Esta es una nueva semana y les traemos interesantes noticias sobre el desarrollo y la creación de patentes en el mundo de la propiedad intelectual. Aquí te hablamos de las patentes del Apple Watch, el nuevo Apple Pencil y la resolución del conflicto entre patentes de Nike y Adidas.
Algunas de estas notas son muy interesantes y otras de seguro revolucionaran el cotidiano, te traemos una mirada distinta de nuestra sociedad desde las patentes. Te recordamos que puedes revisar aquí nuestras notas de la semana pasada.

Una patente recién revelada de Apple, muestra una nueva forma de asegurarse de que se ha medido su muñeca para garantizar un ajuste perfecto, utilizando la realidad aumentada para su funcionamiento.
Apple, como se sabe, es uno de los pioneros en la realidad aumentada (AR) y una de sus aplicaciones de esta tecnología es Mide, en iPhone y iPad. Entonces, esta nueva patente describe cómo se adopta un enfoque similar con las muñecas de los clientes. De hecho, la solicitud que se menciona en esta patente explica cómo medir su muñeca para la correa correcta del Apple Watch.
Este es un sistema informático que muestra, en una interfaz de usuario, una representación inicial de una parte del cuerpo que se encuentra dentro del campo de visión de una o más cámaras. El sistema informático detecta, usando las cámaras, el movimiento de una parte del cuerpo, como la muñeca.
El sistema informático, mientras identifica la primera representación de la parte del cuerpo, muestra un indicador en una ubicación fija con respecto a la primera representación de la parte del cuerpo. El indicador se muestra en una primera posición en la interfaz de usuario que cubre al menos una parte de la representación de la parte del cuerpo.
Este indicador se actualiza de acuerdo con el movimiento de la parte del cuerpo, y el indicador incluye una dirección sugerida de movimiento de la parte del cuerpo. Usando la realidad aumentada para medir una correa de Apple Watch, según la patente recién lanzada.
La patente afirma que otros métodos para medir una muñeca son engorrosos e ineficientes, pero el sistema descrito aquí permite al usuario medir su muñeca sosteniéndose el brazo frente a un iPhone y moviéndola cuando se le ordene. El resultado es que la aplicación podrá decirle al usuario qué tamaño de franja necesita, marcándolo como su tamaño de muñeca.
Si quieres saber más puedes leer: Apple revela una brillante actualización de Apple Watch en una nueva patente.

Las marcas Nike Inc y Adidas AG, líderes mundiales a nivel deportivo, resolvieron el pleito que tenían, debido a las patentes sobre la tecnología que cada una utiliza en la fabricación de sus productos. Ambas firmas han llegado a un acuerdo, según el cual retiran las demandas que se habían interpuesto, por el supuesto uso de tecnologías relacionadas al ajuste de calzado.
La base del argumento de Nike es una patente solicitada en 2004, y otorgada en marzo de 2008, para un artículo de calzado y un método de fabricación del artículo de calzado que, de hecho, protege aspectos de la tecnología Flyknit de Nike. Adidas argumenta que esa patente es inválida dado que existe una patente previa, de 1991, que torna a los elementos de la patente de Nike como comunes y obvios y, por ende, no válidos de ser patentados.
Teniendo esto en consideración, Nike demandó a Adidas en el estado de Oregón y en la Comisión de Comercio Internacional de los Estados Unidos en diciembre del 2021, argumentando que algunos diseños de las zapatillas Adidas se relacionan con las patentes ligadas a la tecnología ligera Flynit que utiliza Nike en sus productos.
Por otro lado, Adidas también demandó a Nike en el estado de Texas, porque supuestamente las tecnologías Adapt de Nike, las aplicaciones de ejercicio Run Club y Training Club, y la aplicación SNKRS que utilizan en sus zapatillas, se relacionan con las patentes registradas por la empresa.
Sin embargo, las dos compañías acordaron que la disputa estaba resuelta y retiraron sus demandas de la Corte de Oregon, Texas y ante la Comisión de Comercio Internacional de los Estados Unidos.
Para entender del proceso puedes leer: Nike obtiene un triunfo en su batalla por la originalidad de la tecnología Flyknit o Nike y Adidas resuelven conflicto sobre patentes de ajuste de calzado por copias.
Apple suele hacer continuos trámites de patentes con el objetivo de mantener ideas de proyectos a futuro. En esta ocasión, se presenta una nueva patente otorgada por La Oficina de Patentes y Marcas de EE. UU. y qué hace referencia a novedades que llegarán en el Apple Pencil de última generación.

En la reciente patente descubierta por PatentlyApple se hace mención de un nuevo plan para agregar y configurar múltiples sensores táctiles para un Apple Pencil de última generación. Estos nuevos sensores se enfocarán en dos gestos, uno giratorio y otro deslizante.
Además, se ubicaría dentro de la carcasa y podrían estar espaciados. Es decir, en diferentes zonas del dispositivo y no en una sola. En el documento también se explica lo siguiente: "los gestos detectados por los sensores táctiles separados podrían interpretarse como diferentes entradas del usuario de acuerdo con las funciones preprogramadas que debe realizar el Apple Pencil y/o un dispositivo externo al detectar los gestos del usuario."
Esto significa que los nuevos sensores podrían situarse y funcionar de manera independiente a la zona de agarre del Apple Pencil. Las funciones estarían disponibles en cualquier parte alrededor del lápiz.
Hace unos meses se hablaba sobre un Apple Pencil con gestos táctiles. Esta nueva patente refuerza esta idea y se podría pensar que se volverá una realidad y sería uno de los próximos lanzamientos de Apple.
Para saber más puedes leer: Estos dos gestos podrían llegar al próximo Apple Pencil
Esta es una nueva semana y les traemos interesantes noticias sobre el desarrollo y la creación de patentes en el mundo de la propiedad intelectual. Aquí te hablamos de la marca F1nally, la patente que devela el Volvo Embla y la patente de los nuevos productos Apple hechos de cerámica.
Algunas de estas notas son muy interesantes y otras de seguro revolucionaran el cotidiano, te traemos una mirada distinta de nuestra sociedad desde las patentes. Te recordamos que puedes revisar aquí nuestras notas de la semana pasada.

Porsche ha registrado la marca F1nally, el fabricante de autos de lujo alemán registró a F1nally ante la Oficina Alemana de Patentes y Marcas, según el medio estadounidense CarBuzz, la cual contempla distintas áreas de producción. La marca fue registrada en áreas como desarrollo industrial, análisis y diseño; actividades culturales y deportivas; servicios tecnológicos y científicos; diseño y desarrollo de hardware y software informático, entre otras.
En las últimas semanas se rumora que Porsche podría regresar a la Fórmula 1 a través de la compra del 50 por ciento de las acciones de Red Bull Technologies. Según el Morocco Conseil de la Concurrence, el fabricante alemán está muy cerca de concretar el acuerdo y este sería confirmado durante agosto 2022.
Las escuderías de la F1 siguen en espera de la aprobación del reglamento técnico de unidades de potencia para la temporada 2026, el cual permitiría la entrada de Porsche, además de Audi y Volkswagen. Porsche se incorporaría a la Fórmula 1 hasta 2026, pero no como equipo, sino como suministradora de motores para la escudería austriaca.
Actualmente, el fabricante alemán compite en el Mundial de Resistencia de la FIA. No se oculta el hecho de que hemos estado negociando con Porsche, pero aún no se ha tomado ninguna decisión. Todavía no existe una regulación final para los motores en 2026, por eso no podemos confirmar nada, comentó Helmut Marko, asesor de Red Bull Racing.
Puedes leer más sobre este tema en ¿Porsche registra la marca F1nally y se acerca a Fórmula 1?

