Alvaro Murillo, 21 de Mayo de 2020

La Propiedad Intelectual, en sus diferentes modalidades de protección, sobre las creaciones del intelecto del ser humano, se encuentra presente en todos los sectores del mercado donde podemos abastecernos de productos y acceder a servicios, esto se puede observar desde las distintas marcas de productos que encontramos cuando vamos al supermercado y que nos permiten diferenciar a un producto de sus competidores, hasta los distintos programas de computación y aplicaciones móviles, que nos mantienen informados y entretenidos la mayor parte del tiempo. 

En el presente artículo nos enfocaremos en una de las herramientas que permite a aquellos emprendedores y nuevas compañías hacer uso de marcas, diseños industriales o software, dentro de sus propios proyectos para así crear y poner a la disposición del público nuevas formas de entretenimiento. En particular, nos estaremos refiriendo a las licencias de uso otorgadas por los titulares de derechos intelectuales a los creadores de videojuegos. Al hablar de las licencias de uso, podemos decir que consisten en un acuerdo entre al menos dos partes, una identificada como Licenciante, entendido así al titular del derecho, y el Licenciatario, aquel que busca adquirir temporalmente la autorización para hacer uso del derecho del licenciante a cambio de una contraprestación, generalmente en dinero. Tomando como referencia el contrato de licencia de uso de marca, es importante destacar que generalmente un contrato de esta naturaleza debe incluir la información de las partes que permita identificarlas plenamente como Licenciante y Licenciatario, estas son: el fin específico para el que se pretende otorgar la licencia de uso, el límite territorial en donde se autoriza el uso, el detalle de los productos y/o servicios para los cuales se autoriza el uso, la duración y vigencia del contrato de licencia; y además, se  puede incluir más cláusulas que las partes consideren necesarias para la consecución de sus intereses.  

Los videojuegos desde tiempos inmemorables han buscado dar vida a un mundo virtual. Este, en ciertos casos, debería acercarse en su mayoría a la realidad en la que vivimos y es por ello que para crear un sentimiento de mayor inmersión dentro del mundo del juego los creadores requieren usar ciertos aspectos para enganchar al consumidor y permitirlo tener una experiencia más entretenida, es allí en donde entran en juego las licencias de uso.

Con grandes títulos disponibles en el mercado actual podemos observar cómo las compañías hacen uso de marcas o modelos de distintos productos para brindar más realismo a sus juegos, un ejemplo de esta situación se pone en evidencia en el juego Need For Speed Heat, un título de la franquicia de Electronic Arts (EA) de Need For Speed. En dicho juego se pueden apreciar gran variedad de autos de marcas conocidas, tales como Porsche, Ferrari, Lamborghini, entre muchas otras, y todos estos vehículos en el juego mantiene no solo el muy reconocido logo de la marca, sino también la parte denominativa en cada caso en particular. 

En este caso EA, para hacer uso de los modelos reales de los automóviles y para mostrar las marcas dentro del juego, debe contar con las licencias correspondientes de cada uno de los titulares de los derechos y correspondientemente debe haber pactado el pago a cada uno de sus contraprestaciones respectivas. El caso antes mencionado es uno de los escenarios que pueden afrontar las compañías encargadas de lanzar videojuegos al mercado. Sin embargo, existen otros escenarios donde los estudios encargados de la creación del juego deciden evitar todos los costos y trámites necesarios para obtener las licencias de uso y optan por crear modelos de autos relativamente distintos a los reales y con marcas que presentan variaciones con respecto a las originales, tomando en cuenta que puedan distinguirse en sus aspectos esenciales de los modelos y marcas reales, para así evitar problemas legales. 

Retomando el escenario anterior, se puede observar un claro ejemplo en el juego Grand Theft Auto 5, de Rockstar Games, en donde existe una gran variedad de autos que a primera vista se hacen muy conocidos para el usuario del juego, pero que en realidad tienen marcas que nunca se había escuchado en la vida real. Si bien, esta puede ser una opción viable para que estudios pequeños, que quieran lanzar un juego al mercado, se ahorren parte del presupuesto disponible para el juego y en lugar de usarlo para las licencias lo usen para mejorar otros aspectos de la experiencia del usuario dentro del juego. Se debe tener en cuenta que ante la existencia de semejanzas entre los signos inventados dentro del juego y las marcas u otras creaciones que se encuentren protegidas legalmente, los titulares de los derechos podrán alegar que se han infringido sus derechos intelectuales cuando estas puedan generar confusión en los usuarios del videojuego. 

Desde esta perspectiva, otro aspecto a tomar en consideración es que la adquisición de licencias de uso depende no solo de la voluntad del Licenciatario de adquirir dicha licencia, sino que también depende de que el Licenciante quiera otorgarla. Es allí en donde entra en juego el contexto situacional en donde serán presentadas las marcas o los productos como tal dentro del videojuego. En la práctica han habido varios casos en donde el titular del derecho se ha negado a conceder licencias de uso como es el caso de Need For Speed Heat, donde la marca TOYOTA, ha hecho pública su negativa con respecto a permitir que sus autos estén presentes en el juego. Esto es, debido a las carreras dentro del juego, las cuales son clandestinas y que contraponen la posición de la marca, la cual no quiere verse envuelta en promocionar escenarios como esos. Volviendo a ejemplos anteriores lo mismo ocurre con el juego Grand Theft Auto 5, donde debido al contexto de violencia en el que la historia del juego se desarrolla grandes marcas como FORD no permiten que se haga uso de los modelos de sus automóviles o de sus marcas en general. 

Por lo tanto, las licencias de uso como herramienta para facultar el uso de marcas u otras creaciones intelectuales dentro de los videojuegos es plenamente válida, sin embargo, existen varios aspectos que se deben considerar tanto por parte del Licenciante como del Licenciatario. Por el lado del Licenciante, se debe considerar el beneficio económico que se va a adquirir fruto de conceder la licencia y el contexto situacional en donde van a ser usadas sus marcas, productos y/o servicios, buscando que no estén presentes en situaciones donde puedan causar perjuicio a su imagen. Por parte del Licenciatario, se debe considerar su presupuesto económico, ya que el uso no autorizado de marcas puede acarrear complicaciones legales, pero la adquisición de las licencias puede ser un costo excesivo para estudios de bajo presupuesto, en cuyo caso deberán hacer las modificaciones correspondientes a fin de que no se infrinjan derechos intelectuales. Sin perjuicio de lo mencionado hasta el momento, cabría plantear la duda a los usuarios de los juegos sobre qué tanto aportan al realismo del mundo virtual al uso de marcas y modelos de productos reales, y si verían su experiencia dentro del juego afectada por el hecho de no ver marcas conocidas dentro del mismo?

