La innovación tecnológica atraviesa uno de los momentos más intensos de su historia reciente. El crecimiento sostenido de las patentes tecnológicas, impulsado por desarrollos en inteligencia artificial, nanotecnología, chips, software y biotecnología, refleja una carrera global por proteger el conocimiento aplicado y asegurar ventajas competitivas en mercados cada vez más sofisticados. En este escenario, la propiedad industrial se consolida como un instrumento estratégico para países, empresas y centros de investigación.
Sin embargo, este dinamismo contrasta con las tensiones que enfrenta el derecho de autor ante la irrupción de sistemas de IA generativa, capaces de aprender, combinar y producir contenidos a una escala sin precedentes. Mientras el sistema de patentes avanza con métricas claras, incentivos económicos y reglas relativamente estables, el régimen autoral se ve forzado a reinterpretar principios clásicos como la autoría humana, la originalidad y el uso justo.
Este artículo analiza esa paradoja: por un lado, el crecimiento acelerado de las patentes tecnológicas —con especial protagonismo de Asia y China— y, por otro, los desafíos estructurales que enfrenta el derecho de autor en un entorno creativo mediado por algoritmos. El objetivo es ofrecer una lectura accesible y estratégica para emprendedores, tecnólogos, empresas y creadores.

En la última década, Asia se ha consolidado como el epicentro del sistema global de patentes. Según datos recientes de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI), las oficinas asiáticas reciben actualmente alrededor del 70 % de todas las solicitudes de patentes a nivel mundial, una cifra que refleja un cambio estructural en la geografía de la innovación.
El informe de la OMPI de 2024 muestra además que los inventores presentaron un récord de 3,7 millones de solicitudes de patentes, lo que representa un aumento del 4,9 % respecto de 2023 y el crecimiento más acelerado desde 2018. Este aumento está fuertemente vinculado a sectores como la tecnología informática, que ya concentra aproximadamente el 13 % de las solicitudes publicadas, con la tasa de crecimiento más rápida de la última década.
Este fenómeno no implica la desaparición del liderazgo tecnológico occidental, pero sí una redistribución del volumen. Mientras Asia domina en número de solicitudes, las grandes corporaciones tecnológicas de Estados Unidos, Europa y Japón siguen destacándose por la presentación proactiva de patentes de alto valor en áreas clave como software, chips y tecnología médica. El contraste revela una competencia compleja entre cantidad, calidad y alcance internacional.

Dentro del panorama asiático, China ocupa una posición claramente dominante. De acuerdo con un libro blanco reciente, el país concentra cerca del 43 % de todas las patentes de nanotecnología autorizadas a nivel global en los últimos 25 años, lo que equivale a aproximadamente 464.000 patentes de un total mundial que supera los 1,07 millones.
Este liderazgo no es casual. Las patentes chinas en nanotecnología se concentran en sectores estratégicos como dispositivos semiconductores, química catalítica, biomedicina y nuevos materiales. Ciudades como Beijing, Shanghai, Shenzhen y Suzhoufuncionan como polos de innovación, articulando universidades, centros de investigación y empresas tecnológicas con una fuerte orientación a la aplicación industrial.
Un dato especialmente relevante es la mejora en la comercialización de patentes. La tasa de transferencia y licenciamiento de patentes nanotecnológicas en China ya supera el 8 %, lo que evidencia un esfuerzo por transformar los registros en valor económico real. Este enfoque se complementa con un ecosistema empresarial que supera las 34.500 empresas nanotecnológicas, con casi 10 millones de empleos acumulados.

Mientras el sistema de patentes muestra capacidad de adaptación y expansión, el derecho de autor enfrenta una disrupción mucho más profunda. La llegada de la inteligencia artificial generativa no solo ha transformado la forma de distribuir contenidos, sino también la manera de producirlos, planteando interrogantes jurídicos sin precedentes.
Como señala un análisis reciente publicado en La Silla Vacía, la IA no se limita a copiar obras existentes: aprende de millones de textos, imágenes y sonidos, y genera contenidos nuevos, muchas veces indistinguibles de los creados por humanos. Esto introduce problemas de trazabilidad, atribución y licenciamiento que desbordan los mecanismos tradicionales del derecho de autor.
El desafío es también económico y cultural. A diferencia de la era de internet, donde el conflicto giraba en torno a la reproducción y distribución, hoy existe una competencia directa entre creadores humanos y sistemas automatizados. Además, persisten brechas globales: mientras algunos países avanzan en marcos regulatorios para la IA, gran parte de América Latina y el Sur Global carecen de reglas claras, quedando expuestos como proveedores de datos sin mecanismos efectivos de compensación.
El contraste entre el crecimiento acelerado de las patentes tecnológicas y las tensiones del derecho de autor frente a la IA revela una asimetría preocupante. Mientras algunos sistemas jurídicos logran acompañar la innovación con incentivos claros y reglas previsibles, otros permanecen anclados a categorías que ya no reflejan la realidad tecnológica.
En este contexto, el análisis jurídico informado y actualizado se vuelve una herramienta clave para empresas, startups y creadores que buscan innovar sin perder control sobre sus activos intangibles. Explorar estos temas con profundidad permite anticipar riesgos, identificar oportunidades y diseñar estrategias legales alineadas con un entorno tecnológico en constante transformación.
Para profundizar en estos temas o explorar más contenido jurídico actualizado sobre innovación, propiedad intelectual e inteligencia artificial, te invitamos a seguir nuestras publicaciones y mantenerte al día con los desafíos legales de la economía del conocimiento.
World Intellectual Property Organization. (2024). World Intellectual Property Indicators 2024. OMPI.
Centro de Comunicación de Ciencia y Tecnología. (2025, 16 de noviembre). Asia representa aproximadamente el 70 % de todas las solicitudes de patentes presentadas a nivel mundial.
Xinhua. (2025, 14 de septiembre). China ocupa el primer lugar mundial en patentes de nanotecnología al registrar casi la mitad del total autorizado. Mundo Global.
Izquierdo, A. (2024). El mundo cambió con un clic: el derecho de autor en la era de la IA. La Silla Vacía.
U.S. Copyright Office. (2025). Copyright and Artificial Intelligence: Part 1 – Digital Replicas.
El derecho de autor y la propiedad industrial atraviesan en uno de los momentos más complejos de su historia reciente. La digitalización global, la consolidación de plataformas de streaming, el comercio electrónico transfronterizo y, especialmente, la irrupción acelerada de la inteligencia artificial generativa (IA) han puesto en tensión los modelos clásicos de protección, gestión y monetización de los derechos intelectuales. Hoy, las obras y las creaciones industriales circulan sin fronteras, mientras las normas siguen ancladas —en muchos casos— a lógicas territoriales y analógicas.
En Europa, el debate se centra en cómo preservar el valor creativo frente a tecnologías que no solo distribuyen contenidos, sino que los replican, entrenan y transforman sin claridad sobre licencias, transparencia ni remuneración. En América Latina, el desafío es doble: adaptar sistemas normativos que aún no terminan de asimilar Internet y, al mismo tiempo, construir capacidades productivas e innovadoras propias en materia de propiedad industrial.
Este artículo ofrece un análisis crítico y actualizado del estado de los derechos de autor y la propiedad industrial en 2025, integrando datos recientes de CISAC, reflexiones académicas de la Universidad de San Andrés y un diagnóstico regional, con una mirada orientada a empresas, autores y profesionales del sector creativo y tecnológico.

El informe “CISAC: Los derechos de autor en 2025”, publicado por la SGAE, confirma que el sistema de derechos de autor sigue siendo un pilar económico relevante a escala global. En 2024, las recaudaciones mundiales alcanzaron un récord histórico de 13.970 millones de euros, con un crecimiento del 6,6 %, acumulando más de una década de expansión sostenida superior al 70 %. Este crecimiento estuvo impulsado principalmente por los ingresos digitales, que superaron por primera vez los 5.000 millones de euros, representando ya más del 37 % del total mundial.
Desde una perspectiva regional, Europa lidera la recaudación con 7.600 millones de euros, gracias al desempeño de países como Francia, Reino Unido y Alemania, mientras que América Latina y el Caribe registraron 786 millones de euros, mostrando una estabilización tras años de crecimiento excepcional. Estas cifras evidencian una brecha estructural entre regiones con sistemas de gestión colectiva consolidados y aquellas donde la monetización de los derechos sigue siendo frágil.
No obstante, el informe advierte sobre un riesgo sistémico: la expansión de la IA generativa sin licencia. Según CISAC, si no se implementan salvaguardias legales, obligaciones de licencia y transparencia en el uso de datos, los creadores podrían perder hasta el 25 % de sus ingresos, lo que equivale a 8.500 millones de euros anuales. La IA deja de ser un mero canal de difusión para convertirse en un actor que apropia valor creativo, reconfigurando el equilibrio tradicional entre autores, intermediarios y usuarios.
El diagnóstico elaborado por investigadores del Centro de Estudios en Tecnología y Sociedad (CETyS) de la Universidad de San Andrés revela una realidad preocupante en América Latina: los derechos de autor continúan operando bajo marcos normativos y prácticos diseñados para un entorno previo a Internet. A través del análisis comparado de seis países y más de 50 Sociedades de Gestión Colectiva (SGC), el estudio identifica una falta estructural de transparencia, supervisión estatal y acceso a información pública.
Casos como el de Argentina, donde SADAIC actúa como un monopolio legal en la gestión de derechos musicales, muestran cómo estos modelos pueden convertirse en barreras anacrónicas frente a nuevas formas de creación y distribución digital. La ausencia de datos claros sobre recaudación, tarifas y distribución impide evaluar si estas entidades protegen efectivamente a los autores o si, por el contrario, refuerzan asimetrías de poder en el ecosistema creativo.
El estudio destaca que las SGC suelen permanecer ajenas a fenómenos como la descentralización, el blockchain, los NFTs o los contratos inteligentes, herramientas que permiten a creadores y usuarios interactuar sin intermediarios tradicionales. En este contexto, el derecho de autor deja de ser solo un mecanismo de protección para convertirse en un factor de conflicto social y económico, afectando actividades cotidianas y modelos de negocio emergentes.

