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Del Código Fuente al Mercado: Cómo Doe v. GitHub Rediseñó el Riesgo Legal para IA Propietaria y de Código Abierto 

Comunicaciones L&C
octubre 19, 2026
octubre 19, 2026

Doe v. GitHub nació de una pregunta aparentemente sencilla: ¿qué ocurre cuando una herramienta de inteligencia artificial genera código parecido al publicado por un programador, pero omite sus avisos de copyright o atribución? Los demandantes sostuvieron que GitHub, Microsoft y OpenAI habían empleado enormes cantidades de código disponible en repositorios públicos para desarrollar Copilot y Codex. 

La controversia llegó al Noveno Circuito bajo una teoría basada en la sección 1202 de la DMCA, norma que prohíbe determinadas conductas relacionadas con la remoción o alteración deliberada de información de gestión de copyright. El tribunal, sin embargo, concluyó que una salida generada por un modelo que nunca incluyó esa información no equivale necesariamente a una obra de la cual dicha información haya sido “removida”. Instituto de Información Legal 

Esta distinción cerró una vía relevante de responsabilidad, pero no convirtió el entrenamiento de IA en una actividad jurídicamente libre. El fallo dejó abiertas cuestiones relacionadas con copyright ordinario, contratos, licencias y la forma en que los materiales fueron incorporados al sistema. El propio informe base destaca que el efecto estratégico de Doe fue desplazar el litigio desde los daños asociados a la ausencia de CMI hacia los inputs y los outputs. 

Por ello, el verdadero legado de Doe v. GitHub no consiste en haber reducido el riesgo de la inteligencia artificial, sino en haberlo redistribuido a lo largo de toda su cadena de desarrollo: adquisición de datos, entrenamiento, licenciamiento, generación y comercialización. 

Una IA puede aprender de una obra sin borrar sus obligaciones jurídicas 

El primer error al analizar estos conflictos consiste en considerar al entrenamiento de IA como un único acto jurídico. En realidad, existen varias etapas: obtención del material, almacenamiento, preparación del dataset, entrenamiento, ajuste del modelo y generación de resultados. La U.S. Copyright Office ha señalado que las distintas formas de utilización de obras protegidas durante el desarrollo de sistemas generativos deben analizarse atendiendo a sus circunstancias específicas. Oficina de Derechos de Autor de EE. UU. 

La segunda variable es la licencia. Que un repositorio sea públicamente accesible no significa que su código esté libre de condiciones. Licencias como MIT, Apache o GPL permiten distintos niveles de reutilización, pero pueden imponer obligaciones relacionadas con atribución, avisos legales, redistribución o acceso al código fuente. Precisamente por ello, el conflicto de Copilot trasciende el copyright tradicional y alcanza también al derecho contractual. 

Esta diferencia resulta todavía más importante en el ámbito de la IA abierta. “Código abierto”, “pesos abiertos” e “IA de código abierto” no son conceptos necesariamente equivalentes. La Open Source AI Definition 1.0 de la Open Source Initiative exige libertades para usar, estudiar, modificar y compartir el sistema, además del acceso a los elementos necesarios para hacerlo efectivamente. Open Source Initiative 

El resultado es una arquitectura jurídica mucho más compleja. Un desarrollador puede tener permiso para acceder a una obra, restricciones para reutilizarla, argumentos de fair use respecto del entrenamiento y, al mismo tiempo, problemas independientes si el modelo reproduce posteriormente elementos protegidos. No existe una única pregunta sobre copyright de IA, sino varias preguntas encadenadas. 

Doe v. GitHub: cerrar una puerta para abrir el debate sobre los datos 

La sentencia del Noveno Circuito en Doe v. GitHub se concentró en una cuestión específica: si la ausencia de información de gestión de copyright en una salida generada podía considerarse una “remoción” bajo §1202(b). La Corte concluyó que la teoría presentada por los demandantes no satisfacía ese requisito cuando el sistema generaba una nueva salida que nunca había contenido originalmente la información. Corte de Apelaciones del Noveno Circuito 

Pero el fallo no decidió si sería jurídicamente distinto eliminar avisos, atribuciones o metadatos antes de incorporar una obra al conjunto de entrenamiento. De hecho, el expediente base identifica esta cuestión como una posible “teoría de entrada” que no llegó a resolverse sustantivamente en apelación. Del Código Fuente al Mercado_ C… Por tanto, la procedencia y preparación de los datasets continúa siendo uno de los principales frentes de riesgo. 

Esta tendencia se observa claramente en Bartz v. Anthropic. Allí, el debate distinguió entre el uso de obras para entrenar un modelo y la obtención de determinados libros desde bibliotecas piratas. El litigio terminó en un acuerdo colectivo de USD 1.500 millones, cuya aprobación definitiva fue otorgada en julio de 2026. La resolución de aprobación final del acuerdo puede consultarse aquí. Justia Law 

El precedente transmite una advertencia empresarial concreta: incluso cuando pueda existir una defensa respecto del propósito transformador del entrenamiento, la forma de adquisición del material puede generar responsabilidad independiente. El riesgo comienza, por tanto, antes de que el modelo sea entrenado. 