Referencias

Exigentes: por qué Toyota no quiere ver sus autos en videojuegos. (23 de Agosto de 2019). Obtenido de Msn.com: https://www.msn.com/es-us/autos/car-tech/exigentes-por-qu%C3%A9-toyota-no-quiere-ver-sus-autos-en-videojuegos/ar-AAGbyow

How Do Real Cars End Up In Video Games? And Does It Help The Brands? (08 de Junio de 2012). Obtenido de Fast Company: https://www.fastcompany.com/1669990/how-do-real-cars-end-up-in-video-games-and-does-it-help-the-brands

Videojuegos dejan de pagar licencia por uso de armas. (09 de Mayo de 2013). Obtenido de La opinión: https://laopinion.com/2013/05/09/videojuegos-dejan-de-pagar-licencia-por-uso-de-armas/

María Paula Salgado Garcés, 18 de mayo de 2020

El aislamiento y detención de todas las actividades que impliquen la reunión de personas, sin duda nos tomó desprevenidos a todos, dentro del ámbito laboral específicamente ha sido un desafío llevar a la normalidad el desempeño de muchas funciones por diversos factores. Sin embargo, las empresas e instituciones han intentado establecer directrices a sus empleados a fin de llevar a cabo una modalidad de trabajo en casa.

Si nos referimos al tiempo previo de la crisis sanitaria mundial, el trabajo en casa no ha visto necesidad de desarrollo por parte de las empresas privadas y mucho menos las entidades gubernamentales, no obstante el adecuado uso de las distintas herramientas virtuales disponibles  indudablemente ha permitido agilidad y eficacia en el desarrollo de ciertas actividades. Actualmente existe una nueva realidad, la cual obliga a tomar decisiones cada vez más contundentes cuando hablamos sobre el implemento de las plataformas digitales en nuestras actividades laborales. 

En Ecuador, son limitadas las instituciones que, antes de la crisis sanitaria que enfrentamos, ponían a disposición de los usuarios plataformas digitales que permitan el seguimiento y desarrollo de procesos. Particularmente y si nos referimos al área legal, la mayoría de trámites, demandas o denuncias implican su presentación y tramitación física en las distintas instituciones.  

Con el avance de la tecnología  a nivel mundial, se ha permitido la implementación de sistemas que agilicen y faciliten  el avance de los procesos, sin duda y a manera de ejemplo encontramos al SENADI, esta institución cuenta con el servicio virtual para llevar a cabo ciertos trámites. 

El SENADI, lleva años usando portales digitales para la presentación de solicitudes de registro entre otros trámites, estas herramientas digitales le han permitido, a la institución, contar con amplias bases de datos. Además del portal público, mantienen otros portales institucionales donde facilita el desarrollo interno de los procesos, sin embargo, sus usuarios demandaban cada vez más agilidad en los servicios virtuales. 

No fue sino, hasta la actual crisis que el SENADI optó por inaugurar nuevos portales digitales que permitan el avance y desarrollo de distintos trámites para la disposición de los usuarios. Es así que la plataforma de la institución actualmente cuenta con nuevos servicios digitales en trámites de signos distintivos, estos son:

Los dos primeros servicios permiten conocer el estado actual de cada trámite, así como su responsable o encargado y un email de contacto con el fin de darle un adecuado seguimiento a su desarrollo. El último permite al usuario visualizar tanto las resoluciones como los títulos de sus registros. Adicionalmente ha abierto distintos canales de comunicación virtual, en los cuales se receptan ciertos escritos, además, no ha detenido la recaudación de tasas para el inicio de nuevos trámites. 

La implementación de estos nuevos servicios virtuales es un avance incuestionable y una acción aplaudida por sus usuarios, debido a que sin duda fomentan y permiten el desarrollo del trabajo en casa.

Actualmente no es la única institución estatal que busca implementar nuevos portales digitales para disposición de los usuarios, en la tramitación de sus causas. El COVID-19 es un virus que ha llegado para quedarse, esta situación puede ser usada para crear e innovar nuevos y sólidos sistemas virtuales que permitan  el desarrollo de los distintos procesos, tomando como un ejemplo al SENADI.

Empezar un negocio implica una gran inversión de tiempo, esfuerzo y dinero. La preparación, la planificación, el desarrollo y su financiamiento son solo una parte del costo que tiene emprender, más aún en momentos como el que atravesamos.

Cumplir con la normativa, ya sea societaria, municipal, tributaria, laboral entre otras, son desafíos que enfrenta el emprendedor, y lamentablemente en Ecuador, la engorrosa legislación hace que el cumplimiento de la ley sea casi una misión imposible.

Desafortunadamente, ya sea por desconocimiento, o por las limitaciones de tiempo o dinero, los emprendedores dejan para el final o simplemente descartan el cumplimiento de normas de propiedad intelectual, un error que más adelante puede llegar a costar muy caro.

Crear una marca o un nombre comercial, parecería un asunto bastante personal, algo así como elegir el nombre de un menor. Elegir el nombre por gusto personal, sin consultarlo con nadie y eso es todo. La realidad legal esta lejos de esa practica.

En los negocios, una marca se convierte en un activo intangible y pudiera llegar inclusive a valer mas que los mismos bienes materiales, debido al renombre, reconocimiento y reputación que esa marca gane entre los consumidores. Es por ello que es importante estar seguros de la disponibilidad del nombre que hemos elegido para nuestro negocio, en el territorio en el cual desarrollaremos nuestra actividad. Así evitamos perder el tiempo y perder dinero.

El procedimiento es bastante sencillo, realizar una búsqueda ante la oficina de marcas determinará si podemos usar o no una marca en particular. En términos generales, el interesado se acerca a la oficina gubernamental, que para el caso del Ecuador se denomina Servicio nacional de Derechos Intelectuales – SENADI, paga una tasa por dicho servicio y obtiene los resultados.

