cinco (22%) cree que un buen incentivo para el crecimiento del sector NFT sería la llegada de artistas tradicionales, ya que actualmente no les convence demasiado la oferta.

Motivos para comprar o no comprar NFT

Los encuestados señalaron entre los argumentos por lo que se plantearían invertir en el mercado de los NFT a una mayor regulación del mercado (24%), una obra NFT o un artista que le guste (24%), la llegada de artistas del mundo “tradicional” que crearán NFT (22%), una experiencia de compra tradicional más que un ecommerce (18%) y la involucración de los profesionales del mercado de arte tradicional, como galerías o museos (12%).

Asimismo, el informe indica que el 30% de los compradores de NFT solo adquirió una pieza en 2021, mientras que el 39% compró entre dos y cinco, un 15% compró entre cinco y diez y el 16% compró más de diez. En cuanto al valor de esas piezas, el 35% compró NFTs con un valor total inferior a 1.000 euros, mientras que el 37% había gastado hasta 4.600 dólares y solo el 15% gastó más que esa cantidad.

Más allá de los NFT, al 71% de los compradores de arte le preocupa la ciberseguridad de las transacciones a la hora de adquirir una obra en una plataforma digital, siendo el hackeo de la tarjeta de crédito (67%), la posible intercepción de los pagos (62%), el robo de datos (55%) o el fraude del email (54%) lo que más les preocupa.

Claramente, existen claros conflictos sobre este mercado y la burbuja digital que puede representar. Sin embargo, el caso de los NFT trasciende al ámbito de las transacciones especulativas. Ahora la comunidad artística también se pronunció respecto a sus consecuencias ambientales.

¿Cómo afectan los NFT al medioambiente?

Lo que mucha gente no toma en cuenta es que, la creación de criptomonedas como ethereum demandan ingentes cantidades de energía para alimentar a las supercomputadoras, cuya función es mantener el sistema operando. Para ilustrar su impacto, se emplea la huella de carbono (HdC), la cual es una estimación de todo el CO2 que se genera desde la fase de creación hasta el consumo de un producto o servicio.

En el caso de los NFT, no existen estudios técnicos específicos sobre su HdC. Sin embargo, Digiconomist, una plataforma online que analiza las externalidades negativas del mundo digital, calcula que la HdC de una sola transacción de ethereum es de 37.29 kg de CO2, equivalente a 82 648 transacciones Visa o a la HdC generada por 36 hogares en un día.

Actualmente, los NFT emiten millones de toneladas de CO2 como resultado de cada transacción de compra y venta mediante el uso de criptomonedas, lo que aumenta el conocido efecto invernadero. Se calcula que algunos NFT pueden contaminar lo equivalente a la electricidad que utiliza una persona en casa durante dos meses.

Debido a que una gran mayoría de creadores de NFT usan la criptomoneda de ethereum, se estima que su consumo energético anual asciende a 31 teravatios por hora de electricidad. Para ponerlo en perspectiva, esta cantidad equivale al consumo energético total de Nigeria, el país más poblado de África.

Problemas y Crecimiento del Mercado

El problema medioambiental subyace en la progresiva demanda por criptoarte. En consecuencia, tanto los compradores como los vendedores de NFT son corresponsables por el consumo total de la energía de ethereum, lo que ha gatillado ácidos cuestionamientos a la actividad.

A pesar de todo lo mencionado, la compraventa de arte a través de plataformas digitales cada vez parece más válida, un 84% cree que el cambio digital del mercado del arte será permanente, frente al 51% que estaba de acuerdo con esta afirmación en 2020. Tanto es así, que en 2021 el 65% de los compradores adquirieron de forma online arte o algún objeto de colección, frente al 59% que lo hizo en 2020 y el 43% de 2019.

A pesar del costo medio ambiental, el aumento en la confianza alrededor de las plataformas de venta online de arte creció un 53%, afirmando que la pandemia y la migración del mercado del arte han contribuido a mejorar su confianza a la hora de hacer estas transacciones online. Lo que nos queda es, ver si el desarrollo de este mercado representa un verdadero nicho para el arte, mejora la protección de PI para los artistas digitales y permite la vinculación de artistas tradicionales.

Este 2022, el tema del Día Mundial de la Propiedad Intelectual se centra en los jóvenes, que con su innovación construyen un futuro mejor gracias a su potencial para encontrar nuevas y mejores soluciones que favorezcan la transición hacia lo sostenible.

La OMPI apuesta por la innovación y la creatividad lideradas por la juventud. Bajo la premisa:  La PI y la juventud: innovar para un futuro mejor, con este motivo se desarrollarán en todo el mundo, de forma presencial y virtual, cientos de actividades que demuestran el increíble ingenio y las diferentes perspectivas que los jóvenes proponen para crear un mundo mejor.

Esta es una oportunidad para que la juventud descubra el modo en que los derechos de Propiedad Intelectual pueden contribuir al logro de sus objetivos, a generar ingresos, convertir sus ideas en realidad, crear oportunidades de trabajo y tener un impacto positivo en el mundo que la rodea.

El espíritu innovador, dinámico y creativo contribuye a impulsar los cambios que son necesarios para avanzar hacia un futuro más sostenible y encontrar la fórmula para que los derechos de propiedad intelectual ayuden a la juventud del mañana a construir un futuro mejor. Es así como, la juventud de todo el mundo se enfrenta a los desafíos que plantea la innovación con energía, ingenio, curiosidad y creatividad para dirigir el rumbo hacia un futuro mejor.

Campaña de la OMPI para el 2022

Hablemos más sobre la campaña, esta permitirá a la juventud adquirir una mejor comprensión del modo en que las herramientas del sistema de PI, a saber, las marcas, los derechos sobre los diseños, el derecho de autor, las patentes, las indicaciones geográficas y los secretos comerciales, entre otras, pueden servir de apoyo a sus aspiraciones de construir un futuro mejor.

También se examina de cerca la función que desempeña la OMPI en cuanto a respaldar las iniciativas nacionales y regionales encaminadas a crear un entorno jurídico y de política que permita prosperar a los jóvenes inventores, creadores y emprendedores.

