Según estimaciones realizadas por el principal motor de búsqueda Google, en tan sólo ocho años Internet se ha multiplicado por un factor de 1000, es decir, el número de páginas Web ha pasado de unos 29 millones en 1998 a unos 25.000 mil millones en 2006. En agosto de 2019, el número de sitios Web indexados ascendía a unos 1.700 millones, según información de la plataforma de datos Live Stats.
Internet ha abierto enormes posibilidades a las empresas para comunicar sus mensajes de marca. No obstante, su alcance mundial, su apertura, su flexibilidad y el hecho de no estar, de cierta forma, regulado ha abonado un terreno fértil para el uso indebido de las marcas, y todo lo que ello conlleva.
El uso indebido de las marcas en Internet pretende, en su sentido más amplio, acciones como la venta de productos falsificados a través de este medio, y prácticas diversas como el posicionamiento en buscadores, el correo electrónico no deseado, el phishing y la ciberocupación. Estas actividades constituyen lo que muchos consideran el lado siniestro del mar digital.
El comercio electrónico en Ecuador alcanzó un volumen de negocio de USD 2.3 mil millones, lo que supone un crecimiento de USD 700 millones (43,75 %) frente al 2019. Para el 2021 se estima un crecimiento no menor a un doble dígito. Es así como el Internet se vuelve el área del comercio de productos falsificados que ha experimentado un mayor crecimiento.
Es por eso que una empresa no puede depender exclusivamente de los recursos legales convencionales para combatir el uso indebido de las marcas en Internet. Debe disponer indispensablemente de una estrategia preventiva de protección de la marca, con múltiples facetas, que complemente la protección jurídica existente.
Una estrategia de protección de marcas integral y dinámica puede permitir a las empresas superar algunas de las limitaciones del marco jurídico convencional. El derecho de marcas, al igual que otras áreas del derecho de propiedad intelectual, se rige por principios de territorialidad.
Ahora bien, en el entorno en línea, donde, por ejemplo, resulta relativamente fácil mantener una identidad anónima a través de servidores o de proveedores de servicios Internet de otros países, los infractores pueden eludir fácilmente la acción judicial iniciada por los tribunales u órganos administrativos de los países en que mantienen una presencia virtual y en que obtienen ganancias.
Las dificultades que entraña la persecución de los infractores del Derecho de propiedad intelectual en Internet a través del marco jurídico convencional se ven acrecentadas por la falta de uniformidad en los ordenamientos jurídicos.
Si bien existe un grado de armonización en las leyes y reglamentos que rigen los derechos de propiedad intelectual y su observancia en línea, éstos no están unificados. La diversidad de leyes y prácticas de las distintas jurisdicciones entorpece la labor judicial, alimentando la inseguridad jurídica sobre los resultados.
Existe un creciente repertorio de tecnologías y servicios especializados en la vigilancia de marcas que permite cimentar la protección de las marcas en Internet. Las empresas que han aprovechado estas tecnologías como parte de una estrategia integral de marcas, de índole no exclusivamente jurídica, han obtenido resultados positivos en la reducción del uso indebido de sus marcas y en la salvaguardia de la cotización de sus marcas.
Resulta indispensable mantener un programa de protección estratégica de las marcas para proteger esta base de activos de gran valor. Así, podrá disponerse de información que permita fundamentar el enjuiciamiento viable de una infracción, aparte de las ventajas comerciales adicionales que ofrece.
Los sistemas y servicios automatizados de seguimiento de marcas ayudan a impedir el registro de marcas similares hasta el punto de inducir a confusión o incluso idénticas por parte de terceros. Además, pueden incorporar mecanismos de vigilancia para hacer un seguimiento del uso de las marcas por terceros legitimados a lo largo de la cadena de valor, desde el desarrollo del producto hasta el punto de venta y / o distribución.
Estos servicios también permiten vigilar y rastrear todas las actividades, por ejemplo, de publicidad o marketing, o declaraciones difamatorias o negativas en clips de vídeo, bitácoras y otras plataformas de comunicación en línea, que pueden incidir en el valor y la integridad de la marca.
A una empresa no le resulta viable hacer por sí sola un seguimiento de los usos de sus marcas en el universo digital de alta velocidad. Los sistemas y servicios automatizados de seguimiento de marcas constituyen una herramienta muy valiosa para la recopilación de información comercial y para indicar a los infractores que se defiende activamente una marca. Para obtener los mejores resultados, estos servicios mantendrán enlaces con mercados en línea de gran volumen, como Amazon.
Los efectos sobre su reputación y la confianza de los consumidores, es a menudo superior a la pérdida de volumen de negocio. La preocupación por la merma de ingresos directos pierde toda su importancia si se compara con el daño que se produce cuando un producto falsificado da lugar a un accidente aéreo o de tráfico con víctimas mortales, o cuando un medicamento falsificado adquirido a través de una farmacia de Internet produce un daño.
En estas circunstancias, la misma continuidad de la marca se ve amenazada, ya que la concurrencia, aunque sea de forma equivocada, hace responsable al propietario legítimo de la marca. La realidad es que los clientes engañados en la compra de productos falsificados bajo una marca en particular tienden a asociar cualquier experiencia negativa del producto con la marca en cuestión.
Los titulares de derechos víctimas del uso indebido de las marcas en Internet a menudo se enfrentan a problemas específicos relacionados con la obtención de pruebas. Los sitios Web infractores cambian y se transforman continuamente, al igual que la identidad de los infractores de los derechos de propiedad intelectual.
Si una empresa desea tener alguna posibilidad de hacer un seguimiento de los infractores y hacerles rendir cuentas, tendrá que recurrir a instrumentos especializados y a herramientas informáticas específicas.
Antes de hacer uso de la marca en cualquier medio, pero más aún en las plataformas digitales, es importante destacar que debe de contar con su debido registro ante el organismo público encargado de administrar el sistema de propiedad industrial.
La importancia del registro radica en que se otorga al propietario el derecho de uso exclusivo de la marca e impide que terceros puedan usarla y, en caso de ser usada sin el debido consentimiento, en su calidad de titular de la marca pueda ejercer las acciones conducentes por la violación de sus derechos.
