Marcas no tradicionales: Creatividad y Protección

Comunicaciones L&C
mayo 22, 2023
mayo 22, 2023

Estas marcas, que van más allá de los logotipos y nombres convencionales, se centran en elementos distintivos que pueden apelar al oído, el tacto, el olfato y otros sentidos. Sin embargo, su naturaleza innovadora presenta desafíos legales y exige un enfoque creativo para su protección y reconocimiento.

En el ámbito de la propiedad industrial, las marcas son consideradas los principales signos distintivos que identifican y diferencian productos y servicios en el mercado. Para obtener derechos legales sobre una marca, es fundamental que cumpla con requisitos esenciales, como la suficiente distintividad, perceptibilidad y representación gráfica. Estos requisitos son indispensables en el régimen jurídico ecuatoriano y en muchos otros países.

La distintividad de una marca no tradicional implica que posea características únicas que la distingan y la relacionen directamente con un producto o servicio. Esta distintividad refuerza la conexión entre la marca y el consumidor, consolidando su reconocimiento y lealtad. Además, la marca debe ser perceptible, es decir, capaz de ser captada por los sentidos humanos, ya sea a través de sonidos, aromas, texturas u otros estímulos sensoriales. Por último, la representación gráfica es un requisito formal para el registro de marcas, y su ausencia puede dificultar el reconocimiento y protección legal.

A pesar de las ventajas que puede representar una marca no tradicional, existen obstáculos legales que deben superarse y de los cuales hablaremos hoy. La representación gráfica de estas marcas puede ser un desafío, ya que deben encontrar formas innovadoras de plasmar su identidad visual. Además, la percepción subjetiva de los estímulos sensoriales puede dificultar su reconocimiento y protección legal. Otro desafío es la presencia de elementos funcionales en las marcas, que pueden afectar su distintividad y generar conflictos legales.

Problemas de estas marcas

La funcionalidad es un factor fundamental a considerar en las marcas no tradicionales. Una marca debe ser capaz de identificar bienes o servicios, y no puede ser funcional en relación con el producto o servicio que representa. Por ejemplo, no sería posible registrar un olor en productos donde el aroma es esencial, como los perfumes. La falta de funcionalidad busca evitar que elementos esenciales sean apropiados por particulares, perjudicando a competidores que no puedan utilizarlos. Esta cuestión se vuelve más relevante considerando que la protección de una marca puede renovarse indefinidamente.

Otro desafío es la representación gráfica de las marcas no tradicionales. Si bien las marcas tradicionales, como palabras y logotipos, pueden representarse fácilmente, elementos no visibles como sonidos, olores, sabores y texturas presentan dificultades. La representación gráfica es necesaria para el proceso de registro, ya que permite dar a conocer la marca al público y facilita el cotejo marcario en la búsqueda de similitudes con marcas existentes.

Las marcas no tradicionales plantean desafíos tanto en términos de funcionalidad como de representación gráfica. La falta de funcionalidad tiene como objetivo preservar la competencia justa al evitar la monopolización de elementos esenciales. Por otro lado, la representación gráfica requiere creatividad y precisión para plasmar elementos no visibles.

Aunque se han logrado avances en la representación de sonidos y texturas, el registro de marcas olfativas sigue siendo un desafío en muchas jurisdicciones. Los expertos en propiedad intelectual, como las firmas y abogados especializados, se mantienen actualizados sobre estos problemas y buscan soluciones innovadoras para proteger este tipo de marcas. Si estás buscando proteger una marca y crees que podría ser considerada no tradicional, es recomendable contar con el apoyo de un abogado para su protección.

Algunos casos interesantes 

Las marcas no tradicionales presentan desafíos específicos en términos de representación gráfica y registro. Uno de los desafíos más destacados es el caso de las marcas olfativas. En el conocido caso "Sieckmann" en Europa, se determinó que la representación gráfica de un aroma no cumplía con los requisitos establecidos, como ser completa, clara, objetiva, accesible y duradera. A pesar de los intentos de utilizar descripciones químicas y muestras en recipientes, ninguna de estas formas fue considerada adecuada para representar gráficamente un aroma. Como resultado, el registro de marcas olfativas ha sido especialmente difícil en la región.

