Favicon Luzuriaga Castro Original
Favicon Luzuriaga Castro Original

María, una empresaria ambateña de calzado artesanal, descubrió en 2022 que su marca 'Andes Shoes' era vendida en Facebook Marketplace… por alguien que jamás había pisado los Andes. Las imitaciones, un 40% más baratas pero un 80% menos duraderas, le hicieron perder contratos en Quito y Guayaquil. Este caso, aunque singular, ilustra un problema generalizado: de acuerdo con la Cámara de Industrias de Guayaquil, la piratería representa para Ecuador pérdidas cercanas a los 900 millones de dólares anuales.

En la actualidad, la piratería trasciende los mercados informales y llega a los algoritmos, redes sociales y contenedores transnacionales. El presente artículo explora la forma en que Ecuador combate este flagelo en tres frentes: lo físico, lo fronterizo y lo digital, en un contexto donde el derecho y la tecnología se han convertido en aliados imprescindibles.

Según el informe “Trade in Counterfeit Goods and the Italian Economy” de la OCDE de 2023, el 3,3 % del comercio mundial corresponde a productos falsificados, con un valor récord de 464 mil millones de dólares[1]. Entre 2020 y 2023, las falsificaciones en entornos virtuales crecieron un 154 %, impulsadas por plataformas como Amazon o Facebook Marketplace, que se han convertido en canales de distribución clave para la comercialización de imitaciones que desafían las legislaciones nacionales.

En América Latina, Ecuador figura como uno de los países más afectados. Según la Cámara de Industrias de Guayaquil, la piratería equivale a un 1,5 % de su PIB ecuatoriano. A nivel regional, la Comunidad Andina (CAN) reporta que el 22 % de las incautaciones aduaneras están vinculadas a infracciones de marcas, mientras que el Servicio Nacional de Derechos Intelectuales del Ecuador (SENADI), reporta un 18 % de efectividad en casos de medidas en frontera, según datos de su Memoria Anual 2023[2].

Estas cifras revelan una paradoja: aunque Ecuador cuenta con legislación en materia de propiedad intelectual -la Decisión 486, el Código Orgánico de la Economía Social de los Conocimiento e Innovación (COESCCI) y el Código Orgánico Integral Penal (COIP)-, su capacidad para frenar la piratería está limitada por la asimetría entre normas escritas y recursos operativos. Mientras el comercio digital crece a un ritmo del 12 % anual en el país según cifras del Banco Central del Ecuador, los controles en redes sociales y aduanas siguen dependiendo de protocolos manuales y denuncias reactivas. Para subsanar esta brecha, se hace imprescindible una defensa multinivel que abarque lo físico, lo fronterizo y lo digital.

Primer frente: Mercados físicos y allanamientos

Contenido del artículo

Aunque el debate global se centre en algoritmos y large language models (LLMS), gran parte de la lucha contra la piratería aún se libra entre puestos callejeros y bodegas clandestinas. En el comercio informal, que representa el 35 % de la economía del Ecuador según el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INEC), los operativos contra falsificaciones físicas siguen siendo la primera trinchera. Tan solo en el último año, agentes aduaneros incautaron 50000 productos falsos valorados en 6,5 millones de dólares y de ellos, los zapatos (45 %) y ropa deportiva (30 %), lideran las incautaciones.

Pero ¿qué hace posible desmantelar estas redes? La respuesta está en dos herramientas jurídicas: la Decisión 486 de la Comunidad Andina, y el Código Orgánico Integral Penal (COIP). Sin embargo, ni las leyes más rigurosas son inmunes al fenómeno sistémico de corrupción. En 2023, Transparencia Internacional reveló que el 23 % de los casos de piratería en Ecuador involucran sobornos a funcionarios, un fenómeno que va desde la "autorización" para ingresar contenedores hasta la desaparición de evidencias.