El prometedor y esperado gran SUV eléctrico de la casa Volvo se convertirá en el primero de una nueva generación de productos. La casa Sueca aspira a vender más de 600.000 autos eléctricos para el año 2025, y para ello necesita nuevos productos para atraer al gran público. El Volvo Embla, acaba de ser filtrado a través de la oficina de patentes y se convierte en la pieza clave para esta estrategia.
Gracias a los datos de la oficina de patentes hemos podido conocer cómo será el Volvo Embla, aunque también puede que sea sólo una denominación temporal para el Volvo EX90. Estéticamente los bocetos nos muestran un SUV de grandes dimensiones que rápidamente nos recuerda al Volvo Concept Recharge.
No faltará tampoco un auténtico despliegue tecnológico en materia de conducción autónoma. El sistema, llamado Ride Pilot, utilizará un sensor LiDAR, además de otros cinco radares, ocho cámaras y dieciséis sensores ultrasónicos para visualizar el entorno del coche. También incluirá faros llamativos con la ya tradicional forma del martillo y una parrilla muy prominente que no indica ninguna gran abertura, salvo la de la parte inferior.
El sucesor del XC90 será el primero en utilizar un nombre en lugar de una designación alfanumérica. Volvo no ha confirmado oficialmente el nombre Embla, del cual se suprimió gracias a una filtración el año pasado después de que Volvo presentase una solicitud con este nombre en la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea.
Para saber más de autos y patentes te recomendamos leer: El Volvo Embla se desvela a través de los bocetos de la oficina de patentes o Volvo desvela la fecha de presentación del sucesor eléctrico del Volvo XC90

Una patente obtenida por ellos y revelada por Forbes demuestra que Apple quiere apostarle al uso de cerámica para fortalecer la estructura del celular. La patente pide dispositivos electrónicos como componentes basados en zirconio texturizados, que además tendría un acabado mate. Según las imágenes utilizadas en la patente, la cerámica sería utilizada exclusivamente para la placa posterior de los iPhone.
Además, se conservará una pieza central circular donde estará alojado el logotipo de Apple. La zirconia es considerada una cerámica monolítica bastante duradera, con alta dureza, resistencia, tenacidad y resistencia a la corrosión química. También es utilizada como un sustituto de diamantes en la joyería.
Dicho así, los teléfonos fabricados con este material, tendrán un precio bastante alto. Aun así, existe la posibilidad de que Apple no utilice zirconia pura, sino que la agregue a las aleaciones de aluminio o acero, lo cual mejoraría la resistencia en general del teléfono.
Precisamente, es eso lo que la compañía insinúa con la descripción de la patente, donde afirman que el componente basado en zirconia puede estar formado por una cerámica como una cerámica de zirconia parcialmente estabilizada o una cerámica de zirconia endurecida con alúmina. La compañía publicó la imagen de lo que sería el reloj, pero no existen muchos detalles al respecto.
Para saber más de esta noticia puedes leer Apple quiere que sus próximos iPhone y Apple Watch sean en cerámica
Esta es una nueva semana y les traemos interesantes noticias sobre el desarrollo y la creación de patentes en el mundo de la propiedad intelectual. Aquí te hablamos de la nueva patente de TikTok, el acuerdo de patente entre Samsung y Qualcomm y una nueva patente para un joystick plegable.
Algunas de estas notas son muy interesantes y otras de seguro revolucionaran el cotidiano, te traemos una mirada distinta de nuestra sociedad desde las patentes. Te recordamos que puedes revisar aquí nuestras notas de la semana pasada.
TikTok se plantea dar el salto al mercado de la música online. La compañía matriz, ByteDance, ha registrado la marca TikTok Music tanto en Estados Unidos como en Australia, en lo que podría ser el primer paso para la marca a la hora de competir con YouTube Music, Amazon Music o Spotify.

Los vídeos cortos por los que TikTok saltó a la fama se han convertido en una plataforma de promoción para los músicos, ya que en la misma pueden promocionar sus temas. Con la posible diversificación de la plataforma el modelo de negocio podría extenderse. En el registro de patentes estadounidense señalan que la marca vinculada a la música iría destinada a ofrecer bienes y servicios, como una aplicación, que permita a los usuarios tanto comprar, reproducir, compartir o descargar música, canciones, álbumes e incluso letras.
Asimismo, en este registro, la compañía china habría indicado que otros posibles casos de uso de TikTok Music serían el transmitir audio y vídeo en directo, así como editar y subir fotografías como portada para las listas de reproducción y comentar música, canciones o álbumes.
Esto indicaría que su nueva apuesta contaría con características muy similares a las de otros servicios de música en streaming, como pueden ser Spotify o Apple Music. La firma china ya tiene una aplicación llamada Resso que opera en India, Brasil e Indonesia, la misma que, a inicios de 2022, en la India se acercaba peligrosamente a la cuota de Spotify como una de las apps de streaming musical más importantes del panorama.
Según recientes estudios sobre redes sociales, TikTok se sitúa como la sexta aplicación más popular de contenido digital en el mundo, con 1.390 millones de usuarios activos al mes durante el primer trimestre de 2022. De media, se visualizan cerca de 1.000 millones de vídeos diarios en la plataforma.
Para saber más puedes leer: TikTok prepara un servicio de música en streaming o TikTok registra ‘TikTok Music’ como patente.
Por medio de un comunicado oficial, Qualcomm acaba de anunciar la extensión del acuerdo de patente con Samsung Electronics para así reafirmar su compromiso de expandir el liderazgo tecnológico y ofrecer las mejores experiencias de dispositivos del mundo.
Ahora, Qualcomm y Samsung cuentan con un acuerdo de patente de tecnologías de conectividad 3G, 4G, 5G y la próxima tecnología 6G, el acuerdo antes mencionado ha sido extendido hasta el año 2030 y se amplió una colaboración entre ambas firmas donde los beneficiados serán los usuarios.
El comunicado reafirma a Samsung como el principal fabricante de teléfonos móviles, donde la firma recibirá chips Snapdragon para brindar experiencias de Android de gama alta, la asociación también aplica para PCs, tabletas y otros dispositivos.

El detalle más importante que se ha dejado entrever en este acuerdo es que Samsung utilizará chips Snapdragon para todas las regiones en sus Galaxy S23 Series debido a que la firma surcoreana está haciendo ciertos cambios en su modelo de negocios para sus chips Exynos.
La tecnología innovadora de Qualcomm ha desempeñado un papel fundamental en el avance de la industria móvil. La colaboración entre Samsung y Qualcomm abarca muchos años y estos acuerdos reflejan la estrecha y duradera asociación estratégica.
Según menciona Samsung, se encuentra comprometida a trabajar con Qualcomm para lograr avances de la industria móvil y las experiencias de los usuarios para los futuros dispositivos Samsung Galaxy; señaló TM Roh, presidente y director de MX Business de Samsung Electronics.
Si te interesa la tecnología móvil puedes leer más en: Samsung y Qualcomm extienden su acuerdo de patente hasta el 2030.
El mando DualSense de PS5 ha sido uno de los grandes aportes para la jugabilidad y un fuerte sustento para la consola desde que fue lanzada. La apuesta por la inmersión ha sido clave por parte de Sony añadiendo funcionalidades realmente interesantes.
La llamada retroalimentación háptica, los gatillos adaptativos y algunos otros extras han conseguido generar sensaciones en el jugador muy atractivas para unos cuantos títulos, pero Sony podría estar pensando en otra clase de mejoras de cara al futuro próximo.

Esto último lo revela una nueva patente que ha sido descubierta, esta se centra en los joysticks de los mandos. Básicamente, el documento señala que estos dispositivos podrían llegar a contraerse en su nuevo diseño.
Es importante tener en cuenta que, de desarrollarse un nuevo modelo de mando, este contaría con joystick analógicos que podrían plegarse y empujarse hacia dentro de una manera muy ingeniosa: mediante el uso de un fluido no newtoniano.
Este líquido haría que los joysticks generen una sensación de resistencia similar a lo conseguido con los gatillos de Dual Sense. Recordemos que un fluido no newtoniano, es un líquido que se endurece o ablanda dependiendo de la fuerza que se le aplique al objeto.
Este fluido no presenta una viscosidad definida y si es golpeado muy rápido o con mucha fuerza se endurecerá. Por el contrario, si pulsamos ligeramente podremos introducir el dedo en ese líquido, que ahora ofrecería una menor resistencia o dureza.
Si bien, es verdad que esto afectaría a los botones R3 y L3, los mismos son algunos de los menos usados o que más mecánicas o acciones básicas abarcan, sin embargo allí, se encuentran las posibilidades de mejorar la inmersión al juego.
Si quieres saber más de la patente o videojuegos puedes leerlo en: ¿La próxima e ingeniosa mejora del DualSense en PS5? Una patente revela joysticks plegables con fluidos no newtonianos
¿Eres un creador de contenido?, ¿no entiendes por qué las plataformas eliminan tus videos? y sobre todo, ¿no sabes nada de derechos de autor? Este artículo es un salvavidas para todos aquellos perdidos en el mundo del copyright. Ahora, piensa por un momento, durante muchos años los videos han sido un instrumento para promocionar creadores, artistas o músicos incluido el lanzamiento de nuevas canciones.
Ahora, con el cambio de paradigma todo aquello que antes realizamos sin conexión y en físico se volvió completamente digital gracias a la digitalización y tecnologías digitales mucho más eficaces. El término digitalización, a pesar de ser bastante transparente, se usa para describir el proceso general de volcarse a lo digital; es decir, mover el plan empresarial a un futuro más digital.
Solo para recordarlo, con la llegada del Covid19 se dio una caída en las ventas físicas y empezó el auge del streaming. El mundo del audiovisual, tradicionalmente se ha enfocado en el spot publicitario o al cine que al desarrollo de multiplataformas streaming; pero con el enorme desarrollo tecnológico que hemos experimentado, junto a la importancia que han tomado las redes sociales y el boom de las plataformas de contenidos, el enfoque de los mismos está cambiando.
Resulta impensable que un artista musical o visual no le conceda importancia a la proyección visual y musical de sus productos. No solamente por el valor artístico, también porque los videos se han convertido en una herramienta fundamental para el desarrollo de una carrera como creador de contenido. Es así que, el video y la música toman un valor fundamental en este nuevo mundo, por tanto, como creador de contenido no te puedes dar el lujo de perder ese trabajo, por ese motivo te recordaremos cómo se maneja el copyright en cada plataforma.