Teniendo en cuenta que en la juventud se encuentran los innovadores, los creadores y los emprendedores del mañana. Su creatividad y su ingenio están impulsando el cambio en todas las regiones y abren el camino hacia un futuro mejor. El Día Mundial de la Propiedad Intelectual 2022 se encamina a rendir homenaje a esta generación de agentes transformadores.

Generación Z y milenial´s, los creadores del mañana

Los mileniales y la generación Z son agentes transformadores; personas pragmáticas que no tienen miedo de hablar y cuestionar el statu quo. La juventud de hoy está integrada por nativos digitales que han crecido en un mundo conectado, con los teléfonos móviles e Internet, en el que las fronteras entre el mundo físico y el digital son difusas.

Obtenido de: WIPO - Día Mundial de la Propiedad Intelectual se centra en los jóvenes.

Hacemos un llamamiento a toda la juventud, dondequiera que radiquen sus aspiraciones (en las artes, la ciencia, la tecnología, etcétera), pues una mentalidad creativa e innovadora respaldada por los derechos de PI ayuda a marcar la diferencia, para que participe en la campaña de este año y descubra los beneficios que puede ofrecer la PI.

Por estos motivos podemos decir que la juventud de hoy constituye una fuente increíble de creatividad e ingenio a la que apenas se ha sacado partido. Actualmente hay en el mundo cerca de 1.800 millones de jóvenes (menores de 24 años). El 90% viven en países en desarrollo.

Está previsto que la proporción de personas menores de 35 años aumente en los próximos años. La juventud se convierte en el agente transformador natural que abre el camino hacia un futuro mejor en todas las regiones.

Conciencia sobre la importancia de la PI

El Día Mundial de la Propiedad Intelectual se celebra en todo el mundo y cada edición, en la campaña es impulsada por todos los organismos de Propiedad Intelectual en el mundo, quienes participan en diversas actividades: oficinas de propiedad intelectual, organismos oficiales, universidades, bufetes de abogados, empresas, organizaciones internacionales, organizaciones no gubernamentales y colegios, además de miles de personas de todas las edades y de todos los rincones del mundo.

El principal objetivo de cada edición es crear conciencia sobre la importancia de proteger la propiedad intelectual, uno de los pilares fundamentales en el desarrollo y progreso de una sociedad justa. Con cada edición se pretende conocer mejor la relación de la sociedad con la propiedad intelectual (PI), la innovación y la creatividad.

Historia y evolución

En el año 2000, los estados miembros de la OMPI eligieron el día 26 de abril, que es el día en el que entró en vigor, en 1970, el Convenio de la OMPI para celebrar el Día Mundial de la PI a los fines de fomentar una mayor comprensión general de la PI.

Desde entonces, el Día Mundial de la P.I. constituye cada año una oportunidad excepcional de encuentro con quienes se interesan por la P.I. en todo el mundo, para hablar del tema y demostrar cómo funciona el sistema de P.I. contribuye al florecimiento de la música y las artes y a fomentar la innovación tecnológica que va plasmando nuestro mundo.

La primera campaña del Día Mundial de la Propiedad Intelectual se llevó a cabo en 2001. Cada año, la campaña ofrece una oportunidad única para reunirse con personas de todo el mundo a fin de homenajear a quienes inventan y crean en nuestro planeta y de reflexionar sobre las muchas maneras en que la PI conforma nuestras vidas, contribuyendo al éxito de la música y las artes a escala mundial y fomentando la innovación tecnológica que va conformando nuestro mundo.

La Organización Mundial de la Propiedad Intelectual ofrece, en su página web relativa al Día Mundial de la Propiedad Intelectual, múltiples recursos e ideas. Entre ellas, destaca la Galería de jóvenes, mediante la que se invita a los usuarios a publicar imágenes y vídeos de jóvenes que están innovando para un futuro mejor. Todas las actividades y acciones deben ir acompañadas por el hashtag #WorldPDay.

Otros Eventos

La WIPO este año invita a todos los países a celebrar el ingenio, la creatividad, el dinamismo y la visión de los jóvenes inventores, creadores y empresarios del mundo para construir un futuro mejor.

El 26 de abril en Ecuador se presentará el seminario llamado “EL IMPACTO DE LA JUVENTUD EN LA PROPIEDAD INTELECTUAL” este evento organizado por SENADI y otras Organizaciones de Propiedad Intelectual tanto públicas como privadas. Los temas a tratar serán sobre los jóvenes y la propiedad intelectual, tendremos como ponentes a emprendedores jóvenes y directores ejecutivos de PI.

El 27 de abril la Corporación Ecuatoriana para el Desarrollo de la Investigación y la Academia (CEDIA) y el Servicio Nacional de Derechos Intelectuales (SENADI), en el marco de los eventos de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI), organizan anualmente la “Semana de la Propiedad Intelectual”. Uniéndose nuevamente a la celebración mundial del Día de la Propiedad Intelectual.

De igual forma, se llevará a cabo el Ier Congreso Iberoamericano de Propiedad Intelectual organizado por el Instituto Iberoamericano de Leyes y Economía IILE, con expositores referentes en el área de PI y del cual formaremos parte. Las ponencias se llevarán a cabo los días 25, 26 y 27 de abril desde las 16h00 a las 20h00 y pueden inscribirse para asistir a dicho congreso.

Estos eventos constituyen cada año una oportunidad excepcional de encuentro con quienes se interesan por la propiedad intelectual (PI) en todo el mundo, para hablar del tema y demostrar cómo el sistema de PI contribuye al florecimiento de la música y las artes y a fomentar la innovación tecnológica que va plasmando nuestro mundo.

Se ha vuelto normal el hablar de registro de marca en este blog y a pesar de esto no hemos tratado temas relacionados con el registro de nombres propios o frases célebres como “marcas”, y cómo este proceso funciona alrededor de personajes públicos.

Empecemos definiendo que la ley establece que una marca puede ser cualquier signo susceptible de representación gráfica que ayude a distinguir en el mercado los productos o servicios de una empresa de otras y en particular podrán ser considerados como marcas aquellos que sirvan para identificar a las personas.

El registro de una marca confiere a su titular el derecho exclusivo a utilizarla en el tráfico económico, generando una prohibición a terceros de poder hacer uso de ella sin su consentimiento.

Entonces, un nombre propio puede ser utilizado como marca, aunque esta posibilidad solo estará disponible siempre y cuando dicho nombre sea considerado como distintivo en el territorio donde se pretenda registrar dicha marca.

