Este artículo analiza de modo detallado la reciente evolución jurisprudencial en India acerca de las patentes esenciales para estándares (SEPs – Standard Essential Patents) y los conflictos de licenciamiento bajo términos FRAND (Fair, Reasonable and Non-Discriminatory). En particular, focaliza en la saga entre Telefonaktiebolaget LM Ericsson (Publ) (“Ericsson”) y Lava International Ltd. (“Lava”) y en el fallo del Supreme Court of India (SC) del 2 de septiembre de 2025 que negó la apelación del regulador antimonopolio de India, la Competition Commission of India (CCI). El análisis integra tres bloques temáticos: jurisdicción y competencias entre la Ley de Patentes y la Ley de Competencia; la disputa sustantiva Ericsson vs Lava (validez, esencialidad, infracción, cuantificación de daños y régimen FRAND); y implicaciones para licenciamientos de SEPs, tanto en India como globalmente, incluyendo estrategias de cumplimiento y riesgos para titulares y fabricantes.
Jurisdicción: ¿patentes o competencia?
La cuestión de fondo en India radica en delimitar si los conflictos relativos a licencias de SEPs – en particular, la determinación de royalties, exigencias contractuales (por ejemplo, NDAs) o actuaciones del titular que puedan considerarse abusivas – deben ser tratados bajo la Patents Act, 1970 o mediante la Competition Act, 2002. La primera regula el sistema de patentes, incluidas sus facultades de control (ejemplo: licencias obligatorias, revocación, etc.), mientras la segunda regula acuerdos anticompetitivos, abuso de posición dominante, prácticas restrictivas de mercado.
En un caso emblemático la CCI inició pesquisas contra Ericsson por aparentes exigencias de royalties excesivas y cláusulas de confidenialidad que habrían limitado la negociación libre. Ericsson alegó que la Patents Act constituía un “código completo” (complete code) para resolver licencias de patentes, y que por tanto la CCI carecía de competencia.
El 13 de julio de 2023, un panel del High Court of Delhi determinó que la Patents Act, especialmente tras su enmienda del 2003 (Capítulo XVI), era una legislación especial, y que la Competition Act como norma general debía ceder cuando el asunto trataba de licencias de patentes. La Corte señaló que ya existían mecanismos dentro de la Patents Act para controlar prácticas potencialmente anticompetitivas, como la concesión de licencias obligatorias (sección 84) y revocación. La sentencia sostuvo que, en efecto, la CCI no tenía jurisdicción para investigar licenciamiento de SEPs.
El 22 de septiembre de 2025, el SC rechazó la apelación de la CCI frente al fallo de Delhi, confirmando que el regulador no podía proseguir la investigación contra Ericsson (y también contra Monsanto Holdings Pvt Ltd en otro asunto paralelo) al estimar que, entre otros motivos, el informante ya había llegado a un arreglo con Ericsson lo que minaba la base de la investigación. La frase clave de la sentencia fue: “once the original informants have nothing further to say, the basis of investigation is lost”.
- Para los titulares de SEPs, la decisión refuerza que los litigios de licenciamiento deben encuadrarse en la Patents Act y no ante la CCI, lo cual reduce el riesgo de proceso antimonopolio múltiple.
- Para implementadores/licitados, la opción de acudir a la CCI para impugnar licencias de SEPs queda limitada; deberán concentrarse en defensas de invalidez, esencialidad, cumplimiento de obligaciones FRAND y negociación ante tribunales de patentes de India.
- Desde el punto de vista regulator, la CCI pierde terreno para intervenir en licencias de SEPs, aunque quedan preguntas abiertas (por ej., si conducta vinculada a la venta de productos puede escapar del ámbito exclusivo de patentes). El SC dejó abiertos “questions of law”.
- Para profesionales en PI & competencia (como usted, especializado en fusión de legalidad y creatividad en industrias tecnológicas), este precedente exige revisar las estrategias de licenciamiento, el diseño de acuerdos de licencia de SEPs (seguridad jurídica del titular) y el rol de la jurisdicción en India como mercado para tecnologías estándares.
El caso Ericsson vs Lava: contenido sustantivo del litigio
- Lava entabló demanda ante el tribunal de distrito de Noida buscando que Ericsson declarara que había renunciado al ejercicio de sus SEPs porque no había actuado contra fabricantes de chipsets o importaciones de dispositivos.
- Ericsson respondió con demanda de infracción de ocho SEPs, solicitando licencia y declarando que sus tarifas propuestas eran FRAND. Lava contrademandó con revocación de patentes.
- El 28 de marzo de 2024, el High Court de Delhi emitió su fallo final (CS(COMM)65/2016 y conexos): de las ocho patentes, una fue invalidada; siete fueron declaradas válidas, esenciales e infringidas por Lava. La corte otorgó daños por 2.44 millones de rupias (INR 2.44 billion, ≈ US$29 millones) a favor de Ericsson.
- Cabe destacar que el fallo fue calificado como “largest-ever Indian patent litigation damages” en disputa SEP.
Esencialidad e infracción
El tribunal adoptó la prueba en dos etapas: (i) si la patente es esencial al estándar (mapping patente-estándar) y (ii) si el producto del demandado implementa el estándar (mapping producto-estándar). Lava fue considerado infractor ya que no demostró haberse eximido o licenciado.
Invalidez de una patente
Una de las ocho fue invalidada por falta de novedad e invención (IN 203034). Las restantes siete fueron consideradas válidas tras examen de mérito.
“Unwilling licensee” y conducta de hold-out
El tribunal consideró que Lava actuó dilatoriamente, solicitando repetidamente información, sin presentar contra-oferta razonable e incumpliendo obligaciones negociadoras de buena fe (“willing licensor/implementer” protocolo). Lava fue definida como “unwilling licensee”.