Si como creador quieres incluir material protegido por derechos de autor en tus videos, por lo general, primero tendrás que obtener el permiso para hacerlo. YouTube no otorga esos derechos y tampoco te ayudará a encontrar a las partes que sí pueden hacerlo. Por ejemplo, YouTube no puede otorgar los derechos para usar contenido que ya se subió al sitio. Si quieres usar un video de YouTube de otra persona, es recomendable que te comuniques con ella directamente.
Una manera sencilla de encontrar música de fondo o efectos de sonido para crear contenido en YouTube es a través de la Biblioteca de audio. Puedes buscar música disponible para usarla de manera gratuita. YouTube, mediante la herramienta Content ID, puede comparar de forma automática todos los vídeos subidos a YouTube para ver si hay coincidencias de derechos de autor, en este caso relativos a la música.
En muchas de las reclamaciones por derechos de música en YouTube, los ingresos se reparten entre los creadores del Programa de Partners de YouTube. Una reclamación de derechos de autor correcta, te impide monetizar tu vídeo de YouTube. No vas a poder ganar dinero con los anuncios de terceros en tus vídeos de YouTube, lo cual merma sus ingresos, especialmente en los vídeos que tienen en tu canal más tiempo de visualización.
Por otro lado, si te envían un aviso por incumplimiento, no significa que tengas que eliminar el vídeo. YouTube, si te manda un aviso por incumplimiento, es porque encontró coincidencias en el contenido que se ha subido y publicado en el canal. Así, YouTube puede incluso presentar reclamaciones por pruebas de micrófono o ruido blanco.
Otros avisos de YouTube pueden venir por coincidencias en las bases rítmicas. Son sistemas de avisos automatizados, así que tienen sus errores, y debes saberlo. No todas las reclamaciones son buenas. A veces son incorrectas, y tienes derecho a presentar reclamaciones.
Te recomendamos ponerte en contacto con el reclamante de los derechos de autor, y ver si el aviso se debe a coincidencias reales o no tan reales. Si ambas partes se ponen de acuerdo, pueden seguir monetizando el vídeo entre los dos hasta que la impugnación se resuelva. Cada reclamación de derechos de autor se llama strike, y a los 3 strikes en 90 días, YouTube puede cerrar el canal.

Recordemos que, los términos y condiciones de Instagram disponen que la plataforma no reclama derechos u autoría sobre las obras que sus usuarios suben. No obstante, los términos también disponen que los usuarios le conceden a Instagram una licencia mundial no exclusiva, libre de regalías y transferible para usar, distribuir, modificar, ejecutar, copiar, mostrar públicamente, traducir y crear trabajos derivados de su contenido. En otras palabras, a pesar de que Instagram no es dueña de las obras que se suben, las puede utilizar y explotar para beneficio económico.
Existen casos en los que Instagram remueve contenido de un usuario, tras recibir una reclamación por violación a los derechos de autor de un tercero, la plataforma enviará una notificación que debe incluir la información de los propietarios de los derechos. Si el creador supone que el contenido fue removido por error o posee una licencia para utilizarlo, puede contactar con los propietarios del contenido para llegar a un acuerdo.
No obstante, el usuario debe tener en cuenta que Instagram tiene una política de infractor reincidente. Es decir, si el usuario se acostumbra a subir contenido que viola los derechos de autor de otras personas, Instagram eliminará la cuenta.
La mejor práctica que puede llevar a cabo el creador es que, para publicar contenido que no le pertenece debe obtener autorización del autor original. Considerando cumplir con una o todas de las siguientes:
El uso masivo de TikTok ha creado preguntas sobre el contenido que se crea dentro de la aplicación y el uso de obras ya existentes y su repercusión en el mundo legal. ¿El contenido creado para la plataforma goza de derechos de autor?, ¿cómo influyen los mismos en la plataforma? y ¿qué pasa con las canciones utilizadas en los vídeos?
La respuesta a la cuestión de si existen derechos de autor es sí, aunque TikTok puede usar el contenido del creador con fines comerciales, el autor del video es el propietario y dueño de los derechos de autor de cada video que es publicado en la plataforma.
TikTok en sus términos y condiciones hacen especial mención a los derechos de autor y la prohibición de cargar en la aplicación cualquier material que pueda suponer una infracción a los mismos. También exigen a los usuarios que ofrezcan licencia gratuita para que los otros usuarios puedan descargar su contenido sin ningún inconveniente.
Por otro lado, la música que se encuentra disponible en la plataforma es de uso legal, por lo que se podrán usar en los videos ya que TikTok paga la licencia de uso para poder disponer de una biblioteca de música disponible sin problemas legales. Esta Aplicación usa el mismo método que se encuentra en YouTube, podcasts, radios y otras emisoras.

Se entiende que la ley de derechos de autor y la DMCA pueden resultar confusas y los creadores de contenido, de varias plataformas de directo, podrían estar infringiendo los derechos de otros de forma no intencionada. Antes de iniciar, tengamos claro que, si en el contenido compartido en el canal hay material protegido por derechos de autor y no se recibió permiso explícito del titular para usarlo, el usuario corre el riesgo de recibir una notificación de eliminación de la DMCA.
A diario, compositores, artistas discográficos, escritores, artistas plásticos, productores de vídeo y otros creadores registran derechos de autor. De hecho, cada vez que se graba un directo, es probable que se esté creando una nueva obra protegida por derechos de autor. Por eso es conveniente que los creadores de contenido tomen en cuenta un par de cosas sobre estos derechos:
Entendemos que muchos creadores usan música en sus transmisiones con distintos fines. Para que la transmisión siga sonando genial sin poner en riesgo el contenido, plataformas como Twitch han desarrollado nuevas herramientas para todos los creadores. Soundtrack by Twitch ofrece al creador una biblioteca de música con licencia para que la use en su transmisión, pero que no se registra en sus clips o VoD. De ese modo, se podrá compartir versiones de sus vídeos sin música en otros lugares.
Además de Soundtrack, existen otras compañías que ponen música a la disposición de los streamers. Chillhop y Soundstripe, por ejemplo, ofrecen música con licencia bajo suscripción. Por su lado Meta ha anunciado en su web oficial una nueva herramienta que le permitirá a los creadores de contenido de Facebook obtener mayores ingresos con sus vídeos. Para ello han presentado una nueva biblioteca de música licenciada.
Esta música con copyright al ser usada le generará ganancias monetarias al creador de contenido. Para ser más precisos, este obtendrá el 20 % de los ingresos publicitarios derivados del uso de la canción en el vídeo. El resto de las ganancias se las repartirá Meta y la discográfica propietaria de los derechos de autor.
Ahora bien, existen ciertas cosas a tener en cuenta sobre esta herramienta. Para empezar, solo se podrá monetizar el uso de música licenciada en vídeos con más de 1 minuto de duración, que no sean Reels y en los que la canción no represente el propósito principal del mismo.
Conviene recordar que recibir una notificación de eliminación de la DMCA no implica necesariamente que el creador haya cometido una infracción de derechos de autor. Estas notificaciones pueden llegar a enviarse incluso si:
Para finalizar te recomendamos, al igual que varias de estas plataformas, leer las Directrices de la DMCA, las Directrices de la comunidad, las Directrices sobre la música y los Términos del servicio de toda plataforma, además puedes buscar la ayuda de un abogado. A primera vista, pueden parecer textos con conceptos engorrosos, pero son necesarios para saber lo que está permitido hacer y qué no, para que el creador tome decisiones fundamentadas sobre el contenido que presenta y la plataforma en la que lo comparte.
La mayoría de lectores de este blog saben que el derecho de autor se encuentra regulado y aplicado conforme a la legislación del país en el que se reclama la protección. Por consiguiente, el titular de los derechos de propiedad de la obra tiene la posibilidad de accionar contra aquellas personas que infringen su derecho al hacer uso de sus obras sin sujetarse a los mecanismos establecidos por la ley.
Recordemos que el derecho de autor es concebido en dos dimensiones, las cuales brindan diferentes privilegios a los autores, permitiéndoles controlar la producción de sus obras. Las dimensiones de las que hablamos se dividen en el derecho moral y el derecho patrimonial.
Tanto el derecho moral como el derecho patrimonial tienen algunos derechos exclusivos, sin embargo, en este artículo le daremos un particular interés a los provenientes del derecho patrimonial.

