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Para proteger los diseños artesanales indígenas cuando se comercializan en ferias internacionales, es indispensable combinar derechos colectivos, herramientas de propiedad intelectual y respaldo institucional tanto a nivel nacional como internacional. En Ecuador, la protección comienza con el reconocimiento legal de que estos diseños pertenecen colectivamente a las comunidades indígenas, y se fortalece mediante registros ante el Estado, certificaciones de origen y, cuando corresponde, registros internacionales que eviten la apropiación indebida en otros países.

Protección legal en Ecuador: el primer paso obligatorio

La Constitución ecuatoriana reconoce los derechos colectivos de los pueblos y nacionalidades indígenas sobre sus conocimientos tradicionales y expresiones culturales. Este principio se operacionaliza a través del Servicio Nacional de Derechos Intelectuales (SENADI), que permite dejar constancia legal de la titularidad comunitaria de los diseños.

Dependiendo de la naturaleza del diseño, existen dos vías principales:

  1. Registro como diseño industrial, cuando el diseño cumple requisitos de novedad y aplicación industrial. Este registro otorga un derecho exclusivo por diez años en Ecuador.
  2. Depósito de conocimientos o expresiones culturales tradicionales, cuando el diseño forma parte de una tradición ancestral transmitida colectivamente. Este mecanismo no privatiza la cultura, pero prueba legalmente su pertenencia comunitaria, impidiendo registros de mala fe por terceros.

Ambas opciones permiten demostrar que el diseño no es de dominio público ni de autor individual externo.

Certificación de origen y respaldo cultural

Además del registro ante SENADI, es clave contar con certificaciones de autenticidad y origen. Estas pueden provenir de:

Estas certificaciones son altamente valoradas en ferias internacionales, ya que acreditan trazabilidad cultural, autenticidad y legitimidad del producto frente a compradores, organizadores y autoridades aduaneras.

Protección internacional: evitar copias en el extranjero

Cuando los productos se exhiben o comercializan fuera del país, la protección nacional ya no es suficiente. Para diseños industriales, el Sistema de La Haya, administrado por la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI). Este sistema permite proteger un diseño en múltiples países mediante una sola solicitud internacional.

El registro internacional impide legalmente que terceros fabriquen o comercialicen copias del diseño en los países designados. Es una herramienta especialmente útil para ferias en Europa, Estados Unidos o Canadá, donde el riesgo de apropiación es mayor.

De forma complementaria, también es recomendable registrar una marca colectiva o un signo distintivo de la comunidad, para proteger el nombre bajo el cual se comercializan las artesanías.

Protocolos comunitarios: la base ética y jurídica

Antes de cualquier explotación comercial internacional, la comunidad debe definir reglas internas claras sobre el uso del diseño. Esto se logra mediante un protocolo comunitario de acceso y distribución de beneficios, donde se establecen condiciones de uso, autorizaciones y mecanismos de reparto económico.

Estos protocolos, aunque no siempre obligatorios por ley, refuerzan la posición jurídica de la comunidad y son coherentes con estándares internacionales de protección cultural promovidos por organismos como la OMPI y la UNESCO.

La protección de los diseños artesanales indígenas no depende de una sola herramienta, sino de una estrategia integral: registro ante SENADI, certificación cultural, protección internacional y organización comunitaria. Aplicadas correctamente, estas medidas permiten que las comunidades participen en ferias internacionales con mayor seguridad jurídica, eviten la reproducción y aseguren que los beneficios económicos respeten su identidad cultural y sus derechos colectivos.

Bibliografía

En Ecuador, los conocimientos tradicionales de los pueblos y nacionalidades indígenas se protegen mediante un sistema jurídico que combina registro preventivoconsentimiento libre, previo e informadodistribución justa de beneficios defensa colectiva, con respaldo constitucional y administrativo. El eje institucional de esta protección es el Servicio Nacional de Derechos Intelectuales (SENADI), junto con lo dispuesto en el Código Orgánico de la Economía Social de los Conocimientos, Creatividad e Innovación (Código Ingenios) y la Constitución de la República.

Registro preventivo de conocimientos tradicionales ante el SENADI

Una de las principales herramientas de protección es el depósito voluntario de conocimientos tradicionales administrado por el SENADI, autoridad nacional en materia de propiedad intelectual.
Este mecanismo permite a las comunidades documentar oficialmente su conocimiento ancestral (por ejemplo, usos medicinales de plantas, técnicas artesanales, expresiones culturales o prácticas productivas), dejando constancia de su existencia previa y titularidad colectiva, lo que impide su apropiación indebida por terceros.

El registro puede mantenerse confidencial, a solicitud de la comunidad, cuando se trata de conocimientos sensibles o de uso ritual. El depósito es gratuito y tiene valor probatorio frente a intentos posteriores de patentamiento o explotación no autorizada.

Consentimiento libre, previo e informado y reparto de beneficios

El Código Ingenios establece de forma expresa que ninguna persona natural o jurídica puede acceder, usar o explotar conocimientos tradicionales sin el consentimiento libre, previo e informado de sus legítimos poseedores. Este consentimiento debe formalizarse mediante un acuerdo escrito, que incluya condiciones claras de uso y un reparto justo y equitativo de los beneficios derivados de su explotación comercial.