Cálculo de royalties y daños
- El tribunal rechazó el método del “smallest saleable unit” (SSPPU) y mantuvo que la base del cálculo debía ser el precio del dispositivo final.
- Se estableció una tasa de royalty de alrededor de 1.05 % del precio neto de venta del dispositivo para el portafolio.
- Los daños se calcularon sobre toda la cartera de SEPs, no solo las patentes afirmadas.
Licencias globales o por mercado
El tribunal validó que una oferta de licencia de portafolio global (o multijurisdiccional) puede considerarse FRAND, y no exige que los patentes en cada país se ofrezcan individualmente.
Aunque la disputa sustantiva es entre Ericsson y Lava bajo la Patents Act, el trasfondo regulatorio implicaba que la CCI pretendía investigar a Ericsson por presunta conducta abusiva en licenciamiento de SEPs (desde 2013 – Micromax/Intex) alegando violaciones de las Secciones 3 y 4 de la Competition Act.
Esta cuestión se resolvió, como se vio en el bloque anterior, mediante la decisión de exclusión de la jurisdicción del regulador.
Implicaciones y estrategias para licenciamiento de SEPs
Consecuencias para titulares de SEPs
- Reafirmación de que la vía principal de enforcement es la Ley de Patentes → juicios de infracción, licencias FRAND, tribunal de patentes.
- Riesgo reducido de investigaciones antimonopolio por parte de la CCI en licencias de SEPs (al menos en los hechos similares a Ericsson).
- Mayor necesidad de estructurar ofertas de licencia globales o por mercado que consideren la jurisprudencia india: tasa del 1% del precio neto de un dispositivo puede servir como referencia, pero dependerá del caso concreto.
- Importancia de documentar buena fe negociaciones, ofrecer términos FRAND razonables, evitar tácticas de “hold-out” del demandado para reforzar posición.
- Debe contemplarse que la Patents Act contempla mecanismos de revocación y licencias obligatorias que también pueden funcionar como control ante abusos.
Consecuencias para fabricantes/implementadores
- Al planificar la comercialización de dispositivos en India, los fabricantes deben asumir que cualquier licencia de cartera SEP puede requerir una negociación directa con el titular; la defensa ante la CCI para eludir pago de royalty parece debilitada.
- Debe valorarse la estrategia de “aceptar oferta FRAND” o hacer contraoferta documentada, para evitar la figura de “unwilling licensee” y condenas elevadas.
- Negociar contratos que clarifiquen indemnización y cobertura de licencia, evitar que el fabricante se arriesgue por importaciones sin licencia de dispositivos con SEPs.
- Evaluar la carga de royalties sobre el dispositivo final (marketing, coste, precio de venta) dado el enfoque del tribunal indio.
Relevancia para mercados emergentes y en el mundo global
- La jurisprudencia india se suma a la tendencia global de litigios SEP-FRAND (UE, EE.UU., China) pero con particular énfasis en: (i) base del royalty = producto final; (ii) portafolio global licenciado; (iii) rechazo de hold-out.
- Para empresas que operan internacionalmente, India se presenta como jurisdicción estratégica para enforcement de SEPs: tasa referencial, disposición a conceder daños elevados, claridad creciente sobre jurisdicción.
- Para asesoría de comunicación y estrategia (área de experiencia del usuario), es clave explotar estos precedentes para posicionar contenido educativo, campañas de marca, guías de cumplimiento dirigidas a públicos tecnológicos y legales.
Riesgos y áreas aún abiertas
- Aunque el SC resolvió la cuestión de jurisdicción en los términos observados, quedan abiertos los “questions of law”, por ejemplo: si existieran casos de licenciamiento de componentes no estándar o fabricación sin royalties, o circunstancias en que la CCI podría ejercer.
- La jurisprudencia sobre qué constituye exactamente una oferta FRAND en India aún está en desarrollo: el tribunal se refirió a comparables, dispositivos finales, etc., pero no adoptó un esquema único.
- El equilibrio entre incentivar innovación (titulares) y acceso a tecnologías (implementadores) sigue siendo delicado: tarifas elevadas pueden dañar fabricantes y consumidores, mientras tarifas bajas pueden desincentivar titulares.
- En el ámbito de contenido, comunicaciones, branding o campañas digitales para clientes en industrias creativas/tecnológicas, es preciso traducir estos desarrollos legales en mensajes comprensibles para audiencias no jurídicas: por ejemplo, explicar que “las disputas de patentes en India ya no serán resueltas por el regulador de competencia sino ante tribunales de patentes”.
Conclusión
El caso Ericsson vs Lava y la decisión del Tribunal Supremo de India constituyen un hito en la jurisprudencia de SEPs en mercados emergentes. De un lado, establecen con claridad que la Ley de Patentes prevalece sobre la Ley de Competencia cuando se trata de licencias de patentes esenciales. De otro, refuerzan los estándares de negociación FRAND, la posibilidad de daños significativos (US$29 millones) y la base del royalty sobre el producto final. Para profesionales de propiedad intelectual, competencia, desarrollo de productos tecnológicos y comunicación estratégica, este escenario exige una doble mirada: desde el derecho (estructura contractual, jurisdicción, cumplimiento) y desde la estrategia de comunicación (explicar a audiencias creativas/tecnológicas la relevancia de licencias, innovación, mercados). En ese sentido, la integración de precisión jurídica y creatividad comunicacional —que usted persigue— resulta esencial.
Bibliografía
- AZB Partners: “Delhi HC Rules That Patents Act Must Prevail Over Competition Act in Exercise of Rights by Patentee.” (27 Oct 2023)
- LiveLaw: “Supreme Court dismisses CCI’s plea against Delhi HC order in patents case.” (22 Sept 2025)