Esta posibilidad se vuelve interesante para aquellas celebridades que desean obtener un rendimiento económico de su imagen y marca personal, ya que, les permite acceder a un instrumento legal para operar comercialmente a la vez que obtienen una herramienta legal para protegerlo.

Algunos registros famosos

Un claro ejemplo se presenta en el caso de celebridades como Ralph Lauren quien registró una marca comercial con su nombre en la década de 1970 o Madonna quien hizo lo mismo en la década de 1980.

Desde entonces, se sabe que personas famosas registran no sólo su nombre, sino también el de sus hijos, eslóganes que han popularizado y otras palabras y frases relacionadas con su actividad.

Un ejemplo reciente es el de Archewell Audio LLC, una de las estructuras utilizadas por el príncipe Harry y Meghan Markle (que se asoció con Spotify para producir un podcast) solicitó recientemente el registro de una marca comercial para Archetypes, el nombre del próximo programa de Meghan Markle en la plataforma.

Kate Cheney, directora de marcas comerciales del bufete de abogados Clarke Willmott, dijo a Newsweek que la solicitud de registro “tiene mucho sentido comercial” y debería ser una práctica estándar en el sector.

¿En qué consiste?

La solicitud de un registro de marca no significa que la persona que realiza la solicitud reclame la propiedad completa y absoluta de la palabra o frase en cuestión. Más bien, crea un nivel de protección dentro del contexto de actividades específicas a realizar. Esto, a su vez, puede resultar útil en un caso de litigio.

Un concepto común y erróneo es que, tener una marca comercial significa que legalmente posee una palabra o frase en particular y puede evitar que otros la usen, explica la Oficina de Patentes y Marcas de EE.UU. en su sitio web. Sin embargo, no tiene derechos sobre la palabra o frase en general, solo sobre cómo se usa esa palabra o frase con sus productos o servicios específicos.

La solicitud de registro de una marca para Archetypes, por ejemplo, incluye una larga lista de especificaciones que indica que se aplicaría, por ejemplo, a grabaciones de audio y podcasts descargables, todo en los campos del tratamiento cultural de las mujeres y los estereotipos hacia las mujeres, entre otras categorías de contenido sumamente específicos y necesarios a la hora del registro.

Conservar la marca

Presentar una solicitud para registrar una marca no significa que necesariamente se aceptará, ni que durará para siempre, en la mayoría de países el registro dura 10 años, por lo que se trata de una inversión a largo plazo.

También hay que tomar en cuenta que, con la concesión de la marca, el titular deberá hacer un uso efectivo de la misma en un plazo de tres años desde la fecha de registro para evitar que sea susceptible de un procedimiento de caducidad de acuerdo a la legislación del Ecuador.

Un ejemplo es el caso del mariscal de campo suplente de los New York Jets, Tim Tebow, quien presentó una solicitud para registrar una marca comercial para “Tebowing”, una palabra utilizada para referirse a la forma en que Tebow se arrodillaba sobre una rodilla para orar en el campo durante los juegos. La solicitud figura como presentada en 2011 y fue cancelada en 2019 en la  Oficina de Patentes y Marcas de EE.UU.

Pero, por supuesto, muchos solicitantes tienen éxito y han mantenido sus registros de marca hasta el día de hoy. En 2004, Paris Hilton solicitó el registro de una marca comercial para su eslogan “That’s hot” en el contexto de “servicios de entretenimiento multimedia del tipo de servicios de grabación, producción y posproducción en los campos de la música, el vídeo y el cine”. El registro se realizó en 2007 y se mantiene activo ante la Oficina de Patentes y Marcas de EE.UU..

De manera similar, en 2014, Taylor Swift registró una marca comercial ante la Oficina de Patentes y Marcas de EE.UU. para “This sick beat” (un extracto de la letra de su canción “Shake It Off”, lanzada ese mismo año). El registro se realizó en 2017. El mismo cronograma se aplica a una solicitud para registrar una marca comercial para otra frase, “Nice to meet you. Where you been?”, extraído de su canción “Blank Space”.

Casos curiosos

En 2012, Donald Trump había decidido no buscar la nominación republicana en las elecciones presidenciales. Pero ese mismo año, presentó ante la Oficina de Patentes y Marcas de EE.UU. una solicitud para registrar una marca comercial para “Make America Great Again”, que se convirtió en su lema de campaña en 2016.

La fecha de la solicitud indicada es el 19 de noviembre de 2012, solo unos días después de las elecciones en las que Barack Obama fue elegido para ocupar el cargo en su segundo mandato en la Casa Blanca.

Por otro lado, algunas celebridades han tratado de brindarles a sus hijos un nivel de protección al registrar marcas comerciales para sus nombres. Por ejemplo, existen solicitudes en distintos países, para registrar marcas comerciales para los tres hijos de Beyoncé y Jay-Z, lo mismo ocurre con los hijos de Kim Kardashian y Kanye West.

Un vistazo cercano

Algo a tomar en cuenta es que, al tratarse de marcas basadas en nombres propios, los titulares deberán prestar un cuidado extra a la hora de establecer los términos contractuales en lo referido a la cesión de uso de las mismas o incluso de su titularidad en el caso de que se vendiese, ya que, de no hacerlo sus hijos podrían verse privados, total o parcialmente, del uso de su nombre propio en el tráfico comercial mientras las marcas estuviesen vigentes.

Para finalizar, cabe resaltar que estas situaciones suceden porque una marca es un derecho intangible susceptible de transmisión, lo que implica que los derechos pueden ser cedidos a un tercero en exclusiva, otorgando así un derecho de monopolio sobre dicha marca incluso frente al transferente.

Es por ello que, a la hora de realizar este tipo de operaciones se ha de establecer una buena estrategia de gestión y se ha de contar con un buen asesoramiento para evitar así situaciones no deseadas que puedan condicionar la vida del famoso, e incluso, la de sus hijos.

En el mes de noviembre de 2021 las tarifas de PI de las Sociedades de Gestión se encontraban en el ojo público, hoy regresan con una problemática bastante similar, sin embargo, antes de hablar de dichas tarifas es necesario presentar esta figura y cómo interactúa con la sociedad.