La interpretación de los resultados es un tanto más complicada debido a dos razones principalmente: a) las diferentes clases internacionales en las cuales se registran las marcas, y b) los criterios de similitud e identidad, es por ello por lo que una asesoría especializada es siempre importante.

Este sencillo proceso, en términos generales, permite conocer a ciencia cierta si existen antecedentes que puedan impedir el uso o el registro de una marca, así desde el inicio se podrá identificar si se debe o no modificar el nombre del producto, servicio o negocio, lo cual podría también tener consecuencias en el marketing y estrategias que se eligan a futuro.

Evitar demandas, el cierre temporal o definitivo del negocio, incautaciones de productos, mala reputación, son algunas del sin fin de problemas que una búsqueda puede evitar.

Luzuriaga & Castro Abogados realiza sin costo para los emprendedores búsquedas de registro de marcas para evitar esos problemas y que asegures tu negocio, tus ingresos, tu esfuerzo y tu futuro. Visítanos en el siguiente link para buscar tu marca https://luzuriagacastro.com/registro-marca/. Si aún tienes dudas, contáctanos para asesorarte.

No arriesgues a tu familia y tu estabilidad económica, busca tu marca.

José Martín Rivera, 04 de Mayo de 2020 

El confinamiento al que el mundo se encuentra sometido, ha obligado a las empresas a desarrollar, innovar y adaptarse a la situación para sobrevivir frente a las limitaciones que se han generado. Sin embargo, y como es normal, la otra cara de la moneda ha dejado ver que los falsificadores también, aprovechándose de la situación, han volcado sus actividades al mercado de insumos y medicamentos altamente demandados, comercializándolos a través del mercado on-line.

Parece mentira que las infracciones marcarias llegasen a florecer en estos momentos, pero sucede todo lo contrario. La escasez de determinados productos, frente a la demanda que  aumenta cada día, las limitaciones en cuestión de movilidad e información, la falta de recursos por la paralización de actividades, la incertidumbre y el miedo que aborda a la gente frente a esta enfermedad, han logrado convertirse en la receta perfecta para que no solo delitos marcarios, sino, también los contrarios a la salud pública alcancen niveles impresionantes.

Como evidencia de esto encontramos que el informe realizado, a petición de organismos europeos, por la empresa española de protección de marcas y antipiratería Smart Protection, señalo que en Europa el 58% de la oferta ilegal de medicamentos, mascarillas y test de detección relacionados con el coronavirus se encuentra en redes sociales, y posteriormente se concluye que “el término 'MASK KN95FFP2/N95' otorga los mayores resultados de falsificación obtenidos hasta la fecha".

Esta situación no se aleja del Ecuador, un país fuertemente golpeado por la pandemia. Realizando una búsqueda rápida en mercadolibre.com.ec, encontramos que el resultado de “N95” arroja más de 500 respuestas; mientras que el término “mascarillas” en la lista desplegada del market place de Facebook, para el perímetro del centro-norte de Quito, parece interminable. 

Estos datos ponen en evidencia el hecho de que Ecuador no se escapa de la venta de insumos por internet. Los portales no exigen formalidad alguna y por esa razón son vías perfectas para que falsificadores se aprovechen de la crisis sanitaria que se vive en todo el país. Mascarillas, pruebas rápidas, gel antiséptico y otros productos que escasean en los puntos de venta formales, inundan las redes sociales y los portales de compra en línea, permitiéndonos suponer un sin número de infracciones.

No está demás recordar que la falsificación de marcas no solo afecta al titular marcario, sino, también perjudica al comercio, la competencia, a la administración pública y al consumidor, el cual al tratarse de insumos médicos corre un alto peligro, a tal punto que, podría costarle la vida. La sensibilidad a la hora de falsificar productos médicos es mayor frente a la adulteración de otra clase de productos. Al obtenerlos se corre riesgo de acceder a productos que no cumplen con su función, dejan indefenso al consumidor y que pueden estar formados de componentes cuya naturaleza es perjudicial para el cuerpo del usuario.

Si bien el problema es claro, las cuestiones que surgen son acerca de cómo controlar y proteger estas infracciones en este momento. Pues bien, pese a que las autoridades han redoblando esfuerzos para atender otras circunstancias de igual o mayor importancia, las acciones de protección a derechos marcarios no han cesado, aunque se han visto limitadas.

Durante el tiempo de confinamiento, la Policía mediante la Unidad de Delitos Aduaneros y Tributarios UDAT, ha intervenido con operativos en diferentes ciudades del país incautando productos falsos como gel, mascarillas y medicamentos.  De igual forma, las autoridades de control aduanero han desplegado un extenso trabajo a fin de evitar el ingreso al país de productos ilícitos.

De igual forma las acciones tomadas en redes sociales y mercados on-line se han intensificado. Si bien, por el momento, las sanciones se limitan a la suspención temporal o definitiva de usuarios infractores más la baja de publicaciones, esta alternativa refleja su eficacia al permitir frenar la oferta de falsificados rápidamente.

No obstante, las condiciones para la lucha contra las infracciones marcarias son extraordinarias, por lo que, estas requieren de mayor colaboración. En este momento los titulares de marcas son los llamados a participar de forma activa a fin de cesar estas infracciones en beneficio de la sociedad.

Acciones recomendadas a tomar por los titulares de derechos.

Es fundamental el mantener constante contacto y colaboración con las autoridades policiales y aduaneras a fin de proporcionar la información que permita identificar e intervenir en contra de las infracciones. Por estas razones, el entrenamiento a autoridades de control que proporcione información oportuna para el reconocimiento de los objetos ilícitos aumenta la efectividad de los controles. Compartir las medidas de seguridad y características propias de los productos originales ayuda a detener la comercialización y el paso de mercaderías sospechosas.

Control de información y publicaciones en redes sociales. Aumentar la revisión y control sobre la oferta de determinados productos en redes sociales permite cortar la comercialización fraudulenta en estos canales informales, pero altamente usados por el consumidor en estos momentos. Es necesario participar activamente en los programas de protección de marcas y de venta de productos ilícitos que redes sociales como Instagram, Facebook y los portales de venta online como MercadoLibre u OLX ofrecen a los titulares marcarios o sus apoderados.

Informar a la ciudadanía sobre los canales o sitios autorizados en donde y como (en caso de portales web) comprar de forma confiable. Debido al confinamiento acudir a establecimientos de comercio confiables se ha convertido en una tarea difícil por lo que es necesario informar sobre los canales para adquirir productos originales, así como llamar a la conciencia de la gente sobre los riesgos de usar productos falsos o que no cumplan las seguridades correspondientes.

