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¿Qué es un diseño industrial y cómo se registra en Ecuador?

Autor L&C
octubre 31, 2025
octubre 31, 2025

El diseño industrial protege la apariencia de un producto: su forma, líneas, contornos, colores, textura y combinación visual. En mercados saturados, esa estética diferenciadora es, muchas veces, el factor decisivo de compra. Asegurarla jurídicamente es proteger una ventaja competitiva legítima y medible.

En Ecuador, el registro se tramita ante el SENADI, bajo el marco supranacional de la Decisión 486 de la Comunidad Andina. Este marco armoniza conceptos y procedimientos en los países andinos, ofreciendo previsibilidad a creadores, estudios de diseño y empresas. Entender sus reglas - qué es protegible y qué no - evita rechazos, oposiciones y nulidades.

Para industrias creativas y manufactura (moda, envases, muebles, UI de productos físicos, objetos 2D y 3D, etc.), el diseño industrial complementa otras figuras: patentes (si hay novedad técnica), marcas (si buscas distinguir el origen empresarial) y derechos de autor (si hay originalidad artística). La estrategia óptima suele combinar derechos, tiempos y territorios. 

Este artículo explica el concepto legal, los requisitos, la documentación, el paso a paso en SENADI, la duración y las tasas vigentes, además de una mención breve al contexto internacional. Cerramos con un checklist práctico para presentar tu expediente con rigor técnico-jurídico y foco comercial. 

Concepto y alcance jurídico: qué protege el diseño industrial

En el régimen andino, se considera diseño industrial a la apariencia particular de un producto resultante de líneas, colores, forma externa bidimensional o tridimensional, contorno, configuración, textura o material, sin cambiar su finalidad. La protección recae estrictamente en lo ornamental, no en la función.

El diseño industrial no cubre características dictadas enteramente por una función técnica ni formas necesarias para la interconexión mecánica (salvo ciertos sistemas modulares). Si el valor diferencial es técnico (cómo funciona), la vía adecuada es evaluar patente o modelo de utilidad; si es identidad de origen, quizá una marca tridimensional. Diferenciar estas categorías evita conflictos y denegatorias.

Además, no serán registrables los diseños cuya explotación deba impedirse por razones de moral u orden público. Aunque rara en la práctica, esta causal actúa como límite material del derecho. El análisis previo y la correcta memoria descriptiva ayudan a encuadrar el objeto dentro de lo permitido.

Conclusión práctica: si tu ventaja competitiva es la forma (look & feel industrial), el diseño industrial es la herramienta idónea; si es la función, explora patentes/UU.MM.; si es el origen empresarial, evalúa marca 3D. Una auditoría PI temprana reduce costos y maximiza la protección. 

Requisitos de registrabilidad: novedad y no funcionalidad

El requisito central es la novedad: un diseño no es nuevo si, antes de la fecha de solicitud (o prioridad), se hizo accesible al público en cualquier lugar/medio. Importa cualquier divulgación: ferias, catálogos, e-commerce, redes, patentes ajenas, etc. Por eso recomendamos auditorías de anterioridades antes de presentar. 

Diferencias meramente secundarias frente a realizaciones anteriores no bastan. El diseño debe generar una impresión global distinta frente al “observador informado”. Aunque el texto andino no utilice esa expresión literal, la regla de “no diferencias secundarias” obliga a distintividad visual real. 

El objeto debe ser susceptible de aplicación industrial (reproducible). Diseños de pura fantasía sin aplicabilidad industrial práctica no encajan bien en la figura. En productos 2D (p. ej. patrones), la aplicabilidad a un “material plano” permite incluso sustituir imágenes por muestra física en ciertos casos. 

Por último, valida que tu innovación no esté dictada solo por la función. Evita reivindicar aspectos técnicos; el foco debe estar en la estética. Si hay elementos funcionales, descríbelos como “contexto” del producto, sin pretender cobertura sobre su desempeño. 

Documentación de la solicitud: imágenes, formulario, memoria y tasas

La Decisión 486 exige: petitorio, representaciones gráficas o fotográficas, poderes (si aplica), comprobante de tasas, y, si corresponde, cesión del derecho del diseñador y copias de solicitudes extranjeras para prioridad. El formulario debe incluir tipo de productos, clase y subclase (Locarno), datos del solicitante y del diseñador. 

Las imágenes son críticas: deben mostrar con claridad la apariencia desde vistas suficientes (frontal, posterior, laterales, superior e inferior, según aplique). Presenta fondo neutro, escala coherente y consistencia entre vistas. Ecuador utiliza exclusivamente la Clasificación de Locarno para ordenar y clasificar los diseños. 

La memoria descriptiva (breve) ayuda a resaltar los rasgos visuales distintivos y el campo de uso; evita narrar funciones técnicas. Si reivindicas prioridad unionista (Convenio de París), adjunta los soportes —estratégico para conservar novedad global si ya divulgaste en otro país. 

Las tasas vigentes: el trámite de “Resolución de Diseños Industriales” del SENADI consta con costo oficial de USD 526,46 (sin IVA); el resultado del trámite es el Título de Diseño Industrial. Este valor figura en el Registro Único de Trámitesactualizado al 30 de mayo de 2024

Paso a paso en SENADI: forma, publicación, oposición, fondo y título

Examen de forma (15 días): la oficina verifica requisitos de los arts. 117 y 118 Dec. 486. Si hay omisiones, notifica para subsanar en 30 días (prorrogable una vez por 30). No completar a tiempo implica abandono (pierdes prelación). 

Publicación: cumplida la forma, la oficina ordena publicar la solicitud. La publicación activa el escrutinio del mercado y sirve de semáforo para potenciales opositores o terceros con derechos anteriores. 