La propiedad industrial en Latinoamérica evidencia una debilidad estructural persistente: la región importa alrededor de ocho veces más propiedad industrial de la que exporta. América Latina representa menos del 2 % de las solicitudes de patentes a nivel mundial y, de estas, menos del 20 % son presentadas por residentes locales, lo que refleja una limitada capacidad de generación tecnológica propia.
Esta situación responde a múltiples factores interrelacionados, entre ellos la baja inversión en Investigación y Desarrollo (I+D), la dependencia tecnológica de economías desarrolladas y una estructura productiva centrada en materias primas y bienes de bajo valor agregado. Como consecuencia, las empresas latinoamericanas suelen ser licenciatarias de tecnología extranjera, generando una balanza de pagos negativa en materia de propiedad intelectual.
No obstante, el panorama no es homogéneo. Países como Brasil y México muestran mayores niveles de actividad en patentes y diseños industriales, mientras que, en el ámbito de las marcas, la región presenta un desempeño más dinámico. El desafío para 2025 no es solo incrementar registros, sino integrar la propiedad industrial como una herramienta estratégica de desarrollo económico, innovación y competitividad, especialmente frente al avance de tecnologías como la IA.

El escenario de 2025 muestra con claridad que los derechos de autor y la propiedad industrial ya no pueden gestionarse con enfoques fragmentados o reactivos. La presión de la inteligencia artificial, la economía digital y la globalización exige reformas normativas, mayor educación jurídica y modelos de gestión más transparentes y eficientes, tanto en Europa como en América Latina.
Para empresas, autores y emprendedores tecnológicos, comprender este nuevo entorno no es opcional: es una condición para proteger activos intangibles, asegurar ingresos sostenibles y evitar riesgos legales crecientes. La falta de adaptación normativa no solo afecta a los creadores, sino que limita el desarrollo económico y la innovación regional.
En este contexto, el rol de estudios especializados resulta clave. Acompañar a clientes en la protección estratégica de derechos de autor y propiedad industrial, anticipar riesgos asociados a la IA, y diseñar soluciones jurídicas alineadas con los desafíos actuales es parte esencial de construir un ecosistema creativo y tecnológico más justo, competitivo y sostenible en América Latina.
Confederación Internacional de Sociedades de Autores y Compositores (CISAC). (2025). Los derechos de autor en 2025: Informe sobre las recaudaciones mundiales 2024. Sociedad General de Autores y Editores (SGAE).
Cabello, S. M., Rivero, S., & Viecens, F. (2024). En América Latina, los derechos de autor siguen sin adaptarse a Internet. Centro de Estudios en Tecnología y Sociedad (CETyS), Universidad de San Andrés.
Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI). (2023). World Intellectual Property Indicators 2023.
Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE). (2023). Intellectual property, innovation and economic development.
La agricultura ecuatoriana no solo es un motor económico, sino también un espacio de innovación. Cada semilla adaptada al clima, cada variedad resistente a plagas o con mejores rendimientos, es el resultado de años de trabajo silencioso por parte de agricultores, investigadores y pymes del sector agrícola. Sin embargo, esa innovación corre el riesgo de perderse si no se protege adecuadamente.
El registro de variedades vegetales, también conocido como obtención vegetal, constituye una herramienta legal que transforma la creatividad agrícola en un derecho protegido. En Ecuador, este registro se ampara en la Decisión 345 de la Comunidad Andina y otorga al obtentor un derecho exclusivo de explotación de la variedad. En un mercado donde la competencia es feroz y la piratería vegetal puede diluir los esfuerzos, registrar una variedad es sembrar seguridad jurídica y cosechar competitividad.
El marco jurídico aplicable al registro de variedades vegetales en Ecuador está guiado por la Decisión 345 de la Comunidad Andina, norma que armoniza los criterios regionales de protección. En el ámbito nacional, la Dirección Nacional de Variedades Vegetales, bajo la supervisión del Servicio Nacional de Derechos Intelectuales(SENADI) y en coordinación con el Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAGP), es la autoridad competente.
Para que una variedad sea reconocida como obtención vegetal, debe cumplir con los siguientes criterios establecidos internacionalmente:
Estos principios, aunque técnicos, son la base para asegurar que el derecho se otorgue a verdaderas innovaciones y no a variedades ya divulgadas o carentes de consistencia genética.
Para los agricultores y pymes que deseen registrar una variedad, el proceso puede parecer complejo. Sin embargo, se estructura en fases claras:
Un aspecto clave es el plazo de novedad: si la variedad se comercializa antes de presentar la solicitud, puede perderse el derecho. Por ello, expertos aconsejan planificar el registro antes de introducir la semilla al mercado.
El registro de variedades vegetales implica una inversión, que varía según el cultivo y la extensión de los ensayos. Los costos pueden dividirse en:
Para reducir costos, los agricultores pueden agrupar variedades en ensayos conjuntos, aprovechar infraestructura de universidades o centros experimentales, o acceder a programas públicos de cofinanciamiento. En términos comerciales, más que un gasto, se trata de una inversión estratégica que abre puertas a mercados y protege el esfuerzo innovador.
El certificado de obtentor no es un simple documento burocrático, sino un activo intangible con valor comercial. Entre los principales beneficios destacan:
En la práctica, un pequeño productor puede pasar de vender semillas de forma informal a convertirse en proveedor formal con respaldo legal, lo que impacta directamente en sus ingresos y en la sostenibilidad de su negocio.
El registro también implica riesgos. No todos los ensayos garantizan la aprobación, y divulgar prematuramente una variedad puede provocar la pérdida de novedad. Asimismo, algunas especies (como viñedos o árboles) exigen ensayos prolongados, lo que incrementa los costos.
Para mitigar estos riesgos, se recomienda:
El registro de variedades vegetales en Ecuador no debe verse como un trámite engorroso, sino como una herramienta estratégica de propiedad intelectual que empodera a los agricultores y fortalece la soberanía alimentaria del país. En un entorno globalizado, donde las semillas circulan sin fronteras, asegurar la protección de la innovación agrícola se convierte en un acto de visión empresarial.
Para los agricultores y pymes, el desafío está en entender que proteger una semilla es proteger el futuro de su negocio. Con asesoría adecuada y planificación, el registro puede ser el primer paso hacia una agricultura más competitiva, sostenible y con mayor capacidad de generar valor agregado.
El sector farmacéutico, cuya innovación depende críticamente de las patentes, enfrenta una doble presión. Por un lado, se están reajustando las interpretaciones legales sobre qué protecciones otorgan realmente las patentes en este ámbito. Por otro lado, acechan entidades oportunistas, los llamados “trolls de patentes”, que buscan explotar el sistema litigioso en perjuicio de los innovadores. A continuación se analiza cada presión con un enfoque internacional, evaluando el mejor camino a seguir para equilibrar incentivos y evitar abusos.

Un fallo reciente en Estados Unidos ejemplifica cómo las reglas del juego de las patentes farmacéuticas están cambiando. El Tribunal de Apelaciones del Circuito Federal (EE.UU.) resolvió en diciembre de 2024 que cinco patentes de Teva Pharmaceuticals relacionadas con un inhalador para el asma (ProAir HFA) debían eliminarse del “Libro Naranja”de la FDA. Estas patentes protegían exclusivamente componentes del dispositivo de administración (el inhalador en sí), pero no mencionaban el ingrediente farmacológico activo (albuterol) del medicamento. El tribunal interpretó que, para que una patente sea listada en el Libro Naranja (registro de patentes asociado a medicamentos aprobados), la patente debe “reivindicar el fármaco” en cuestión, lo que implica incluir al menos el principio activo. En otras palabras, las patentes que cubren solo el dispositivo o envase de un medicamento, sin reivindicar la sustancia activa o su uso, no cumplen los requisitos para figurar en el listado regulatorio.
Impacto en la estrategia de patentes: Este precedente podría forzar a las compañías farmacéuticas a reformular sus estrategias de patentamiento. Hasta ahora, era común que una empresa patentara por separado el dispositivo (por ejemplo, un inhalador, jeringa o dispositivo de liberación) además del compuesto activo, obteniendo múltiples patentes relacionadas con un mismo producto. Listar una patente en el Libro Naranja otorga ventajas regulatorias en EE.UU., como la posibilidad de retrasar la aprobación de genéricos si estos entran en conflicto con alguna patente listada. Con el nuevo criterio, solo las patentes que reivindican directamente el fármaco o su uso podrán listarse, lo que empuja a las empresas a asegurarse de incluir reivindicaciones del ingrediente activo o formulación en sus patentes clave. De lo contrario, patentes puramente sobre dispositivos de administración perderían esa capa extra de protección regulatoria. En la práctica, se reducirá la capacidad de “blindar” un medicamento mediante patentes accesorias, centrando la protección en la innovación farmacológica genuina (la molécula o su indicación terapéutica) en lugar de aspectos secundarios.
Perspectiva internacional: A nivel global, también se observan iniciativas para evitar que las patentes extiendan monopolios de forma artificiosa. Un ejemplo notable es India, cuyo marco legal patentario incluye la cláusula de sección 3(d) que prohíbe patentar nuevas formas de medicamentos ya conocidos a menos que aporten una eficacia terapéutica significativamente mejor. En 2013, la Corte Suprema de la India aplicó esta norma para rechazar la patente que Novartis solicitaba sobre una versión modificada de un fármaco contra el cáncer (Glivec), al considerar que dicha modificación no demostraba mejoras sustanciales en eficacia respecto al compuesto ya conocido. Esta decisión impidió lo que se conoce como evergreening (alargar indefinidamente la exclusividad mediante cambios menores) y reafirmó la prioridad del interés público en el acceso a medicamentosfrente a patentes débiles. Asimismo, en la Unión Europea no existe un equivalente directo al Libro Naranja: las agencias reguladoras evalúan y autorizan medicamentos genéricos tras expirar la patente básica y la exclusividad de datos, sin un listado oficial de patentes a nivel de aprobación. No obstante, las farmacéuticas europeas emplean otras herramientas legales para extender la protección, como los Certificados Complementarios de Protección (CCP) que suman hasta cinco años de exclusividad post-patente para medicamentos. La UE recientemente introdujo excepciones (como la “cláusula waiver” de exportación) que permiten a fabricantes de genéricos producir durante la vigencia de un CCP para exportar a países sin patente, intentando equilibrar la innovación con la competencia genérica. En conjunto, estas tendencias muestran a las autoridades alrededor del mundo afinando las reglas de patentes farmacéuticas para garantizar que protejan la innovación real sin devenir en obstáculos indebidos al acceso o a la competencia.