Sanciones

Contra estas infracciones, nuestra legislación penal sanciona las actividades de falsificación de marcas con multas elevadas, mientras que, para la importación, producción, comercialización y distribución de medicamentos o dispositivos médicos falsificados, las sanciones ascienden a penas privativas de libertad hasta de cuatro años y multas.

Referencias

Alonso, R. (13 de abril de 2020). Coronavirus: así operan los estafadores que ofrecen medicamentos contra el Covid-19 en internet. Obtenido de ABC REDES.com: https://www.abc.es/tecnologia/redes/abci-coronavirus-operan-estafadores-ofrecen-medicamentos-contra-covid-19-internet-202004080154_noticia.html?ref=https%3A%2F%2Fwww.google.com%2F

C, O. (11 de abril de 2020). Los que ganan con el coronavirus: se dispara la oferta de medicamentos falsos en internet. Obtenido de El Confidencial.com: https://www.elconfidencial.com/tecnologia/2020-04-11/medicamentos-falsos-falsificados-covid-19-coronavirus_2540795/

Robinson Coronel, 28 de abril de 2020 

El comercio electrónico, conocido también como e-Commerce, ha experimentado un fuerte crecimiento a nivel mundial, tanto en el número de usuarios como sitios comerciales. Esta condición se debe a sus diferentes bondades como la comodidad, agilidad, seguridad, facilidad de pago, ausencia de filas, entre otras.

El Ecuador no se ha quedado atrás; hoy, vemos cómo ha aumentado el número de tiendas virtuales que ponen a tu disposición productos o servicios, ya sea a través de publicaciones, anuncios o mensajes, dentro de las distintas plataformas digitales como es el caso de Facebook, Instagram, Mercado Libre y OLX. 

Gracias al crecimiento de esta herramienta de comercio surgen, en el usuario, ciertas dudas: ¿Cómo una persona puede proteger su negocio?, ¿cómo evitar que terceros intenten utilizar y aprovecharse del reconocimiento de su página o nombre comercial?

Entendemos como Nombre Comercial al signo que identifica una actividad económica, a una empresa, o a un establecimiento mercantil ya sea físico o virtual.

En Ecuador el derecho exclusivo sobre un nombre comercial se adquiere por su primer uso lícito en el comercio y termina cuando cesa el uso del nombre o cesan las actividades de la empresa o del establecimiento que lo usa, tal como se establece en el artículo 191 de la Decisión Andina 486.

Sin embargo, para asegurar la protección de nuestro negocio-nombre comercial es recomendable registrar el nombre comercial ante la autoridad competente, en el Ecuador ante el SENADI. El registro de tu nombre comercial te otorga todos los derechos enumerados en el artículo 367 del Código INGENIOS.

Este registro le permite al titular de un nombre comercial el derecho de actuar contra cualquier tercero que, sin su consentimiento, use en el comercio digital un signo idéntico al nombre comercial protegido, o un signo semejante cuando ello fuese susceptible de causar confusión o un riesgo de asociación con la empresa del titular o con sus productos o servicios.

De esta manera podemos brindarle a nuestro negocio una completa protección en el mundo digital y así impedir que nuestros consumidores terminen comprando en otra tienda virtual que no es la nuestra.

Abg. Gonzalo Luzuriaga Mirabá

El contrabando, la falsificación y la piratería tienen una directa repercusión en nuestra economía. La protección y aplicación de los derechos puede tener significativos resultados y generar interesantes oportunidades de crecimiento para el país, con políticas y normativas que respondan a nuestra realidad, lo que sólo es posible con el trabajo multisectorial.

Titulares de las distintas modalidades de Propiedad Intelectual, han buscado generar un marco de protección a sus derechos, con buenos resultados en muchos casos, pero con difíciles obstáculos que superar en el camino. En el ejercicio profesional, he sido testigo del positivo desarrollo, interés y capacitación de varias autoridades; penosamente también hemos evidenciado retrocesos legislativos en cuanto al respeto a los derechos intelectuales, y particularmente en el año 2014 por la despenalización de infracciones a estos derechos, y luego la vigencia del tipo penal del artículo 208A del COIP, promulgado en el año 2015 como medio para cumplir compromisos internacionales y no como herramienta de protección al derecho. A nuestro criterio, la solución no pasa por disponer penas más severas, sino por la implementación de medidas más disuasivas y ágiles de protección.

La importancia de la protección a los derechos intelectuales tiene directa repercusión en el desarrollo. Los emprendedores, los empresarios, los artesanos, los productores, los consumidores, la economía en general se beneficia de un marco jurídico claro de protección a los derechos de propiedad intelectual, herramienta que impulsa el desarrollo, la innovación, la generación de empleo y el desarrollo.

El cumplimiento de las normas, no solamente en el campo de los derechos intelectuales, pero como cultura de convivencia social determina estabilidad y seguridad para la inversión, desarrollo y generación de nuevos negocios.

Jurisdicciones hermanas que han optado por una cultura de respecto a los derechos intelectuales, generaron en sus territorios interesantes resultados. Un ejemplo cercano es Colombia, país que nos ofrece artistas de la talla de Shakira, Carlos Vives, Juanes, de renombre internacional. Por nuestra parte, Ecuador tiene gran potencial artístico en distintas áreas, sin embargo la diferencia (con Colombia) radica en el marco jurídico que permite a un artista vivir de su arte o no.

En nuestro país la protección a los derechos de propiedad intelectual de marcas notorias han resultado en inversión extranjera directa, con el establecimiento de tiendas comerciales que hace pocos años no existían en Ecuador. La apertura de estos nuevos negocios genera puestos de trabajo, aportes a la seguridad social, ingresos al fisco y acceso de los consumidores a otras alternativas, lo que redunda en una mejor y mayor competencia.