Dos arquitecturas tecnológicas, dos mapas de riesgo 

Para los desarrolladores de IA propietaria, el riesgo se concentra especialmente en la gobernanza de grandes conjuntos privados de entrenamiento. Cuanto mayor sea el corpus, mayor será la necesidad de documentar procedencia, autorizaciones, exclusiones y licencias. La trazabilidad se convierte así en un mecanismo de defensa jurídica además de una práctica técnica. 

Los proveedores cerrados cuentan, sin embargo, con una ventaja estructural: pueden centralizar sus procesos de cumplimiento. Auditorías internas, acuerdos de licencia, filtros de contenido y mecanismos contractuales de indemnización pueden administrarse desde una sola organización. El costo puede ser elevado, pero también existe una mayor capacidad de control. 

Los sistemas abiertos distribuyen el problema. Un modelo puede ser desarrollado por una organización, modificado por otra, ajustado con nuevos datos por un tercero e integrado finalmente en un producto comercial. En esa cadena pueden coexistir licencias sobre código, datasets, documentación y otros componentes. El riesgo jurídico deja de estar concentrado y se desplaza entre múltiples actores. 

Doe resulta especialmente relevante en este contexto porque las reclamaciones contractuales relacionadas con licencias de código abierto no desaparecieron con la decisión sobre la DMCA. El documento base señala expresamente que dichas reclamaciones continuaron siendo una vía jurídicamente relevante. Del Código Fuente al Mercado_ C… Así, que un modelo sea “abierto” no significa que sus usuarios puedan ignorar las obligaciones jurídicas heredadas de los componentes utilizados para desarrollarlo. 

El verdadero activo de la IA ya no es solo el modelo: es su trazabilidad 

El litigio de inteligencia artificial está evolucionando desde preguntas abstractas hacia interrogantes mucho más probatorios. Ya no basta con discutir si “entrenar una IA” constituye fair use. Los tribunales comienzan a observar qué obras fueron utilizadas, de dónde provinieron, con qué finalidad fueron copiadas y qué efecto puede producir el sistema sobre el mercado de esas obras. 

La posición de la U.S. Copyright Office sobre entrenamiento generativo refuerza esta aproximación contextual. La institución no propone una regla universal según la cual todo entrenamiento sea lícito o ilícito; considera que la evaluación depende de factores como el propósito de la utilización, las características de las obras y sus efectos económicos. Oficina de Derechos de Autor de EE. UU. 

En este entorno, los departamentos jurídicos necesitarán trabajar cada vez más cerca de desarrolladores, ingenieros y especialistas en datos. Registrar la procedencia de un dataset, identificar sus licencias o conservar información sobre las transformaciones aplicadas puede parecer inicialmente una tarea técnica, pero esas evidencias pueden convertirse posteriormente en elementos decisivos dentro de un litigio. 

El cambio fundamental es, por tanto, de gobernanza. El valor jurídico de un sistema de IA no dependerá únicamente de su capacidad para generar buenos resultados, sino también de que su desarrollador pueda reconstruir documentalmente cómo fue construido. 

Del “la IA lo generó” al “demuestre cómo llegó hasta allí” 

Doe v. GitHub no creó una excepción general para la inteligencia artificial frente al copyright. Su alcance fue más limitado: determinó que determinadas salidas generativas no podían considerarse automáticamente obras de las cuales se hubiera removido información de gestión de derechos bajo §1202(b). Corte de Apelaciones del Noveno Circuito 

Sin embargo, esa limitación desplazó el litigio hacia cuestiones potencialmente más profundas. La adquisición de datasets, el cumplimiento de licencias, la reproducción de obras y los efectos económicos de los outputs se están convirtiendo en los verdaderos puntos de conflicto. 

Para la IA propietaria, ello exige mayor control y documentación sobre sus fuentes de entrenamiento. Para los ecosistemas abiertos, exige además comprender cómo se transmiten obligaciones jurídicas entre desarrolladores, modelos, componentes y productos derivados. 

La principal enseñanza de Doe v. GitHub puede resumirse entonces en una transformación conceptual: el riesgo jurídico de la IA ya no se encuentra únicamente en lo que genera el modelo, sino en toda la historia jurídica que permitió construirlo. En el mercado de la inteligencia artificial, la trazabilidad de datos y licencias empieza a ser tan estratégica como el propio código. 

Bibliografía 

United States Court of Appeals for the Ninth Circuit. (2026). Doe v. GitHub, Inc., No. 24-7700. Consultar sentencia oficial. 

U.S. Copyright Office. (2025). Copyright and Artificial Intelligence, Part 3: Generative AI Training. Consultar informe oficial. 

United States Congress / Cornell Legal Information Institute. 17 U.S.C. §1202 – Integrity of Copyright Management Information. Consultar disposición legal. 

United States District Court for the Northern District of California. (2026). Bartz et al. v. Anthropic PBC, Document 680, Order Granting Final Approval of Class Action Settlement. Consultar resolución. 

United States District Court for the Northern District of California. (2025). Kadrey et al. v. Meta Platforms, Inc., Document 598. Consultar decisión judicial. 

Open Source Initiative. (2024). The Open Source AI Definition 1.0. Consultar definición. 

U.S. Copyright Office. Artificial Intelligence Initiative. Consultar portal institucional sobre IA y copyright.