China es afamada en el mercado internacional por sus productos de baja gama y dudosa legalidad (que incluye falsificaciones, piratería y toda clase de impunes violaciones a la propiedad intelectual), característica con la que, no obstante, se ganó el apelativo de “fábrica del mundo”.
Pero la estructura productiva que la llevó a ser potencia económica del mundo empieza a dar muestras de agotamiento.
Los factores incidentes son de carácter endógeno, como el aumento de salarios y las políticas demográficas que socavan lo que parecía ser una fuente inagotable de mano de obra barata disponible; o exógeno, como la creciente conciencia medioambiental, sobre todo la resistencia al plástico descartable y a los productos desechables en general.
Por ahora no podría llamarse crisis, porque la demanda de estos productos de baja gama tienen el respaldo de poderosas plataformas virtuales que los reparten por el mundo: Alibaba o Aliexpress los ofrecen (con envío incluido) a precios muchas veces ridículos aunque se trate de productos cuya calidad y durabilidad sea igualmente ridícula.
No obstante, está claro que la crisis del fin del dinero fácil toca a la puerta del gigante asiático. Al menos así lo advirtió el presidente Xi Jinping, que trazó un plan de 10 años cambiar la imagen de “Mad in China” hasta 2025, convirtiendo al país en una potencia en cuanto a desarrollo científico y tecnológico.
Así, mientras por un lado funciona a pleno la maquinaria de producción barata y comercialización a nivel mundial a través de plataformas digitales, China se plantea dar batalla en la próxima década invirtiendo en innovación y tecnología, como blockchain e Inteligencia Artificial (IA).
Hace un par de meses comentábamos que China lidera el ranking de naciones solicitantes de patentes, a la Asociación Mundial de Propiedad Intelectual (WIPO por sus siglas en inglés). Durante 2017, tenía 225 solicitudes, más de la mitad del total de solicitudes y más del doble que su principal seguidor, Estados Unidos, con 91.
En cuanto a la Inteligencia Artificial, la situación es similar. China y EEUU lideran la investigación en el campo de la IA en investigación aplicada, basada en el análisis de los datos de registro de patentes y publicaciones científicas. En 2014, el número de primeros registro de marca en China superó al de los EE. UU y así se mantiene el ranking (sin embargo, sólo el 4% de las patentes registradas primero en China se presentan posteriormente en otra jurisdicción).
China y EE. UU lideran las solicitudes de patentes en todas las técnicas de inteligencia artificial y aplicaciones funcionales. En 2007, la oficina de patentes de China pasó de ser una oficina de segunda solicitud para inventores en el extranjero, a una oficina de primera solicitud para inventores chinos y crece rápidamente.
Para más señas, la voz autorizada de Frank Chen, de Andreessen Horowitz, opinaba en “ WIPO Technology Trends (2019). Artificial Intelligence”: “En este momento, tu dinero va más lejos en China que en EE. UU. Por ejemplo, supongamos que invertiste $10 millones en una pequeña empresa de inteligencia artificial en EE.UU. la compañía gastaría 2 de los 10 millones en datos de etiquetado, mientras que en China supondría una cuarta parte o una décima parte de ese costo. Obtendrá mucho más rendimiento por su inversión de $ 10 millones. Durante los próximos 10 años tendremos ecosistemas paralelos en AI: uno en Silicon Valley y una en China. Será interesante ver cuál tira más.” (la traducción es nuestra)
El caso es que a pesar de todo esfuerzo, cambiar la imagen de China, en términos de fabricación de productos, no será nada fácil.
Por un lado, una parte de las ingentes cantidades de dinero que ingresan al país continúan teniendo su origen en la tradicional “made in China”. Por otro, si bien el presidente Xi Jinping propone una reconversión industrial, respeto y control en lo relativo a la propiedad intelectual y registro de marca, no está muy claro si es realmente posible en tanto que -cumplido casi la mitad del plazo sugerido para el recambio- poco se ha hecho en esa dirección.