Sin embargo, los allanamientos e incautaciones resultan ineficaces si los casos se diluyen en procesos judiciales prolongados. En Ecuador, el promedio de tiempo para concluir una investigación preprocesal penal por infracción a derechos de propiedad intelectual es de 18 meses, según estadisticas de la Fiscalía General del Estado del Ecuador.

En un hito jurídico para Ecuador, en 2024 se dictó la primera sentencia por asociación ilícita en un caso de falsificación marcaria. Esta decisión refuerza el combate contra la piratería al vincular la falsificación con estructuras criminales organizadas, elevando su gravedad legal. El fallo sienta un precedente clave para fortalecer la protección de marcas en un mercado donde la infracción digital y física coexisten.

Al final, cada allanamiento exitoso es una batalla ganada, pero la guerra exige más. Por cada bodega allanada, hay diez cuentas falsas en Instagram y TikTok vendiendo productos falsificados; por cada infractor sancionado, surge un influencer promocionando imitaciones. La lección es clara: en el siglo XXI, proteger una marca requiere tanta pericia para rastrear un hashtag en redes sociales como para rastrear una etiqueta en el mercado.

Segundo frente: Fronteras y medidas cautelares

En un escenario de creciente globalización, las fronteras ya no son simples líneas geográficas, sino puntos críticos donde convergen flujos de comercio lícito e ilícito. Los aeropuertos, puertos marítimos y pasos terrestres de Ecuador se han transformado en campos de batalla donde la propiedad intelectual se juega su última carta antes de que los productos falsificados lleguen al consumidor final. En este frente, las medidas en frontera se convierten en herramientas estratégicas que requieren una combinación de normativa, cooperación internacional y tecnología.

La Decisión 486 de la Comunidad Andina, en su artículo 243, establece la base legal para la retención de mercancías sospechosas de infringir derechos de propiedad industrial. Este mecanismo legal ha demostrado su eficacia: según datos del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador (SENAE), en 2023 se aplicaron medidas de este tipo en el 67 % de los casos detectados en el Aeropuerto Internacional Mariscal Sucre de Quito, con resultados significativos en la incautación de productos falsificados.

Un ejemplo ilustrativo sucedió recientemente, en febrero de 2025, donde se incautaron cientos de miles de tintas para impresora falsificadas que ingresaban por el puerto de Guayaquil. Lo notable de esta operación no fue solo la cantidad de productos retenidos, sino el uso de algoritmos de reconocimiento de patrones. Estos algoritmos analizaron documentos de embarque, detectando inconsistencias en códigos de barras y etiquetas, e información de envío. La acción oportuna conjunta evitó que estos productos ingresaran al mercado ecuatoriano, protegiendo tanto a consumidores como a los titulares de los derechos de las marcas originales.

A pesar de los avances normativos y tecnológicos, la implementación efectiva de medidas en frontera enfrenta obstáculos significativos. Para afrontar estos desafíos, Ecuador debe apostar por una estrategia fronteriza integral que combine legislación, cooperación internacional y tecnología. En la actualidad, el desafío no es solo detener un contenedor sospechoso en Guayaquil, sino anticiparse a su llegada mediante el análisis predictivo de datos. La defensa de las marcas en las fronteras exige, por tanto, un enfoque que trascienda lo físico y abrace lo digital, en una sinergia donde el derecho y la tecnología actúan como aliados inseparables.

Tercer frente: Redes sociales y el tsunami digital

Contenido del artículo

El auge del comercio electrónico y las redes sociales ha redefinido el panorama de la piratería, convirtiendo plataformas como Instagram, Facebook Marketplace y TikTok en los nuevos centros para la comercialización de productos falsificados. En Ecuador, la falta de una regulación específica para el comercio digital ha permitido la proliferación de infracciones de marca en estos entornos.

Si bien la legislación ecuatoriana regula ciertos aspectos de los contenidos en línea, no aborda de manera específica la responsabilidad de los influencers en la promoción de productos falsificados. En el ámbito jurisprudencial internacional, se han sentado precedentes que establecen la corresponsabilidad de las plataformas de comercio electrónico cuando no retiran productos piratas tras recibir notificaciones formales. Esta tendencia podría servir de guía para futuras reformas andinas, dado que la Decisión 486 no contempla, de forma explícita, un deber de vigilancia activa en entornos digitales.