En paralelo a los ajustes legales, las empresas innovadoras enfrentan el acecho de las Entidades No Practicantes (NPE), comúnmente conocidas como “trolls de patentes”. Estas son compañías que no fabrican ni comercializan productos; su modelo de negocio consiste en adquirir patentes (a veces patentes de calidad dudosa) para luego reclamar regalías o demandar por infracción a otras empresas. Aprovechan que litigar por patentes en ciertos países puede ser muy costoso y lento, presionando a sus objetivos para lograr acuerdos monetarios. Su táctica típica es identificar una tecnología utilizada por compañías productivas (a menudo startups o pymes) y alegar que infringe alguna patente de su cartera; ante la amenaza de un juicio largo y costoso, la empresa demandada a menudo prefiere pagar un acuerdo antes que agotar sus recursos en tribunales.
Los costos agregados de esta litigiosidad abusiva son enormes. En EE.UU., se estimó que en 2012 las demandas iniciadas por NPE impusieron $29.000 millones de dólares en costos directos a las empresas demandadas, destruyendo cerca de $60.000 millones en valor para las firmas innovadoras ese año. Lejos de menguar, el problema ha crecido: en 2022, los casos iniciados por patent trolls representaron el 63% de todos los litigios de patentes en EE.UU., habiéndose cuadruplicado su número con respecto a una década atrás. Este drenaje de recursos quita capital que podría invertirse en I+D, contratación de talento o expansión productiva, afectando la competitividad. No es de extrañar que especialmente las startups y empresas emergentes sientan este acecho como una amenaza existencial.
Impacto en las startups – El caso Mycroft AI: Un ejemplo aleccionador es el de Mycroft AI, una startup desarrolladora de un asistente de voz de código abierto. En 2020, Mycroft fue demandada por Voice Tech, una entidad que resultó ser un PAE (Patent Assertion Entity) con sede en Texas, alegando que la tecnología de comandos de voz de Mycroftinfringía dos patentes que dicho troll había adquirido. El CEO de Mycroft, Joshua Montgomery, inicialmente se negó a ceder ante la extorsión y prometió luchar en los tribunales, pero pronto se enfrentó a la cruda realidad financiera. Los honorarios legales y costos asociados al litigio comenzaron a escalar, sumándose a los desafíos típicos de sacar adelante una startup. La pequeña empresa se vio obligada a despedir a todos menos cuatro de sus empleados para ahorrar costos, y finalmente Montgomery anunció públicamente que no podrían cumplir con las recompensas prometidas a sus inversionistas debido a la carga del pleito. En un mensaje a su comunidad, el CEO lamentó: “El gasto más caro, que no podía haber previsto, fue el litigio continuo contra la entidad de patentes que nunca ha dejado de intentar destruirnos. Si tuviéramos ese millón de dólares, ahora estaríamos en una situación muy distinta”. Trágicamente, tras agotar sus recursos, Mycroft AI quedó al borde de la bancarrota y tuvo que cesar gran parte de sus operaciones. Meses más tarde, las autoridades de patentes invalidaron las reivindicaciones de Voice Tech —confirmando que las patentes del troll eran débiles o no válidas— pero el veredicto llegó demasiado tarde: el daño al innovador ya estaba hecho. Historias como la de Mycroft se repiten en el ecosistema tecnológico, enfriando la inversión y sembrando miedo en emprendedores que podrían abstenerse de innovar en determinados campos por temor a toparse con un troll litigante.
Debate y alcance global: Si bien existe consenso mayoritario en que estos trolls de patentes dañan la innovación, vale señalar que no todos comparten la misma visión sobre el fenómeno. Algunos académicos y economistas (siguiendo una escuela de pensamiento vinculada a la Universidad de Chicago) argumentan que una patente es un activo comercial más, y que comprar patentes para rentabilizarlas vía licencias o demandas es un uso legítimo del sistema, comparable a cualquier otro modelo de negocio de monetización de activos. En esta visión, la actividad de las NPE aportaría liquidez al mercado de patentes y permitiría a inventores obtener retornos sin necesidad de fabricar. Sin embargo, la mayoría de innovadores —especialmente en Silicon Valley y en industrias de alta tecnología— rechazan frontalmente esa noción, alegando que este “juego” de comprar y ejercer patentes sin intención productiva equivale a una privatización oportunista del conocimiento, que frena la investigación y desvía recursos de la innovación hacia batallas legales estériles. El peso de la evidencia reciente parece apoyar a estos últimos: los patent trollstípicamente se enfocan en patentes de calidad cuestionable y aprovechan vacíos del sistema judicial (costos, plazos, procedimientos) para obtener ganancias a costa de quienes sí innovan.
En cuanto a su distribución geográfica, durante años el problema fue considerado casi exclusivo de Estados Unidos, dado que allí confluyen varios factores propicios: alta disponibilidad de patentes amplias, posibilidad de indemnizaciones cuantiosas, costos legales astronómicos y la regla general de que cada parte paga sus propios gastos legales (lo cual incentiva al demandado a pactar antes que ganar pero sin recuperar gastos). Europa, en contraste, históricamente ha sido menos fértil para los trolls debido a diferencias sistémicas: en la mayoría de países europeos rige el principio loser pays (quien pierde un litigio paga las costas de ambas partes), y los juicios por patentes suelen ser mucho menos costosos y más rápidos que en EE.UU. Además, hasta hace poco, la ausencia de una legislación unificada de patentes en la UE significaba que un troll debía litigar país por país, arriesgándose a perder en alguna jurisdicción No obstante, esta barrera geográfica se está erosionando. Reportes recientes indican que los trolls de patentes están incursionando cada vez más en Europav Alemania se ha convertido en un destino preferido por algunas NPE, aprovechando que sus tribunales suelen otorgar medidas cautelares (injunctions) rápidas contra infractores, brindando a los trolls palanca para presionar acuerdos. De hecho, Alemania es considerado el país predilecto de los demandantes NPE en Europa. Al mismo tiempo, otros países han comenzado a reforzar sus defensas: por ejemplo, Corea del Sur enmendó su legislación para proteger a sus empresas tecnológicas nacionalesluego de que una multinacional local fuera blanco repetido de entidades de patente extranjeras. Estas medidas buscan filtrar demandas de mala fe y evitar que las cortes sean utilizadas para extorsión. A nivel global, la propia OMPI advirtió que, con la creciente monetización de patentes como activos financieros, el fenómeno de los trolls podría propagarse a muchas jurisdicciones más.
Respuesta legislativa y mejores prácticas: En Estados Unidos, la preocupación bipartidista por el impacto de los patent trolls ha motivado varias propuestas de reforma. Una de las más recientes es el proyecto de ley Advancing America’s Interest Act (AAIA), reintroducido en el Congreso (118º) con el objetivo de desincentivar los abusos de patentes en la Comisión de Comercio Internacional (ITC). La ITC, si bien se creó originalmente para frenar la importación de productos pirata o falsificados, ha sido empleada por NPE como un foro alternativo para obtener vetos de importación contra empresas acusadas de infracción, lo que presiona aún más para lograr acuerdos. El AAIA propone modernizar los criterios de la ITC, exigiendo que la patente invocada en una denuncia esté siendo explotada en un producto real en el mercado estadounidense (no meramente guardada en un portafolio) y fortaleciendo la consideración del interés público (por ejemplo, impacto en la salud, la competencia y los consumidores) antes de ordenar la exclusión de un producto del mercado. De aprobarse, medidas así quitarían poder de chantaje a las entidades meramente especulativas, alineando los procedimientos con el propósito original de proteger la innovación productiva. Por su parte, expertos sugieren que otras mejores prácticas pueden adoptarse internacionalmente para lidiar con los trolls de patentes: desde fortalecer los exámenes de patente (evitando que se otorguen patentes débiles que luego sirven de arma legal) hasta implementar sistemas de revisión post-concesión eficientes (como el mecanismo inter partes reviewdel USPTO) que permitan invalidar rápidamente patentes de dudosa validez antes de que causen estragos en los tribunales. Asimismo, fomentar la transparencia sobre quién posee y financia las demandas de patentes (muchos trolls ocultan a sus inversionistas) y extender el criterio de “quien pierde paga” a más jurisdicciones, son medidas discutidas para re-equilibrar el terreno de juego en favor de los innovadores legítimos.