Oposición (30 días): cualquier interesado puede oponerse una sola vez y sustentar en 30 días adicionales si lo solicita. En paralelo, si hay oposición, el solicitante dispone de 30 días (prorrogables) para contestar. Este ciclo concentra el debate sobre novedad y materia excluida

Examen de fondo y decisión: vencidos los plazos, la oficina verifica ajuste a arts. 113 (definición) y 116 (exclusiones). La autoridad no examina novedad de oficio salvo que haya oposición o la falta de novedad sea manifiesta. Si procede, concede y expide el certificado; si no, deniega

Duración, derechos y limitaciones: qué puedes exigir con tu registro

La duración del registro de diseño industrial en la CAN es de 10 añoscontados desde la fecha de presentación en el país miembro. No es renovable más allá de ese plazo; al expirar, el diseño pasa al dominio público. Planifica el ciclo de vida del producto y posibles rutas complementarias (p. ej. marca 3D, si califica). 

El registro confiere derecho de exclusión: puedes actuar contra quien fabrique, importe, ofrezca, introduzca en el comercio o use productos que incorporen o reproduzcan tu diseño, incluso contra variantes con diferencias secundarias. Esta amplitud es clave frente a imitaciones cercanas. 

La protección no se extiende a elementos dictados enteramente por función técnica ni a conectores necesarios para ensamblaje (con la salvedad modular). Mantén ese límite en mente al diseñar y al documentar el expediente: lo funcional pertenece a otras figuras (o queda libre). 

Rige además el agotamiento internacional: una vez el producto protegido fue introducido en el comercio por el titular o con su consentimiento (en cualquier país), no podrás impedir ciertos actos de comercio ulterior sobre ese producto. Este principio impide restricciones más allá del primer acto de puesta en mercado. 

Checklist práctico de presentación

Redacta una memoria descriptiva que ponga en primer plano los rasgos ornamentales diferenciales; evita narrativas de desempeño funcional. Si hay elementos funcionales inevitables, trátalos como contexto, no como objeto de protección. 

Prepara imágenes consistentes: mismas proporciones, fondo neutro, sin sombras confusas ni reflexiones engañosas. Incluye todas las vistas necesarias para una comprensión integral. En bidimensionales, explora si conviene presentar muestra (cuando aplica). 

Clasifica por Locarno correctamente y revisa anterioridades (búsquedas en catálogos, marketplaces, bases internacionales). Una auditoría previa reduce sorpresas en oposición y mitiga el riesgo de nulidad futura. 

Integra la estrategia internacional con la prioridad de París (6 meses), calendarizando presentaciones fuera de Ecuador si el mercado lo exige. Evita divulgar el diseño antes de presentar; una publicación prematura puede matar la novedad global. 

Mención breve al contexto internacional

La protección es territorial: un registro en Ecuador solo surte efecto en Ecuador. Si buscas cobertura en Colombia, Perú o Bolivia, presenta también allí (mismo marco CAN, pero trámites nacionales). Usa la prioridad de París para conservar la fecha ecuatoriana al exterior (ventana de 6 meses). 

La Clasificación de Locarno ordena y armoniza los diseños industriales a nivel global; es la referencia que también utiliza Ecuador. Clasificar bien ayuda a búsquedas y examen. 

Algunos países/regiones gestionan registros centralizados (p. ej. UE, con protección hasta 25 años por quinquenios), o el Sistema de La Haya (OMPI) para depósito internacional. Ecuador no es parte de La Haya, por lo que deberás presentar país por país o usar rutas regionales cuando existan. 

La coordinación entre marketing, I+D y legal es clave: presentar a tiempo y antes de divulgar. En campañas, coordina embargos y cláusulas de confidencialidad con proveedores hasta tener la fecha de presentación segura. 

Del buen diseño al derecho exigible

Un dossier de diseño industrial robusto convierte la estética en un activo exigible, capaz de frenar imitaciones y de habilitar licencias y alianzas. La clave está en probar novedad, evitar lo funcional, y documentar con imágenes impecables y memoria precisa

El proceso en SENADI es claro: forma → publicación → oposición → fondo → título. La tasa oficial actual y el resultado (Título de Diseño Industrial) están estandarizados en el Registro Único de Trámites del Estado. Con planificación, los plazos son razonables y el retorno jurídico-comercial, tangible. 

La protección dura 10 años desde la presentación: suficiente para capitalizar tendencias y ciclos de producto, sabiendo que luego el diseño entra en dominio público. En paralelo, evalúa marcas y otras figuras para extender la vida útil de tu diferenciación. 

Como política de gestión, integra una auditoría PI en cada lanzamiento: busca anterioridades, alinea Locarno, prepara visual assets y agenda presentaciones internacionales dentro de la ventana de prioridad. Es la diferencia entre un diseño “bonito” y un derecho que genera valor y se defiende.

Bibliografía

  • Comunidad Andina (Decisión 486) – Título V: Diseños Industriales (arts. 113–133): definición, requisitos, exclusiones, procedimiento, duración y derechos. Comunidad Andina
  • Gob.ec – Registro Único de Trámites (SENADI): “Resolución de diseños industriales…” (actualizado 30-may-2024): requisitos, canales y resultado: TítuloGob.ec
  • OMPI – Clasificación de Locarno: sistema internacional de clasificación de diseños industriales (referencia utilizada en Ecuador). WIPO
  • WIPO / IPKey – Manual de examen de diseños en la CAN: síntesis técnica y criterios aplicados por oficinas andinas. ipkey.eu
  • SENADI – Portal institucional: instructivos y referencias sobre patentes/diseños (uso de Locarno en formularios y guías).