Las Sociedades de Gestión Colectiva o SGC son personas jurídicas, sin fines de lucro, cuyo objeto social es la gestión colectiva de los derechos patrimoniales de los autores, artistas, intérpretes o ejecutantes, productores de fonograma y organismos de radiodifusión. En Ecuador existen hasta el momento cinco Sociedades de Gestión Colectiva registradas. 

¿Cómo intervienen en el Ecuador?

Las personas que forman parte de una sociedad de gestión colectiva son autores, artistas, intérpretes o ejecutantes, productores de fonograma, organismos de radiodifusión y titulares de derecho de autor y/o derechos conexos. Estos pueden formar parte de una sociedad de gestión colectiva a través de contratos de adhesión.

La actividad principal del organismo de gestión colectiva es la gestión de los derechos, que entre sus principales actividades tiene:

Proceso de aprobación de tarifas

De acuerdo con el artículo 251 del COESCCI, para el establecimiento de tarifas razonables, equitativas y proporcionales por el uso de las obras y prestaciones comprendidas en sus respectivos repertorios, las sociedades de gestión colectiva deberán observar los siguientes criterios, sin perjuicio de otros que pudieran ser aplicables:

Los antecedentes fácticos y técnicos que las justifiquen se entregarán conforme la metodología que para el efecto emita el Servicio Nacional de Derechos Intelectuales para la determinación de las tarifas generales de las sociedades de gestión colectiva. 

Destino del dinero y Sociedades de Gestión

Ahora, la pregunta más común debería ser, ¿cuál es el destino del dinero que reúnen las SGC? Conforme a la normativa vigente, el dinero recaudado por las sociedades de gestión colectiva es destinado para lo siguiente:

Actualmente, en el Ecuador se encuentran autorizadas para su funcionamiento 5 Sociedades de Gestión Colectiva:

Nuevas tarifas de Propiedad Intelectual en Ecuador

Después de tener mucho más clara la figura de las SGC, podemos hablar de las nuevas tarifas. El Servicio Nacional de Derechos Intelectuales, SENADI, no autorizó las nuevas tarifas para el cobro de derechos de autor. Las propuestas hechas por varias de las Sociedades de Gestión Colectiva no cumplen con los criterios legales y podrían afectar económicamente a los negocios que deben pagarlas.

Tras esta primera decisión la entidad preparó nuevos tarifarios que entraron en análisis del organismo oficial. Uno de los problemas es el sistema con el que se cobra estos derechos.

El sistema de cobro

En este caso, si la persona es dueña de un restaurante en el que se colocan cuatro televisores, una de las Sociedades de Gestión le cobrará por su uso, asumiendo que estos permanecerán prendidos y por ellos se ve cualquier producción sometida a derechos.

Pero si además contrata un proveedor de televisión pagada, este también pagará por los mismos derechos y ese valor estará incluido en su factura.

Y si ambienta su local con música, otra sociedad de gestión le cobrará por ella y por cada parlante que tenga instalado.

Al final el pago de derechos de autor por varias vías deberá estar en su presupuesto. Y lo mismo pasa en hoteles, clínicas, hospitales, tiendas, supermercados o cualquier local o servicio que use música o productos audiovisuales, además de medios y proveedores de servicios de comunicación.

Criterios para rechazar las nuevas tarifas

Uno de los criterios para que el SENADI rechace las tarifas fue que estas se aplican sin distinguir el tipo y volumen de negocio. Llevando a situaciones extrañas donde una de las sociedades de gestión le cobra lo mismo a un hotel 4 estrellas que a un hospital.

Esto no debe suceder y por eso el SENADI determinó que las propuestas de tarifas de las Sociedades de Gestión: "no cumplen con los criterios de razonabilidad, proporcionalidad y equidad establecidos en el artículo 251 del Código Orgánico de la economía social de los conocimientos, creatividad e innovación".

Aunque las tarifas no han aumentado aún, muchos negocios no pueden pagar las que se encuentran vigentes. De las cinco sociedades de gestión del país, solo Uniarte, que representa los derechos de artistas y autores audiovisuales, tiene tarifas aprobadas desde el 2018 con actualizaciones hechas en el 2019 y 2021. 

Finalmente, ante el peso que representa el pago de los derechos, diferentes sectores de la economía ecuatoriana han pedido que las tarifas respondan a las realidades de los distintos sectores de producción.

Los derechos de autor están reconocidos en las grabaciones fonográficas, así como en la música y las letras de las canciones. La Ley prevé que solamente el propietario de una obra puede copiar dicha obra, publicar copias, prestar o alquilar copias de la obra al público, interpretar o ejecutar, mostrar o reproducir la obra en público, radiodifundir la obra, realizar una adaptación de la obra, o hacer cualquiera de las cosas mencionadas anteriormente con relación a una adaptación. 

Cualquier tipo de muestreo (también llamado sampling o sampleado) que se haga sin el consentimiento del titular de los derechos de autor supone, presuntamente, una infracción. En el país, samplear una canción sin permiso constituye una infracción inmediata del derecho de autor, es decir, un uso no autorizado de material protegido por el derecho de autor de un tercero. 

Samplear una canción sin permiso normalmente infringe dos derechos: el derecho de autor sobre la grabación fonográfica, es decir la propiedad de un artista o de una compañía discográfica y el derecho de autor sobre la propia canción, entendida como la propiedad del compositor o de la editorial musical. 

Antes de realizarse un sampling, debe obtenerse el consentimiento del titular original del derecho de autor, o de su representante, como una sociedad de recaudación, por ejemplo, en el Ecuador, la Sociedad General de Autores y Compositores Ecuatorianos, que gestiona los derechos de autor en nombre de sus titulares.

Derechos editoriales y Derechos fonográficos

Antes de revisar el tema de los samples, revisemos qué son los derechos editoriales y fonográficos. Los primeros se encargan de proteger la composición de la música.

Normalmente el autor de la obra posee el 50% de estos derechos y la compañía editorial conserva el otro 50%, principalmente por ayudarle al compositor a cobrar los derechos asociados a su obra y de promocionarla para que sea utilizada lo máximo posible y así aumentar las ganancias obtenidas.

Por su lado, los derechos fonográficos recaen sobre la grabación original del audio, conocida como máster.