Otro elemento importante dentro del posicionamiento de productos o servicios en redes sociales es la observancia de los derechos de autor, ya que al publicar imágenes fotografías y/o dibujos en cualquiera de las plataformas digitales se puede violar dichos derechos al reproducirse parcial o totalmente una obra artísticas o fotográfica, así como usar la imagen de una persona sin su autorización, motivos por los cuales puede solicitarse se elimine inmediatamente el contenido en cuestión.
Por ello, es indispensable que las empresas tengan conocimiento de no violar derechos de terceros y de los mecanismos internos disponibles que ofrecen las diversas redes sociales y con ello tener en mente que existe la posibilidad de denunciar en la propia plataforma el contenido que violen sus marcas o derechos de autor o incluso de terceras personas.
Como especificamos anteriormente el Internet se ha convertido en un aliado de las marcas, siendo el principal punto de venta de productos, ya sea mediante la compra en línea directamente al sitio web de la empresa, en los famosos marketplaces o bien a través de redes sociales como Facebook e Instagram. Esto ha creado una gran oportunidad para las empresas para vender sus productos prácticamente sin límite alguno.
Sin embargo, el Internet es un arma de doble filo ya que también es caldo de cultivo para venta de productos falsos y fraudulentos, ocasionando no solo daños a la empresa sino también causando un riesgo para los consumidores, quienes corren el riesgo de adquirir un producto pensando que hay un respaldo seguro de una empresa y terminan comprando otro producto sin garantía alguna.
La mayor cantidad de venta de productos fraudulentos o falsos se da en las ventas en línea. Es por esta razón que el titular de la marca tiene que ser muy cuidadoso y cauteloso en la protección de su marca y no correr el riesgo de perder sus ganancias, su reputación, ni su clientela.
A continuación, las recomendaciones para la protección de su marca, a la hora de la venta de sus productos en Internet:
La mayoría de las redes sociales y de los marketplaces ofrecen un sistema de denuncia de infracción marcaria, donde al demostrar la titularidad de la marca, proceden a eliminar el contenido fraudulento.
Siempre existe la posibilidad de enviar cartas de advertencia ante la detección de un uso no autorizado de la marca, la cual suele tener resultados positivos evitando tener que ejercer otras acciones legales, y en el peor de los casos, al menos es una herramienta útil para demostrar el dolo o la intención ante un eventual proceso judicial.
Para finalizar, es necesario mencionar que el titular de la marca o representante de la marca en cuestión ejercerá las acciones de defensa que considere adecuadas para su empresa, y es importante reconozcan la existencia de estas herramientas útiles para atacar la piratería online y dar la protección adecuada sus marcas, protegiendo de esta manera a sus activos intangibles.
La protección de los derechos de propiedad intelectual no es un trabajo de concientización exclusivo para las marcas, es importante que todos los campos de la sociedad se apoyen mutuamente en el cuidado y desarrollo de conciencia con respecto a la protección de los productos que adquiere el consumidor.
Ahora, en pro del desarrollo de las capacidades de investigación de las autoridades del Ecuador, Luzuriaga & Castro Abogados, intervino en el mes de octubre en la coordinación, participación, desarrollo y realización de varios talleres de capacitación dirigidos a distintas instituciones.
Es necesario recordar que, el objetivo de los talleres realizados es brindar herramientas teóricas y técnicas para los funcionarios y personal operativo en la defensa de los derechos de Propiedad Intelectual e identificación de mercadería presuntamente ilegal en el país.
A continuación, detallamos los distintos eventos en los que ha participado la firma:
La participación de Luzuriaga & Castro Abogados se llevó en dos rondas con respecto al foro internacional: "APLICACIÓN LEY PARA ERRADICAR EL COMERCIO ILÍCITO" donde participaron las siguientes instituciones invitadas: Ministerio de Gobierno, la Fiscalía General del Ecuador, ARCSA Ecuador, el Servicio Nacional de Aduanas del Ecuador SENAE, el Servicio Nacional de Derechos Intelectuales SENADI, la Policía del Ecuador, el Servicio Forense del Ecuador y la Intendencia de Policía Pichincha.
Además, es importante mencionar que, en cada una de ella se conectaron más de 300 funcionarios que buscaban herramientas para luchar contra el comercio ilegal, todo en pro de un Ecuador más Justo y Legal. La primera intervención de nuestra firma se llevó a cabo el martes 12 de octubre de 2021 y cubrió la temática de identificación de marcas.
La segunda intervención, fue de la mano de nuestro Socio Gonzalo Luzuriaga que habló con respecto a las nuevas normas legales de protección penal a los derechos de PI vigentes en nuestro país. Su enfoque se centró en las diferencias entre el marco normativo aprobado el 27 de agosto de 2021 de la Ley en contra del Comercio Ilícito y su versión anterior.
De igual forma, el jueves 14 de octubre de 2021 se llevó la presentación del departamento legal en el 1er Seminario de Litigación Oral en Procedimientos contra la Administración Aduanera, donde hablamos sobre el régimen aduanero de protección a los derechos de Propiedad Intelectual en Ecuador.
En este Seminario nuestros colaboradores participaron en el entrenamiento de autoridades, estas presentaciones incluyen ejemplos prácticos y visuales con respecto a las normas legales de protección penal de los derechos de PI vigentes en el Ecuador.
Para finalizar el miércoles 21 de octubre se llevó la primera Jornada del Taller de Propiedad Intelectual Edición 10 – XXI, donde se presentó Silvia Solis - Asesora Legal de Propiedad Intelectual de la Embajada de EEUU en Perú, y traro el alcance del Problema de la Falsificación en el Mundo. También se presentó el representante de la marca Epson, Francisco Rugel y presentó técnicas sobre identificación de productos falsificados con respecto a la marca.
En representación de las demás marcas se presentó el Staff de Luzuriaga& Castro Abogados, este taller se impartió al Servicio Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses, la Unidad de Delitos Aduaneros y Tributarios y el Servicio Nacional de Aduanas del Ecuador SENAE. Además, es necesario recordar que aún quedan por cumplir dos jornadas para culminar con el taller de Propiedad Intelectual de Octubre.