El ecosistema de patentes farmacéuticas se encuentra en un punto crítico a nivel mundial. Por un lado, los reguladores están afinando las normas para asegurarse de que las patentes cumplan con su propósito original de incentivar la invención genuina, sin otorgar protecciones indebidas o eternas. La decisión de EE.UU. sobre el Libro Naranja y las políticas de países como India evidencian un esfuerzo por evitar que las reglas de patentes sean explotadas para prolongar monopolios de forma artificiosa. Por otro lado, la innovación genuina se ve amenazada por la litigación abusiva: los patent trolls y sus prácticas depredadoras ilustran cómo un sistema pensado para proteger al inventor puede ser torcido para rentas especulativas. Ambos frentes —el legal-regulatorio y el litigioso— ejercen presión sobre la innovación farmacéutica, y ambos requieren respuestas cuidadosas.
¿Cuál es el mejor enfoque hacia el futuro? No existe una solución única, sino un equilibrio dinámico que habrá que lograr mediante múltiples acciones coordinadas. En primer lugar, elevar la calidad y escrutinio de las patentes otorgadas en el ámbito farmacéutico (y en general) resulta esencial: oficinas de patentes rigurosas, criterios claros de patentabilidad y límites a patentes secundarias de poco mérito científico ayudarán a que solo las invenciones verdaderamente innovadoras obtengan protección. En segundo lugar, fortalecer los mecanismos de invalidación temprana de patentes (oposiciones, revisiones administrativas, etc.) permitirá retirar del camino aquellas patentes “basura” antes de que se usen anticompetitivamente. En paralelo, deben implementarse reformas legales contra la litigación oportunista, inspirándose en medidas como el AAIA estadounidense, las reglas de costas europeas, y las reformas asiáticas, para desincentivar demandas extorsivas. Esto incluye cerrar foros judiciales a quienes no producen nada y solo buscan bloquear importaciones o productos, exigir mayor transparencia y buena fe en los litigios, y penalizar el abuso del proceso judicial.
Finalmente, es vital recordar el objetivo último: proteger tanto la inversión en I+D farmacéutica como la competencia justa y el acceso a los medicamentos. Las patentes farmacéuticas seguirán siendo un pilar de la innovación médica – recompensando la investigación costosa de nuevos fármacos – pero su otorgamiento y ejercicio deben alinearse con el interés público. Un marco de patentes equilibrado a nivel global deberá premiar la innovación auténtica sin crear feudos de exclusividad indefinida, y permitir la entrada de competidores legítimos (genéricos o biosimilares) en tiempos razonables para que los beneficios de la ciencia alcancen a la sociedad. Del mismo modo, proteger a los innovadores de depredadores legales asegurará que las mentes creativas se concentren en desarrollar la próxima cura, y no en pelear batallas judiciales ruinosas. Lograr este equilibrio exigirá cooperación internacional, intercambio de mejores prácticas y quizás nuevos tratados o lineamientos globales en materia de patentes. En conclusión, ajustar las piezas del engranaje legal de forma proactiva será crucial para que la innovación farmacéutica prospere bajo presión, venciendo tanto los laberintos legales como a los trolls que acechan bajo el puente.
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En la economía global, la marca y el diseño han evolucionado de simples identificadores a activos estratégicos que encapsulan una promesa de valor, un lazo emocional con el consumidor y la esencia de la identidad empresarial. Proteger estos elementos ya no es solo una cuestión legal, sino una necesidad para salvaguardar la reputación, el posicionamiento y la capacidad competitiva en mercados interconectados. Su relevancia trasciende lo comercial para convertirse en pilares de la estrategia corporativa.
Los conflictos marcarios reflejan una judicialización creciente de la propiedad intelectual, donde no solo grandes corporaciones, sino también empresas locales, personalidades públicas y comunidades culturales defienden su patrimonio simbólico. Esta democratización de la propiedad intelectual subraya su rol vital para la sostenibilidad de negocios en un entorno donde la identidad se monetiza y disputa. La defensa legal ya no es un lujo, sino un imperativo para preservar el valor percibido y la autenticidad.
La expansión digital y la globalización del consumo han expuesto a las marcas a nuevas vulnerabilidades, como la apropiación de identidades en mercados no regulados. La anticipación estratégica —registrar, monitorear y, si es preciso, litigar— se convierte en herramienta clave para mitigar riesgos. La geografía ya no limita las disputas: una marca local puede verse desafiada en territorios donde su reconocimiento se diluye o es explotado sin consentimiento.
Casos como la pérdida del registro de Big Mac por McDonald’s en Europa o la disputa de Pedro Pascal por una marca de pisco chileno ilustran cómo las batallas legales entrelazan intereses económicos con narrativas identitarias. La propiedad intelectual emerge así como un lenguaje multidimensional, articulando poder simbólico, influencia cultural y ventaja comercial. En este escenario, proteger una marca es defender no solo un activo, sino la voz de quienes la construyen.

Uno de los casos más emblemáticos en esta materia fue el de McDonald’s frente a la irlandesa Supermac’s. En 2019, la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO) canceló el registro exclusivo de “Big Mac” porque la multinacional no demostró un uso efectivo de la marca en el mercado europeo. Este revés legal permitió a Supermac’s usar nombres anteriormente restringidos y abrió un debate sobre el deber de uso real como condición para mantener una marca.
En América Latina, la cadena colombiana Frisby sostuvo un litigio con una empresa española homónima que había registrado el mismo nombre en la Unión Europea. Un tribunal mercantil de Alicante suspendió el uso de esa marca en favor de la empresa colombiana, reconociendo su notoriedad y riesgo de aprovechamiento indebido. Este episodio evidencia los riesgos de internacionalizarse sin una estrategia de propiedad intelectual sólida.
Otro caso singular fue la disputa de Pedro Pascal contra la marca chilena "Pedro Piscal". Aunque el registro de la marca había sido concedido legalmente, el actor argumentó que generaba confusión y aprovechamiento de su imagen pública. El Instituto Nacional de Propiedad Industrial (INAPI) de Chile admitió a trámite la oposición del actor, que además recuperó dominios asociados. Esto demuestra cómo la fama puede convertirse en una extensión de la marca personal, susceptible de ser explotada o defendida legalmente.
En EE.UU., Adidas perdió una batalla clave contra la firma de moda Thom Browne, a quien acusó de infringir su marca de las tres rayas. El jurado determinó que no existía riesgo de confusión y validó el uso alternativo de diseños con franjas por parte del demandado. Este caso marcó un límite a los intentos de monopolizar elementos visuales genéricos y enfatizó la necesidad de demostrar distintividad efectiva.

La protección de diseños industriales se ha convertido en un campo de batalla crítico, como lo demostró el histórico conflicto entre Apple y Samsung (2011-2018). La demanda por copia de elementos visuales del iPhone —desde bordes redondeados hasta la disposición de iconos— resaltó el diseño como factor competitivo en la industria tecnológica. El acuerdo extrajudicial final subrayó que, en mercados globales, la innovación estética no solo define la experiencia de usuario, sino también el valor estratégico de la propiedad intelectual.
En la moda rápida, Shein encarna los desafíos de la protección de diseños en un entorno digitalizado. Acusado por marcas como H&M y Levi’s de replicar patrones sin autorización, el modelo de producción ultrarrápido de la empresa china tensiona los límites entre inspiración y apropiación sistemática. Estos casos exponen las lagunas de un sistema global de propiedad intelectual incapaz de adaptarse a la velocidad del comercio electrónico y la cultura copy-paste, erosionando la confianza en mecanismos legales tradicionales.
La dimensión ética y cultural surge en disputas como la de Adidas y el huarache zapoteco. La apropiación no autorizada de un calzado tradicional oaxaqueño por la marca deportiva generó una crisis reputacional que derivó en disculpas públicas y un compromiso sin precedentes: reconocer el consentimiento indígena en el uso de diseños ancestrales. Este caso marcó un hito en la intersección entre industrias creativas y derechos colectivos, redefiniendo la responsabilidad corporativa hacia comunidades originarias.
Ante estos retos, países como México impulsa reformas legales para proteger diseños ancestrales mediante figuras como denominaciones de origen y alianzas con tratados internacionales. Sin embargo, la brecha persiste entre el marco normativo y su aplicación, especialmente para comunidades marginadas. La tensión entre acceso a mercados globales e identidad cultural exige soluciones que combinen derecho de autor, justicia social y reconocimiento de saberes colectivos, en un escenario donde la ley sigue siendo un instrumento desigual y fragmentado.