Los derechos exclusivos que surgen del derecho patrimonial se regulan en varios cuerpos legales en todo el mundo. Uno de estos es la Decisión 351 que se refiere a los derechos patrimoniales en su art. 13, estableciendo que: el titular de la obra o sus representantes tienen el derecho exclusivo de realizar, autorizar o prohibir: la reproducción, la comunicación pública, la distribución pública de ejemplares o copias, la importación, la traducción, adaptación, arreglo o transformación de la misma.
Por otro lado, en Ecuador el art. 120 del Código Ingenios, establece que son derechos exclusivos reconocidos a favor del autor o titular de la obra, los siguientes:
Como podemos observar, el autor tiene los derechos de explotación de su obra, de cualquier forma y por cualquier medio. Estos derechos incluyen su facultad de autorizar su reproducción, distribución, comunicación y transformación. Por lo tanto, una obra no puede ser explotada sin su autorización, salvo en determinados casos mencionados en la ley.
Entonces podemos mencionar que, en primera instancia, corresponde al autor el derecho de gozar de estos derechos exclusivos. Sin embargo, cabe mencionar que un tercero puede hacer uso de estos, ya sea por una autorización del autor que puede o no ser remunerada, por la obtención de una licencia obligatoria o por casos específicos que, como se mencionó anteriormente, la ley prevé como las limitaciones al derecho de autor.
Las limitaciones y excepciones al derecho de autor surgen del discurso alrededor de la figura de los derechos de autor. Los mismos, no solo promueven la creación al otorgar derechos exclusivos sobre la explotación de las obras, sino que, además permiten la difusión y el progreso de la sociedad en general.
De esta manera, podemos considerar que el esfuerzo del autor es lo que alienta el avance cultural para el disfrute y beneficio de las sociedades, es por ese motivo que, los ordenamientos jurídicos deben estar encaminados a generar un escenario donde se permita armonizar el interés que tiene la comunidad a acceder a los bienes del conocimiento y la información, con el de los creadores a recibir una retribución económica por la utilización de sus obras.
Ahora, la noción de limitaciones y excepciones al derecho de autor se refiere a casos particulares en los cuales la ley restringe el derecho absoluto del titular a la explotación económica de la obra, aunque también se han entendido como instrumentos de ajuste para preservar el balance entre los derechos de los autores y la libertad de expresión. Usualmente están fundamentadas en el beneficio público, es decir garantizar el acceso del público a las obras y la información contenida en ellas.
Las excepciones o limitaciones al derecho de autor se han analizado a través de dos modelos distintos. Por un lado, tenemos cuerpos legales que contemplan una enumeración taxativa de las circunstancias que admiten el uso de las obras sin autorización del autor, como es el caso de algunos países de Europa y aquellos que adoptan la tradición continental. Por otro lado, está el modelo que se deriva del sistema anglosajón, en el cual se ha adoptado la doctrina del fair use o uso justo, la cual incorpora un elemento de análisis de caso por caso para determinar la legalidad o no del uso de obras sin la autorización del autor.
Entonces, ¿qué se puede considerar como uso justo? Este se puede considerar como un criterio jurídico desarrollado en el sistema del derecho anglosajón, el cual permite un uso limitado de material protegido sin necesitar permiso del dueño de dichos derechos. Este permite la cita o incorporación, legal y no licenciada, de material protegido en un trabajo de otro autor, bajo el requerimiento de cumplir cuatro condiciones.

El uso legítimo permite a los autores utilizar una obra protegida por derechos de autor como una forma de introducir comentarios o críticas al público a través de la parodia o la sátira. Hay cuatro factores que los tribunales utilizan para determinar si el uso de una obra protegida por derechos de autor es un uso legítimo.
El uso legítimo sólo describe las condiciones bajo las cuales el material protegido por derecho de autor puede ser usado sin necesidad de permiso. Este criterio jurídico es considerado una de las excepciones a los derechos exclusivos de un autor sobre sus obras. Para decidir si el uso de una obra es razonable, también se toman en cuenta algunos otros factores como:
Se puede mencionar que el criterio general es que las legislaciones adopten la figura del fair use, pues el derecho de autor como tal, es un elemento dinámico que debe adaptarse a los cambios de la sociedad. Ya que, con el desarrollo de los nuevos medios tecnológicos e informáticos de difusión, a través de los cuales se accede a las obras, el contexto inicial en el cual nació el derecho de autor se ha ido modificando, imponiendo nuevos retos.
Ahora sí, teniendo en cuenta todos estos conceptos y habiéndose diferenciado unos de otros, hablemos de lo que nos anuncia el título del artículo. Aunque la ley trata a la figura de la parodia y la sátira de manera similar cuando considera una defensa del uso justo, existe la necesidad de crear una distinción entre ellas. Lo que es cierto es que, tanto la parodia como la sátira utilizan el humor para comentar y criticar, pero tienen propósitos diferentes.
Antes de hablar de las diferencias entre estas dos, es necesario remarcar que, en algunos casos, apropiarse del uso de una obra original registrada no vulnera los derechos de autor. Este es el caso de la parodia y la sátira, reguladas en la vigente Ley de Propiedad Intelectual y se las considera como un límite a los derechos exclusivos del autor y a su derecho de explotación de la propia obra. Por tanto, permite que otros la exploten sin que sea necesaria su autorización.
Dicha definición no deja ninguna duda, la propiedad intelectual no se vulnera con la sátira o parodia de un personaje público. En ningún caso, la obra que sea parodiada o se vea vinculada a una sátira, tendrá que implicar algún riesgo de confusión. Es decir, la obra original deberá ser reconocida por la audiencia, así mismo tampoco podrá inferir un daño tanto a la obra como a su autor.
Una parodia es una imitación cómica de otra obra o a veces una marca registrada. Se considera uso justo y funciona cuando el creador toma una idea y crea un trabajo original que podría ser independiente, es decir, el propósito de una parodia es imitar otra obra para comentar o criticar, al hacerlo, se crea una nueva obra. Sin embargo, no todas las parodias constituyen un uso legítimo.

Entonces, crear una buena parodia legal significa que los usuarios saben que el diseño es una parodia y no se confunde con el trabajo original. Si no está lo suficientemente claro, la parodia podría generar un lío y terminar en la corte. Otra manera de que la parodia sea ilegal, es que no realice ningún comentario sobre el mensaje original. La clave de una buena parodia es que crea una percepción de crítica o comentario social.
Tenemos que tener en cuenta que, debido a que a la mayoría de las personas no les gusta que se burlen de ellas, es probable que el propietario de los derechos de autor no otorgue un permiso o una licencia a alguien que quiera usar su trabajo para crear una parodia. Eso significa que el autor que crea la parodia debe basarse en el uso justo como protección contra un reclamo de infracción de derechos de autor, ya que la ley reconoce el uso de una obra protegida por derechos de autor en la parodia como una excepción a la ley de derechos de autor.
¿Si se generó un diseño, un speech o un bit que parodia algo y no se puede esperar para sacarlo a la luz? ¡Tenemos algunos consejos para encaminarse y para mantenerse fuera de problemas!

La sátira es un medio legítimo para llevar a cabo una crítica al igual que la caricatura. Sin embargo, la sátira es un tipo de crítica que se caracteriza por la exageración. De forma relativamente burlesca donde se busca la sonrisa del receptor. También, este tipo de crítica suscita en el lector que lo percibido no sea totalmente acorde con la realidad.
Mientras que una parodia se enfoca e imita el trabajo original para hacer un punto, una sátira usa el trabajo original para criticar algo completamente diferente. Otra forma de interpretarlo es que la sátira usa otra obra como una forma de comentar sobre algo que sucede en el mundo que no tiene nada que ver con la obra original.
Debido a que no es necesario un trabajo protegido por derechos de autor para expresar su punto de vista mediante la sátira, la ley generalmente no estará a su favor si intenta reclamar la doctrina del uso justo como defensa contra la infracción a los derechos de autor.
Finalmente, si se va a crear una parodia o sátira de cualquier obra, sería necesario obtener el permiso del propietario de la obra original. Por otro lado, si la preocupación es que pueda causar problemas al violar las leyes de uso justo o parodia, te recomendamos que te comuniques con un abogado para obtener asesoramiento. ¡La mejor opción siempre será ir por el camino de la originalidad y las ideas frescas!
Llega otra semana y les traemos interesantes noticias sobre el desarrollo y la creación de patentes en el mundo de la propiedad intelectual. Aquí te hablamos de las nuevas patentes de Electronic Arts, las patentes de Sony para la PS5 y la incursión en el metaverso de Xiaomi.
Algunas de estas notas son muy interesantes y otras de seguro revolucionaran el cotidiano, te traemos una mirada distinta de nuestra sociedad desde las patentes. Te recordamos que puedes revisar aquí nuestras notas de la semana pasada.
El mundo del videojuego es una industria que se encuentra en constante cambio y evolución, la mayor prueba es el constante flujo de patentes de diferentes ingenios que registran tanto software como en hardware, en las principales compañías del sector.