Lo más común es que estos derechos se dividan entre el artista que interpreta la música, que no es necesariamente el compositor y la compañía discográfica con la que se trabajó en el proceso de grabación hasta lograr el sonido final con la que es lanzada para ser disfrutada por el público.

Una vez aclarado cómo se establecen los derechos sobre la música, también es importante tener entender de qué forma son asignados y cobrados los diferentes derechos cuando la música es utilizada por otras personas.

Beneficios por los derechos de autor 

La música se usa de distintas maneras y para diferentes fines. Para esto los artistas pueden ceder los derechos patrimoniales o de explotación económica de sus obras y a cambio recibir pagos llamados regalías. Existen los siguientes tipos de regalías:

Y para finalizar, es necesario mencionar las licencias de sampling, de las cuales hablaremos a profundidad a continuación.

La figura de los Samples

Ahora, hablemos un poco más de la figura de los samples. El anglicismo sample ("muestra" en inglés) se utiliza para referirse a una muestra de un sonido grabado en cualquier tipo de soporte para reutilizarla posteriormente como un instrumento musical o una diferente grabación de sonido. Se elabora, así, una mezcla o sucesión de secuencias de canciones o vídeos que además pueden ser transformados mediante efectos. Sampling y sampleado y también el término muestreo musical hacen referencia a tomar una porción.

El sampling se generalizó en la música popular con el nacimiento del hip hop en Nueva York en los años 1970. Generalmente se lleva a cabo mediante un sampler, que es un aparato analógico o bien un software que permite tomar muestras digitales de secuencias sonoras para luego reproducirlas o transformarlas mediante efectos. También se pueden tomar muestras mediante cinta o vinilo.

Esta forma de utilizar samples es habitual en la música industrial, donde a menudo se utilizan palabras habladas de películas y programas de televisión, así como en la música electrónica que se desarrolló a partir de la música concreta, basada casi totalmente en el muestreo o el hip hop, desarrollado mediante la repetición por los DJs de los breaks de las canciones, y el R&B contemporáneo. No obstante, el sampling se ha vuelto común también en todos los géneros musicales.

Consecuencias

Los abogados señalan que prácticamente en todas las circunstancias se debe obtener una licencia antes de hacer sampling. Las consecuencias de no hacerlo pueden ser desastrosas a continuación hablaremos un poco al respecto.

Hacer sampling sin una licencia de uso adecuada deja a quien lo haga expuesto a ser condenado a penas graves. Incluso a un nivel básico, la infracción del derecho de autor es condenable por daños y perjuicios legales por un único acto de infracción. 

El titular de los derechos de autor también puede solicitar al tribunal un mandamiento judicial que obligue al infractor a dejar de infringir los derechos de autor del titular. Además, el tribunal puede ordenar la retirada y destrucción de todos los discos infractores.

En este sentido cualquier fragmento utilizado de un máster, sin permiso, constituye una infracción. En el mundo, los titulares de derechos de autor tienen a su disposición un conjunto de recursos jurídicos que pueden interponer frente al sampling, especialmente el desagravio por mandato judicial y la indemnización por daños y perjuicios. Sin embargo, existen dos doctrinas jurídicas que han dado una pequeña esperanza a los futuros sampleadores.

El uso sustancial

En Reino Unido parecen haber llegado a la conclusión de que cualquier uso reconocible constituirá una infracción, de manera que ésta se produce siempre que cualquiera que escuche un compás de música pueda identificar fácilmente una pieza de música que suene de manera similar.

La doctrina del uso sustancial establece que la infracción debe relacionarse con una parte “sustancial” de la obra original, y que la decisión en cada caso debe tomarse de manera individual, dependiendo del contexto.

Un ejemplo se presenta en la canción “Macarena” de Los del Río, producida por BMG, hay un fragmento de siete segundos y medio sampleado de la canción de The Farm “Higher and Higher”, grabación protegida por derechos de autor bajo titularidad de Produce Records. 

No se había obtenido permiso para utilizar el fragmento, por lo que Produce Records entabló un procedimiento judicial contra BMG por infracción del derecho de autor. BMG solicitó que se desestimará el procedimiento, basándose en que no se puede decir que el fragmento constituya una parte sustancial de “Higher and Higher”. BMG argumentó que era el juez quien tenía que decidir al comparar las grabaciones.

 La regla de los Tres Segundos

La solicitud de desestimación de BMG fue rechazada; se aceptó que los jueces no eran expertos en la música y que podían recurrir a la ayuda de pruebas periciales para determinar si el uso era o no sustancial, así como a datos objetivos externos.

Antes de tomar esta decisión, se utilizaba la norma no escrita de la “regla de los tres segundos”, según la cual el muestreo de tres segundos o menos no conduciría al inicio de acciones legales contra el autor de éste.

Sin embargo, en 2002, se sentenció que incluso la utilización de breves fragmentos muestreados de letras requiere la autorización del titular del derecho de autor. En el caso de Ludlow Music Inc v. Robbie Williams and others, Robbie Williams fue obligado a pagar daños y perjuicios a Loudon Wainwright III debido a la similitud de la letra de su canción “Jesus in a Camper Van” con la de la obra previa de Wainwright.

 El uso leal

 La legislación estadounidense, explica que, se produce una infracción cuando una grabación o composición queda “rechazada” mediante una prueba de semejanza sustancial. Una obra que tenga una semejanza sustancial con otra infringe los derechos de la obra original salvo que pueda aplicarse la doctrina del “uso leal”.

Un ejemplo se representa en el caso de Acuff-Rose Music v. Campbell, 114 S.Ct 1164 / 510 US 569, 575 (1994), el Tribunal Supremo estadounidense revocó la decisión de un tribunal de primera instancia que había dictaminado que la parodia realizada por 2 Live Crew de la canción “Oh, Pretty Woman” de Roy Orbison constituía una infracción del derecho de autor y no un uso leal de pleno derecho.

El Tribunal Supremo disintió, al declarar que el uso de la obra previa podría ser leal, pero eso debería determinarse caso por caso. El caso en cuestión no se centraba en el uso leal, si bien a partir de entonces se adoptó la prueba de la semejanza sustancial.

Semejanza Sustancial

Primero es necesario preguntarse: ¿Es el demandante titular de unos derechos de autor válidos sobre el material presuntamente copiado?, ¿ha copiado el demandado la obra cuyos derechos se han infringido?, ¿presenta la obra copiada una semejanza sustancial con la obra original?