El auge del entorno digital ha creado nuevas zonas de conflicto en torno a marcas y diseños. Un caso pionero fue el de Hermès contra el artista Mason Rothschild por los "MetaBirkins", una serie de NFTs que replicaban visualmente el famoso bolso Birkin. En 2023, un jurado estadounidense determinó que esos activos digitales infringían derechos marcarios. Esta decisión marcó un precedente en la aplicación de la legislación tradicional en contextos digitales.
Los dominios en internet también han sido objeto de disputa. En el caso de Pedro Pascal, el actor logró recuperar dominios como pedropiscal.cl, registrados por terceros de forma oportunista. Este tipo de conflictos refleja cómo los elementos digitales se han vuelto parte integral de la identidad de marca, siendo necesario articular estrategias jurídicas para su defensa.
Las grandes plataformas y mercados virtuales también han tenido que adoptar mecanismos para mitigar el uso indebido de marcas. Amazon, Etsy y Meta han implementado sistemas de detección de productos falsificados, aunque con eficacia variable. El volumen y velocidad del comercio digital complica la supervisión efectiva, especialmente para marcas más pequeñas o en economías emergentes.
Frente a este panorama, la vigilancia digital se ha convertido en una función clave de la gestión marcaria. Herramientas de inteligencia artificial, monitoreo automatizado y equipos legales interdisciplinarios son ahora parte del arsenal que usan las marcas para proteger su identidaden tiempo real. La defensa de la propiedad intelectual ya no es reactiva, sino una práctica proactiva y estratégica.
BBC News (2019). McDonald's loses Big Mac trademark case.
El Espectador (2025). Frisby gana disputa judicial en España.
BioBioChile (2024). Pedro Pascal se enfrenta a empresa chilena por uso de marca.
CNN Business (2023). Adidas loses trademark lawsuit against Thom Browne.
NY Times (2018). Apple and Samsung Settle Patent Dispute.
Reuters (2023). H&M files lawsuit against Shein.
Animal Político (2025). Adidas pide disculpas públicas por plagio de diseño zapoteco.
NY Times (2023). MetaBirkin NFTs infringe Hermès trademark.
Las patentes se han consolidado como una herramienta decisiva para impulsar la innovación, proteger desarrollos tecnológicos y fortalecer la competitividad empresarial. En un entorno global marcado por avances acelerados en inteligencia artificial, biotecnología, automatización y sostenibilidad, la gestión estratégica de estas figuras adquiere un rol central tanto para empresas como para los Estados. Más allá de su función tradicional de exclusividad, las patentes hoy actúan como vectores de transferencia tecnológica, mecanismos para atraer inversión y catalizadores de cooperación internacional.
Sin embargo, este escenario también presenta desafíos jurídicos complejos: desde la armonización de estándares globales hasta la adecuación de las oficinas de patentes frente a tecnologías disruptivas cuyos procesos, modelos o arquitecturas escapan a categorías tradicionales de patentabilidad. El auge de la IA generativa, los sistemas autónomos y los modelos basados en datos obliga a replantear criterios técnicos y jurídicos sobre divulgación suficiente, actividad inventiva y ética regulatoria. En este contexto, comprender la actualidad de las patentes exige analizar casos concretos que ilustran tanto avances como tensiones regulatorias.
Este artículo recoge tres noticias recientes de alto impacto –Brasil, China y Argentina– para ofrecer una lectura integral sobre cómo evoluciona la protección de invenciones en distintos ecosistemas jurídicos. A través de estos casos se analizan implicaciones legales, efectos prácticos y tendencias normativas, destacando el lugar estratégico que ocupa la propiedad intelectual en la economía global. Para Luzuriaga & Castro Abogados, seguir de cerca estos desarrollos permite anticipar riesgos, identificar oportunidades y acompañar a los actores públicos y privados en la formulación de soluciones jurídicas adaptadas al futuro.

La nueva patente global registrada por SAP Labs Latin America en Brasil representa un caso paradigmático sobre cómo la innovación aplicada puede transformar industrias tradicionales como el agronegocio. Según el anuncio oficial, la invención denominada Denormalized Data Object habilita la gestión flexible de requisitos fiscales y regulatorios específicos de cada país sin modificar los sistemas centrales. Esta arquitectura, ya implementada en siete jurisdicciones, refuerza la importancia de las patentes como instrumentos que protegen desarrollos complejos basados en datos, escalabilidad y cumplimiento normativo.
Desde un punto de vista jurídico, la patente destaca por dos elementos: su carácter transversal —afecta ventas, compras, contabilidad y logística— y su aplicabilidad multinacional. Esto demuestra que las invenciones relacionadas con infraestructuras de datos y localización fiscal pueden y deben protegerse bajo marcos de propiedad intelectual, incluso cuando se integran en ecosistemas tecnológicos que combinan IA, automatización y cumplimiento regulatorio. Además, evidencia cómo una solución patentada puede mejorar la eficiencia operativa y reducir riesgos de compliance para empresas multinacionales.
La noticia también resalta el proyecto Farmbot, un robot cartesiano que integra sensores, algoritmos y soluciones de gestión empresarial para automatizar cultivos a pequeña escala. Este caso ejemplifica una tendencia creciente: la convergencia entre IA aplicada, maquinaria autónoma y sistemas de planificación empresarial, terreno fértil para solicitudes de patente que protegen algoritmos, hardware y métodos de integración. En el agronegocio 4.0, las patentes se convierten en una garantía de innovación sostenible, trazabilidad y uso eficiente de recursos.
Finalmente, el ecosistema de SAP Labs Latin America demuestra que contar con un programa estructurado de invenciones favorece la protección sistemática de resultados de I+D y posiciona a Brasil como un polo relevante en tecnologías emergentes. Para empresas de la región, este caso revela la urgente necesidad de estrategias de patentamiento que acompañen desarrollos basados en datos, IA y automatización, especialmente en sectores altamente regulados.

China anunció recientemente una actualización normativa que introduce, por primera vez, una sección específica para inteligencia artificial y macrodatos dentro de sus directrices de revisión de patentes, aplicables a partir del 1 de enero de 2026. Según la cobertura de Xinhua News, el país incorporará criterios éticos y de interés público en la evaluación de patentes relacionadas con IA, imponiendo requisitos adicionales en divulgación, entrenamiento de modelos y construcción técnica.
El énfasis en la ética de la IA dentro del proceso de patentabilidad constituye un precedente relevante a nivel global. Implica que las invenciones no solo deben cumplir con los criterios clásicos —novedad, nivel inventivo y aplicación industrial— sino también con estándares vinculados a legalidad, moral social e impacto público. Esto supone un esfuerzo por alinear la protección de invenciones con políticas de responsabilidad tecnológica, evitando riesgos derivados de opacidad algorítmica o aplicaciones potencialmente dañinas.
Asimismo, las nuevas directrices abordan un problema frecuente en invenciones basadas en IA: la divulgación insuficiente. Los sistemas complejos, especialmente los modelos de aprendizaje profundo, pueden funcionar como “cajas negras”, dificultando que los examinadores verifiquen la suficiencia descriptiva exigida por la normativa. China propone perfeccionar los criterios para evaluar la descripción técnica y exigir claridad respecto del entrenamiento de modelos, la recopilación de datos y la implementación práctica.
En clave regional y global, este movimiento regulatorio podría influir en otras oficinas de patentes y organismos multilaterales para incorporar evaluaciones éticas o mayores exigencias de transparencia en tecnologías basadas en IA. Para empresas y desarrolladores, el mensaje es claro: las futuras solicitudes de patente deberán equilibrar innovación técnica, responsabilidad social y trazabilidad algorítmica.

La tercera noticia proviene de Argentina, donde el Gobierno evalúa su adhesión al Tratado de Cooperación en materia de Patentes (PCT), pieza central del sistema global administrado por la OMPI. De acuerdo con la cobertura de TN, existe un debate interno entre quienes impulsan su ratificación —en línea con compromisos comerciales con Estados Unidos— y quienes la rechazan por presión de ciertos sectores industriales locales.
El ingreso al PCT tendría implicaciones significativas para la economía argentina y para su ecosistema de innovación. Por un lado, permitiría que inventores nacionales accedan con mayor facilidad a mercados internacionales mediante un sistema unificado de presentación, reduciendo costos y aumentando previsibilidad jurídica. Por otro, obligaría al país a armonizar sus criterios de patentabilidad, fortalecer el Instituto Nacional de Propiedad Intelectual (INPI) y revisar limitaciones actuales sobre invenciones farmacéuticas, biotecnológicas y desarrollos basados en material vivo.
El informe 301 de la Oficina del Representante Comercial de los Estados Unidos (USTR) —citado en la noticia— destaca rezagos en la protección local frente al uso comercial desleal de datos, limitaciones en lo patentable y falta de recursos en la autoridad examinadora. Esto refleja un desafío estructural: sin institucionalidad sólida y criterios técnicos homogéneos, el país enfrenta dificultades para alinearse con estándares internacionales. La adhesión al PCT no solo fortalecería la cooperación global, sino que enviaría una señal de confianza a I+D y a inversionistas internacionales.
El debate argentino sintetiza una tensión recurrente en economías emergentes: equilibrar las demandas de industria local, los compromisos comerciales internacionales y la necesidad de construir un sistema de propiedad intelectualmoderno y eficiente. Sea cual sea la decisión final, el caso evidencia la creciente relevancia geopolítica del régimen de patentes, particularmente en sectores farmacéuticos, biotecnológicos y digitales.
Los tres casos analizados —Brasil, China y Argentina— permiten identificar un patrón transversal: la propiedad intelectual, y en particular las patentes, se encuentran en el centro de un proceso de transformación que articula innovación tecnológica, regulación estatal, comercio internacional y ética digital. Las empresas líderes consolidan estrategias de patentamiento que protegen arquitecturas de datos y sistemas basados en IA; los Estados ajustan sus marcos regulatorios para enfrentar desafíos técnicos y éticos; y los organismos multilaterales impulsan mayor armonización y cooperación.
Para los países latinoamericanos, estos desarrollos ofrecen una hoja de ruta clara: invertir en capacidades nacionales de examen, promover ecosistemas de I+D, facilitar la internacionalización de invenciones y fortalecer marcos legales alineados con estándares globales. Las patentes no son un fin en sí mismas, sino un instrumento para construir economías más competitivas, sostenibles y capaces de atraer inversión.
Este artículo analiza de modo detallado la reciente evolución jurisprudencial en India acerca de las patentes esenciales para estándares (SEPs – Standard Essential Patents) y los conflictos de licenciamiento bajo términos FRAND (Fair, Reasonable and Non-Discriminatory). En particular, focaliza en la saga entre Telefonaktiebolaget LM Ericsson (Publ) (“Ericsson”) y Lava International Ltd. (“Lava”) y en el fallo del Supreme Court of India (SC) del 2 de septiembre de 2025 que negó la apelación del regulador antimonopolio de India, la Competition Commission of India (CCI). El análisis integra tres bloques temáticos: jurisdicción y competencias entre la Ley de Patentes y la Ley de Competencia; la disputa sustantiva Ericsson vs Lava (validez, esencialidad, infracción, cuantificación de daños y régimen FRAND); y implicaciones para licenciamientos de SEPs, tanto en India como globalmente, incluyendo estrategias de cumplimiento y riesgos para titulares y fabricantes.