La falsificación puede verse como el acto de producir o vender productos que contienen una reproducción no autorizada de una marca registrada. Según los investigadores ven a la falsificación como aquella práctica ilegal de intentar engañar a los consumidores.
Tanto en países desarrollados como en vías de desarrollo el crecimiento de esta actividad se ha ido incrementando debido a las importantes ganancias que permite alcanzar y el bajo riesgo al que se exponen quienes se dedican a ello.
De igual forma los consumidores, muchas veces, no son conscientes de los riesgos que existen al darse la posibilidad de comprar o dar uso a los productos que no deberían estar en circulación.
En Ecuador, la lucha no se da solo contra la falsificación de productos, también se desarrolla en torno a la destrucción de productos falsificados donde los resultados a veces no son los esperados. Por eso, es necesario entender en qué consiste este proceso de destrucción y porqué para nuestro estudio jurídico es tan importante.
¿Qué ocurre con todos estos productos falsificados? ¿Qué se hace con ellos? La legislación nacional es muy clara en este aspecto: o se destruyen o se donan con fines benéficos.
La gran mayoría se destruye y para llevar a cabo este proceso se contacta con una empresa de gestión de residuos, que cuente con unas instalaciones especializadas, como una planta destructora, y que garantice la fiabilidad del proceso de destrucción del material falsificado.
Sin embargo, se hace hincapié en que este proceso se realice bajo los criterios de sostenibilidad, seguridad y confidencialidad. Teniendo en cuenta los criterios de asesoramiento medioambiental y cada vez se hace más evidente la necesidad de eliminar esos productos de manera segura y respetuosa con el medio ambiente.
Triturar en una misma máquina textil, papel y electrónica o medicamentos y luego enviarlo a un vertedero o a una incineradora no es la opción más beneficiosa para ello. Aunque bien es cierto que sí que es una manera muy llamativa de concienciar a la opinión pública de no comprar este tipo de productos.
Esta era la normativa legal para llevar a cabo la destrucción de productos falsificados en Ecuador antes de agosto 27 de 2021.
“Sin perjuicio de las demás acciones que correspondan al titular del derecho y a reserva del derecho del demandado a apelar ante una autoridad judicial, las autoridades competentes estarán facultadas para ordenar la destrucción o eliminación de las mercancías infractoras de conformidad con los principios establecidos en el artículo 46. En cuanto a las mercancías de marca de fábrica o de comercio falsificadas, las autoridades no permitirán, salvo en circunstancias excepcionales, que las mercancías infractoras se reexporten en el mismo estado ni las someterán a un procedimiento aduanero distinto.”
Artículo 241: “El demandante o denunciante podrá solicitar a la autoridad nacional competente que se ordenen, entre otras, una o más de las siguientes medidas:
a) el cese de los actos que constituyen la infracción;
b) la indemnización de daños y perjuicios;
c) el retiro de los circuitos comerciales de los productos resultantes de la infracción, incluyendo los envases, embalajes, etiquetas, material impreso o de publicidad u otros materiales, así como los materiales y medios que sirvieran predominantemente para cometer la infracción;
d) la prohibición de la importación o de la exportación de los productos, materiales o medios referidos en el literal anterior;
e) la adjudicación en propiedad de los productos, materiales o medios referidos en el literal c), en cuyo caso el valor de los bienes se imputará al importe de la indemnización de daños y perjuicios;
f) la adopción de las medidas necesarias para evitar la continuación o la repetición de la infracción, incluyendo la destrucción de los productos, materiales o medios referidos en el literal c) o el cierre temporal o definitivo del establecimiento del demandado o denunciado; o,
g) la publicación de la sentencia condenatoria y su notificación a las personas interesadas, a costa del infractor.
Tratándose de productos que ostenten una marca falsa, la supresión o remoción de la marca deberá acompañarse de acciones encaminadas a impedir que se introduzcan esos productos en el comercio. Asimismo, no se permitirá que esos productos sean reexportados en el mismo estado, ni que sean sometidos a un procedimiento aduanero diferente.
Quedarán exceptuados los casos debidamente calificados por la autoridad nacional competente, o los que cuenten con la autorización expresa del titular de la marca.”
Artículo 255: “A efectos de fundamentar sus reclamaciones, la autoridad nacional competente permitirá al titular de la marca participar en la inspección de las mercancías retenidas. Igual derecho corresponderá al importador o exportador de las mercancías.
Al realizar la inspección, la autoridad nacional competente dispondrá lo necesario para proteger la información confidencial, en lo que fuese pertinente.”
Además, es necesario tomar en cuenta las Sentencias de la Corte constitucional N°061-12 SEP-CC y la N°100-12 SEP-CC, donde se determinó el destino que deben seguir los productos falsificados dentro de un proceso penal en Ecuador. (Se integrarán los links a las sentencias.)
Ahora, tras las reformas de agosto 27 de 2021, publicadas en el Registro Oficial 525, Quinto Suplemento, en la normativa legal con respecto a la destrucción de productos falsificado en Ecuador se establece lo siguiente:
“Art. 208 C.-Disposiciones relativas a los actos lesivos a la propiedad intelectual y derechos de autor. Para la denuncia, investigación, juzgamiento y aplicación de penas por los delitos de actos lesivos a la propiedad intelectual y de actos lesivos a derechos de autor, se considerarán las siguientes reglas:
1. Para determinar que estos actos se cometen a escala comercial deberá considerarse la magnitud, valor económico y cantidad de la mercadería o servicio, así como el impacto que puede tener en el mercado en que se comercializa. Las autoridades competentes solo están en obligación de denunciar los hechos cuando luego de estas consideraciones tengan la convicción de que se trata de actos a escala comercial. Cuando se trate de mercadería importada o exportada se considerará que los actos se realizan a escala comercial cuando la mercadería esté valorada en más de cincuenta salarios básicos unificados del trabajador en general. Para dicha valoración la mercadería cuestionada será valorada como si se tratase del producto original protegido por derechos intelectuales o derechos de autor.
2. Para la imposición de las penas, se tomará en consideración el monto del perjuicio ocasionado y, según corresponda, la cantidad y valor de productos comisados, al igual que el valor de los productos o servicios que hayan sido comercializados.