Este régimen busca prevenir la biopiratería y asegurar que las comunidades participen activamente en los beneficios económicos generados a partir de su saber ancestral.

Protección constitucional y defensa colectiva

La Constitución de la República del Ecuador (2008) reconoce los conocimientos tradicionales como parte del patrimonio cultural colectivo e indivisible, y prohíbe expresamente cualquier forma de apropiación privada sobre ellos. Además, garantiza a las comunidades el derecho a conservar, desarrollar y proteger su conocimiento ancestral.

Este marco constitucional permite que las comunidades, a través de sus organizaciones representativas (como federaciones u organizaciones nacionales), ejerzan una defensa colectiva, incluyendo oposiciones administrativas, acciones judiciales o denuncias públicas frente a usos no autorizados.

Sanciones frente al uso no autorizado

El uso de conocimientos tradicionales sin consentimiento constituye una infracción legal. El SENADI puede ordenar medidas cautelares, suspender la explotación, y promover la nulidad de registros o patentes obtenidos de forma indebida. Adicionalmente, pueden activarse acciones judiciales con multas e indemnizaciones, según la gravedad del caso.

Soporte internacional: Convenio 169 de la OIT

Ecuador es Estado parte del Convenio 169 de la OIT, que refuerza la obligación de consulta previa y protección de los conocimientos, prácticas y recursos de los pueblos indígenas.

La protección de los conocimientos tradicionales en Ecuador no es simbólica ni declarativa: existe un sistema jurídico operativo, con herramientas administrativas, constitucionales y comunitarias que colocan los derechos colectivos por encima del aprovechamiento económico no autorizado. La combinación entre registro preventivoconsentimiento informadoreparto de beneficios y acción colectiva constituye una barrera efectiva frente a la apropiación indebida del saber ancestral.

Preguntas frecuentes

Bibliografía

La nación Tsáchila es uno de los tantos pueblos indígenas que le dan a Ecuador el carácter de plurinacional e intercultural. Pero no es uno más, porque con apenas 3.000 habitantes (2010) este pueblo es depositario de un saber acumulado milenariamente que hoy está protegido mediante el reconocimiento de sus derechos intelectuales.

Para lograrlo, el pueblo tsáchila se acogió al proceso de depósito voluntario de sus conocimientos ante el Servicio Nacional de Derechos Intelectuales (SENADI), contemplado en el art. 523 del Código de la Economía Social del Conocimiento, Creatividad e Innovación (2016). Su objetivo es impedir apropiaciones ilegítimas de los conocimientos de etnias, pueblos y nacionalidades. También servirá como medio de verificación para reconocer los derechos intelectuales colectivos sobre saberes tradicionales, por si alguien intenta infringirlos.

Pero antes, la decisión debió pasar por el Consejo de Ancianos, el máximo órgano encargado de regular la suerte de las prácticas que comprometen a los conocimientos ancestrales. Desde allí se propuso empezar con los rituales, la cosmovisión, los vegetales y la vestimenta tradicional.

El registro comenzó en enero de este año y en el proceso de recolección de información participaron varios personajes emblemáticos de la comunidad, la mayoría ancianos. Se han registrado 490 plantas medicinales y el pueblo tsáchila cuenta con los respectivos certificados de depósito.

Protocolos Biocomunitarios

Tras el registro, el Servicio Nacional de Derechos Intelectuales trabaja en los protocolos biocomunitarios para potenciar estos recursos ante empresas que quieran invertir en posibles patentes.

Fernando Nogales, experto en conocimientos tradicionales del SENADI, reconoce la importancia de esta construcción colectiva de la población tsáchila, tanto para la propia comunidad como para el país. Incluso -destaca- para que el mundo conozca el origen de esta riqueza.

Ciertamente, no se trata solamente de constatar el origen: “Una vez que los conocimientos son depositados en el SENADI, pasan a la base de datos, es decir que si las compañías farmacéuticas quieren patentar algún medicamento tienen que venir a la comuna a pedir consentimiento para poder realizarlo”, señaló Nogales. Y agregó que con el consentimiento llegarán beneficios, sean económicos o no.

Para Flavio Calazacón, presidente de la comuna El Poste, esta labor recién empieza: a futuro se espera la protección de "rituales de petrificación", energéticos e incluso de sanación; también bebidas como la Ayahuasca; expresiones como la danza; y festividades como el Kasama. “Los depósitos no están terminados, pero sí hemos avanzado, hemos ganado experiencia”, afirmó.

Son experiencias que suman y se nota: la Unidad de Conocimiento Tradicional del Servicio de Derechos Intelectuales informa que se han depositado 150 conocimientos tradicionales a escala nacional desde que rige la normativa. Son conocimientos originarios de los pueblos Sarayaku, Cofán, Kayambi y Tsáchila. La Unidad espera contar con una base de datos de 200 registros de las tradiciones hasta finalizar este año.

Desde el 14 de noviembre la nacionalidad Tsáchila ya cuenta con las certificaciones de los depósitos, son 44 y los recibió la gobernadora tsáchila, Diana Aguavil, en la comuna El Poste.

Son los 44 certificados de depósitos de conocimientos tradicionales que entregó SENADI en 2018... durante todo el año anterior fueron sólo nueve.

Fuente: Diario la hora

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Diario El Comercio

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