Por su parte, tecnologías como el web scraping y el monitoreo automatizado han demostrado eficacia en la detección de infracciones, mientras que la inteligencia artificial aplicada al análisis de patrones sospechosos podría optimizar la respuesta de las autoridades.

Un reto persistente es la demora de las plataformas digitales en retirar publicaciones ilegales, lo que prolonga la circulación de productos falsificados antes de que se tomen medidas efectivas. Esta lentitud afecta tanto a los titulares de derechos de propiedad intelectual como a los consumidores, quienes terminan expuestos a productos de baja calidad o riesgosos. Superar esta barrera implica establecer lineamientos claros de responsabilidad y protocolos de reacción más ágiles, fortaleciendo la articulación entre actores públicos y privados.

Hacia una estrategia 360°: Integrando lo físico, fronterizo y digital

Las soluciones tecnológicas han demostrado ser clave en la lucha contra la piratería. Una de las innovaciones más prometedoras es el uso de blockchain para garantizar la trazabilidad en la cadena de custodia de productos incautados. Esta tecnología permite registrar cada etapa de una incautación, desde la identificación del producto hasta su almacenamiento en bodegas de evidencia, asegurando la integridad de la prueba ante posibles litigios.

Paralelamente, los algoritmos de inteligencia artificial (IA) han comenzado a desempeñar un rol crucial en la detección de patrones de comercio ilegal. En Ecuador, se han desarrollado pruebas piloto con machine learning para analizar guías de carga y detectar inconsistencias en códigos de barras, direcciones sospechosas o discrepancias en facturación, lo que permite anticiparse al ingreso de productos falsificados al país.

Para consolidar una defensa efectiva de las marcas, es necesario implementar medidas en tres niveles:

  1. Reasignación a FEDOTI para la investigación de delitos de PI: A pesar de que el catálogo de delitos vigentes de la Fiscalía General del Estado del Ecuador dispone que FEDOTI investigue los delitos de propiedad intelectual, un error administrativo ha derivado en el envío de dichos casos a la Unidad de Soluciones Rápidas. Corregir esta práctica permitiría agilizar las respuestas ante infracciones en mercados físicos, al contar con equipos especializados y recursos adecuados.
  2. Reformas a la legislación local y regional: La actualización del marco normativo debe incluir disposiciones sobre la responsabilidad de intermediarios digitales, inspiradas en la Digital Services Act de la Unión Europea, para exigir que plataformas de comercio electrónico y redes sociales adopten medidas de control más estrictas.
  3. Investigaciones antipiratería cibernética: La modificación del marco legal debe contemplar estrategias proactivas para la protección de los derechos de PI en el entorno digital, promoviendo equipos multidisciplinarios que combinen conocimientos jurídicos y tecnológicos.
  4. Protocolos unificados de alerta temprana: La implementación de sistemas de detección automática de importaciones irregulares, basados en indicadores como las guías de carga y los datos de facturación, permitiría a las autoridades actuar preventivamente ante posibles infracciones.

En definitiva, la lucha contra la piratería trasciende el ámbito estrictamente legal y se configura como un ecosistema donde convergen las normas legales y tecnologías como la inteligencia artificial. El éxito no dependerá únicamente de reformas normativas o de acciones aisladas en mercados informales, aduanas o redes sociales, sino de la integración constante de herramientas digitales y modelos de cooperación internacional en un enfoque estratégico.

En un mundo sin barreras físicas ni digitales, la defensa de las marcas deja de ser competencia exclusiva de abogados, fiscales y jueces, y se convierte en una alianza entre el derecho y la tecnología. La tecnología de cadena de bloques, al servicio de la normativa vigente, se perfila como la principal arma para salvaguardar la autenticidad y el valor de las marcas en el siglo XXI.


