Seminario Binacional Ecuador-Perú “Luchando contra la Falsificación y Piratería durante Covid-19”

Comunicaciones L&C
julio 16, 2020
julio 16, 2020

El seminario binacional Ecuador-Perú, surge por la necesidad de instruir, a las autoridades, sobre la problemática de los productos falsificados, la piratería y su control en Latinoamérica. Es así como, Gonzalo Luzuriaga (Luzuriaga & Castro Abogados) y Adriana Barrera (Barlaw) al observar dicha necesidad, dentro de Ecuador y Perú respectivamente, buscaron una forma aportar a las estrategias en contra de la falsificación y antipiratería en estos países. Por eso, se reunió a un grupo de expertos de ambos países para llevar a cabo este seminario:

  • Dra. Silvia Solís. Asesora Legal de Propiedad Intelectual de la Oficina de Patentes y Marcas de la Embajada Norteamericana para Perú y Ecuador. 
  • Dr. Andrés Tinajero. Director Nacional de Propiedad Industrial del Servicio Nacional de Derechos Intelectuales de Ecuador – SENADI. 
  • Dr. Jorge Lorenzo Avendaño Flores. Fiscal Provincial de la Fiscalía Provincial Penal especializada en Delitos Aduaneros y contra la Propiedad Intelectual del distrito fiscal de Tumbes del Ministerio Público de Perú. 
  • Dr. Américo Reynaldo Flores Ostos. Juez del Segundo Juzgado Penal con Subespecialidad en Delitos Aduaneros, Tributarios, De Propiedad Intelectual y Ambientales de Lima, Perú.

La Dra. Silvia Solís empieza su ponencia reflexionando en ¿Por qué es necesaria la observancia de la propiedad intelectual? Ella nos dice que, la observancia es importante en la medida que impide al crimen organizado beneficiarse de la falsificación y de la piratería. Para eso, plantea algunas posturas a la hora de combatir la piratería:

  • Acciones de Oficio.
  • Penas Efectivas.
  • Promover y publicar resultados de la Antipiratería.
  • Trabajar de manera coordinada y mejorar la comunicación.
Intervención de Silvia Solis

El Dr. Andrés Tinajero, nos habla de observancia en materia de propiedad intelectual enfocado en el ámbito administrativo. Su ponencia inicia con el Articulo 41 de los ADPIC, donde se establecen algunos procedimientos de observancia para con la Propiedad Intelectual. Continuando con los procesos de observancia y seguridad de PI, él, habla de la decisión Andina 486, las medidas en frontera y la observancia en el COESCCI (Código Ingenios) donde se nos plantea la observancia positiva y la observancia negativa.

  • Observancia Positiva. -  La violación a los derechos intelectuales dará lugar al ejercicio de acciones judiciales y administrativas.
  • Observancia Negativa. – Busca evitar y reprimir el ejercicio abusivo de los derechos, así como garantizar la licitud de actos respecto a los derechos de propiedad intelectual de terceros y el ejercicio efectivo y pleno de las limitaciones y excepciones de estos derechos. 
Intervención de Andrés Tinajero

Por su parte, el Dr. Jorge Lorenzo Avendaño Flores trata la labor del Ministerio Publico en los delitos contra los derechos intelectuales, que, en su caso nos habla de promover la defensa de la legalidad, representar a la sociedad en procesos judiciales, conducir las investigaciones de delito y ejercer iniciativas en la formación de leyes de protección. Además, habla de normas legales aplicables en Perú:    

  • Constitución Política
  • Código Penal, Parte General y Titulo VII: Delitos contra los derechos intelectuales (artículos 216 al 225)
  • Código Procesal Penal 
  • Decreto Legislativo N.º 822: Ley sobre Derechos de Autor
  • Decreto Legislativo N.º 1075: Ley sobre Propiedad Industrial 

En su ponencia incluye los elementos de la propiedad industrial, tales como: Patentes de invención, modelo de utilidad, diseño industrial, marcas registradas de productos y servicios, esquema de trazado de circuitos integrados, obtención vegetal registrada, nombre comercial, lema comercial, denominación de origen y secreto empresarial. Igualmente, brinda información sobre buenas prácticas legales alrededor de la protección de los derechos de autor y propiedad intelectual, delitos contra la propiedad industrial, incautación de mercancías e intervenciones de la autoridad.

El Dr. Américo Reynaldo Flores Ostos, para finalizar con las intervenciones, presenta información sobre delitos contra los derechos intelectuales. Iniciando con una introducción a la propiedad intelectual, la diferencia ente PI y el derecho de autor, una segmentación de la propiedad intelectual revisando la diferenciación entre invención, signos distintivos y derechos conexos. Siguiendo con su presentación, explica la normativa de delito en la propiedad intelectual y expresa que la misma debe reforzarse en Latinoamérica.  Habiendo introducido todos estos conceptos, indica cuales son los delitos comunes en contra de la propiedad intelectual:

  • Piratería. - se refiere a las conductas ilícitas de reproducción y distribución de ejemplares y producciones intelectuales. Estas son varias de las actividades que pueden afectar la piratería.
  1. Literatura
  2. Música
  3. Audiovisuales
  4. Programas Computacionales
  5. Videojuegos 
  6. Bases de datos 
  7. Emisiones de radiofusión (Radio y Tv) 
  • Falsificación. – el uso malicioso de una marca igual o semejante a otra para los mismos productos, servicios o establecimientos. Estos son algunos de los productos que se pueden falsificar.
  1. Ropa
  2. Perfumes y Cosméticos
  3. Juguetes
  4. Cigarros
  5. Carteras y artículos de lujo

Es así que, nos plantea las medidas limitativas de derecho, las medidas coercitivas personales y las sentencias como parteaguas para la protección de los derechos de Propiedad Intelectual. 

Este fue un resumen de todas las intervenciones y los conceptos que se llevaron a cabo en este seminario, el cual, convocó a más de 200 autoridades entre Ecuador y Colombia. Para finalizar, es necesario mencionar que este fue un esfuerzo conjunto para elevar los conocimientos de la autoridad, en torno al cuidado y protección de la propiedad intelectual, en miras de una mayor comprensión de los preceptos básicos de protección y cuidado de marcas, derechos intelectuales, derechos de autor y sobre todo protección al consumidor.  

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