La más reciente proviene de Electronic Arts, y de acuerdo a los datos compartidos parece que, la compañía busca revolucionar el sistema de generación de contenidos y recomendaciones al jugador.
Con el nombre de Persona Driven Dynamic Content Framework, el documento legal de EA registrado el mes de abril, y conocido ahora a través de Exputer, nos habla de un sistema capaz de recopilar información sobre los hábitos de un jugador para proponer contenido solo de su interés, o bien sugerir títulos acorde a su comportamiento.
Básicamente, esto ayudará a mejorar los juegos procedurales y la publicidad, con este sistema se busca ofrecer experiencias ajustadas a cada jugador. Es decir, mostrar juegos, micropagos, publicidad y DLCs concretos, e incluso que las partidas se adapten a cada usuario.
Esta patente de EA recopila la información de cada jugador, a través de sus partidas en distintos juegos y géneros, para que se le asigne un arquetipo más afín a un estilo. Así que, podemos suponer que quienes pasen muchos minutos recorriendo un escenario serán clasificados como exploradores. Otras categorías podrían ser coleccionistas, speedrunners, luchadores, etc.
Los interesados en profundizar en esta innovación pueden consultar al completo la patente o revisar los siguientes artículos: EA patenta un método para perfeccionar el contenido o la última patente de EA quiere ser una revolución.
Sony tampoco ha apartado la mirada de los videojuegos, y menos de su interacción con la nube. De acuerdo con la información publicada en Game Rant, la empresa apostaría por un sistema multi-GPU que, a pesar de ser obsoleto en la fabricación de ordenadores, podría tener un gran potencial a nivel industrial o en un servidor, esta es una opción cada vez más popular y que puede mejorar con la última idea de la compañía.

Sony presentó múltiples patentes en los últimos meses, mientras continúa el trabajo para hacer de la PS5 la mejor consola de videojuegos. En un intento por aumentar la calidad de transmisión cuando se reproducen títulos de PS3 en esta consola, se presentó una patente que usaría varias tarjetas gráficas para enriquecer la experiencia de stream.
Así mismo, presentó un complejo sistema que descargaría la información recibida por las GPU a un sistema en la nube, donde luego se usaría el aprendizaje automático para organizar la retransmisión más rápida. Esto mejoraría el juego en la nube gracias a una IA (inteligencia artificial) que, a través de algoritmos de aprendizaje automático, calificaría los metadatos de la transmisión al momento y los optimizaría de manera adecuada.
Con estas patentes, la empresa suma funciones destinadas a explorar las posibilidades técnicas de las tecnologías actuales.Sin embargo, estas no son las únicas mejoras en la que Sony está trabajando, ya que la noción de un Modo ayuda también está en proceso.
Esta característica, parecida a la de la nota anterior, busca facilitar la experiencia a los jugadores que tienen dificultades para pasar por las secciones más difíciles del juego, ya que el modo notificará a los streamers para que se unan y ofrezcan asistencia cuando sea posible.
Si te interesa saber más sobre Sony y sus patentes, puedes revisar: Nueva patente de Sony para juegos en la nube o la nueva patente de Sony.
Xiaomi demuestra día a día el interés por diferentes líneas de negocio, y es que, a través de una solicitud de patente, se asegura que la firma asiática estaría interesada en entrar en el metaverso ofreciendo la posibilidad de poder crear personajes virtuales personalizados a través de la tecnología blockchain.

Se vuelve fundamental el recordar que ésta no es la primera incursión de Xiaomi en el mundo de la creación de personajes virtuales. Ya en el año 2018 aparecieron sus personajes conocidos como Crypto Rabbit, unos conejos virtuales de creación propia que no podían ser copiados entre sí y que estaban compuestos con una estructura cifrada para una mayor seguridad.
Si rememoramos el pasado, podemos mencionar que este lanzamiento no fue demasiado fructífero para la marca ya que se abandonó el proyecto en marzo de 2022 y, por lo que parece, el mismo quiere se retomado en cierta medida con una idea bastante similar, pero con una tecnología de respaldo que se contempla como altamente fiable y descentralizada.
Tal parece que, Xiaomi está dispuesto a reencontrarse con sector del metaverso con una propuesta bastante curiosa de cara al usuario. Este podrá crear su propio personaje virtual y protegerlo con la tecnología de blockchain para asegurar su autenticidad y porlo tanto su valor. Tendremos que permanecer atentos para saber cómo evoluciona esta interesante idea.
Si deseas saber más sobre el tema, puedes leer la nota original: Xiaomi mete la patita en el Metaverso.
Los NFT, un tema bastante recurrente en este blog, son una tecnología que ha captado la atención del mundo debido a su funcionalidad y flexibilidad, por lo que hoy en día, más que un riesgo, los NFT se han convertido en una oportunidad.
Es por esta razón que, al igual que cualquier otra tecnología digital, los NFT funcionan bajo estándares desarrollados y aceptados por la comunidad de desarrolladores, inversores y usuarios de blockchain, con la finalidad de colaborar de manera distribuida y coordinada utilizando dichos estándares.
Es así que, podemos relacionar el concepto de estos archivos con la creación de un token digital utilizando la tecnología blockchain y que no pueden ser intercambiados de la misma forma que otros criptoactivos tales como como bitcoin, ether, litecoin.
Estos, al ser una clase especial de activos criptográficos, no intercambiables, ni duplicables, han sido muy atractivos para los artistas. En ese sentido, una de las implementaciones más populares se ven a través del Crypto Art, al ser vinculada a la tecnología blockchain, pues el valor intrínseco de un NFT es el derecho a poseer el original.
Lo hemos especificado muchas veces, el sector del Crypto Art ha destacado, puesto que, a muchos artistas les ha permitido comercializar sus obras como un NFT sin necesidad de recurrir a un intermediario o tener qué hacerlo en alguna exposición física, como tradicionalmente se acostumbra. Esto les ha dado la oportunidad de crecimiento a quienes encontraron limitaciones en sus actividades ocasionadas por la crisis de la pandemia.

Es necesario mencionar que, el arte que se genera en torno a un NFT no necesariamente debe ser digital, aunque es lo común, ya que cada pieza tiene un identificador único e indeleble, como una suerte de firma digital, lo que incluye cualquier tipo de creación, desde obras gráficas pasando por la música, incluso calando en el contenido audiovisual.
Es gracias a este identificador que se puede hacer un seguimiento, incluso para determinar el cobro de regalías con cada venta del NFT. Este seguimiento de derechos, además pueden ser configurados a través de smart contracts, entendiendo que son un tipo especial de instrucciones que se ejecutan automáticamente mediante blockchain, sin la intervención de intermediarios y que permiten la venta, cesión y licenciamiento de activos digitales de derechos de autor, permitiendo una asignación de regalías más equitativa.
Antes de pasar de plano a la propiedad intelectual, hablemos de esta curiosa relación. En la venta de NFT existen ciertas reglas que están definidas en un smart contract, el mismo que puede variar, ya que es dependiente del blockchain de un NFT.
Los smart contracts, como cualquier contrato, define una serie de acuerdos o parámetros entre partes; el objetivo de los contratos es blindar a los involucrados y dar certeza jurídica, al estar diseñado correctamente se pueden cumplir bajo la vía legal.
Los smart contracts están pensados para ser codificados dentro de un blockchain y con ellos se busca cumplir con ciertos objetivos, no por abogados dentro del marco legal local, si no de manera automática por las reglas definidas dentro del código fuente. Son reglas básicas de if/then, si esto pasa, esta sería la consecuencia. Como la propiedad de un bitcoin está atado a la posesión del token y las contraseñas, el contrato está atado a las reglas que se codifican y no se pueden cambiar una vez acuñado.
Si revisamos este apartado, podemos decir que los NFT no se limitan a la industria del Crypto Art, los smart contracts pueden revolucionar procesos, internacionalizar actividades y hacer del comercio una actividad legal, responsable y segura para los usuarios en on-line.
Ahora, así como varias de las aplicaciones que impliquen derechos de propiedad intelectual, el NFT es utilizado como un identificador de un archivo digital, al que se le puede dar seguimiento desde su origen, ya que su valor radica en la trazabilidad como prueba de originalidad.