Es así como a las obras que tienen una semejanza sustancial con una obra anterior, les queda muy poco sitio para defender el uso leal. No obstante, para que pueda reconocerse como uso leal, el fragmento muestreado debe utilizarse con fines como la parodia, la crítica, la información, la investigación, la educación o cualquier uso semejante de carácter no lucrativo. 

Utilizar un fragmento sencillamente porque suena bien no es suficiente para cumplir los requisitos de protección como uso leal, sino que, de hecho, es más bien lo contrario. Es completamente falso el rumor de que pueden utilizarse cuatro notas de cualquier canción con arreglo a la doctrina del ‘uso leal’. La copia de una sola nota de una grabación fonográfica puede constituir una infracción del derecho de autor.

Tener en cuenta

Pese a estos casos, la doctrina del uso leal o el uso sustancial es muy limitada, y no sería muy inteligente por parte de cualquiera que utilice un fragmento grabado recurrir a éstas, salvo en un contexto cuidadosamente regulado y con un asesoramiento jurídico cabal.

En general, siempre se debe obtener el permiso y una licencia del titular del derecho de autor para utilizar un fragmento muestreado. Ni la prueba del uso sustancial, ni la semejanza sustancial, ni el uso leal suponen permisos gratuitos para samplear. 

Es necesario siempre tener en cuenta las palabras pronunciadas por el Sr. Peterson, juez del Reino Unido, en 1916: “si vale la pena ser copiado, entonces vale la pena ser protegido”.

Los e-sports nacen en los años 1970 de forma modesta en los laboratorios de ingenieros electrónicos, aun sin considerarse videojuegos como tal. En 1972, en la Universidad de Standford se crea la primera competición basada en el videojuego Spacewar que tenía como premio una suscripción anual a la revista Rolling Stones.

Así, a finales de los años 1990 aparece la idea de competir profesionalmente en los videojuegos. De hecho, es en 1997, bajo la dirección de Ángel Muñoz, que se origina en Estados Unidos la Cyberathlete Professional League. Pretendía ser una competición global y por ello desarrolló un circuito en distintas ciudades como Berlín, Dalas e incluso Barcelona, donde se realizó un evento en el año 2005.

Durante los 2000, los esports seguían siendo muy limitados, con un público minoritario y fundamentalmente adolescente. Con la llegada de la crisis de 2007, el sector se vio sumamente perjudicado, pues se trata de una industria patrocinio dependiente y cuyos eventos son extremadamente costosos. En consecuencia, los eventos desaparecieron, pero no los esports.

¿Los E-sports?

Ahora, los e-sports o deportes electrónicos son una novedad en el campo de los videojuegos. Este concepto se utiliza para nombrar las competencias organizadas a nivel profesional. Son eventos multijugador de diferentes disciplinas en los videojuegos. Su funcionamiento es muy sencillo: cada e-sport tiene sus propias reglas y tienen acceso a diferentes dispositivos y plataformas de forma online u offline.

Los videojuegos ya no son solo un juego para niños. En la actualidad esta disciplina llena estadios. Además, se realizan competiciones en todo el mundo e incluso son “trending topic” en las redes sociales. Su expansión ha provocado el aumento en los modelos de negocio interesados en promover los deportes electrónicos y crear un nuevo ecosistema.

La industria del videojuego es casi infinita por lo que no todos pueden ser considerados e-sport. Existen una serie de reglas o condiciones que deben tener para ser considerados como tal. Aunque no se trata de un reglamento oficial, estas son algunas de sus características más destacadas.

¿Qué es considerado cómo E-sports?

Son cientos los juegos que pueden cumplir estos puntos, pero solo algunos alcanzan los aficionados suficientes para entrar dentro de la lista de los deportes electrónicos.

Los esports y el desafío en la PI

Sabiendo lo que es un e-sport nos queda hablar de su relación con la Propiedad Intelectual. Iniciemos mencionando que la legislación de derecho de autor no ha previsto expresamente a los videojuegos dentro de la lista de obras protegidas, los mismos están comprendidos dentro de la definición general de obra contenida en la ley y su naturaleza compleja podría enmarcarlos dentro de la protección de una obra audiovisual y/o software siempre y cuando cumplan con la característica de originalidad.

Otros puntos importantes son, los elementos del videojuego tales como las obras musicales, los personajes, los textos, entre otros, también pueden ser protegidos independientemente por el derecho de autor. 

Por ello, la función de los publishers es la de negociar y obtener contractualmente una cesión de derechos sobre los diferentes elementos que conforman los videojuegos con el fin de poder explotarlos de forma unitaria pues son ellos quienes cuenta con un poder absoluto para controlar todo lo relacionado con este tipo de obras y otorgar licencias limitadas únicamente al disfrute individual de una persona, el cual no debe tener ánimo de lucro.

Particularidades de la PI vinculado a los elementos del videojuego

Algunos ejemplos y particularidades de los derechos de propiedad intelectual y contratos, aplicados y vinculados a los e-sports:

Diferencia con el Deporte Tradicional

En el mundo de los deportes tradicionales el obtener una licencia de los titulares de los derechos parecería sencillo obteniendo la titularidad de los derechos audiovisuales para efectuar emisiones o hasta innecesario pues los elementos que los conforman no tienen un titular específico.

Pero, en el caso de los deportes electrónicos, las competencias que se llevan a cabo en este tipo de deportes fomentados principalmente por videojuegos que son transmitidos y exhibidos en torneos que contienen una reproducción de los mismo e implica llevar a cabo actos de explotación de los derechos de autor tales como reproducción, comunicación al público, entre otros.

Un extra a tener en cuenta se centra en los gamers, estos hacen uso de estos videojuegos para retransmitirlos a través de un broadcaster o en directo a través de live streaming con la finalidad de ponerlo a disposición de otros usuarios y con ello implicando temas que se vinculan directamente con el copyright. 

Límites del Derecho

A pesar de ello, no resulta común que el organizador de la competencia, el broadcaster o los exhibidores cuenten con los derechos de explotación de los videojuegos o asuman el pago de una retribución económica al publisher o a los autores, intérpretes y/o productores que participaron en la producción de la obra.