[1] https://www.oecd.org

[2] https://www.derechosintelectuales.gob.ec/

La globalización y la expansión de los mercados han convertido a América Latina en un destino clave para las marcas europeas que buscan diversificar sus operaciones y aumentar su presencia internacional. Sin embargo, a medida que las empresas europeas ingresan a estos mercados emergentes, también enfrentan desafíos importantes relacionados con la protección de su propiedad intelectual (PI). La infracción de marcas, la falsificación y la competencia desleal son riesgos comunes en muchas economías de la región, donde las leyes de PI suelen ser insuficientes o mal aplicadas, lo que dificulta la protección efectiva de las marcas

Una adecuada protección de marcas es esencial para salvaguardar los activos intangibles de una empresa y mantener la confianza de los consumidores, lo cual es crucial para asegurar una ventaja competitiva en un mercado extranjero. En este contexto, es fundamental que las marcas europeas comprendan las diversas opciones legales disponibles y adapten sus estrategias de protección a las particularidades de cada país en la región. 

América Latina presenta un panorama diverso en términos de protección de la propiedad intelectual, con avances significativos en la implementación de marcos legales modernos y en la adhesión a tratados internacionales. Sin embargo, aún existen desafíos considerables, especialmente en los mercados emergentes. Aunque muchos países latinoamericanos han adoptado leyes de PI alineadas con los estándares internacionales, gracias a su participación en tratados como el Acuerdo de la Organización Mundial del Comercio (OMC), el Convenio de París para la Protección de la Propiedad Industrial y el Protocolo relativo al Arreglo de Madrid, las dificultades en la aplicación y ejecución de estas leyes persisten. 

En algunos países, la piratería y la falsificación siguen siendo problemas persistentes, exacerbados por la falta de recursos y la escasa coordinación entre las autoridades. Estas problemáticas se reflejan en prácticas ilegales como el contrabando y la fabricación de productos falsificados, que afectan principalmente a las marcas internacionales. 

Mercados emergentes en Latinoamérica 

Entre los mercados emergentes más relevantes de la región se encuentran Argentina, Brasil, Chile, Colombia, México y Perú, cuyo crecimiento económico los ha convertido en destinos atractivos para la inversión extranjera. Estos países se han destacado por su relevancia económica y han logrado ser reconocidos en índices internacionales, como él Dow Jones de mercados emergentes

Sin embargo, también existen elementos normativos que representan una ventaja para los inversionistas europeos interesados en estos mercados. Un ejemplo clave es el Régimen Común de Propiedad Industrial de la Comunidad Andina, establecido por la Decisión 486, que agrupa a Bolivia, Colombia, Ecuador y Perú. Este régimen ofrece beneficios, como la posibilidad de ejercer derechos de prioridad, presentar oposiciones andinas y probar el uso de marcas solo en uno de los países miembros para defenderse de posibles acciones de cancelación. 

Además, varios países de América Latina, como Brasil, Chile, Colombia y México, forman parte del Protocolo de Madrid, lo que permite a las marcas europeas registrar sus marcas en estos países mediante una solicitud internacional, facilitando su protección de marcas en la región de manera eficiente en términos de tiempo y costos. 

Aparte de las herramientas legales relacionadas con los tratados internacionales, otra de las opciones más directas para proteger una marca en América Latina es el registro nacional de marcas en cada país. Este proceso varía según la legislación de cada nación, pero incluye estos pasos: primero, realizar una búsqueda de disponibilidad de la marca para asegurarse de que no exista un registro previo de marcas similares; luego, presentar la solicitud de registro, con detalles sobre la marca y los productos o servicios a los que se aplica, según los requisitos nacionales. 