La cuestión de fondo en India radica en delimitar si los conflictos relativos a licencias de SEPs – en particular, la determinación de royalties, exigencias contractuales (por ejemplo, NDAs) o actuaciones del titular que puedan considerarse abusivas – deben ser tratados bajo la Patents Act, 1970 o mediante la Competition Act, 2002. La primera regula el sistema de patentes, incluidas sus facultades de control (ejemplo: licencias obligatorias, revocación, etc.), mientras la segunda regula acuerdos anticompetitivos, abuso de posición dominante, prácticas restrictivas de mercado.
En un caso emblemático la CCI inició pesquisas contra Ericsson por aparentes exigencias de royalties excesivas y cláusulas de confidenialidad que habrían limitado la negociación libre. Ericsson alegó que la Patents Act constituía un “código completo” (complete code) para resolver licencias de patentes, y que por tanto la CCI carecía de competencia.
El 13 de julio de 2023, un panel del High Court of Delhi determinó que la Patents Act, especialmente tras su enmienda del 2003 (Capítulo XVI), era una legislación especial, y que la Competition Act como norma general debía ceder cuando el asunto trataba de licencias de patentes. La Corte señaló que ya existían mecanismos dentro de la Patents Act para controlar prácticas potencialmente anticompetitivas, como la concesión de licencias obligatorias (sección 84) y revocación. La sentencia sostuvo que, en efecto, la CCI no tenía jurisdicción para investigar licenciamiento de SEPs.
El 22 de septiembre de 2025, el SC rechazó la apelación de la CCI frente al fallo de Delhi, confirmando que el regulador no podía proseguir la investigación contra Ericsson (y también contra Monsanto Holdings Pvt Ltd en otro asunto paralelo) al estimar que, entre otros motivos, el informante ya había llegado a un arreglo con Ericsson lo que minaba la base de la investigación. La frase clave de la sentencia fue: “once the original informants have nothing further to say, the basis of investigation is lost”.

Esencialidad e infracción
El tribunal adoptó la prueba en dos etapas: (i) si la patente es esencial al estándar (mapping patente-estándar) y (ii) si el producto del demandado implementa el estándar (mapping producto-estándar). Lava fue considerado infractor ya que no demostró haberse eximido o licenciado.
Invalidez de una patente
Una de las ocho fue invalidada por falta de novedad e invención (IN 203034). Las restantes siete fueron consideradas válidas tras examen de mérito.
“Unwilling licensee” y conducta de hold-out
El tribunal consideró que Lava actuó dilatoriamente, solicitando repetidamente información, sin presentar contra-oferta razonable e incumpliendo obligaciones negociadoras de buena fe (“willing licensor/implementer” protocolo). Lava fue definida como “unwilling licensee”.
Cálculo de royalties y daños
Licencias globales o por mercado
El tribunal validó que una oferta de licencia de portafolio global (o multijurisdiccional) puede considerarse FRAND, y no exige que los patentes en cada país se ofrezcan individualmente.
Aunque la disputa sustantiva es entre Ericsson y Lava bajo la Patents Act, el trasfondo regulatorio implicaba que la CCI pretendía investigar a Ericsson por presunta conducta abusiva en licenciamiento de SEPs (desde 2013 – Micromax/Intex) alegando violaciones de las Secciones 3 y 4 de la Competition Act.
Esta cuestión se resolvió, como se vio en el bloque anterior, mediante la decisión de exclusión de la jurisdicción del regulador.

Consecuencias para titulares de SEPs
Consecuencias para fabricantes/implementadores
Relevancia para mercados emergentes y en el mundo global
Riesgos y áreas aún abiertas
El caso Ericsson vs Lava y la decisión del Tribunal Supremo de India constituyen un hito en la jurisprudencia de SEPs en mercados emergentes. De un lado, establecen con claridad que la Ley de Patentes prevalece sobre la Ley de Competencia cuando se trata de licencias de patentes esenciales. De otro, refuerzan los estándares de negociación FRAND, la posibilidad de daños significativos (US$29 millones) y la base del royalty sobre el producto final. Para profesionales de propiedad intelectual, competencia, desarrollo de productos tecnológicos y comunicación estratégica, este escenario exige una doble mirada: desde el derecho (estructura contractual, jurisdicción, cumplimiento) y desde la estrategia de comunicación (explicar a audiencias creativas/tecnológicas la relevancia de licencias, innovación, mercados). En ese sentido, la integración de precisión jurídica y creatividad comunicacional —que usted persigue— resulta esencial.
Bibliografía
En los últimos meses, tres desarrollos tecnológicos han captado la atención global por su potencial disruptivo: Materiales autorreparables aplicados a dispositivos electrónicos, sistemas de monitorización biométrica rediseñados para evitar infracciones de patentes, y motores eléctricos de flujo axial integrados en sistemas híbridos de alto rendimiento.
A primera vista, estas innovaciones parecen transitar caminos diferentes. Sin embargo, juntas revelan un cambio profundo en la forma en que la tecnología evoluciona: ya no se innova solo en productos, sino en ecosistemas completos, donde hardware, datos y movilidad convergen.
Desde la óptica del derecho de patentes, esta convergencia abre oportunidades, pero también expone tensiones: libertad de operación, riesgos de infracción, diseño alrededor de patentes (design-around) y la necesidad de estrategias de protección más amplias, sistémicas y anticipadas.
Este artículo analiza cómo estas tres noticias —autorrepair, biometría y motores axial-flux— están transformando el panorama tecnológico y jurídico, y por qué su lectura conjunta es indispensable para comprender el futuro de la innovación.

La acelerada evolución de los materiales termoplásticos con memoria de forma está reconfigurando la manera en que entendemos la durabilidad de los dispositivos electrónicos. Estos polímeros, capaces de regenerar microfisuras mediante calor ambiental o inducido, dejan atrás la etapa experimental para convertirse en una tecnología cada vez más cercana a su adopción comercial. Su integración en pantallas y carcasas no solo extiende la vida útil del dispositivo, sino que reduce el impacto asociado a la obsolescencia.
Junto con el avance material, surge una capa electrónica que permite detectar el daño, activar elementos calefactores internos y guiar al usuario durante el proceso de reparación. Esta convergencia entre hardware y software abre una ruta sólida para la protección mediante patentes, en especial en mercados donde los dispositivos se someten a altos índices de desgaste.
La relevancia de esta tecnología crece aún más al integrarse con ecosistemas más amplios: dispositivos que no solo se autoreparan, sino que también monitorean datos de salud y se comunican con sistemas externos. Aquí nace el puente hacia las otras dos innovaciones: la biometría avanzada y la movilidad inteligente. Para saber más, puedes leer patente revela un smartphone que se repara a sí mismo.

El segundo gran movimiento tecnológico proviene de los sistemas de monitorización biométrica que, tras años de litigios globales, han tenido que ser reinventados para evitar infringir patentes existentes, especialmente en el campo de la medición de oxígeno en sangre. La presión jurídica ha obligado a fabricantes y desarrolladores a replantear sensores, algoritmos y arquitecturas internas para garantizar un funcionamiento preciso, legal y competitivo.
Este esfuerzo de rediseño demuestra cómo la saturación de un campo tecnológico transforma el propio proceso de innovación: ya no basta con mejorar la precisión, también es indispensable asegurar la libertad de operación (FTO). La biometría se convierte así en un territorio donde la ingeniería y el derecho avanzan en paralelo, condicionando la dirección de la I+D.
La conexión con las otras noticias es directa. Los datos biométricos ya no pertenecen únicamente al ámbito de la salud: pueden influir en la interacción del usuario con su dispositivo autoreparable e incluso adaptar dinámicamente el comportamiento de un vehículo híbrido. La tecnología deja de ser estática y comienza a responder al estado fisiológico del usuario. Si deseas saber más revisa Apple pagará $546,9 millones a Masimo por vulnerar su patente de monitorización de oxígeno en sangre.

El tercer avance viene del sector automotriz, donde los motores eléctricos de flujo axial están redefiniendo el rendimiento de los sistemas híbridos. Su diseño en forma de disco permite una mayor densidad de par, menores dimensiones y una eficiencia significativamente superior a los motores de flujo radial tradicionales. Fabricantes de alto rendimiento ya han comenzado a integrarlos entre el motor de combustión y la transmisión, habilitando configuraciones híbridas compactas y potencias combinadas superiores a los 800 CV.
Este salto tecnológico está generando un incremento notable en solicitudes de patentes relacionadas con imanes, sistemas de enfriamiento, rotación axial y empaquetamiento del tren motriz. El punto crítico no reside únicamente en el motor en sí, sino en su integración funcional con software, sensores y sistemas externos que optimizan su comportamiento en tiempo real.
Aquí la convergencia se vuelve evidente: un motor de flujo axial puede responder a variables biométricas procesadas por un dispositivo portátil autorreparable, permitiendo modos de conducción inteligentes y adaptativos. Tres mundos distintos —electrónica, salud y automoción— encuentran una intersección natural a través del diseño de sistemas y la protección jurídica integral. Buscas mayor información sobre este tema, lee los mejores motores eléctricos del mundo para sus deportivos híbridos.
Las tres innovaciones analizadas —autorrelación material, biometría rediseñada y motores de flujo axial— muestran que la tecnología avanza hacia ecosistemas integrados donde los productos ya no funcionan de manera aislada. La autoreparación extiende el ciclo de vida del dispositivo, la biometría le da contexto humano, y la movilidad híbrida convierte esos datos en decisiones mecánicas adaptativas. El hilo conductor es claro: las patentes deben proteger no solo componentes, sino sistemas completos capaces de interactuar entre sí.
En este escenario, el papel estratégico de firmas especializadas como Luzuriaga & Castro es acompañar a las empresas en la construcción de portafolios sólidos, que abarquen estas capas tecnológicas interdependientes y permitan una explotación internacional efectiva. El futuro de la innovación no pertenece a quienes inventan más, sino a quienes protegen mejor la forma en que esas invenciones se relacionan entre sí.
La protección, gestión y explotación de los activos de propiedad intelectual (PI) constituyen hoy una ventaja estratégica esencial para las pequeñas y medianas empresas (PYMES) que buscan escalar, innovar y competir globalmente. En ese contexto, la OMPI organizó un diálogo regional — en colaboración con la IPOS y con el apoyo de la Japan Patent Office (JPO) — enfocado en la región de Asia-Pacífico, con la finalidad de fortalecer los ecosistemas de PI y orientar a las PYMES hacia un uso efectivo de estas herramientas.
El evento es relevante desde múltiples ángulos: por un lado, reconoce el papel de la PI como motor de crecimiento de las PYMES; por otro, subraya la responsabilidad de las oficinas de PI nacionales como arquitectas de marcos de acompañamiento. Este artículo analiza el contenido del diálogo, sus implicaciones para las PYMES, desafíos clave detectados y recomendaciones estratégicas que se desprenden.