Por ello, resulta necesario evaluar esta nueva modalidad deportiva a fin de limitar contractualmente el alcance de este tipo licencias y con ello velar por el respeto de los derechos de propiedad intelectual de todo aquel que intervenga en el proceso de creación del videojuego y sea retribuido por sus creaciones en la medida correspondiente.

Últimos puntos 

En la medida que dure el evento y se utilicen marcas ajenas al organizador, éste debe mediar licencias que lo autorice. En general, los contratos que regulan estos derechos y sus usos autorizados son complejos e involucran una gran cantidad de sujetos; pero también puede que el productor del software o videojuego, sea quien obtenga todas las licencias, lo cual facilita luego la organización del e-sport. 

Finalmente, hay que considerar los derechos de transmisión de los eventos, los cuales mencionamos anteriormente, que en general están en cabeza del organizador o a quien éste haya designado para transmitirlo. Aquí pueden aplicarse, en general, los mismos criterios que rigen en materia de transmisión de eventos deportivos analógicos. 

Los e-sports son un mundo fascinante y desafiante en materia de derechos de propiedad intelectual y, sin dudas, es una industria que crece día a día.

Se les llama Pymes al conjunto de pequeñas y medianas empresas, que, de acuerdo al número de trabajadores, volumen de ventas, años en el mercado, y sus niveles de producción, activos, pasivos, que representan su patrimonio, tienen características similares en sus procesos de crecimiento.

Las Pymes, en términos de cantidad, y de manera general a nivel mundial, representan en promedio el 80% de los negocios de una economía. Estos porcentajes varían dependiendo el año de investigación y la fuente. De todas formas, es evidente que este sector de la economía es trascendental para la generación de empleos, desarrollo de la producción, y el manejo sostenible de la economía.

Aunque el concepto de Pyme queda bastante reducido a una cuantificación de producción y trabajadores, dependiendo del territorio en el que nos encontremos podemos observar que se califica a una empresa como tal en función de una visión subjetiva. Es decir, según la zona geográfica, se emplea como medición un número de trabajadores máximo o un volumen de operaciones diferente para clasificar a una empresa como Pyme.

 La figura de la Propiedad Intelectual

Es normal que las Pyme no valoren de forma adecuada la importancia de la propiedad intelectual y subestiman ampliamente las posibilidades de obtener beneficios futuros gracias a su uso, sin embargo, la PI puede convertirse en un activo valioso y un aliado fundamental cuando se protege de acuerdo con la ley y cuando existe una demanda en el mercado para los productos y servicios protegidos.

La propiedad intelectual puede generar ingresos para las Pymes por medio de la concesión de licencias, la venta o la comercialización de los productos o servicios protegidos, gracias a lo cual puede mejorar sensiblemente la cuota de mercado de la empresa o aumentar su margen de beneficios. 

Otro punto a resaltar es que los derechos de PI pueden incrementar el valor de la Pyme para los inversores e instituciones financieras, así como, en caso de que se produzca una venta, fusión o adquisición, cabe la posibilidad de que aumente el valor de la empresa gracias a estos activos, los mismos que, a veces resultan ser los activos principales o los únicos que tienen valor para el comprador. 

Por consiguiente, la utilización estratégica de la propiedad intelectual puede incrementar de manera sustancial la competitividad de su Pyme. Es conveniente que las Pyme se aseguren de estar en condiciones de afrontar este desafío y adopten medidas para explotar sus activos de propiedad intelectual y protegerlos siempre que sea posible. 

Al igual que en el caso de los activos tangibles, los activos de propiedad intelectual deben ser adquiridos y mantenidos, evaluados, supervisados y cuidadosamente gestionados con el fin de extraer todo su valor. Antes de que pueda llevarse a cabo esta tarea, las Pyme deben reconocer en primer lugar el valor de la propiedad intelectual y comenzar a considerarla como un valioso activo. 

La PI como Activo Valioso 

Los activos de la empresa, normalmente, se dividen en dos categorías: 

Tradicionalmente, los activos físicos constituían la parte más importante del valor de la empresa, y se les ha considerado como el factor principal a la hora de determinar la competitividad de la empresa en el mercado. Sin embargo, en las últimas dos décadas, la situación ha variado de manera significativa como consecuencia de la revolución que se ha producido en las tecnologías de la información y el crecimiento de la economía del sector servicios, las empresas son conscientes de que a menudo los activos intangibles pasan a ser más valiosos que los activos físicos. 

En suma, a este hecho, cada vez son más las empresas en todo el mundo que sustituyen grandes fábricas por potentes programas informáticos e ideas innovadoras como principal fuente de ingresos. Incluso en los sectores en los que las técnicas tradicionales de producción siguen siendo dominantes, la innovación constante y la creatividad incesante se convierten en la clave del desarrollo.

¿Cómo valerse de los activos intangibles?

Así pues, a medida que los activos intangibles adquieren una posición de privilegio, las PYME deberían estudiar la mejor manera de aprovechar dichos activos. Un modo fundamental de valerse de dichos activos es mediante su protección legal y, en caso de que se satisfagan los criterios de protección de la propiedad intelectual, mediante la adquisición y mantenimiento de derechos de PI.

 Los derechos de propiedad intelectual pueden adquirirse en particular en relación con las categorías siguientes de activos intangibles:

La PI como inversión

A fin de incrementar el valor comercial de la Pyme, es fundamental efectuar las inversiones adecuadas. Invertir en herramientas, terrenos, desarrollo de productos, comercialización e investigación que permita mejorar en gran manera la situación financiera de la empresa, ampliando su base de activos y aumentando la productividad en el futuro. Es posible que la adquisición de propiedad intelectual tenga un efecto parecido. 

El mercado valorará una empresa teniendo en cuenta sus activos, sus operaciones comerciales actuales y sus expectativas de beneficio, y cabe la posibilidad de que la adquisición de patentes fundamentales influya considerablemente en dichas expectativas.

Una marca de prestigio que posea una buena reputación entre los consumidores puede contribuir a incrementar el valor actual de la empresa y contribuir de manera decisiva a que sus productos y servicios sean más atractivos para los consumidores.

Así pues, invertir en el establecimiento de una adecuada cartera de derechos de propiedad intelectual es mucho más que un acto de defensa en contra de posibles competidores. De hecho, es una manera de aumentar el valor comercial de la empresa y mejorar su rentabilidad en el futuro. 