En nuestro país, en el pasado, los productos falsificados eran comunes en el mercado, siendo la regla el producto ilegal y la excepción el producto original. Afortunadamente esta situación es diferente en la actualidad y los consumidores observamos el incremento de productos lícitos, de buena calidad y, por efecto de la competencia, cada vez más accesibles en cuestión de precios. Este cambio, que tomó tiempo, se debió a las acertadas políticas públicas de las autoridades, junto a un marco normativo más claro que el vigente. Una de aquellas políticas fue la generación de funcionarios especializados en la investigación del delito, agentes policiales capacitados tanto en la legislación alusiva como en las características técnicas de los productos ilegales, y peritos preparados y capacitados, tanto del sector privado como del departamento de criminalística, lo que permitía a Fiscales y Jueces contar con verdaderos y certeros análisis de los objetos dubitados.

La clave es la eficiencia y la herramienta es la especialización

La participación de Fiscales especializados permitió importantes avances y precedentes judiciales en el marco de la protección a los derechos de Propiedad Intelectual.

Como resultado de esas experiencias, y echando un vistazo a procesos de la misma naturaleza en otras jurisdicciones, hemos identificado ciertas mejores prácticas.

1) Corporaciones a nivel mundial basan sus principios de producción y de gestión administrativa en transparencia, calidad, coordinación, delegación y EFICIENCIA. Y tiene mucho sentido, son principios que en general determinan el éxito. Contar con profesionales que cultivan conocimientos específicos o tienen mayor inclinación a determinada área del derecho, generalmente tendrá mejores resultados, que incluye reducción de errores y plazos expeditos. Nuestra Constitución establece la Eficiencia como un eje transversal en todas las gestiones de la administración pública y determina que las instituciones públicas deben buscar, a través de la organización interna, el establecimiento de este principio en sus modelos de trabajo.

2) La presencia de profesionales con conocimiento en Propiedad Intelectual, Delitos Aduaneros, Tributarios y Delitos contra la Salud, tanto en Fiscalía como en la Función Judicial, fue determinante en su momento para alcanzar importantes resultados en protección de derechos. La experiencia y preparación de los funcionarios aportó sin dudas al resultado, tanto en calidad como en el tiempo que toma un proceso de investigación y sanción en caso de infracción. Actualmente la ausencia de profesionales con esta preparación ha determinado largos y difíciles procedimientos de investigación.

3)  En el ámbito internacional, jurisdicciones como Colombia, Perú, Panamá, Paraguay, Bolivia y Uruguay, han establecido sistemas eficientes de investigación de delitos de Propiedad Intelectual y delitos conexos. En estos países, las infracciones a derechos de propiedad intelectual son conocidas, investigadas y, de ser del caso, procesadas por unidades especializadas de la Policía y de Fiscalía.

El negativo impacto del ingreso de productos ilícitos a los mercados locales se refleja en los indicadores económicos y de inversión extranjera, las ut supra mencionadas jurisdicciones han optado por brindar atención minuciosa a la protección de derechos de propiedad intelectual como estrategia de desarrollo en sus países.

En Perú se denomina Fiscalía Penal Especializada en Delitos Aduaneros y contra la Propiedad Intelectual; en Paraguay, Unidad Especializada en la Lucha Contra los Delitos de Propiedad Intelectual; en Colombia se llama Unidad Nacional Especializada en Delitos contra la Propiedad Intelectual y las Telecomunicaciones; en Bolivia, la Unidad Especializada en Hechos Punibles contra la Propiedad Intelectual; y, en Panamá, la Fiscalía Especializada de Delitos de Propiedad Intelectual, todas con excelentes resultados en sus gestiones.

Más allá de la denominación y del delito conexo con el cual se agrupa para su investigación, la especialización de los funcionarios que participan en la investigación y sanción a infracciones contra estos derechos es un lugar común en todos los casos y también un elemento determinante en la consecución de esos resultados.

Para nuestra sociedad, el mayor riesgo consiste en que la conducta ilícita e infractora de derechos se normalice dentro en nuestra comunidad y nos transformemos en aquella sociedad que premia al tramposo. Entender que existen derechos de terceros, así no estemos de acuerdo, es entender que vivimos en sociedad.

El trabajo de autoridades que conocen los elementos constitutivos del derecho, la innovación y el desarrollo que trae consigo, nos impulsan hacia la seguridad jurídica, por un lado con una posible unificación de criterios entre las autoridades de esa área, y por otro cierta uniformidad procesal que resulte en reducción de plazo entre denuncia y medidas de protección al derecho.

En nuestro país, el Reglamento de las Nuevas Unidades de Gestión de Causas, publicado en Registro Oficial Edición Especial # 36 de abril 28 de 2010, y el Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional de Procesos contenido en Resolución No. 03-A-FGE-2012, establecen el modelo de trabajo y organiza, a nivel interno, el trabajo de la Fiscalía General del Estado. Los dos documentos son muestras claras de la eficiencia a través de la especialización de funciones.

Dicho Reglamento, que contiene las disposiciones legales que organizan a la Fiscalía General del Estado en distintas unidades de investigación del delito, es el instrumento que justifica de forma plena la especialización de la Fiscalía en unidades, para favorecer el desarrollo de sus competencias, en beneficio de la sociedad. La norma delimita el campo de acción de cada unidad Fiscal a los bienes jurídicos protegidos de acuerdo a los tipos penales catalogados.

Al momento el catálogo de delitos elaborado por la Dirección Nacional de Actuación y Gestión Procesal de la FGE se encuentra desactualizado, pues data de abril del 2010 y el Código Orgánico Integral Penal, de febrero de 2014. Una reclasificación de los tipos penales es necesaria en este momento, previo al informe técnico requerido.

El artículo 23 del Reglamento designa a FEDOTI como la Unidad de Fiscalía encargada de investigar las infracciones a los derechos intelectuales, sin embargo, en la actualidad Fiscalía está incumpliendo esta disposición vigente y las denuncias por investigaciones de delitos de Propiedad Intelectual están siendo enviadas a la Unidad de Soluciones Rápidas. El delito de Propiedad Intelectual, por su naturaleza, no es un delito que se comete exclusivamente dentro de las fronteras territoriales de nuestro país, y tampoco es uno de aquellos en donde un acuerdo podría permitir la comercialización de objetos ilícitos, ya sea porque dichos bienes infringen otros derechos (tributarios, aduaneros, contra la salud) o pueden causar daño al consumidor.

Creemos que una Unidad de Investigación Especializada, como la que existió en Ecuador desde el año 2008, que investigue los delitos aduaneros, de Propiedad Intelectual y delitos relacionados como falsificación y adulteración de medicamentos, tendrá como resultado una mejor y más eficiente protección de estos derechos.