3. Cuando una persona jurídica sea la responsable, se la sancionará con el comiso de los bienes infractores, al igual que con la multa respectiva, independientemente de la responsabilidad penal de las personas naturales que intervengan en la comisión del delito. Además, se sancionará a las personas jurídicas con una o varias de las penas específicas aplicable a las mismas, previstas en este Código, conforme la gravedad del delito.
4. De determinarse la responsabilidad de la persona natural o jurídica el tribunal o juez de garantías penales correspondiente ordenará la adjudicación gratuita o destrucción de los bienes infractores. Esta orden estará sustentada en un informe pericial que permita determinar su ilicitud; así como, en la o las pruebas que existan en el proceso y que sean expuestos en la etapa correspondiente. La valoración de ésta y demás pruebas seguirá las reglas generales establecidas en este Código. Si el agente fiscal no llegare a imputar el delito investigado a una persona natural o jurídica determinada dentro de la fase de investigación previa, en el requerimiento de archivo solicitará al juez competente la orden de adjudicación gratuita o destrucción de los objetos investigados, petición que se fundamentará en el informe pericial de peritos acreditados ante el Consejo de la Judicatura, y demás indicios relevantes. El juez correrá traslado de la petición al titular de los objetos por el término de cinco días, luego de lo cual acogerá o rechazará motivadamente la solicitud fiscal.
5. Los costos que se generen en razón de la destrucción de una mercancía corresponderán a la persona que comete el delito. Cuando no se lograra determinar la responsabilidad penal de persona alguna, los costos corresponderán al titular de la mercancía, quien podrá repetir contra el responsable de ser el caso. En todos los casos en los que la mercancía objeto de incautación pueda ser destinada a cubrir una necesidad social por parte del Estado, se privilegiará la conservación de la mercancía, destruyendo o inutilizando los aspectos de la misma que violenten o transgredan la propiedad intelectual, siempre y cuando esta acción no perjudique la naturaleza o la funcionalidad de la mercancía. Los titulares de los derechos serán veedores de estos procesos y colaborarán con la gestión correspondiente.
6. Son circunstancias agravantes, además de las previstas en este Código: a) Haber recibido apercibimiento de la infracción; b) Que los objetos materia de la infracción provoquen daños a la salud; y, c) Que las infracciones se cometan respecto de obras inéditas.
7. En esta clase de delitos cabe la conciliación en los términos establecidos por este Código aún si el monto de la infracción supera los treinta salarios básicos unificados del trabajador en general.”
Para conseguir una destrucción respetuosa con el medio ambiente lo más conveniente es dejar esos productos falsificados en manos de empresas de gestión de residuos para que reciclen y recuperen estos productos, separen los residuos peligrosos de los no peligrosos y cada uno reciba el tratamiento correcto.
Un proceso adecuado se basa en que todos los productos pasen por la planta de valorización para separar lo que puede reciclarse y lo que no, así como los residuos peligrosos de los que no. Una vez realizada esta criba, los desechos reciclables se clasifican según su proceso de reciclaje. Después se empaquetan y se transportan al centro gestor de valorización para su reciclaje. Por su parte los que no se pueden reciclar se utilizan como combustible. Respecto a los residuos peligrosos, su gestión se hace bajo unos altos criterios de seguridad y siguiendo un tratamiento muy exigente.
La alternativa de ofrecer una segunda vida a estos productos falsificados se está extendiendo por muchos países. Así se consigue minimizar los efectos medioambientales que la eliminación de dichos productos supone.
Nuestro estudio jurídico ha intervenido en las primeras Sentencias de la Corte Constitucional donde se determinó el destino que deben seguir los productos falsificados dentro de un proceso penal en Ecuador.
De igual forma, a lo largo de los años trabajamos para que se cumpla la destrucción de productos falsificados y piratas que afectan al consumidor, logrando una variedad de casos relevantes, entre ellos, uno de los más importantes es la destrucción de un cargamento de motos falsificadas.
En la actualidad y con la inclusión del Artículo 208C en el COIP, Luzuriaga & Castro Abogados ha visto un gran aumento en los casos de incautación de productos falsificados, y por consiguiente un aumento considerable en la destrucción de los mismos.
El pasado jueves 16 de septiembre, Luzuriaga & Castro Abogados, fuimos invitados por la Dirección Nacional de Atención Integral en Salud de la Policía Nacional del Ecuador para participar en la casa abierta desarrollada por el Día Mundial de la Seguridad del Paciente en las instalaciones del Hospital Quito No. 1 de la Policía Nacional, con la presencia de un stand donde expusimos temas relacionados a la Seguridad del Paciente.
En este evento se presentaron varios stands donde se dieron a conocer varios servicios que presta la casa de salud a la ciudadanía, con el objetivo de dar énfasis a la bioseguridad del paciente, así mismo, se coordina de manera constante con el Ministerio de Salud junto al apoyo de empresas privadas y de esta manera brindar atención de calidad al servidor policial.
Esta feria representó una oportunidad para desarrollar y demostrar la importancia de brindar a los pacientes, médicos, policías y consumidores en general, medicamentos originales y exponer las consecuencias a la salud que puede producir el utilizar productos falsificados. Así mismo, en esta casa abierta, desde nuestro stand, buscamos promulgar una cultura que proteja los derechos de Propiedad Intelectual en la sociedad.
Nuestro stand presentó marcas como Johnson & Johnson, Merck y Procter & Gamble con exposiciones referentes a la identificación de productos falsificados. Por parte de la Marca Johnson & Johnson, Regina Zamith, mencionó la importancia de este tipo de eventos y el gran valor que tienen para una marca el vincularse directamente tanto con autoridades como con usuarios consumidores de sus productos.
Por parte del staff de Luzuriaga & Castro Abogados, de la mano de Sindy Castillo, se presentó la identificación de productos originales de las marcas Merck y Procter & Gamble, así como una visión legal y una mención a las nuevas reformas de ley, por parte de nuestros abogados María Paula Salgado y Álvaro Murillo.