Los plazos de respuesta y los costos asociados con el registro de marcas varían considerablemente en la región. Por ejemplo, el registro en Brasil puede demorar hasta 18 meses, mientras que en otros países como Colombia y Ecuador los plazos son más cortos. Los costos también son variables, por lo que es recomendable que las empresas se asesoren sobre las tarifas y la estructura de costos antes de iniciar el proceso. Además, uno de los principales desafíos del registro nacional es la existencia de marcas conflictivas. Las marcas similares o idénticas pueden generar disputas legales, y el proceso de oposición puede ser largo y costoso. 

Para las marcas europeas que buscan expandirse en América Latina, es esencial elegir el mecanismo adecuado de protección. Las opciones incluyen el registro nacional, el aprovechamiento del Régimen Común de Propiedad Industrial de la Comunidad Andina o el uso del Sistema de Madrid para una cobertura más amplia. Hay que evaluar cuidadosamente las necesidades comerciales y legales antes de decidir. 

Estrategias para la Protección de la PI 

Una vez obtenidos los derechos marcarios tras el registro de marcas, otro aspecto que deben considerar los inversionistas es la infracción de marcas, la cual representa un riesgo significativo en América Latina, donde la falsificación y el contrabando de productos son comunes. Las marcas europeas deben implementar estrategias legales tanto proactivas como reactivas para defender sus derechos de propiedad intelectual de manera efectiva. Entre las estrategias más efectivas se incluye la vigilancia constante del mercado, que implica monitorear el uso no autorizado de la marca tanto en línea como fuera de línea, y la vigilancia de solicitudes de registro de signos similares para identificar productos similares o idénticos a los suyos. Las empresas pueden contratar servicios de monitoreo para detectar productos falsificados en el comercio electrónico y otros indicios de infracción. Es fundamental que estas empresas cuenten con asesoría confiable y que se ajuste a sus necesidades específicas. 

Cuando se detecta una infracción, es crucial que las empresas actúen rápidamente. Tras la identificación de la infracción y una vez determinada la magnitud de esta, para minimizar los costos iniciales y alcanzar una solución a corto plazo, se pueden plantear mecanismos extrajudiciales como las cartas de cese y desistimiento, así como los compromisos de cesación de la infracción. Si estas herramientas no resuelven los conflictos, se plantea la opción de iniciar acciones legales que contemplen medidas cautelares para cesar la conducta infractora, que, dependiendo de la legislación local del país donde se desenvuelva el conflicto, pueden ser de orden judicial o administrativo. Además, si la infracción persiste, se puede obtener una resolución o sentencia que declare la infracción y establezca medidas correctivas, como la cesación del uso no autorizado de la marca y la destrucción de productos falsificados. 

Fortalecimiento de colaboraciones 

Junto con las herramientas para obtener los derechos y las acciones legales para garantizar su protección, es fundamental que los titulares de los derechos colaboren estrechamente con las autoridades locales. Esto permitirá mantener una comunicación coordinada, tanto con autoridades aduaneras como con fiscalías, para abordar los problemas de falsificación y contrabando. El fortalecimiento de esta colaboración a través de la capacitación de las autoridades locales sobre los productos y marcas a proteger puede resultar en incautaciones preventivas y una respuesta más rápida ante infracciones. 

Por su parte, los acuerdos comerciales entre la Unión Europea y varios países latinoamericanos, como el Tratado de Libre Comercio con México y el Acuerdo entre la UE y Mercosur, también ofrecen beneficios adicionales para la protección de marcas, mejorando la cooperación en la lucha contra la piratería y la falsificación y facilitando los procedimientos legales. 

En resumen, las marcas europeas que buscan protegerse en los mercados emergentes de América Latina deben adoptar una estrategia integral que combine el registro adecuado de sus derechos de propiedad intelectual, el monitoreo constante del mercado y medidas legales efectivas para abordar las infracciones. Aunque la región presenta desafíos, existen herramientas y mecanismos que, si se emplean correctamente, pueden ofrecer una protección eficaz frente a los riesgos de infracción

¿Tu empresa busca proteger su marca en América Latina? En Luzuriaga & Castro Abogados podemos ayudarte a construir una estrategia eficaz, con enfoque regional y experiencia en enforcement. 

