La especialización en la investigación del delito como herramienta de la eficiencia. Propuesta para combatir el comercio ilegal en Ecuador*

Comunicaciones L&C
octubre 24, 2019
octubre 24, 2019

Abg. Gonzalo Luzuriaga Mirabá

El contrabando, la falsificación y la piratería tienen una directa repercusión en nuestra economía. La protección y aplicación de los derechos puede tener significativos resultados y generar interesantes oportunidades de crecimiento para el país, con políticas y normativas que respondan a nuestra realidad, lo que sólo es posible con el trabajo multisectorial.

Titulares de las distintas modalidades de Propiedad Intelectual, han buscado generar un marco de protección a sus derechos, con buenos resultados en muchos casos, pero con difíciles obstáculos que superar en el camino. En el ejercicio profesional, he sido testigo del positivo desarrollo, interés y capacitación de varias autoridades; penosamente también hemos evidenciado retrocesos legislativos en cuanto al respeto a los derechos intelectuales, y particularmente en el año 2014 por la despenalización de infracciones a estos derechos, y luego la vigencia del tipo penal del artículo 208A del COIP, promulgado en el año 2015 como medio para cumplir compromisos internacionales y no como herramienta de protección al derecho. A nuestro criterio, la solución no pasa por disponer penas más severas, sino por la implementación de medidas más disuasivas y ágiles de protección.

La importancia de la protección a los derechos intelectuales tiene directa repercusión en el desarrollo. Los emprendedores, los empresarios, los artesanos, los productores, los consumidores, la economía en general se beneficia de un marco jurídico claro de protección a los derechos de propiedad intelectual, herramienta que impulsa el desarrollo, la innovación, la generación de empleo y el desarrollo.

El cumplimiento de las normas, no solamente en el campo de los derechos intelectuales, pero como cultura de convivencia social determina estabilidad y seguridad para la inversión, desarrollo y generación de nuevos negocios.

Jurisdicciones hermanas que han optado por una cultura de respecto a los derechos intelectuales, generaron en sus territorios interesantes resultados. Un ejemplo cercano es Colombia, país que nos ofrece artistas de la talla de Shakira, Carlos Vives, Juanes, de renombre internacional. Por nuestra parte, Ecuador tiene gran potencial artístico en distintas áreas, sin embargo la diferencia (con Colombia) radica en el marco jurídico que permite a un artista vivir de su arte o no.

En nuestro país la protección a los derechos de propiedad intelectual de marcas notorias han resultado en inversión extranjera directa, con el establecimiento de tiendas comerciales que hace pocos años no existían en Ecuador. La apertura de estos nuevos negocios genera puestos de trabajo, aportes a la seguridad social, ingresos al fisco y acceso de los consumidores a otras alternativas, lo que redunda en una mejor y mayor competencia.

En nuestro país, en el pasado, los productos falsificados eran comunes en el mercado, siendo la regla el producto ilegal y la excepción el producto original. Afortunadamente esta situación es diferente en la actualidad y los consumidores observamos el incremento de productos lícitos, de buena calidad y, por efecto de la competencia, cada vez más accesibles en cuestión de precios. Este cambio, que tomó tiempo, se debió a las acertadas políticas públicas de las autoridades, junto a un marco normativo más claro que el vigente. Una de aquellas políticas fue la generación de funcionarios especializados en la investigación del delito, agentes policiales capacitados tanto en la legislación alusiva como en las características técnicas de los productos ilegales, y peritos preparados y capacitados, tanto del sector privado como del departamento de criminalística, lo que permitía a Fiscales y Jueces contar con verdaderos y certeros análisis de los objetos dubitados.

La clave es la eficiencia y la herramienta es la especialización

La participación de Fiscales especializados permitió importantes avances y precedentes judiciales en el marco de la protección a los derechos de Propiedad Intelectual.

Como resultado de esas experiencias, y echando un vistazo a procesos de la misma naturaleza en otras jurisdicciones, hemos identificado ciertas mejores prácticas.

1) Corporaciones a nivel mundial basan sus principios de producción y de gestión administrativa en transparencia, calidad, coordinación, delegación y EFICIENCIA. Y tiene mucho sentido, son principios que en general determinan el éxito. Contar con profesionales que cultivan conocimientos específicos o tienen mayor inclinación a determinada área del derecho, generalmente tendrá mejores resultados, que incluye reducción de errores y plazos expeditos. Nuestra Constitución establece la Eficiencia como un eje transversal en todas las gestiones de la administración pública y determina que las instituciones públicas deben buscar, a través de la organización interna, el establecimiento de este principio en sus modelos de trabajo.

2) La presencia de profesionales con conocimiento en Propiedad Intelectual, Delitos Aduaneros, Tributarios y Delitos contra la Salud, tanto en Fiscalía como en la Función Judicial, fue determinante en su momento para alcanzar importantes resultados en protección de derechos. La experiencia y preparación de los funcionarios aportó sin dudas al resultado, tanto en calidad como en el tiempo que toma un proceso de investigación y sanción en caso de infracción. Actualmente la ausencia de profesionales con esta preparación ha determinado largos y difíciles procedimientos de investigación.