Por su parte, la Policía ya cuenta con una Unidad de Investigación del delito que debe ser potenciada. La UDAT o Unidad de investigación contra Delitos Tributarios y Aduaneros es una Unidad Nacional, por lo que sus investigaciones pueden continuar en jurisdicciones distintas de aquellas en las cuales se evidenció el ilícito.

La eficiencia nos debe llevar al establecimiento de competencias específicas para unidades de investigación. Esta especialización traerá consigo una mejor y más eficaz protección, y la protección conlleva la seguridad jurídica que determina la inversión y el desarrollo.

* El presente documento fue elaborado para y presentado como ponencia en el marco del "Primer programa de capacitación: medidas para combatir el comercio ilegal", dirigido a jueces, fiscales y policías. Organizado por la Universidad de los Hemisferios, con el respaldo académico del Consejo de la Judicatura de Ecuador y la Escuela de la Función Judicial.

Ejecutado por la EUIPO (Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea), el proyecto busca fortalecer la cooperación entre la Unión Europea y América Latina en el ámbito de la protección y aplicación de la PI. Se ocupa especialmente de los desafíos identificados conjuntamente, lo que la transforma en una herramienta muy valiosa en el actual contexto de crecientes relaciones comerciales entre ambos socios.

La UE es el principal socio del desarrollo en América Latina, por ser el segundo mayor socio comercial y su principal inversor. Los intercambios comerciales entre ambas casi se duplicaron durante la última década, lo que ha convertido a la región en el principal mercado para muchas empresas de la UE.

Durante el tiempo que esté vigente, el proyecto IP Key América Latina apoyará a las empresas internacionales -especialmente de la UE- en la obtención, gestión y observancia de la protección de su propiedad intelectual (PI) en países latinoamericanos. Facilitará asistencia técnica para modernizar las instituciones de PI en América Latina. Apoyará a la UE en acuerdos comerciales multilaterales y bilaterales (por ejemplo acuerdos de libre comercio, en casos en los que no fue posible alcanzar acuerdos de asociación con determinados países o subregiones a medio plazo). Y fomentará el diálogo en la región en materia de PI.

Segunda Semana de la Observancia y Gobernanza de Propiedad Intelectual

Justamente en el marco del diálogo es que IP Key América Latina viene desarrollando la Semana de la Observancia y Gobernanza de Propiedad Intelectual, cuya segunda edición se realizó hace apenas unos días en la ciudad de Buenos Aires, a pocas semanas del anuncio de acuerdo estratégico entre la Unión Europea y el MERCOSUR, que crea un mercado de bienes y servicios de 800 millones de consumidores y representa casi una cuarta parte del PBI mundial.

El encuentro congregó a autoridades relacionadas con la administración de Derechos de la Propiedad Intelectual (entre los que destacan jueces y oficiales de aduanas) y representantes (legales) de empresas de América Latina y de la Unión Europea, en reuniones que no fueron sólo informativas.

El II Taller Multi-País para Funcionarios de Aduanas de América Latina, por ejemplo, puso sobre la mesa el tema de la identificación en la UE de productos falsificados en países del MERCOSUR y Chile. Gracias a ello, funcionarios de aduanas de Uruguay, Paraguay, Chile, Brasil y Argentina intercambiaron información en materia de legislación y problemática aduanera para la vigilancia de las infracciones de PI en frontera. Así se delinearon buenas prácticas para la identificación de productos falsificados, como mejoras en la utilización y análisis de documentación de puertos y aeropuertos y métodos de evaluación de riesgo, entre otros.

El Foro sobre Propiedad Intelectual en la Economía Digital -uno de los temas prominentes del encuentro-, sirvió para que autoridades relacionadas con la administración de Derechos de PI, representantes de empresas de América Latina y de la UE, usuarios y propietarios de activos de PI y público en general, tuvieran la oportunidad de comprender mejor el contexto actual y los desafíos y necesidades de la región en cuanto a la protección de la propiedad intelectual en el acelerado escenario de los mercados en línea, el comercio electrónico, la economía colaborativa y las redes sociales.

Complementariamente, durante la segunda semana se desarrolló el “II Simposio IP Key para jueces de los países de América Latina: las infracciones de PI en el entorno digital”. Desde allí se buscó reforzar la cooperación entre los países del MERCOSUR y la UE, abordando los desafíos en materia de gobernanza del sistema de PI en Argentina, América Latina y la Unión Europea e intercambiando conocimientos e identificando herramientas que ayuden a reducir la piratería y la falsificación en la región.

El tema es tan importante que, previo al encuentro en Buenos Aires, IP Key América Latina organizó un Seminario para jueces brasileños, donde participaron abogados expertos de Europa y América Latina para discurrir sobre infracciones de PI en mercados en línea.

En ese marco Pedro Duarte, jefe del proyecto de IP Key América Latina, explicó que “como consecuencia natural del creciente negocio y las transacciones que tienen lugar en el entorno online, la aplicación de los derechos de propiedad intelectual se ha vuelto cada vez más compleja. Las autoridades enfrentan nuevos desafíos y, si bien el comercio electrónico ofrece a las compañías excelentes herramientas para mejorar la productividad, también proporciona una plataforma poderosa para que los falsificadores y piratas atraigan a un gran número de consumidores potenciales de una manera económica".

Días después, en Buenos Aires, la embajadora de la Unión Europea en Argentina, Aude Maio-Coliche, afirmó que “los infractores de los derechos de PI suelen prestar poca atención a la calidad y, lo que puede ser aun peor, a la seguridad de sus productos, poniendo en grave riesgo a los consumidores que adquieren estos productos como medicamentos, alimentos, juguetes, baterías y autopartes como airbags. El entorno en línea permite la proliferación muy rápida de productos que infringen la PI”.

La diplomática advirtió que los infractores “pueden esconderse detrás de identidades falsas” y evidenció que no se trata de un tema con poca importancia, considerando que los productos falsificados y pirateados alcanzan 3,3% del comercio mundial y en la UE representa cerca del 7% de todos los productos importados, es decir unos 130 millones de euros en comercio ilegal.

Un acuerdo comercial de astronómica envergadura como marco

El encuentro tuvo como marco contextual el acuerdo bilateral UE – Mercosur, que pretende una estructura consensuada, con compromisos jurídicos claros y consideraciones mínimas para el respeto de los derechos de propiedad intelectual e industrial.