La región Asia-Pacífico (ASPAC) alberga una multiplicidad de economías emergentes, donde las PYMES suelen enfrentarse a barreras estructurales como recursos limitados, capacidad tecnológica, acceso a financiamiento y madurez en gestión de intangibles. En este contexto, la PI adquiere un valor que trasciende la mera protección: se convierte en un componente estratégico de innovación, de acceso a mercados y de diferenciación competitiva.
La OMPI, en su base de datos de asistencia técnica, describe esta iniciativa como «Second WIPO regional dialogue on IP and SMEs – Asia and the Pacific (ASPAC)» que se llevó a cabo del 25 al 26 de agosto de 2025 en Singapur.
Según el programa oficial, los principales objetivos fueron:
El evento contó con la participación de aproximadamente 24 representantes de países como Brunei, Camboya, Fiji, India, Indonesia, Laos, Malasia, Mongolia, Pakistán, Filipinas, Samoa, Singapur, Sri Lanka, Tailandia, Vietnam. Además, se desarrolló en el marco de la conferencia IP Week @ SG 2025, que congrega a más de 5 000 asistentes de más de 40 países.
En la ceremonia de apertura, participaron:
Durante su intervención, Kitamura presentó el programa de apoyo a startups llamado VC-IPAS, impulsado por la JPO, que generó gran interés entre los asistentes. Este programa ilustra cómo una oficina nacional de PI puede diseñar un mecanismo de acompañamiento para empresas emergentes, vinculando capital de riesgo (VC) y propiedad intelectual (IP) para acelerar innovación y escalamiento.
Los mensajes giraron en torno a:

La sesión reforzó la idea de que los activos intangibles —patentes, marcas, diseños, know-how, bases de datos— constituyen hoy un pilar del valor de las empresas, más aún en los sectores de tecnología, servicios y creatividad. Esto se vincula directamente con la tendencia global de valorización de “intangibles” frente a activos físicos. En el contexto asiático-pacífico, muchas PYMES pueden elevar su perfil competitivo si gestionan adecuadamente sus PI.
El diálogo puso énfasis en que las PYMES deben considerar desde el inicio la protección internacional de sus PI, para poder expandir sus negocios fuera de su país de origen. En ese sentido, la JPO reafirmó su compromiso de cooperar internacionalmente para que las empresas puedan utilizar sus activos intelectuales en el extranjero. Este enfoque resuena con la necesidad de planificar la entrada a mercados foráneos, alianzas, licencias y colaboraciones transfronterizas.
Las oficinas de PI dejaron claro que su misión está evolucionando: no solo examinar patentes o registrar marcas, sino diseñar ecosistemas de apoyo para empresas que gestionan intangibles. Elementos clave incluyen:
Al focalizarse en la región Asia-Pacífico, el diálogo evidencia cómo la PI puede participar de un esquema de desarrollo más amplio, donde las PYMES innovadoras lidian no solo con competencia nacional, sino con estándares globales, disrupción tecnológica y cadenas de valor internacionalizadas. Por tanto, la PI no es un accesorio, sino parte integral de la estrategia de competitividad de las economías emergentes.
Muchas PYMES no tienen internalizado el concepto de PI como activo estratégico, lo que implica falta de diagnóstico de sus intangibles, desconocimiento de rutas de protección internacional, o escasa planificación para comercialización/licenciamiento.
El examen, registro y mantenimiento de PI —local e internacional— requiere recursos financieros, humanos y de conocimiento que la PYME pequeña no siempre tiene. Programas como el de la JPO intentan paliar esta brecha, pero el reto persiste en multitud de economías de la región.
La región Asia-Pacífico agrupa economías muy variadas en niveles de desarrollo, marcos normativos y capacidades de PI. Para una PYME que quiere expandirse, esto implica navegar múltiples jurisdicciones, normativas, costes y riesgos de ejecución. La armonización regional y los mecanismos de cooperación siguen siendo un reto.
Para que la PI realmente genere valor para la PYME, debe traducirse en ingresos, crecimiento o alianzas estratégicas. Sin embargo, la valuación de intangibles, la medición de ROI en PI, los modelos de negocio basados en licencias o colaboración, aún están en desarrollo. En Singapur se anunció el marco “Foundational Intangibles Disclosure (FIND)” para cubrir esto.

El diálogo regional de la OMPI realizado en Singapur en agosto de 2025 representa un hito relevante para el ecosistema de PI en Asia-Pacífico, pero también una hoja de ruta conceptual para PYMES y asesores de PI en otras regiones (como América Latina) que buscan maximizar el valor de sus intangibles.
Las conclusiones apuntan hacia un paradigma en el cual la propiedad intelectual deja de ser un trámite técnico para convertirse en un activo estratégico, integrado desde la concepción del negocio, y bajo una lógica de internacionalización, gestión profesional e innovación.
Para las firmas de asesoría de PI (como Luzuriaga & Castro) y las PYMES que las consultan, este tipo de espacios de diálogo ofrecen dos lecciones claras:
En definitiva, la PI está al servicio de la competitividad de las PYMES —y si bien el evento se enfocó en Asia-Pacífico, sus enseñanzas son perfectamente traslativas a contextos latinoamericanos, ecuatorianos o andinos. El momento es oportuno para que las PYMES, con el apoyo de asesoría legal-creativa especializada, transformen su propiedad intelectual en motor de crecimiento real.
Latinoamérica vive un auge notable de startups Deep Tech, es decir, empresas basadas en avances científicos o ingenieriles de frontera. Este tipo de innovación promete soluciones disruptivas a grandes desafíos, desde biotecnología hasta inteligencia artificial. En los últimos años, la región ha visto multiplicarse estos emprendimientos; Brasil, por ejemplo, lidera en número de startups científicas con 952 compañías (casi 72% del total regional). También encabeza la inversión en investigación y desarrollo (I+D) al destinar más del 1,1% de su PIB a estas actividades, un nivel superior al de cualquier otro país latinoamericano. Sin embargo, detrás del optimismo por este boom tecnológico subsisten retos estructurales que impiden que la innovación científica se traduzca plenamente en industrias escalables.
Un potencial enorme en etapas tempranas. Diversos informes recientes confirman el dinamismo en fases iniciales del ecosistema Deep Tech latinoamericano. El Latin American Dynamism Project (LADP) mapeó 2.566 startups de tecnología profunda en la región y encontró que un 72% de ellas permanece en etapa “semilla”, mientras solo 19% alcanza rondas Serie A y apenas 9% (22 startups) llega a Serie B o posteriores. Esto refleja un gran potencial latente, con miles de científicos-emprendedores creando nuevas soluciones, pero también evidencia un “valle de la muerte” en el escalamiento: muy pocas logran madurar hacia etapas de crecimiento. De hecho, durante 2024 la inversión total en el sector creció 219% (la categoría de mayor crecimiento en tecnología ese año), pero ninguna startup cerró rondas Serie B en el período. Esta brecha indica que, si bien la innovación temprana abunda, falta concretar ese impulso en empresas consolidadas.
Fragmentación regulatoria: un obstáculo para escalar. Uno de los desafíos centrales identificados es la fragmentación normativa entre países latinoamericanos. Cada nación posee sus propias regulaciones en aspectos críticos como la protección de la propiedad intelectual, la transferencia tecnológica o la experimentación con nuevas tecnologías. Esta disparidad complica la vida de las startups Deep Tech que aspiran a operar regionalmente: deben navegar un mosaico de leyes de patentes, registros sanitarios, estándares técnicos y otros trámites, encareciendo y ralentizando su expansión. Un informe clave del LADP señala que esta falta de armonización reduce el atractivo de la región para inversionistas internacionales y limita la capacidad de las startups para escalar más allá de sus mercados locales. En contraste, la existencia de marcos unificados –como ocurre en la Unión Europea con ciertos estándares compartidos– tiende a ofrecer mayor certidumbre y eficiencia.
Por ello, se ha propuesto establecer un foro regulatorio regional que impulse la armonización y modernización del marco normativo en Latinoamérica. Esto incluye estandarizar las normativas de propiedad intelectual, facilitar la transferencia de tecnología entre países y crear sandboxes regulatorios donde las empresas puedan experimentar innovaciones (biotecnología, energías limpias, inteligencia artificial, etc.) sin chocar con regulaciones obsoletas. Un mercado regional más predecible y unificado en términos legales resultaría sumamente atractivo para el capital global, al brindar economías de escala y reglas claras para quienes invierten en ciencia y tecnología. En definitiva, avanzar hacia la convergencia regulatoria —especialmente en propiedad intelectual— podría derribar barreras para que las startups científicas latinoamericanas trasciendan sus fronteras nacionales