3)  En el ámbito internacional, jurisdicciones como Colombia, Perú, Panamá, Paraguay, Bolivia y Uruguay, han establecido sistemas eficientes de investigación de delitos de Propiedad Intelectual y delitos conexos. En estos países, las infracciones a derechos de propiedad intelectual son conocidas, investigadas y, de ser del caso, procesadas por unidades especializadas de la Policía y de Fiscalía.

El negativo impacto del ingreso de productos ilícitos a los mercados locales se refleja en los indicadores económicos y de inversión extranjera, las ut supra mencionadas jurisdicciones han optado por brindar atención minuciosa a la protección de derechos de propiedad intelectual como estrategia de desarrollo en sus países.

En Perú se denomina Fiscalía Penal Especializada en Delitos Aduaneros y contra la Propiedad Intelectual; en Paraguay, Unidad Especializada en la Lucha Contra los Delitos de Propiedad Intelectual; en Colombia se llama Unidad Nacional Especializada en Delitos contra la Propiedad Intelectual y las Telecomunicaciones; en Bolivia, la Unidad Especializada en Hechos Punibles contra la Propiedad Intelectual; y, en Panamá, la Fiscalía Especializada de Delitos de Propiedad Intelectual, todas con excelentes resultados en sus gestiones.

Más allá de la denominación y del delito conexo con el cual se agrupa para su investigación, la especialización de los funcionarios que participan en la investigación y sanción a infracciones contra estos derechos es un lugar común en todos los casos y también un elemento determinante en la consecución de esos resultados.

Para nuestra sociedad, el mayor riesgo consiste en que la conducta ilícita e infractora de derechos se normalice dentro en nuestra comunidad y nos transformemos en aquella sociedad que premia al tramposo. Entender que existen derechos de terceros, así no estemos de acuerdo, es entender que vivimos en sociedad.

El trabajo de autoridades que conocen los elementos constitutivos del derecho, la innovación y el desarrollo que trae consigo, nos impulsan hacia la seguridad jurídica, por un lado con una posible unificación de criterios entre las autoridades de esa área, y por otro cierta uniformidad procesal que resulte en reducción de plazo entre denuncia y medidas de protección al derecho.

En nuestro país, el Reglamento de las Nuevas Unidades de Gestión de Causas, publicado en Registro Oficial Edición Especial # 36 de abril 28 de 2010, y el Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional de Procesos contenido en Resolución No. 03-A-FGE-2012, establecen el modelo de trabajo y organiza, a nivel interno, el trabajo de la Fiscalía General del Estado. Los dos documentos son muestras claras de la eficiencia a través de la especialización de funciones.

Dicho Reglamento, que contiene las disposiciones legales que organizan a la Fiscalía General del Estado en distintas unidades de investigación del delito, es el instrumento que justifica de forma plena la especialización de la Fiscalía en unidades, para favorecer el desarrollo de sus competencias, en beneficio de la sociedad. La norma delimita el campo de acción de cada unidad Fiscal a los bienes jurídicos protegidos de acuerdo a los tipos penales catalogados.

Al momento el catálogo de delitos elaborado por la Dirección Nacional de Actuación y Gestión Procesal de la FGE se encuentra desactualizado, pues data de abril del 2010 y el Código Orgánico Integral Penal, de febrero de 2014. Una reclasificación de los tipos penales es necesaria en este momento, previo al informe técnico requerido.

El artículo 23 del Reglamento designa a FEDOTI como la Unidad de Fiscalía encargada de investigar las infracciones a los derechos intelectuales, sin embargo, en la actualidad Fiscalía está incumpliendo esta disposición vigente y las denuncias por investigaciones de delitos de Propiedad Intelectual están siendo enviadas a la Unidad de Soluciones Rápidas. El delito de Propiedad Intelectual, por su naturaleza, no es un delito que se comete exclusivamente dentro de las fronteras territoriales de nuestro país, y tampoco es uno de aquellos en donde un acuerdo podría permitir la comercialización de objetos ilícitos, ya sea porque dichos bienes infringen otros derechos (tributarios, aduaneros, contra la salud) o pueden causar daño al consumidor.

Creemos que una Unidad de Investigación Especializada, como la que existió en Ecuador desde el año 2008, que investigue los delitos aduaneros, de Propiedad Intelectual y delitos relacionados como falsificación y adulteración de medicamentos, tendrá como resultado una mejor y más eficiente protección de estos derechos.

Por su parte, la Policía ya cuenta con una Unidad de Investigación del delito que debe ser potenciada. La UDAT o Unidad de investigación contra Delitos Tributarios y Aduaneros es una Unidad Nacional, por lo que sus investigaciones pueden continuar en jurisdicciones distintas de aquellas en las cuales se evidenció el ilícito.

La eficiencia nos debe llevar al establecimiento de competencias específicas para unidades de investigación. Esta especialización traerá consigo una mejor y más eficaz protección, y la protección conlleva la seguridad jurídica que determina la inversión y el desarrollo.

* El presente documento fue elaborado para y presentado como ponencia en el marco del "Primer programa de capacitación: medidas para combatir el comercio ilegal", dirigido a jueces, fiscales y policías. Organizado por la Universidad de los Hemisferios, con el respaldo académico del Consejo de la Judicatura de Ecuador y la Escuela de la Función Judicial.

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