Sí deseas ver más de nuestra participación en este evento puedes revisar nuestro repositorio de Capacitaciones o este video a continuación
Con la llegada de las reformas publicadas en el Registro Oficial 525, el 27 de agosto de 2021, en el Quinto Suplemento, se presentan los artículos 208 A, B y C del Código Penal del Ecuador, los cuales buscan establecer un marco normativo óptimo para la protección penal a los derechos de Propiedad Intelectual en el territorio.
Por un lado, los artículos 208A y 208B buscan tipificar las conductas infractoras a derechos de patentes, marcas, derechos de autor, modelos industriales, obtenciones vegetales y esquemas de trazado, por su parte el artículo 208C establece disposiciones particulares y necesarias, relacionadas a procedimientos de protección a derechos de PI
Estos tipos penales, verbos rectores y conductas punibles, como ya se mencionó, abarcan derechos que no contaban con protección en la anterior versión de la ley. Es así que, este nuevo marco normativo brinda seguridad jurídica a inversionistas y propietarios de marcas como lo veremos a continuación.
A través de la operación impacto 678 la Unidad Nacional de Delitos Aduaneros de la Policía Nacional decomisó más de 600 mil dólares en tintas de impresora que se fabricaban de forma clandestina en el centro-norte de Quito.
Detrás de la fachada de un local de copias y venta de tintas se camufló un negocio de sellos y tintas adulterados. Esta acción permitió que, las tintas con un valor de 1 dólar, por su calidad, manufactura artesanal y falta de estándares de calidad, sean vendidas en 10 dólares, generando un sobreprecio del 1000% por su valor total.
La competencia desleal mostrada por los perpetradores no solo llegaría a perjudicar a los usuarios ecuatorianos, dichos productos falsificados y con una calidad pésima cruzaron la frontera en dirección a los mercados de los países hermanos Colombia y Perú.
Estas acciones, investigadas por nuestro Estudio Jurídico en conjunto con la policía, determinaron que, dicho negocio no solo lucraba bajo el nombre de las marcas que representamos, sino que, la oferta de un producto de tan bajo nivel afecta directamente a los clientes y a su confianza en la imagen de la marca suplantada.
Por otro lado, también se encuentran las reformas del Quinto Suplemento, a los artículos 575 al 583 del Código INGENIOS, en el Ecuador, establecen un importante sistema de protección a los derechos de Propiedad Intelectual en Aduanas.
Con este nuevo marco normativo, el país volvió a implementar un sistema internacionalmente probado y que brinda una protección real a los derechos de Propiedad Intelectual en Aduanas. A pesar de que el procedimiento presenta desafíos tanto para las autoridades como para los titulares de los derechos, quienes deben perfeccionar sus estrategias para cumplir los plazos establecidos en la ley.
En este tipo de procedimiento, se busca la colaboración de los titulares de marca con las autoridades correspondientes como se demostrará a continuación.
Un ejemplo del trabajo en conjunto permitió que cerca de 17.500 pares de zapatos y 3.000 carteras falsificados sean incautados. Esta mercancía fue hallada dentro de un contenedor que ingresó a un puerto privado, en el sur de Guayaquil.
El cargamento está valorado en más de 480 mil dólares. Según Marlon Rodríguez, jefe de la Unidad de Investigación de Delitos Aduaneros, dicha mercancía no fue declarada por su propietario, además menciona que, pueden existir funcionarios del servicio Nacional de Aduana que conocen sobre el delito, sin embargo, no alertan sobre estas irregularidades.
El contenedor fue importado desde China, en Asia. Su propietario, también de esa nacionalidad, es ahora investigado por las autoridades porque en su declaración de impuestos, no justificó este cargamento, que iba a comercializarse en Guayaquil.
La combinación de la acción por parte de las autoridades, los esfuerzos de los titulares para proteger sus marcas y las leyes adecuadas, permiten día a día que el país se vuelva mucho más atractivo a la hora de introducir marcas mucho más competitivas, ya que, como se evidencia, todas las partes están realizando un gran esfuerzo por crear un mercado ecuatoriano sin presencia de competencia desleal.
Nos encontramos en agosto del 2021 y con el 24,5% de la población mundial vacunada, el cierre de locales comerciales, restricciones vehiculares, limitaciones en el aforo, entre otras medidas adoptadas para frenar el coronavirus parecen no ceder al menos por los próximos meses del año. Esta problemática ha dado paso a la transformación del comportamiento del consumidor, volviéndolo ahorrativo, digital, consciente, pero sobre todo más impredecible y cauteloso a la hora de elegir qué comprar y cómo hacerlo.
Son tiempos difíciles para las marcas y el mercado global, sin embargo, esta época es el catalizador de una nueva y necesaria creatividad comercial que genera un nuevo panorama para la mercadotecnia. Te presentamos algunas estrategias para que apoyes a tu marca con el marketing post-pandemia.
Con la crisis, los costos de no volverse digital han superado en gran medida los riesgos. Los países y ciudades rezagados se han dado cuenta de la necesidad de impulsar su resiliencia digital y acelerar su transformación digital.
El mercado digital ganó una gran parte de consumidores que antes preferían ir a tiendas físicas, esta pandemia logró que los sitios en internet como anuncios, blog, contenido y demás ahora sean los nuevos escaparates para los productos.
Solo en marzo de 2021 hubo un incremento del 40% de nuevos compradores en línea de productos de abarrotes. Esto está logrando que el pronóstico de la digitalización que estaba proyectado a 3 o 4 años esté sucediendo en la actualidad.
DIY es la abreviación de la expresión en inglés “Do It Yourself” que se traduce como “hazlo tú mismo” y, básicamente, como el nombre lo indica, se refiere a hacer cosas con nuestras propias manos, ayudándonos de algunas herramientas.
El COVID-19 ha obligado a mantener a miles de personas dentro de sus casas, logrando que incursionen en nuevas actividades y obtengan nuevos conocimientos como aprender a cocinar o teñirse el cabello.
Es así como, la facilidad y adaptabilidad de los productos o kits para la autosuficiencia les está haciendo ganar terreno en el mercado, habilidades que seguirán después de este confinamiento.
Los tintes para cabello tuvieron un incremento del 20% en marzo del 2021 y las páginas web que realizan contenido de cocina han incrementado considerablemente su tráfico.