Cambiar la producción masiva de productos baratos por otros de alto valor añadido supone -además- instalar el cambio en el imaginario del mercado internacional. Y si bien hay muchos productos chinos en el mercado internacional, no puede decirse lo mismo de sus marcas nacionales, de entre las cuales apenas un puñado puede reconocerse por fuera de sus fronteras.
Por si fuera poco, China no produce tecnologías claves para sus industrias y las importa principalmente de empresas estadounidenses, japonesas o alemanas. Y un país de vanguardia en innovación y tecnologías no se construye de la noche a la mañana. Menos aún si el gasto en Investigación y Desarrollo (I+D) ha aumentado medio punto porcentual (del 1,5% al 2% del PIB entre 2008 y 2014), todavía por debajo del 3% que se maneja como estándar en la mayoría de economías de referencia.
Mientras el presidente busca afanosamente que las start-up de vanguardia abran sus puertas a la inversión china, para de este modo no sólo importar tecnología (que hasta hoy sólo se copia) sino conocimientos y potencial para el crecimiento autónomo, cada vez más voces -tanto chinas como extranjeras- aluden a que el verdadero cambio para el gigante asiático llegará sólo cuando la producción, la innovación y el crecimiento económico sean temas cada vez más alusivos a la empresa privada, siempre relegadas en la China socialista.
Fuentes:
WIPO, “Technology Trends 2019. Artificial Intelligence”.
Enlace: https://www.wipo.int/edocs/pubdocs/en/wipo_pub_1055.pdf
El País, “China quiere cambiar producción barata por innovación y tecnología”
Enlace: https://elpais.com/economia/2015/05/30/actualidad/1433009430_272111.html
Luzuriaga & Castro Abogados, “Blockchain: el gigante silencioso, su rastro de patentes y el desafío del control”
Enlace: https://luzuriagacastro.com/2018/11/06/blockchain-el-gigante-silencioso-su-rastro-de-patentes-y-el-desafio-del-control/
Luzuriaga & Castro Abogados
El sector artesanal en Ecuador es potencialmente muy importante en términos de innovación, inventiva y creatividad: sin contar con grandes recursos, hace gala de su ingenio para aprovechar al máximo los recursos disponibles; realiza pequeñas innovaciones que suponen valor agregado, buscando siempre la mejor relación costo/beneficio.
Pero no son muchos los casos en que esa potencialidad se traduce en potencia. Los propios artesanos destacan cuatro impedimentos principales para este salto cualitativo: falta de innovación tecnológica para la producción de bienes y servicios, inconvenientes para acceder de forma directa a los mercados nacional e internacional, falta de capacitación y limitaciones en la oferta de líneas de crédito.
A esto hay que agregar ciertas inconsistencias del Estado: una amplia legislación en materia artesanal (al menos 15 normas vigentes aplicables al sector) que coexiste en el marco de un desarrollo normativo inorgánicamente introducido y que, más aún, se torna obsoleto con la vigencia de la nueva Constitución (2008), pues la mayoría de las normas señaladas son anteriores. Como hay normativa dispersa, también una multiplicidad de actores estatales que se vinculan al sector de manera ineficiente, con poca capacidad de respuesta.
No se trata de un problema menor, considerando que en Ecuador la microempresa -sector en el que se inscribe el ámbito artesanal- represente más del 90% del universo empresarial y particularmente el trabajo artesanal ocupa alrededor de 22% de la PEA nacional.
El potencial es afín a la propuesta de "cambio de la matriz productiva" impulsada desde el gobierno anterior, que se traduce, básicamente, en agregación de valor a la rica materia prima producida en el país.
De cara a estos y otros temas se presentó, desde la propia bancada oficialista en la Asamblea Nacional, el proyecto de Ley Orgánica de Desarrollo Artesanal (2016) que pretende el fomento del sector. Acorde con la Constitución para evitar problemas de aplicación e interpretación de la ley, la propuesta busca superar (doctrinariamente) buena parte de los problemas señalados. Se mantendría para artesanos la exoneración de impuestos, aranceles, tasas, certificaciones y permisos de funcionamiento, abono tributario para exportaciones con dificultades de acceso a mercados, entre otros. Se incorporaría a los artesanos al mercado de compras públicas; se generarían productos financieros en el ámbito público y privado; se fomentaría capacitación, profesionalización y especialización (bachillerato artesanal y tecnificación de las ramas artesanales en institutos técnicos y en escuelas de artes y oficios). Se impulsaría asesoría técnica en nuevas tecnologías (para mejorar productividad y conservación del medio ambiente), acceso a mercados nacionales e internacionales (con sello propio: "Primero Ecuador”), registro único y simplificación de trámites, generación de permisos y reconocimientos para el sector. Se resguardaría la creatividad artesanal por medio de diferentes formas de protección a la propiedad intelectual.