Referencias 

EAE Programas. (s.f.). Principales mercados emergentes en Latinoamérica.  

Biz Latin Hub. (s.f.). Resumen sobre la regulación de propiedad intelectual en América Latina.   

OMPI. (s.f.). Convenio de París para la Protección de la Propiedad Industrial. Organización Mundial de la Propiedad Intelectual.  

OMPI. (s.f.). Protocolo relativo al Arreglo de Madrid. Organización Mundial de la Propiedad Intelectual

Mark D. Martin. (2025). Intellectual Property in Brazil: 2025 Outlook.  

LexLatin. (2024). Evolución de la propiedad intelectual en México: servicios legales e impulso al crecimiento.  

Harris Sliwoski. (s.f.). Registering Trademarks in Brazil: What You Need to Know.  

En el corazón de la economía del conocimiento, las patentes funcionan como instrumentos jurídicos esenciales para proteger la innovación. Se trata de derechos exclusivos otorgados a los inventores sobre sus invenciones, permitiéndoles impedir temporalmente que terceros fabriquen, utilicen o comercialicen el invento sin su consentimiento. Esta protección tiene un doble propósito: fomentar la inversión en investigación y desarrollo (I+D) y promover la divulgación tecnológica como parte del progreso colectivo.

En un entorno donde la tecnología avanza a una velocidad sin precedentes, las patentes no han perdido vigencia; al contrario, se han vuelto aún más críticas. Desde medicamentos revolucionarios hasta innovaciones biomédicas o sistemas de telecomunicación, las patentes permiten consolidar ventajas competitivas, monetizar desarrollos técnicos y proyectar la propiedad intelectual como un activo estratégico en las economías modernas.

No obstante, la protección de patentes enfrenta nuevos retos: el surgimiento de biosimilares, la interoperabilidad tecnológica, la fragmentación regulatoria global y el enforcement efectivo en mercados digitales. A esto se suma la dificultad de balancear el interés privado del titular con el interés público de acceso al conocimiento, particularmente en sectores sensibles como la salud.

Este artículo propone un análisis concreto y actual de estos desafíos a través de tres casos reales: la estrategia de MSDante la expiración de la patente de Keytruda, la nueva patente biomédica desarrollada en Costa Rica por el TEC, y el reciente litigio entre TOT Power Control y Apple. Cada caso ilustra diferentes aspectos del ecosistema de patentes: desde la defensa estratégica frente a la expiración, hasta el reconocimiento internacional de innovaciones emergentes y la resolución de disputas transnacionales por infracción de patentes

MSD y la estrategia post-patente de Keytruda

El medicamento Keytruda, desarrollado por la farmacéutica estadounidense MSD, es uno de los tratamientos oncológicos más rentables del mundo. Su principio activo, el pembrolizumab, ha sido clave para tratar diversos tipos de cáncer, como el de pulmón, vejiga y melanoma. Sin embargo, la patente de este blockbuster farmacéutico está próxima a expirar a finales de esta década, abriendo el camino para la entrada de biosimilares que amenazan con erosionar su cuota de mercado.

Ante la inminente expiración, MSD ha optado por una estrategia que combina innovación incremental con estrategia comercial: el desarrollo de una nueva versión subcutánea del medicamento, denominada MK-3475A Subcutaneus Keytruda. Esta modificación no solo mejora la experiencia del paciente, al reducir el tiempo de administración, sino que también permite proteger el nuevo formato mediante una nueva patente.

Este caso representa un excelente ejemplo de cómo las empresas adaptan su portafolio de propiedad intelectual para preservar su posición competitiva más allá del vencimiento de las patentes originales. Según Evaluate Pharma, las ventas de Keytruda caerán de 25.450 millones de euros en 2024 a 14.580 millones en 2030, pero la nueva versión subcutánea compensaría el 60% de esta caída con ingresos de más de 6.500 millones. Para saber más puedes consultar: MSD limitará al 40% el golpe en ventas por el fin de la patente de su antitumoral estrella.