Muchas empresas, cuyo contenido de promoción se centra en el digital, han optado por ayudar a las personas abriendo opciones premium y brindando pruebas gratuitas con mayor duración logrando que el tráfico en sus webs y RRSS aumenten, convirtiendo así a varios usuarios en potenciales clientes.
Las personas que buscan nuevos productos y servicios digitales, se dirigen a este tipo de ofertas para explorar la versión de paga y pensar que beneficio le puede entregar el aumento en el porcentaje de compra con respecto a la marca.
Por ejemplo, Neil Patel ha logrado incrementar sus suscripciones ya que al abrir opciones premium ocasionó que su mercado aceptará los productos digitales que él vende.
La pregunta ya no es cómo se puede vender, sino cómo se puede ayudar. Las empresas ya no deben esperar a las siguientes crisis para mostrar su lado solidario. Es hora de tener planes de contribución continua a la sociedad.
Pocos saben que el Cirque du Soleil se construyó a base de artistas callejeros. Esta idea, más que ahorrar dinero, se convirtió en su ventaja competitiva más importante.
Las marcas deberán estar listas para hacer hunting, pues habrá muchos creativos en búsqueda de oportunidades y las marcas con visión estarán listas para reclutarlos.
Como referencia, se esperan más de 14 millones de desempleados en América Latina y el Caribe durante el año 2021.
Ahora los clientes estarán dispuestos a reemplazar a sus marcas favoritas si la competencia ofrece un valor agregado en sus productos o servicios. El valor lo pueden percibir a través de calidad, precios y funcionalidad. Es hora de crear nuevas ventajas competitivas que permitan que la marca sea diferente y la mejor opción a la hora de elegir.
Según Forbes el porcentaje de emprendedores que están realizando cambios en su modelo de negocio asciende a 88%. Solo el 12% de los encuestados no está haciendo ninguna modificación. La ventaja de ser emprendedor y no una empresa grande es tener la flexibilidad con la que un corporativo no cuenta.
Las marcas tendrán que pelear por su mercado y una de las mejores formas será diferenciarse al máximo. Según Forbes, el 77% de las empresas podría dejar de operar en menos de dos meses.
Durante la cuarentena surgieron nuevas comunidades y las existentes tomaron fuerza. Las marcas deberán saber cómo mantener a sus comunidades con estrategias sociales y de alto valor. Las marcas que se enfoquen en rescatar a su comunidad crecerán 30% más según Forbes.
Nuevas plataformas estarán presentes en el día a día y se presenta el momento de utilizarlas a favor de la marca. TikTok es un nuevo jugador que promete desbancar a los titulares del partido. Con 65 millones de descargas en el mundo, según el sitio especializado SensorTower, la aplicación que contaba con 800 millones de usuarios, según DataReportal, se acerca a los mil millones, aunque el sitio en sí no proporciona cifras.
Es necesario mencionar que, dependerá del tipo de red a la que apuntan los consumidores o clientes de la marca, es de suma importancia tener claro el usuario al que apunta tu producto y por consiguiente el crecimiento en una red por parte de tu marca.
En la cuarentena surgieron muchas caras nuevas y esto ayuda a empujar las marcas que representan. Las empresas que no hagan branding social quedarán atrás.
Es hora de dar a conocer a los fundadores, a los creativos y a todo el equipo de trabajo. Se debe humanizar porque las personas conectan con personas, no con un producto.
Por lo pronto parece que los influencers se han propuesto afrontar de la mejor forma posible la situación. Viktoria Renner, CEO de la agencia Ozmoze, está convencida de que la pandemia es, de hecho, un poderoso acicate para la creatividad y para una mayor interacción entre influencers y followers.
Promocionar productos y servicios en redes sociales será cada vez más caro. La alta demanda de la marca va a generar que el costo aumente y sea menos accesible para todos. Pero hay una solución.
Las empresas que no tengan recursos para invertir en anuncios, tendrán que sorprender al mundo con contenido de valor y viralidad para generar impacto en redes sociales.
Según Socialbakers en Forbes, las marcas están ralentizando su inversión en publicidad y se encuentran en búsqueda de alternativas menos costosas para atraer a su público. Eso significa un gran impulso para estrategias orgánicas.
Por cada dólar que se remueva del presupuesto de marketing, se deberá de invertir 2 minutos más de tiempo para generar ideas creativas.
Ante esta situación, la respuesta necesaria es un plan creativo e innovador que sepa aprovecharse de las tendencias y que, sin embargo, tome en cuenta las crisis que pueden generar a una propuesta errónea de campaña.
Si bien la mayoría de las marcas, en la actualidad, comprende el interés que reviste el uso de las marcas para diferenciar sus productos de los de sus competidores, no todas son conscientes de lo importante que es protegerlas a través del registro. Habida cuenta de la influencia que puede tener una marca para determinar el éxito de un producto en el mercado on-line, es esencial que se le dé una protección adecuada.
En Ecuador, la marca se protege registrándose ante el Servicio Nacional de Derechos Intelectuales - SENADI. La importancia del registro de una marca es que a partir de ese momento nace la protección de la misma a través de acciones civiles y penales para el caso de que terceros infrinjan el uso de la misma.
El registro de una marca otorga a la empresa el derecho exclusivo a impedir que terceros comercialicen productos idénticos o similares con la misma marca o utilizando una marca tan similar que pueda crear confusión, en términos similares a las patentes.
Toda infracción en el ámbito de las marcas puede hacerse valer ante los tribunales, que en la mayoría de los sistemas judiciales tienen la facultad de imponer medidas para impedir este tipo de infracciones tanto en el on- line como en el off-line.
El escudo del Capitán América, el Hombre Araña o las orejas del ratón Mickey Mouse están en camisetas, zapatos deportivos o calentadores. Logos de estos y otros personajes o marcas se observan en buena parte de la mercadería que se expende en locales comerciales de zonas como El Tejar y La Marín, en el centro de la capital, y en su mayoría tienen un grabe problema de propiedad intelectual en Ecuador.
El uso de una marca sin la autorización del propietario en el país puede acarrear multas e incluso procesos civiles y penales, pero los comerciantes de productos lo desconocen.