Debemos tener en cuenta, y lo enmarcamos, que los NFT no giran tanto en el valor de la obra como tal, sino en la exclusividad y confianza que genera el creador al darnos el archivo digital. La diferencia entre tener un JPG de una obra digital y tener un JPG junto al NFT es que en este último caso tenemos la confianza de que el autor dará el máximo valor a nuestro NFT, por encima de cualquier otra versión de su obra.
Recordemos que el autor de la obra sigue siendo el creador original, la autoría no cambia, únicamente al vender el NFT lo que se permite es que el comprador pueda realizar negocios con el archivo. El autor también la propietaria de los derechos de autor, salvo que exista un acuerdo donde se cedan los derechos de autor a otra persona o entidad.
Tanto los derechos patrimoniales como los derechos morales siguen en manos del autor de la obra y la compra del NFT no transfiere ninguno de estos derechos. Por lo tanto, la compra de un NFT va asociada a un contrato adicional (smart contract), donde sí se establezcan cláusulas concretas, entre ellas la cesión de algunos derechos.
Entonces, ¿cuáles son los beneficios para los compradores de estos archivos? El beneficio más sonado es el de las regalías o royalties, esto es, un porcentaje que se pueden llegar a quedar sobre una venta posterior. Estas regalías quedan reflejadas en el smart contract que se realiza a la hora de vender el NFT y es una de las explicaciones de por qué hay inversores apostando por los NFT.
Por la propia construcción de los NFTs, todas las reventas posteriores quedan reflejadas en la cadena de bloques y la asignación de regalías se puede hacer de forma automatizada. Es decir, el autor original de la obra puede llegar a cobrar un porcentaje de cada venta posterior, pero no solo él. También el poseedor del NFT previo puede obtener regalías con cada venta posterior, todo esto debe quedar bien claro en el smart contract.
Esto podría significar una nueva era donde se pueda ver, eventualmente, cada copia digital etiquetada con un número de serie para rastrear y perseguir la falsificación, o sea, el uso de blockchain en beneficio de los usuarios y por consiguiente en pro de la Propiedad Intelectual.
Uno de los grandes sectores que se está acercando a los NFT es el de los videojuegos. Donde la creación de estos tokens es un mecanismo para generar ingresos. Si hasta el momento existían las micro-transacciones para adquirir bienes digitales, la implementación de los NFT asociados a cada objeto o personaje puede favorecer la trazabilidad y sobre todo impulsar todo un mercado de reventa de objetos y skins en los videojuegos.

Otra opción es que, los NFT se pueden utilizar como una plataforma para la protección y comercialización de las patentes, debido a sus características de inalterabilidad y trazabilidad, lo que permitiría abrir mercados para poder ayudar a posicionar a las patentes, para que se comercialicen o moneticen más fácilmente, y aportan nueva liquidez a esta clase de activos, para los inversores e innovadores a través de criptoactivos.
En ese sentido, es importante mencionar que la Propiedad Intelectual, por el momento, no se ha encargado de proteger de alguna manera a los NFT como tecnología, y remarco como tecnología, debido a que se tratan de piezas de código, mismas que únicamente contienen metadatos que reflejan de cierta manera la estructura que se relacionan con el archivo digital, por lo que el NFT puede convertirse en un similar del título de registro de una obra, el cual únicamente posee los datos relacionados con la obra, más no la obra en sí misma.
Teniendo en cuenta las opciones que pueden presentar los NFT, algunos organismos internacionales han puesto en la mira estos archivos digitales, uno de estos es la Oficina de Patentes y Marcas Registradas de los Estados Unidos (EE. UU), quienes junto a la Oficina de Derechos de Autor del mismo país lanzarán un estudio sobre el impacto de los NFT en los derechos de propiedad intelectual.
El estudio se realizará en correspondencia con los dos funcionarios, y empezará con las discusiones preliminares para trazar un plan de acción que incluirá consultas con varias partes interesadas en el panorama de los NFT. La principal acción que motivó este estudio es que varias marcas de alto perfil han buscado recursos legales contra los mercados y plataformas de NFT que pueden haber infringido sus derechos de propiedad intelectual.
Algunos de los temas de análisis, que se esperamos se traten, en la investigación son: Los desafíos de propiedad intelectual con aplicaciones futuras de NFT, los derechos asociados con la transferencia de propiedad de un NFT, derechos de licencia e infracciones y los posibles derechos de propiedad intelectual otorgados a los creadores de NFT.
Para finalizar la importancia de analizar el impacto de los NFT en la propiedad intelectual, no sólo obedece a los conflictos que ya se han creado en el mundo empresarial en los últimos meses, también es relevante revisar y asignar el valor que van a tomar los mismos en tanto el mundo on-line como el off-line.
Una nueva semana y les traemos interesantes noticias sobre el desarrollo y la creación de patentes en el mundo de la propiedad intelectual. Aquí te hablamos de la prohibición de importaciones de dispositivos Apple a Colombia, una nueva patente para los AirPods y la mirada de Tommy Hilfiger al metaverso.
Algunas de estas notas son muy interesantes y otras de seguro revolucionaran el cotidiano, te traemos una mirada distinta de nuestra sociedad desde las patentes. Te recordamos que puedes revisar aquí nuestras notas de la semana pasada.
Un tribunal de la capital colombiana, Bogotá prohibió la importación de varios de sus dispositivos, por el mal uso de su tecnología 5G. Esta acción se debe a la demanda por infracción al uso de la patente para esta tecnología, que en el país latino es propiedad de la compañía Ericsson desde 2019 hasta 2037.

Según el tribunal, los iPhones y iPads 5G de Apple infringen la reivindicación 13 de la patente colombiana no. NC2019/0003681, que ha sido presentado esencial para el estándar 5G y se le concedió a la marca Ericsson.
Es por este motivo que Apple no podrá comercializar, anunciar o vender dispositivos con 5G, además que deberán advertir y comunicarse con sus distribuidores y clientes para informar sobre la medida.
Este dilema legal con Ericsson también se llevó a cabo en Estados Unidos, donde la compañía acusa a Apple de infringir al menos 12 patentes, después que acabaran su vinculación en 2021. Ante la situación, Ericsson busca una compensación de cinco dólares por cada dispositivo vendido con la tecnología 5G, pero Apple, por ahora, no se ha pronunciado.
Para saber más del tema, te invitamos a revisar: Apple pierde demanda de patentes por uso de 5G con Ericsson o los iPhones y iPads 5G de Apple prohibidos en Colombia.
Apple quiere que sus auriculares inalámbricos sean capaces de salvar a sus clientes de accidentes de tráfico. La medida en la que están trabajando se volveria extremadamente útil, sobre todo para los ciclistas que utilizan los AirPods mientras realizan rutas por carretera.

Según un documento entregado a la Oficina de Patentes y Marcas de los Estados Unidos, Apple presentó un sistema de audio contextual que cambia automáticamente el volumen en uno de los cascos dependiendo de dónde el usuario esté situado.
Es decir, en el caso de que a la derecha del individuo se escuche una ambulancia, los dispositivos bajaran el volumen de ese lado. Si el ruido sale de la izquierda, ocurrirá de la misma manera, pero en el auricular izquierdo.
Apple ha usado una nueva tecnología de sonido que determina la dirección y la velocidad del usuario a través del GPS y otros sensores del smartphone o del reloj inteligente. Según explican en la patente, los datos recogidos por el móvil permiten que los AirPods bajen su volumen en ambos auriculares cuando hay alerta de tráfico en la zona.
Los desarrolladores de Apple están trabajando en que los auriculares no solo puedan reducir el volumen, sino que también puedan pausar el sonido. Esto ocurrirá en situaciones en las que la tecnología detecte que los usuarios deberían prestar atención, como el paso por entornos de alto peligro.}
Sí deseas conocer un poco más sobre esta nota, puedes revisar: Cómo podrían salvarte los AirPods de un accidente de tráfico.
Tommy Hilfiger, registró la marca TOMMY el 27 de junio de 2022 ante la Uspto con miras a: Calzado, ropa, artículos para la cabeza virtuales, tiendas con mercancía virtual y mercados para bienes digitales respaldados por NFT.
Además de la ropa y calzado, también se incluyen las fragancias, joyas, productos para el cuidado personal, bolsos, anteojos, relojes, productos para el hogar y muebles para uso en línea y para uso en mundos virtuales.