Sobre el particular, la embajadora de la UE en Argentina fue clara: “Existe la necesidad de una respuesta conjunta y coordinada a este fenómeno”. También Pedro Duarte destacó que las temáticas dispuestas en el encuentro tenían directa relación con la proximidad del convenio entre las partes: "la innovación y la creatividad son los ejes centrales de la economía global, y esto es especialmente relevante en el universo digital. Es importante entonces promover modelos de negocio que sean respetuosos de los derechos de propiedad intelectual en este ámbito”. Agregó que la cooperación entre la Unión Europea y el Mercosur puede facilitar estrategias que apoyen este objetivo y la observancia de los derechos de PI en ambas regiones.

Por su parte Fernando Martínez-Tejedor, agregado de Propiedad Intelectual de la Unión Europea para América Latina, también aseguró que “Proteger la propiedad intelectual es un ejercicio imprescindible para el desarrollo tecnológico y científico de las naciones que integran la UE y el Mercosur. La definición de un marco bilateral entre ambos bloques promoverá, en favor de todos los creadores, innovadores y emprendedores, especialmente de las pequeñas y medianas empresas del Mercosur, el acceso a mecanismos de protección de sus derechos de propiedad intelectual en el exterior más seguros y económicos”.

Más allá de la importancia estratégica del evento (por el contexto sugerido), lo cierto es que el proyecto IP Key América Latina, a un año y medio de haber iniciado su trabajo en la región, ya ha demostrado ser una herramienta muy potente para el desarrollo de la propiedad intelectual.

Trabajando bilateralmente con los distintos bloques de países latinoamericanos y también directamente con los estados, promueve acuerdos de asociación y de acción a través de sus tres pilares principales: diálogo político, comercio y cooperación.

El excelente balance en la relación costo/beneficio que logra con su presupuesto total de 6 millones de euros para el período de 48 meses, hace pensar que bien podrían los estados nacionales latinoamericanos continuar esta necesaria labor, destinando y optimizando los recursos necesarios para que las acciones concertadas, bilaterales y multilaterales, sean cada día más la regla y no la excepción.

Fuentes:

IP Key América Latin

Abogados.com.ar

Ecuador has gone through major changes in its legislation in connection to IP Rights. Ecuador former Government took a different approach in the way IP rights were protected and repealed IP crimes therefore “counterfeit and piracy” were not considered a crime. This decision was later reviewed, and basic IP criminal protection is now in force. On December 2016, IP legislation changed to the current IP law identified as Organic Code for the Social Economy of Knowledge.

Servicio Nacional de Derechos Intelectuales – SENADI (Ecuadorian PTO and formerly known as IEPI) has worked close to the public, sharing projects and providing support to prepare bylaws and regulations.

President Moreno government is open to conversation and have made a few relevant policies changes. A lot of work is still ahead (such as modification on the current IP Crime in Congress), but important changes can happen on a short period base on a political decision.

  1. Border Actions. IPR Enforcement Actions before Customs.

At this time in Ecuador, “ex officio” border actions are not in force. According to current legislation, IP owners must provide authorities with “sufficient” information on the import, the infraction and the infringer to proceed with a border action before Customs. Such requisite for protection has become an impediment.

A bylaw (regulation) resulted as a collaborative work between SENADI, attorneys, IP owners and lawmakers could become the first step into the return of ex officio border action in Ecuador. The bylaw is on President Lenin Moreno’s desk for approval and signature.

  1. Criminal Actions. IPR Enforcement Actions before Prosecutors Office.

In the long term, changes in Ecuador’s IP criminal legislation should be a highly important issue on the agenda. Current legislation allows criminal enforcement actions only under determine circumstances: a) Only Trademarks and Copyrights can be protected in a criminal legal action – no patents; b) Criminal actions proceed against commercialization and productions of illegal goods bearing trademarks or copyrights – no transport nor warehousing.

There is also a legal requirement of US$56.000 dollars in infringement merchandise to file charges against an IPR infringer. If the value of the seized goods is under US$56.000 infringer does not have a criminal responsibility in the crime investigated by the Prosecutor’s Office, however, if the seized goods were proven illegal, then the goods can be destroyed. Trademark and Copyrights owners must collaborate and cooperate with Prosecutors Office in every single instance of the criminal investigation.

A minor administrative change within Ecuador Prosecutors Office (no law modifications are required) can have a big impact on how IP crimes are being investigated. Before 2014 the Prosecutors Office Unit in charge of IP investigations was the FEDOTI unit (Fiscalia Especializada en Delincuencia Organizada Transnacional e Internacional – FEDOTI), one of the best investigations unit in Ecuador’s Prosecutors Office. In 2015, with the new IP crime, Ecuadorian Prosecutor’s Office appointed the “EASY SOLUTIONS” (Soluciones Rapidas) unit from Prosecutors Office to handle IP investigation cases, which translated into no investigation at all.

Documents have been elaborated and meetings have taken place during the last few months to allocate IPR investigations back to FEDOTI unit in the Ecuadorian Prosecutors Office.

  1. Administrative Protection. IPR Enforcement Actions before SENADI.

Administrative enforcement actions was planned as the natural legal process for IPR protection, nevertheless, SENADI has no possibility for a reaction against the infringements in Ecuador’s market place. Governmental policies for the reduction of personnel, lack of economic resources and wrongful interpretations of the law by Judges, have weakened the power of SENADI to provide effective protection to IP owners.SENADI has a team of attorneys and administrative personnel involved in IPR enforcement actions only, should be strengthened, trained and increased. Ecuador does not have specialized judges nor a specialized Court to handle IPR infringement actions cases, however, including IP within the Ecuadorian Judicial “Training Program from Judges and Judicial Personnel” of the Consejo de la Judicatura, could become the first step into any plan.

Entre el 3 y el 5 de julio 2019 se llevó a cabo en Santo Domingo, República Dominicana, la Reunión Regional de Jefes o Directores de las Oficinas de Derecho de Autor de América Latina.

El un documento titulado “Hacia una plena protección de los autores, artistas e industrias creativas en el entorno digital”, expertos de 30 países reclamaron un marco legal equilibrado, para evitar los daños que restan calidad de vida a los autores.