Manuel Lazo es un pequeño distribuidor de calentadores. Abrió su local hace más de cinco años. El negociante adquiere la mercadería en una empresa textil de Ambato. Vende chaquetas con estampados de Adidas, Under Armour o con personajes de series infantiles.
Lazo no sabía que las prendas cuentan con licencia para comercializar las marcas. “Los distribuidores sí deben tener permisos, pues en cada una de las prendas colocan etiquetas con la marca del producto”.
Otros distribuidores comentan que prefieren traer mercadería de Pelileo, Colombia, Perú o comprarla en las ferias que se llevan a cabo los domingos en el sector de El Tejar.
El Código Ingenios establece que las multas por el uso sin autorización de una marca van desde USD 500 hasta 50 000.
El Servicio Nacional de Derechos Intelectuales (Senadi, antes IEPI) puede ordenar medidas cautelares como prohibición del uso de la marca o de la comercialización de productos en los casos en los que se violen los derechos de propiedad intelectual.
“Las marcas son signos que identifican productos o servicios. Para poder adquirir el derecho sobre una marca, un signo, es necesario que se haga un registro. Si no se registra, no existe”, explica Santiago Cevallos, director de la entidad.
El organismo también aborda los temas relacionados con patentes, derechos de autor (música, libros, software), obtenciones vegetales y frutos y conocimiento ancestral.
El Senadi recibió el año pasado 700 denuncias sobre propiedad intelectual en Ecuador, incluido el tema de marcas.
Los afectados también pueden reclamar daños y perjuicios por la vía civil o penal.
Grupo Mantra, licenciante de 58 marcas como Disney, Star Wars, Marvel y Los Simpsons para Ecuador, Bolivia y Venezuela, firmó un convenio para formalizar estos negocios a través de una licencia.
Los principales problemas que enfrentan los pequeños negocios son la falta de recursos para adquirir las licencias o de capacitación. “Muchas veces el irrespeto al uso de los derechos de propiedad intelectual no es intencionado, sino por desconocimiento de la necesidad de una autorización de uso o del registro de una marca para adquirir el derecho”, explicó el director del Senadi.
De hecho, Grupo Mantra envió en el último año cartas a 52 empresas o negocios que estaban violando los derechos de propiedad intelectual en ecuador. De ellas, el 85% manifestó desconocer el tema y estaba dispuesto a formalizarse.
El proyecto está compuesto por tres modelos de franquicias destinados a micro, pequeñas y medianas empresas.
El primero es la industrial, para que puedan generar productos de forma legal, de manera que puedan pasar las auditorías de las licencias de las marcas. “Se verifican procesos de calidad, materiales, seguridad industrial y derechos laborales”, explicó Cevallos. La iniciativa iniciará con 10 firmas, que ya están en el programa.
La segunda es la franquicia comercial, que permite ser un canal autorizado para venta de productos con licencia. Este programa arrancará con 20.
A futuro se prevé desarrollar una franquicia juvenil (para menores de 30 años). Se otorga de forma individual para comercializar la marca.
En el acuerdo también participa Banco del Pacífico, que facilitará financiamiento, por ejemplo, de hasta USD 6 000 para la franquicia comercial. En América Latina las licencias deportivas, de entretenimiento, de arte y otras mueven unos USD 11 800 millones. Ecuador representa apenas el 0,3% de ese monto. Más del 80% de la facturación total en la región corresponde a Disney, según Grupo Mantra.
Fuente: Diario El Comercio
La nación Tsáchila es uno de los tantos pueblos indígenas que le dan a Ecuador el carácter de plurinacional e intercultural. Pero no es uno más, porque con apenas 3.000 habitantes (2010) este pueblo es depositario de un saber acumulado milenariamente que hoy está protegido mediante el reconocimiento de sus derechos intelectuales.
Para lograrlo, el pueblo tsáchila se acogió al proceso de depósito voluntario de sus conocimientos ante el Servicio Nacional de Derechos Intelectuales (SENADI), contemplado en el art. 523 del Código de la Economía Social del Conocimiento, Creatividad e Innovación (2016). Su objetivo es impedir apropiaciones ilegítimas de los conocimientos de etnias, pueblos y nacionalidades. También servirá como medio de verificación para reconocer los derechos intelectuales colectivos sobre saberes tradicionales, por si alguien intenta infringirlos.
Pero antes, la decisión debió pasar por el Consejo de Ancianos, el máximo órgano encargado de regular la suerte de las prácticas que comprometen a los conocimientos ancestrales. Desde allí se propuso empezar con los rituales, la cosmovisión, los vegetales y la vestimenta tradicional.
El registro comenzó en enero de este año y en el proceso de recolección de información participaron varios personajes emblemáticos de la comunidad, la mayoría ancianos. Se han registrado 490 plantas medicinales y el pueblo tsáchila cuenta con los respectivos certificados de depósito.
Tras el registro, el Servicio Nacional de Derechos Intelectuales trabaja en los protocolos biocomunitarios para potenciar estos recursos ante empresas que quieran invertir en posibles patentes.
Fernando Nogales, experto en conocimientos tradicionales del SENADI, reconoce la importancia de esta construcción colectiva de la población tsáchila, tanto para la propia comunidad como para el país. Incluso -destaca- para que el mundo conozca el origen de esta riqueza.
Ciertamente, no se trata solamente de constatar el origen: “Una vez que los conocimientos son depositados en el SENADI, pasan a la base de datos, es decir que si las compañías farmacéuticas quieren patentar algún medicamento tienen que venir a la comuna a pedir consentimiento para poder realizarlo”, señaló Nogales. Y agregó que con el consentimiento llegarán beneficios, sean económicos o no.
Para Flavio Calazacón, presidente de la comuna El Poste, esta labor recién empieza: a futuro se espera la protección de "rituales de petrificación", energéticos e incluso de sanación; también bebidas como la Ayahuasca; expresiones como la danza; y festividades como el Kasama. “Los depósitos no están terminados, pero sí hemos avanzado, hemos ganado experiencia”, afirmó.