Todos estos esfuerzos de política apuntan a un factor transversal: la propiedad intelectual (PI). En el ámbito Deep Tech, la PI juega un rol protagónico tanto para proteger los inventos como para viabilizar su comercialización. Las startups de tecnología profunda dependen de las patentes como columna vertebral de su competitividad y financiamiento. A diferencia de las startups digitales convencionales (que pueden escalar rápidamente con software replicable), las empresas Deep Tech suelen requerir años de investigación, laboratorios, prototipos físicos y ensayos antes de llegar al mercado.
Enfrentan competidores globales de alto calibre (farmacéuticas, fabricantes de hardware, etc.), por lo que proteger legalmente sus descubrimientos es vital. Las patentes ofrecen exclusividad temporal sobre las invenciones, lo que impide que terceros copien una tecnología innovadora sin permiso. Esto brinda a la startup una ventana de oportunidad para explotar comercialmente su idea y recuperar la inversión en I+D. Igualmente, un marco robusto de PI transmite confianza a quienes arriesgan capital en estos emprendimientos de alto riesgo.
El caso de la biofarmacéutica Oryzon Genomics es ilustrativo. Esta startup española de biotecnología ha hecho de la propiedad intelectual el núcleo de su modelo de negocio, demostrando que sin patentes no hay innovación escalable ni sostenible en el sector. Oryzon ha diseñado una sofisticada estrategia de patentamiento: protege no solo sus compuestos químicos originales, sino también nuevos usos terapéuticos y combinaciones farmacológicas, extendiendo la vida comercial de sus fármacos hasta más allá de 2040. El resultado es una cartera de patentes robusta que cumple al menos tres funciones estratégicas para la empresa:
En síntesis, Oryzon demuestra el poder habilitador de la PI: lejos de ser un elemento accesorio, sus patentes son la base sobre la cual compite con gigantes farmacéuticos y consigue financiamiento para crecer.
No se trata solo de casos aislados. Estudios sugieren que las startups deep tech con portafolios de patentes tienden a tener muchas más probabilidades de éxito que aquellas sin propiedad intelectual protegida. Al inicio, los inversionistas valoran las patentes como señal de credibilidad y factor de reducción de riesgo, especialmente en etapas semilla y Serie A, cuando no hay aún grandes ingresos ni tracción comercial. Más adelante, en rondas avanzadas, otros indicadores financieros ganan peso; pero para llegar a ese punto, la PI sirvió como puente de confianzaentre la ciencia y el mercado. Esto es particularmente cierto en Latinoamérica, donde buena parte de las Deep Tech nacen de laboratorios universitarios o centros de investigación: la PI se convierte en el vehículo para transferir ese conocimiento al sector productivo. Sin patentes ni derechos claros, muchos descubrimientos quedarían “atrapados” en la academia o serían explotados por terceros fuera de la región sin retribución. La comercialización efectiva de la innovación en Latinoamérica dependerá, en gran medida, de establecer sistemas de propiedad intelectual que equilibren agilidad y protección.

Para capitalizar el auge del Deep Tech, Latinoamérica debe integrar estratégicamente la propiedad intelectual en su ecosistema de innovación. En primer lugar, esto implica perfeccionar y homologar las legislaciones de PI a nivel regional. Actualmente, existen esfuerzos subregionales como la Decisión 486 de la Comunidad Andina (que unifica normas de patentes y marcas entre sus miembros) o mecanismos de cooperación como PROSUR/PROSUL entre oficinas de patentes sudamericanas. No obstante, ninguna iniciativa cubre a toda la región con una normativa común. Avanzar hacia un marco unificado — un hipotético “régimen 34º” latinoamericano, como ha sugerido el LADP — permitiría que una startup pueda registrar su patente o diseño una sola vez y obtener protección en múltiples países, reduciendo costos y complejidad. Esto crearía un mercado regional ampliado con reglas homogéneas, haciendo más viable que las Deep Tech escalen sus productos simultáneamente en varios países. Además, un sistema regional de PI alineado facilitaría la negociación de licencias y transferencias de tecnología entre países, estimulando la colaboración entre centros de investigación, startups e industrias de distintas naciones.
En segundo lugar, es esencial fortalecer las instituciones de propiedad intelectual en cada país. Muchas oficinas de patentes latinoamericanas enfrentan rezagos significativos: trámites lentos, falta de examiners especializados en tecnologías complejas, y escasa digitalización. Acelerar la concesión de patentes de calidad es crítico en Deep Tech, donde el timing puede definir el éxito comercial. La experiencia internacional ofrece aprendizajes útiles: por ejemplo, Europa recientemente modernizó sus estándares permitiendo dibujos en color en solicitudes de patente, lo que mejoró la claridad técnica de los expedientes, particularmente en campos como biotecnología y materiales avanzados. Esto incrementó el atractivo de sus patentes y la colaboración entre universidades y empresas. Modernizar las prácticas y cooperar internacionalmente (vía tratados como el PCT y programas de examen acelerado) ayudaría a las oficinas latinoamericanas a manejar la avalancha de innovaciones Deep Tech que se avecina.
Por supuesto, la propiedad intelectual por sí sola no resolverá todos los retos. El éxito del ecosistema Deep Tech requiere una aproximación integral. Además de la armonización normativa, hace falta cerrar la brecha de financiamiento especializado. Hoy por hoy, cerca del 60% del gasto en I+D en la región proviene del sector público, y programas gubernamentales aportan hasta el 70% del capital para Deep Tech en países como Brasil. Si bien el apoyo estatal es valioso (Brasil, por ejemplo, ha canalizado miles de millones de reales a proyectos innovadores vía agencias como FINEP o FAPESP), el capital de riesgo privado sigue siendo escaso. Chile y Argentina, con mercados internos más pequeños, desarrollaron proporcionalmente más fondos de venture capital enfocados en Deep Tech que Brasil. Esto les permitió nutrir algunos “campeones” locales que atrajeron grandes rondas internacionales (caso NotCo en Chile, que levantó casi US$500 millones). En el resto de la región se necesitan más fondos especializados, incubadoras científico-empresariales y alianzas público-privadas para acompañar a estas startups en etapas avanzadas. Iniciativas como programas de venture building (que vinculen científicos con mentores empresariales) o el movilizar fondos de pensiones hacia inversiones tecnológicas han sido propuestas para movilizar capital local hacia Deep Tech. Igualmente, otorgar incentivos fiscales a quienes inviertan en I+D o en startups de base científico-tecnológica podría atraer inversionistas internacionales y mitigar el riesgo percibido. Al final del día, la región necesita que más de esas startups del 72% inicial logren cruzar el umbral hacia escalamiento, y eso demandará dinero inteligente acompañándolas.
Finalmente, los hacedores de política deben considerar la dimensión geopolítica de la innovación profunda. La propiedad intelectual se ha convertido en un activo estratégico a nivel país. Un vistazo a Asia lo deja claro: China convirtió la PI en política de Estado y alteró el equilibrio global de poder tecnológico. Mediante el plan Made in China 2025, subsidios masivos y protección agresiva de sus inventores, China pasó a liderar el mundo en solicitudes internacionales de patentes, superando a Estados Unidos con casi 59.000 solicitudes PCT en 2019. Hoy las empresas chinas representan más de 52% de las patentes globales, frente a apenas 22% de Norteamérica. Esto no solo le otorga ventajas económicas, sino también influencia normativa: China impulsa estándares globales en 5G, inteligencia artificial y otros campos, erigiendo la PI como un instrumento de poder blando y duro a la vez. Latinoamérica, salvando las diferencias, puede extraer lecciones de este fenómeno. Si la región aspira a ser protagonista en la próxima ola tecnológica, debe tratar la propiedad intelectual como un eje estratégico de desarrollo, no como un tema secundario. Esto implica integrar la PI en las agendas nacionales de innovación, educar a emprendedores sobre su importancia, y coordinar una voz regional en foros internacionales (OMPI, OMC) para defender sus intereses en materia de patentes, datos e open science.

Latinoamérica se encuentra en una encrucijada prometedora: cuenta con talento científico, riqueza natural y casos de éxito emergentes en Deep Tech. Sin embargo, para traducir ese potencial en prosperidad compartida, deberá cerrar filas en torno a la propiedad intelectual y la innovación. La experiencia muestra que no basta con generar conocimiento; hay que saber convertir el conocimiento en activos que generen valor económico y social. Un ecosistema Deep Tech vibrante requiere políticas públicas coordinadas que armonicen las reglas del juego (patentes, regulación tecnológica, estándares), instituciones eficaces que protejan y promuevan la PI, y capital audaz dispuesto a invertir en ciencia regional. Los tomadores de decisiones están llamados a facilitar este entorno: desde modernizar marcos legales hasta reducir barreras de acceso al sistema de patentes y reforzar las oficinas de transferencia tecnológica en universidades. Por su parte, las startups y empresas deben concebir la PI como parte central de su estrategia, planificando carteras globales de patentes y protegiendo no solo sus productos, sino también diseños, algoritmos y demás intangibles clave.
En conclusión, el auge del Deep Tech latinoamericano solo se sostendrá en el tiempo si va acompañado de un ecosistema de propiedad intelectual sólido y unificado. La región tiene la oportunidad de dar el salto de innovadora naciente a potencia tecnológica, siempre que logre alinear sus reglas, recursos e instituciones en favor de sus inventores y emprendedores. Como resume el informe LADP, “la gestión estratégica de las patentes es hoy determinante para el liderazgo en innovación”. Haciendo de la PI un pilar de sus estrategias de desarrollo, Latinoamérica podrá atraer más inversión, escalar sus descubrimientos científicos y escribir su propia historia en la próxima era tecnológica, beneficiando tanto al público general como empoderando a una nueva generación de innovadores.