Con esta acción la marca aspira a la creación de una comunidad en línea para activos digitales, tokens no fungibles, mundos en línea y el hospedaje de un sitio web comunitario en línea con activos digitales. Así también presenta otras propuestas, que incluyen personajes digitales animados y no animados, avatares, superposiciones y máscaras.
La creciente tendencia a digitalizar todos los sectores ha alcanzado un ritmo indomable que está provocando la aparición en el metaverso de cada vez más empresas, independientemente de cuál sea el producto o servicio que ofrecen.
En este caso, Tommy lo hace hacia una vertiente más gamer en la que sus miembros podrán jugar, compartir experiencias y socializar, sirviéndose para ello tanto de este espacio virtual como de los distintos juegos y demás actuaciones que se han diseñado. Esta es una experiencia que nos adelantan desde Tommy Hilfiger.
Si te encanta esta marca y quieres saber más sobre su accionar, puedes revisar la información completa en: Tommy Hilfiger llega al metaverso o Tommy Hilfiger registra su marca para el metaverso.
Una nueva semana y les traemos interesantes noticias sobre el desarrollo y la creación de patentes en el mundo de la propiedad intelectual. Aquí te hablamos de las nuevas patentes de Sony para el beneficio de los videojuegos, consolas y usuarios, también revisaremos la patente de Apple y su vehículo.
Algunas de estas notas son muy interesantes y otras de seguro revolucionaran el cotidiano, te traemos una mirada distinta de nuestra sociedad desde las patentes. Te recordamos que puedes revisar aquí nuestras notas de la semana pasada.
La industria de los videojuegos combina sus actividades comerciales con aquellas relacionadas con la investigación de tecnología, fruto de lo cual a veces nos llegan noticias de nuevas patentes que si bien pueden no llegar a ver la luz del día sí nos dan una pista del trabajo que están haciendo las marcas por el avance del sector.
Ahora ha sido Sony la que ha registrado una patente de algo que ha llamado 'Helper Mode' (modo ayudante, si lo traducimos) y que guarda relación con las retransmisiones en directo de videojuegos.Según el resumen de Gamerant, esta patente permitiría a los espectadores ayudar a los streamers durante la partida.

No se especifican casos en concreto, pero se puede pensar en una persona jugando en directo a un determinado videojuego en el que espectadores de la audiencia pudieran realizar acciones para ayudar en momentos en los que el streamer se encuentre atascado. Se habla del aprovechamiento de la tecnología de juego en la nube para este tipo de interacciones, por lo que podría tratarse de una ayuda inmediata en tiempo real.
Parece que esta nueva patente de Sony constata que la compañía de PlayStation está muy interesada por el mundo del streaming, el ejemplo más claro se muestra en que: la compañía ha registrado otro tipo de funciones para retransmisiones en directo, como una que le daría a los espectadores la potestad de expulsar a jugadores o la que introduce un sistema de apuestas en los videojuegos.
Más allá de tecnologías abstractas, Sony ha registrado interesantes novedades relacionadas con el hardware de videjuegos, como una nueva patente de un mando con protección para los joysticks o el escaneo de objetos reales para un casco de realidad virtual similar al de PS VR2.
Para saber más del tema, te invitamos a revisar: Sony patenta un sistema que permite a los streamers recibir ayuda de los espectadores
Una nueva patente podría estar anticipando algún tipo de funcionalidad entre PS5 y accesorios como mandos DualShock 3, la cámara EyeToy, PSPGo y más.
El nuevo PS Plus trajo consigo diversos títulos clásicos de PlayStation a la PS5 lo cual resultó grandioso para los usuarios, con el nuevo PS Plus, precisamente con la suscripción Deluxe, el usuario tiene la opción de acceder a juegos de consolas pasadas desde la PlayStation clásica hasta el PS3 los cuales son ejecutados desde la nube; sin embargo, Sony ya estaría buscando la forma de emular directamente juegos de PlayStation 3 en la PlayStation 5.
En ella se vislumbra lo que parece ser un modelo pasado de mando Dualshock o una posible PSP Go, que se estaría utilizando a través de algún tipo de emulación en PS5.

De acuerdo con GameRant, la patente presentada el pasado 30 de junio de 2022 por Sony Interactive Entertainment lleva por título “Sistemas y métodos para convertir un código heredado en un código actualizado” y describe un proceso de emulación de videojuegos que Sony podría emplear en un futuro próximo.
Una gran parte de esta tecnología procede de la generación de PlayStation 3, por lo que bien podría ser un indicativo de que Sony sigue pensando maneras de mejorar la emulación de dicha consola, cuya arquitectura siempre ha sido la más particular.
Cabe mencionar que al momento la patente es solo eso, así que esta idea de Sony aún no está asegurada, aunque con el regreso de catálogo clásico podría ser una buena opción especialmente por todos los jugadores nostálgicos a quienes sin duda les gustaría regresar de lleno a la experiencia de hace unos años pero ahora en su PS5.
Sí deseas conocer un poco más sobre esta nota, puedes revisar: Una patente sugiere que los mandos DualShock 3, la cámara EyeToy, PSPGo y otros accesorios PlayStation podrían funcionar en PS5 o Accesorios clásicos de PlayStation serán compatibles con la PS5.
El parabrisas es uno de los terrenos en los que se están desarrollando más avances dentro de la industria automotriz. En el futuro, el parabrisas integrará sistemas de realidad aumentada que ayuden al conductor a orientarse o responder mejor ante un imprevisto.
Cuando los coches se conviertan en aparatos autónomos, el parabrisas se convertirá en una gran pantalla en la que consumiremos contenidos. Y cuando en ocasiones conduzcamos nosotros y en otras, sea el coche quien nos guíe, surgirán sistemas mixtos gracias a los cristales de opacidad variable.

Todo suena como un sueño, sin embargo Apple lleva años embarcada en el desarrollo de un coche de tecnología avanzada dentro de su Proyecto Titán. La firma de Cupertino ha registrado patentes relacionadas con diferentes aspectos de un automóvil, muchas de ellas centradas en los parabrisas y ventanillas laterales.
Apple presentó en 2018 una patente de un parabrisas con realidad aumentada, que mostrará direcciones, mapas e incluso llamadas con FaceTime. Este head up display tendría funcionalidades muy avanzadas, como la detección del nivel de atención y estrés de los ocupantes, a través de un sistema que supervisa el movimiento de los ojos, la postura corporal, la temperatura corporal, la frecuencia del parpadeo, la frecuencia cardíaca y los gestos corporales.
El sistema de realidad aumentada es capaz de identificar calles, edificios, tiendas, también de señalarlos con elementos gráficos en el parabrisas cuando el conductor lo pide. Del mismo modo, el sistema podría reconocer gestos o hacia donde mira el usuario del vehículo mientras solicita una información del entorno, para mostrársela en su campo de visión y justo en la posición en la que se encuentra el objeto real.
Cabe mencionar que al momento la patente es solo eso, así que se encuentra en estudio, pero lo importante es recordar que con la avanzada de la tecnología y a largo plazo, los coches autónomos, se convertirán en una gran pantalla.
Si te encanta Apple y quieres saber más sobre este coche, puedes revisar la información completa en: Las innovaciones de Apple para los autos del futuro.
En el año 2004, Kevin Roberts, CEO de las agencias de publicidad Saatchi&Saatchi, introdujo el término Lovemarks describiéndolo como; la primera conexión emocional de tocar lo más profundo de sensibilidad del público, así Lovemarks se convierte en la relación de contemplación, adoración y amor entre una marca y sus usuarios. Esta es la marca por la cual los consumidores están dispuestos a cumplir ciertas condiciones con tal de acceder a sus productos o servicios.
Koyasaki expresa que el verdadero valor de una marca se basa en mantenerse en la mente del consumidor, aquella que una vez ahí, probablemente no la puedas dejar porque llega tan profundo dentro de ti, de tus emociones, sentimientos y razones.
Esto significa que debe existir un vínculo emocional ofrecido desde la marca para enamorar al consumidor, sin embargo, no todas las marcas entienden que los usuarios tienen distintos niveles emocionales y distintas realidades, por eso, la marca debe ser capaz de prever estas circunstancias, mientras cumple con sus promesas hacia sus consumidores.
Teniendo en cuenta lo mencionado, podemos mencionar que existen dos pilares bajo los que se proyecta una marca, estos son el respeto y el amor. Estos conceptos vinculantes demuestran la existencia de cuatro tipos de marcas en el mercado con base en los ejes de amor y respeto.