Cabe destacar que la propuesta cuenta con amplia aceptación por parte del sector artesanal, que espera con entusiasmo la efectiva promulgación de la Ley y que efectivamente se traduzca en fomento artesanal. No obstante, tal optimismo puede resultar excesivo si no se considera, además de las posibilidades, la propia realidad.
Por un lado sabemos que las leyes son efectivas si se acompañan con procesos sostenidos de cambio en el ámbito operativo, de lo contrario pasa a ser “letra muerta”. Para el caso de los artesanos, el proyecto de ley propone registro único, simplificación de trámites, generación de permisos y reconocimientos para el sector. En la práctica debería suponer no sólo reducir impuestos y la excesiva burocratización, sino contemplar la formación y profesionalización de los agentes estatales para simplificar los complejos procesos técnicos (no siempre tecnificados) de la actualidad. Que agilicen efectivamente la infinidad de costosos y engorrosos trámites que hoy se requieren, por ejemplo, para obtener el registro sanitario de un producto alimenticio.
El caso es que, a la fecha, con ánimo de promover la artesanía y facilitar la inclusión de sus productos (y servicios) en el mercado, se cometió el error de una exagerada permisividad y laxitud poco ortodoxa en la observancia de las normas. Así, en lugar de abordar estructuralmente el problema, se optó por permitir que salieran al mercado productos sin aprobación, es decir, que no fueron debidamente calificados. La vigente Ley de Fomento Artesanal (1986) permite, por ejemplo, la venta a pequeña escala de productos alimenticios sin registro sanitario.
Y no se trata solamente de antiguas y obsoletas normas. Desde el ámbito de la propiedad intelectual, en el que tenemos competencia, una reciente reforma al Código Orgánico Integral Penal (2015), concretamente el Art. 208a, sanciona con multas la fabricación y venta de copias o falsificaciones, siempre y cuando “el valor de la mercadería incautada sea de ciento cuarenta y dos a cuatrocientos veinticuatro salarios básicos unificados del trabajador en general…”, y dispone que “La misma pena se aplicará a la persona que produzca, reproduzca o comercialice a escala comercial, mercancía pirata que lesione el derecho de autor para las obras registradas…” (la pena no es acumulativa y no contempla penas privativas de la libertad). Aún más, el Art. 208a dispone que “No constituye delito la fabricación o comercialización de mercancías imitadas que tengan una marca con características propias que no conlleven a una confusión con la marca original…”.
El camino más corto no siempre es el mejor. Sucede que este tipo de “soluciones”, no compatibles con la normativa internacional, restringe la comercialización de productos artesanales ecuatorianos al nivel nacional y le cierra las puertas del mercado global, que es uno de los objetivos dispuestos en el proyecto de Ley Orgánica de Desarrollo Artesanal (y acaso no sólo para los productos que infringen las normas, sino a la propia marca “Primero Ecuador” y los demás productos que representa). En materia de propiedad intelectual, ¿de qué sirve el registro de una marca (actitud promovida por la futura nueva ley) si a la postre se permite su falsificación y hasta la comercialización de falsificaciones siempre que no excedan un límite “prudente” de ganancias?
Señalamos la necesidad de una visión integral en la promulgación de nuevas leyes y normas, para que sean consecuentes con los mandatos constitucionales y los acuerdos internacionales de los que somos signatarios. Nuestros votos (y este aporte) porque la nueva normativa impulse cambios profundos, no sólo en materia legislativa, sino con fuerza en el quehacer de las instituciones y agentes del Estado.