Consideraron imprescindible garantizar “en particular, los derechos de remuneración y el derecho de puesta a disposición” de los autores, para evitar que sigan perdiendo cientos de miles de millones de dólares anuales por causa del plagio y la piratería, particularmente a través de las plataformas digitales.

Este fue el espíritu y el marco de la reunión, la necesidad de encaminar acciones en los distintos países para adaptar las legislaciones nacionales a la era digital. Y acaso "adaptar" no sea el verbo más conveniente para describir la dimensión y el desafío que la tarea exige, en una realidad que es cada día menos analógica y menos clara para muchos autores, creadores, investigadores... especialmente los que se dedican al arte y a las ciencias

La actividad, encabezada por Sylvie Forbin, directora adjunta de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI), y el doctor Trajano Santana, director de la Oficina Nacional de Derecho de Autor (ONDA) en República Dominicana, fue también la tercera reunión preparatoria, previa al encuentro mundial.

Fuentes:

Diario El Día (República Dominicana)

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Diario La Hora (República Dominicana)

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México es una de las tres grandes potencias regionales de América Latina, una de las que marca el ritmo en cuanto a innovación, patentes y marcas. Y, más que eso, México es también reflejo y termómetro de otras realidades latinoamericanas, con las que comparte el estigma de poco desarrollada en materia de inventiva.

México en el ranking mundial

Si bien ocupa el puesto 12 en el ranking mundial de patentamiento según la OMPI, se debe, en buena medida, a la intensa actividad del Instituto Mexicano de Propiedad Industrial (IMPI), que procesó 142.000 expedientes en promedio durante 2018 y autorizó el registro a 11.711.

De allí que, no sin ironía, el Diario Expansión observara lo peligrosamente cerca que se encuentra la multinacional IBM, con 9.100 patentes a nivel mundial, de patentar lo mismo que México. Es que ciertamente no es lo mismo decir los números en México que los números de México, donde las instituciones de educación superior, que mejor desempeño tuvieron en cuanto a patentes durante 2018, sumaron en total 117. Y donde 120.000 de los 142.000 expedientes procesados por IMPI son solicitudes de registro marcario.

Nudos críticos

Enzo Gavina, director de la plataforma Biobiz, encargada de vincular a gobierno, industria y emprendedores en la generación de proyectos de alto valor, entrevistado en 2018 por Expansión sugería que aunque ya existe mayor atención en el tema por parte de algunas instituciones, otras siguen frenando el entorno de innovación y emprendimiento.

IMPI es un generador y vinculador de patentes y en México tenemos datos de que 1.000 patentes y marcas están detenidas o están sin comercializar. En este sentido el trabajo que hacen Inadem o Conacyt frenan que estas patentes vean la luz ya sea por razones de confidencialidad o por los estatutos que se les da a los los emprendedores”, aseguraba Gavina.

Para el directivo de Biobiz, el ambiente emprendedor y de generación tecnológica continúa a la baja por falta de gobernanza, también de acceso a un fideicomiso con objetivos claros y el poco interés por parte de las empresas a invertir en pequeñas firmas.

"Hemos detectado algunos problemas en la venta de los productos de los emprendedores, muchos de ellos no sabe cómo tramitar patentes y marcas, qué regulación existe y cómo pueden generar las condiciones para la comercialización”, argumentaba Gavina.

Otro problema que identificaba el directivo de Biobiz es el divorcio entre empresas y academia: “Varias entidades destacan en el país, también varias escuelas, como el Cinvestav, la UNAM o el Tec de Monterrey, pero también estas sufren la apatía del mercado, sufren la poca creencia de las empresas ante proyectos que podrían generar empleos e innovación de alto valor”.

Entre las consecuencias de ese divorcio y la necesidad de un entorno de innovación efectivo encontramos la fuga de cerebros (y de patentes). Según datos de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo (OCDE), de forma gradual e ininterrumpida ha crecido el número de mexicanos con nivel de posgrado que se encuentran en Estados Unidos, pasando de 354,000 en el 2000 a más de 1,000,000 en 2015, lo que supone alrededor del 13.5% del total.

La ausencia del Estado

Según el estudio Barómetro de innovación, elaborado por General Electric, el apoyo por parte de gobierno para generar entornos de innovación es casi nulo, especialmente a nivel local.

El estudio fue realizado a 100 ejecutivos en innovación mexicanos, de los cuales sólo 3% considera que las autoridades a nivel nacional toman acciones para generar mayor innovación en el país. El común más bien considera que el sector innovador está compuesto por empresas multinacionales, empresarios individuales, startups y empresas mexicanas con más de 250 empleados.

Federico De Silva, director de investigación de Gartner, consultora especializada en asesoría y liderazgo empresarial, aludió durante la presentación del estudio a que en México lo que más hace falta es “la visión de los tomadores de decisión, del CEO, pues él es quien tiene que considerar invertir en nuevas tecnologías. Si no se tiene la visión por desarrollar nuevos negocios, nuevos contactos, nuevos canales de distribución seguirán invirtiendo en lo mismo y poco a poco dejarán de competir”.

Por su parte, Vladimiro de la Mora, CEO de GE en México, fue un poco más allá: “En México enfrentamos varios retos que van desde la inversión, la infraestructura, la vinculación de la academia con la industria, la divulgación, la cantidad de recursos humanos altamente capacitados, el sistema de evaluación de los investigadores, los esquemas de jubilación y hasta los tiempos y escenarios políticos tanto nacionales como internacionales”.

Por si fuera poco, un factor importante que requiere reforzamiento es la infraestructura:

En América Latina estamos apenas en la parte baja de la curva en temas de Internet de las cosas u otras tecnologías disruptivas, aún nos falta infraestructura en el tema de Data Centers, o plataformas y analíticos de IoT que son necesarios para tener una mayor competitividad. Aunque ya hay conocimiento y ya se empiezan utilizar, aún nos hace falta más adopción”, precisó De Silva.

Fuente: Diario Expansión

https://expansion.mx/tecnologia/2019/04/08/ibm-con-el-potencial-de-tener-un-numero-de-patentes-similar-a-mexico

https://expansion.mx/tecnologia/2018/09/06/la-innovacion-tecnologica-mexicana-tiene-un-futuro-incierto

https://expansion.mx/tecnologia/2018/05/11/falta-apoyo-a-la-innovacion-por-parte-de-gobiernos-locales-estudio-de-ge

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