Son experiencias que suman y se nota: la Unidad de Conocimiento Tradicional del Servicio de Derechos Intelectuales informa que se han depositado 150 conocimientos tradicionales a escala nacional desde que rige la normativa. Son conocimientos originarios de los pueblos Sarayaku, Cofán, Kayambi y Tsáchila. La Unidad espera contar con una base de datos de 200 registros de las tradiciones hasta finalizar este año.
Desde el 14 de noviembre la nacionalidad Tsáchila ya cuenta con las certificaciones de los depósitos, son 44 y los recibió la gobernadora tsáchila, Diana Aguavil, en la comuna El Poste.
Son los 44 certificados de depósitos de conocimientos tradicionales que entregó SENADI en 2018... durante todo el año anterior fueron sólo nueve.
Fuente: Diario la hora
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Diario El Comercio
En el marco de la Asamblea General No. 58 de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual-OMPI, Francis Gurry, Director General de este organismo, se reunió con el Mgs. Santiago Cevallos, Director General del Servicio Nacional de Derechos Intelectuales-SENADI, para suscribir un Memorando de Entendimiento para la implementación de un Centro de Mediación para temas de propiedad intelectual en Ecuador.
Este centro tendrá como objetivo la solución inmediata de los conflictos, evitando el alargamiento de los procesos judiciales con sus altos costos, que en ocasiones llevan años sin poder resolverse. Con este espacio se agilita el proceso en una o tres sesiones como máximo y un acuerdo que beneficie a las partes.
La mediación es un procedimiento voluntario y confidencial, en el que los implicados deciden sobre su conflicto con base en sus intereses, es decir, las partes concurren libremente.
No existe obligación de permanecer en la etapa de mediación, y cualquiera de las partes puede dejarlo en el instante que consideren pertinente, también puede solicitarse en cualquier etapa de un juicio, siempre y cuando no exista aún la sentencia de un juez.
Para que esta suscripción se pueda llevar a cabo la OMPI se comprometió en brindar capacitación a los mediadores sobre propiedad intelectual en Ecuador que formarán parte de este centro; que se espera sea de gran utilidad para quienes busquen utilizar una forma alternativa en la resolución de conflictos.
La firma de este memorando entre el órgano máximo de la propiedad intelectual en el mundo y el SENADI, se logró a partir de la realización de negociaciones conjuntas que duraron cerca de 60 días, y que hoy pueden plasmarse en la realidad.
Fuente: SENADI
A inicios de este año el ministro de Producción, Comercio Exterior, Inversiones y Pesca, Pablo Campana, anunció seis marcas registradas en Ecuador, sectoriales que auparían a los principales productos nacionales de exportación: cacao, banano, camarón, pescado, flores y sombreros de paja toquilla.
De esas solo dos se lanzaron: Cacao Ecuador Premiun & Sustainable en agosto y Banano Ecuador Premium & Sustainable en octubre.
La coordinadora de Marcas y Denominaciones de Origen del Ministerio, Claudia Ugarte, señala que el resto de marcas registradas en Ecuador: camarón, flores, pesca y sombreros, serán presentados el próximo año y adelanta que se está iniciando el proceso para la madera, café, tagua y Superfoods del Ecuador, de este último el sello ya está listo.
Se seleccionaron los sectores de cacao, atún, banano, flores y camarón, porque representan 75% de las exportaciones no petroleras y mineras del país. Y el sombrero de paja toquilla por haber sido declarado por la Unesco patrimonio inmaterial cultural de la humanidad.
Campana dice que la marca es parte de la estrategia de refrescar la imagen del país en el exterior. Para que los productos sean reconocidos por la certificación de buenas prácticas de manufactura, trazabilidad, de respeto al ambiente y la legislación laboral, como la no contratación de menores. “Aspiramos a que cuando exportemos con esta marca nuestros productos sean reconocidos con un mayor precio, lo cual significa más ingresos para Ecuador”.
El cacao ya exporta bajo su marca. La Asociación Nacional de Exportadores de Cacao (Anecacao) reporta que desde agosto hasta noviembre, diez empresas han exportado unas 27.504 toneladas con ese sello.
La marca sectorial es un proceso largo en el que le entregamos a los compradores esta ventaja de mercado. Poco a poco se va introduciendo”, Francisco Miranda, presidente de Anecacao
El presidente de Anecacao, Francisco Miranda, reconoce que falta un poco de campaña de marketing para mostrar las ventajas al consumidor y poder diferenciar el producto.
Ugarte explica que cada empresa maneja un presupuesto y plan de inventario en compras de empaques, envases y etiquetas. “El cronograma para que el producto que se exporta salga con la marca, en un proceso de implementación, que va a variar de acuerdo a la empresa”.
El presidente de la Asociación de Exportadores de Banano, Eduardo Ledesma, indica que aún no se exporta banano con la marca sectorial y que el proceso podría tomar entre tres y seis meses: “Con la marca origen país no creo (que) hayan salido al exterior todavía, porque el proceso no se termina, son procesos largos, que hay que establecer la gobernanza, quién va a hacer la supervisión, eso está en proceso”.
Este año, agrega, las exportaciones de la fruta superarían los 330 millones de cajas, entre 3% y 5% más que en el 2017.
Ugarte explica que los productos deben pertenecer a un sector exportador maduro, con alto nivel de asociatividad y representatividad; tener una estrategia para posicionarlo internacionalmente, ser competitivos, generar divisas y empleo e inclusión de los pequeños, medianos y grandes actores dentro de toda la cadena de valores.
Como expectativa para el próximo año, Ugarte indica que se proyecta lanzar las marcas registradas en Ecuador, en el marco de los eventos sectoriales internacionales más importantes del mundo.
Añade que la marca Cacao Ecuador Premium & Sustainable busca implementar en conjunto con el gremio exportador, una campaña para que marcas globales de chocolatería fina, desarrollen sus productos a base del cacao ecuatoriano certificado y los presenten en los principales supermercados, casas y tiendas especializadas de chocolates finos de Europa y de Estados Unidos. (I)
En la región hay casos similares de marcas sectoriales, por ejemplo, en Chile existe experiencia con las marcas: Chile Olive Oil, Salmón de Chile, Wine of Chile. TexModa en Brasil, Alpaca en Perú, Logística en Uruguay, Carne de Argentina, entre otros.
FUENTE: Diario El Universo