Respeto bajo & amor bajo (Producto): Marcas poco atractivas y racionales, cuyas decisiones de compra son tomadas sin ningún tipo de vínculo emocional. Normalmente se tratan de productos o servicios extremadamente básicos y que normalmente no implican ningún tipo de decisión meditada de compra.
Respeto bajo & amor alto (Moda): Marcas que consiguen llegar al alma de sus consumidores, pero que una vez se adquieren, es difícil que se vuelva a repetir la compra. Por lo cual deben reforzar el compromiso con sus clientes a través de campañas de acercamiento y mejoras en sus productos o servicios.
Respeto alto & amor bajo (Marca): Marcas centradas en los beneficios de sus productos o servicios. Su imagen se presenta de manera fuerte y efectiva, pero fracasa a la hora de formular discursos emocionales o presentar un posicionamiento social.
Respeto alto & amor alto (Lovemark): Marcas cuyo estatus es ideal, esta es la meta de muchas en el mundo. Son aquellas marcas cuyo posicionamiento logra una gran fidelización a largo plazo en el público consumidor.
Estos cuatro ejes específicos permiten conocer si los consumidores comprenden a la marca como producto, moda, marca o una lovemark. Es así que, se vuelve relativamente fácil el dividir el mercado desde este modelo teórico, sin embargo, es el trabajo detrás de cada una de las marcas el que las posiciona en uno de estos ejes.
Si bien el respeto y el amor son los ejes fundamentales para la estructura, existen otros puntos qué hacen que los clientes quieran, adoren y recomienden a sus amigos y familiares las marcas. Estas 4 claves se presentan en la mayoría de los casos en los que una marca ha llegado a establecerse como una lovemark:
Iniciemos con la emoción, solo es necesario mirar a nuestro alrededor y ver cómo las marcas se comunican con el objetivo de emocionar al público. Las campañas ahora adoptan una línea más emotiva, tratando de apelar a las emociones. En este sentido, las campañas en las que se hace partícipe al público como pueden ser las conocidas como acciones de Street marketing suelen resultar ser las más efectivas y mejor recibidas por parte del consumidor a la hora de calar en su mente.
Otro término relevante es la confianza, sabemos que la competencia y las características del mercado actual no siempre hacen las cosas fáciles, por lo que el esfuerzo de la marca por trabajar la confianza de su cliente es vital. Aquí, los hechos valen más que las palabras. La imagen de marca y reputación, también.
La innovación jamás podría faltar en una marca consolidada, es bien sabida la competencia a la que se enfrentan la mayoría de las compañías, el desarrollo de proyectos nuevos acorde a las necesidades del público es muy importante. Este punto permitirá que los usuarios marquen la diferencia con respecto a la competencia, ya que, la marca que apuesta por la innovación, siempre buscará el posicionamiento en el imaginario colectivo.
Para finalizar, podemos hablar de las expectativas del cliente, es decir, si una marca cumple con los puntos anteriores, lo más probable es que también cumpla con las expectativas del cliente respecto al servicio, producto o marca. Esto es fundamental para que sigan confiando en la marca, además de seguir estando posicionados entre sus lovemark´s.
Ahora, las marcas han empezado a comprender la importancia creciente que tiene el usuario y como los sentidos son importantes para impulsar su camino a ser una lovemark. Los sentidos hacen que los consumidores perciban las cosas a niveles mucho más profundos y que conecten con ellos a un nivel emocional y menos racional.

Estos tienen mucho más poder que simplemente enviar mensajes, en la actualidad, los sentidos permiten conectar con los consumidores en el entorno en el que se mueven. Ahora que las marcas están cada vez más sometidas a las pantallas y fuentes de información, lograr romper con ese entorno y ser detectado es muy importante para introducirse en la mente del consumidor.
El uso de los sentidos de una forma mucho más completa y menos limitada ayuda, pero, como se mencionó anteriormente, no es lo único que los sentidos pueden aportar. El buen uso del poder de los sentidos es clave para conectar con los consumidores a un nivel mucho más personal. Es imprescindible para que las campañas y esfuerzos que se realicen, en torno a una marca, tengan un efecto a nivel emocional y que lleven a la marca a convertirse en eso que todas están interesadas en ser: una lovemark.
Las lovemark como previamente lo mencionamos, no son marcas que simplemente funcionan bien o con las que los consumidores están satisfechos, la relación con ellas va mucho más allá: Los consumidores las quieren, es decir, estas marcas y sus usuarios tienen una conexión emocional y una por tanto profunda y muy poco racional con ellas. Por lo tanto, son especialmente fieles a estas marcas, sus defensores y suelen consumirlas pase lo que pase.
El poder de los sentidos como elemento evocador y como conector emocional es más que sabido y aprovechado por la mayoría de las grandes marcas, que intentan encontrar el punto sensorial que hará que los consumidores conecten con sus productos y se vinculen de forma emocional a ellos.
Un ejemplo son los productos de limpieza de Marsella, lo que buscaba esta marca es persuadir al consumidor en base a una conexión con un olor (antiguo), de abuelas y por tanto establecer una conexión emocional con él. ¿Funciona? Posiblemente, la marca no ha cruzado aún la frontera para convertirse en una lovemark, pero sí han conseguido asentarse en el nicho de lo retro.
Las compañías no solo buscan crear esas experiencias emocionales intentando potenciar la experiencia sensorial, sino que además han empezado a blindar esos elementos frente a la competencia. Algunas marcas han llevado a cabo campañas publicitarias partiendo del sonido de apertura de sus envases, uniendo un sonido con una marca y con una experiencia y añadiendo de esta forma una capa emocional a todo ello. El ejemplo más claro de esto es el pop al abrir un frasco de Pringles.
El sonido es por tanto una parte sumamente importante que hace que los consumidores conecten con una marca, aunque sea una cuestión meramente accidental, el sonido es tan característico que la compañía ha intentado convertirlo en algo registrado y por tanto blindado por el copyright.

La competencia en el mercado hace que las marcas busquen distinguir sus productos de otras empresas competidoras, por lo que, cada vez es más frecuente que éstas recurren a la utilización de las marcas no tradicionales, es decir aquellas que son percibidas por el consumidor por cualquiera de los cinco sentidos. Ahora hablemos un poco de las marcas gustativas, olfativas y sonoras:
Marcas gustativas: consisten en sabores que, siendo ajenos a la naturaleza del producto, se le añaden para otorgarle distintividad en el mercado a un determinado bien. El principal problema de este tipo de marcas al igual que las marcas olfativas es que tanto los olores como el gusto, los consumidores no los perciben como signos distintivos sino como una característica del producto. Además, hay que tener en cuenta la subjetividad en la percepción del signo ya que no todos percibimos de la misma manera un sabor o un olor, lo cual no ocurre con las marcas visuales, donde esta subjetividad desaparece. Otra dificultad consiste en que para percibir el sabor en un producto hay que haberlo probado.
Marcas Olfativas: Una marca olfativa es un signo percibido por el olfato. Este debe ser lo suficientemente distintivo y debe ser susceptible de representación gráfica para ser registrado. Se considera que son similares a las marcas gustativas, tanto por la dificultad de la representación gráfica como por la manera en la que cumplen el requisito de distintividad.
Un olor, aroma o fragancia cumple un carácter distintivo si logra individualizar y diferenciar un producto de otros similares en el mercado. Esto implica que el olor no puede provenir de la naturaleza del producto, sino que se tiene que apartar de los olores habitualmente asociados con los productos de la misma categoría en la Clasificación de Niza. Es decir, el olor no puede tener relación con el producto al que se le pretende aplicar.
Marcas Sonoras: En materia de signos distintivos la utilización de sonidos es frecuente. En el caso de las marcas sonoras el requisito de la representación gráfica es más sencillo. La mayor parte solicitan la representación gráfica de la marca sonora en un pentagrama, aunque existen otras alternativas. No es posible el registro de un sonido genérico, pero si lo es una manifestación particular de esos sonidos como ocurre con el registro realizado por la compañía Metro-Goldwyn-Mayer del rugido del león.
Actualmente, está bien mencionar que las marcas más valiosas salvan la división entre centrarse en la experiencia individual y construir un negocio sostenible que contribuya a cambiar el mundo para mejor.

Aunque muchas marcas reconocen que hay una brecha entre ellos y los consumidores, esta es difícil de cuantificar y más difícil aún de ponerle solución. Las marcas más queridas, con una vanguardia en el enfoque del cliente, crecen casi 3 veces más rápido que el promedio de la industria. Los consumidores están cambiando, el comportamiento de compra y la creciente incertidumbre Consumidor-Marca, están revolucionando el estilo en el que se concibe y se acercan a una marca.
Es evidente que se está produciendo un avance en la relación entre la marca y el consumidor, y esto es en parte a las denominadas marcas no tradicionales. La competencia entre marcas, es cada vez más elevada y hace que éstas busquen alternativas a los métodos tradicionales para diferenciarse en el mercado.
Sin embargo, uno de los mayores problemas que plantea el registro de este tipo de marcas es examinar la existencia de una posible infracción de marca, ya que se vuelve necesario valorar el riesgo de confusión que puede haber entre las mismas y para ello el parámetro que se utiliza es el del consumidor informado, al contrario de lo que ocurre con las patentes, donde la figura que se utiliza es la de un técnico experto en la materia.