Activos que se vuelven exclusivos para las marcas 

Un punto fundamental sobre la protección por medios legales de la propiedad intelectual es que convierte los activos intangibles en derechos de propiedad exclusivos, si bien por un período de tiempo limitado. Gracias a esto, la Pyme puede reivindicar la titularidad sobre sus activos intangibles y explotarlos al máximo. 

Por lo tanto, la protección de la PI hace que los activos intangibles sean algo más tangibles, al convertirlos en activos valiosos y exclusivos que a menudo pueden ser objeto de comercio en el mercado. Si la Pyme no está protegida por la legislación que rige los derechos de propiedad intelectual, cualquier otra empresa podrá utilizarlos de manera gratuita, sin ningún tipo de limitación.

Sin embargo, cuando están protegidos por los derechos de PI, estos activos adquieren un valor concreto para su empresa, pues se convierten en derechos de propiedad que no pueden ser comercializados o utilizados sin su autorización. Empresas de todo el mundo reconocen cada vez más el valor de sus activos de propiedad intelectual y en ocasiones los han incluido en sus balances.  

Para finalizar, se vuelve necesario mencionar que muchas empresas, incluidas las Pyme, han comenzado a realizar auditorías de tecnología y propiedad intelectual de manera habitual. En varios casos, las empresas se han dado cuenta de que sus activos de propiedad intelectual son más valiosos que sus activos físicos, especialmente empresas que se encuentran en sectores innovadores y en los que priman los conocimientos, o en el caso de empresas que poseen una marca bastante reconocida. 

En el 2021 hablamos un poco de redes sociales, su interacción con las marcas y cómo interviene la propiedad intelectual en estas plataformas. Hoy hablaremos de las redes sociales, cómo las mismas proporcionan una gran oportunidad a las marcas y como estas no se encuentran totalmente exentas de riesgos.

Las redes sociales, como Twitter, YouTube, Facebook o Instagram, son herramientas de alto valor para las empresas, que les permiten promover su marca a un sinnúmero de consumidores desde una sola plataforma. 

Redes Sociales y la PI

Las empresas y marcas han sabido utilizar el tirón y hacer de estas vías de comunicación un medio para llegar a los consumidores y compartir información de sus productos, servicios y eventos con tal de fidelizar a los clientes. ¿Pero quién tiene derecho a utilizar una marca como nombre de usuario o perfil? 

Los titulares de una marca registrada tienen un derecho exclusivo que les faculta para impedir que terceros utilicen su marca en el tráfico económico sin su consentimiento. Eso significa que un tercero no puede usar una denominación, imagen, o logo sin su consentimiento del titular de los derechos. Los derechos de propiedad intelectual tienen igualmente una protección jurídica, que impide que puedan ser usados libremente y sin límites.

Sin embargo, es sumamente común que los derechos marcarios de estos se vean infringidos por otros usuarios a través de estas plataformas. Por ejemplo, usuarios que adoptan nombres de usuarios idénticos o confusamente similares para bienes o servicios similares o que publican contenido utilizando marcas de otros titulares de marcas sin autorización, creando la impresión de que han sido auspiciados por dicha marca. 

El problema de las Marcas con las Redes Sociales 

A diferencia del SENADI o cualquier institución de registro de marcas de carácter internacional, Facebook e Instagram no hacen una evaluación sobre probabilidad de confusión al momento de conceder los nombres de usuario. 

Por lo tanto, es posible que comerciantes ofrezcan los mismos bienes o servicios utilizando el mismo nombre de usuario, creando confusión en los consumidores en cuanto al origen de esos bienes o servicios. Así pues, cada titular de marca debe encargarse de llevar a cabo su propio monitoreo y control de usuarios dentro de las redes sociales para que un tercero no utilice una marca confusamente similar a la suya.

 No obstante, no todo uso de una marca constituye infracción marcaria y depende, en gran medida, de los hechos de cada caso:

Teniendo todo esto en cuenta, es necesario mencionar que las redes sociales son conscientes de los problemas que suponen la suplantación o infracción de marca en internet y regulan en sus propios términos y condiciones una política de uso de los derechos de propiedad industrial e intelectual. Para saber si un perfil viola o no los términos y condiciones de la red social deberemos acudir a las políticas.

 Términos y condiciones de las Redes Sociales

En cualquier situación es primordial atenerse a lo que disponen los términos y condiciones de uso de la red social, y concretamente, al apartado de marcas comerciales y derechos de propiedad intelectual. A continuación, encontrarás links con los apartados a cada red social:

Para actuar contra algún tipo de infracción en las redes se debe acreditar los derechos de la marca registrada y explicar con detalle por qué se considera que existe infracción sobre la misma.

En base a experiencias, las denuncias o reclamaciones que se realizan sólo surten efectos si están muy bien fundamentadas, pero, sobre todo, si la conducta denunciada está infringiendo los términos y condiciones de la red social.

Hay que tener en cuenta que la mayoría de redes sociales basan el sistema de adjudicación de nombres en el principio first come, first served. Sin embargo, como en el caso de Twitter, si hay un perfil que lleva inactivo más de 6 meses este puede ser recuperado por un tercero que presente sus derechos legítimos sobre dicha denominación.

Consejos base para proteger una marca

Ahora hablemos de algunos puntos que pueden ayudar a los propietarios de marcas a proteger sus marcas en las redes sociales, de manera que puedan seguir aprovechando la fuerza de estas redes con una cierta tranquilidad.

Otros puntos importantes y de los cuales estar consciente como marca. 

 En el momento en que una marca, empresa o persona decide registrarse en una red social debe tener en cuenta ciertos detalles que pueden marcar la diferencia y protegerla frente a posibles ataques:

Para finalizar, las marcas que pueden ser víctimas de posibles infracciones de marca en el nuevo mundo on- line de las redes sociales o que desean evitar tales infracciones antes de que se produzcan harían bien en familiarizarse con los mecanismos de protección de la marca que ofrecen las redes sociales o por otra parte asesorarse al respecto. Sin embargo, también existen otras medidas, como abrir una cuenta para la marca antes de que lo haga un infractor, sin olvidar los mecanismos de ejecución tradicionales si descubre que un tercero ha infringido su marca en una red social.