Otro desafío se encuentra en la representación gráfica de los sonidos. En el caso "Shield Mark BV contra Joost Kish.o.d.n. Memex", se estableció que las descripciones onomatopéyicas no son una reproducción exacta del sonido en cuestión. Sin embargo, con los avances tecnológicos actuales, es posible convertir cualquier tipo de sonido en un formato digital. Esto ha facilitado la representación de sonidos a través de descripciones y notación musical, lo que brinda una mayor precisión y comprensión.

En el caso de las texturas, el enfoque adoptado por el Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina ha sido amplio y acertado. Reconoce la necesidad de adaptar el criterio de representación gráfica para los signos no visibles, como las marcas táctiles. Se permite el uso conjunto de diversas formas de representación, como descripciones, imágenes y soportes físicos, para lograr una apreciación integral de la textura en cuestión. Esta aproximación más flexible y adaptada a la naturaleza de las marcas no tradicionales ha sido bien recibida y ofrece una mayor posibilidad de registro para este tipo de signos distintivos.

En cada caso de marcas no tradicionales, es fundamental llevar a cabo una cuidadosa consideración de los requisitos y criterios establecidos por las autoridades competentes encargadas del registro y protección de marcas. Estos requisitos pueden variar según la jurisdicción y la naturaleza específica del signo distintivo en cuestión. En los últimos años, los avances tecnológicos han desempeñado un papel crucial en la representación gráfica de marcas no tradicionales, como los sonidos y las texturas.

Si bien, los avances tecnológicos han facilitado la representación gráfica de marcas no tradicionales, como los sonidos y las texturas, las marcas olfativas siguen siendo un terreno desafiante. La continua búsqueda de soluciones innovadoras y la colaboración entre expertos en propiedad intelectual y científicos son fundamentales para superar estos desafíos y establecer estándares claros para la protección y registro de marcas no tradicionales en todos sus aspectos, incluyendo la representación gráfica precisa de cada tipo de signo distintivo.

Nuevas formas de representación

Como lo hemos mencionado, las marcas no tradicionales, que incluyen aspectos como sonidos, olores y figuras en movimiento, han ganado reconocimiento y protección en el ámbito de la propiedad intelectual. Estas formas innovadoras de representación permiten a los productos y servicios diferenciarse y captar la atención de los consumidores de manera única.

La marca olfativa es un signo aromático u odorífico que se percibe a través del sentido del olfato. Este tipo de marca busca destacar un producto o servicio en particular dentro de su clase, brindando una experiencia sensorial distintiva. Por otro lado, la marca sonora se compone de sonidos o combinaciones de estos, que tienen la suficiente distinción para ser percibidos por el oído. Esta forma de representación auditiva puede ser utilizada para crear una identidad sonora reconocible y memorable.

La marca holográfica se logra mediante la técnica de holografía, que permite crear imágenes con apariencia tridimensional. Utilizando un rayo láser, se graba microscópicamente una película fotosensible, resultando en una imagen que proyecta un efecto tridimensional cuando se ilumina desde el ángulo adecuado. Esta forma de marca ofrece una representación visual única y llamativa.

La inclusión de estas marcas no tradicionales en el registro de marcas se debe a su creciente presencia en campañas publicitarias. Las empresas buscan constantemente innovar y captar la atención de los consumidores a través de los sentidos, utilizando métodos de comunicación no convencionales que van más allá del texto y la imagen plana. Es importante destacar que, para obtener protección legal, estas marcas no tradicionales deben cumplir con los requisitos establecidos por las leyes de propiedad intelectual. Deben ser distintivas, no funcionales y capaces de ser representadas de manera clara y precisa.

Para finalizar, las marcas no tradicionales han abierto nuevas posibilidades en el campo de la propiedad intelectual. La inclusión de elementos sensoriales como olores, sonidos y figuras en movimiento permite a las empresas diferenciarse y comunicarse de manera más efectiva con los consumidores. Con el continuo avance de la tecnología y la creatividad publicitaria, es probable que estas marcas no tradicionales se vuelvan aún más comunes en el futuro. 

Bibliografía

Fernández, P. (09 de Agosto de 2022). LAS MARCAS NO TRADICIONALES.

Quisaguano, J. E. (12 de Junio de 2020). Marcas no tradicionales: Nuevas perspectivas y viejos retos.

Quisaguano, J. E. (31 de 12 de 20219). Marcas no tradicionales: viabilidad del registro de una marca olfativa en el Ecuador.

Tu Marca. (29 de Abril de 2019). ¿Qué son las marcas no tradicionales?

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