La estrategia de MSD se conoce como evergreening, una práctica que, aunque controvertida, es legal si cumple con los requisitos de novedad, nivel inventivo y aplicación industrial. La evolución del medicamento hacia nuevas formas de administración puede generar nuevas patentes que prolonguen su exclusividad comercial. Este enfoque evidencia cómo el registro de invenciones se convierte en una herramienta de defensa comercial ante la competencia de genéricos y biosimilares, especialmente en un sector como el farmacéutico, donde los márgenes de innovación son estrechos y la inversión en I+D es intensiva.

El TEC de Costa Rica y la innovación biomédica patentada

En un contexto muy distinto al anterior, la Dra. Rojas, investigadora del Tecnológico de Costa Rica (TEC), desarrolló un dispositivo que permite realizar pruebas mecánicas en células óseas y musculares dentro de un solo aparato. Este avance mejora los procesos de regeneración de tejidos y representa una herramienta única en el mercado biomédico de América Latina.

El dispositivo, que mantiene condiciones estériles y de temperatura controlada, ha sido protegido por una patente de invención registrada en Costa Rica con vigencia hasta el año 2041. Esta protección fue gestionada con apoyo del Centro de Vinculación Universidad-Empresa del TEC, asegurando el cumplimiento de los tres requisitos fundamentales: novedad, nivel inventivo y aplicación industrial, para saber más lee nueva patente del TEC crea tecnología para la investigación médica de recuperación de huesos y músculo.

El caso del TEC demuestra que la protección de patentes no solo está al alcance de grandes farmacéuticas, sino que también puede ser una herramienta clave para centros académicos y científicos de países en desarrollo. La visibilidad que otorga una patente internacional puede abrir oportunidades de colaboración con universidades extranjeras, centros de investigación o incluso con fabricantes de dispositivos médicos.

Este caso destaca la necesidad de políticas públicas y marcos institucionales sólidos para acompañar a los investigadores en el proceso de registro de invenciones. También subraya el valor estratégico de la propiedad intelectual en la transferencia tecnológica universitaria. La protección de la patente no solo resguarda los derechos de la inventora, sino que proyecta al TEC como actor relevante en la innovación biomédica de la región.

TOT Power Control vs. Apple – Litigio transnacional por infracción de patente

La empresa española TOT Power Control, dedicada a la gestión de licencias tecnológicas, denunció en 2021 a Apple Inc. por usar sin autorización sus patentes en dispositivos móviles. El pleito, llevado ante un tribunal de Delaware, concluyó en julio de 2025 con un fallo a favor de la firma española, obligando a Apple a pagar 94 millones de euros por infracción de patentes, para saber más puedes ver apple tendrá que pagar 94 millones a la empresa madrileña TOT Power Control por infringir una patente.

La disputa se centró en dos patentes vinculadas a procesos de control de energía utilizados por los procesadores de banda inalámbrica. El jurado determinó que al menos una de las patentes fue infringida, aunque Apple sostiene que apelará el veredicto. Este tipo de litigios es frecuente en el ámbito de las telecomunicaciones y subraya la complejidad de proteger derechos en entornos de alta interoperabilidad tecnológica.

El caso ilustra cómo las empresas que gestionan portafolios de patentes pueden enfrentarse legalmente a gigantes tecnológicos mediante litigios bien documentados. Es también un recordatorio de que el sistema de patentes en EE.UU., con sus tribunales especializados y reglas de indemnización, continúa siendo una jurisdicción clave para la defensa de los derechos de propiedad intelectual.

Más allá del monto de la multa, el caso destaca el papel de los litigios de patentes como mecanismo de enforcement y disuasión. Además, abre la puerta para que TOT Power Control busque indemnizaciones similares contra otros fabricantes como LG y Samsung. El sistema de patentes, al otorgar derechos territoriales, obliga a las empresas tecnológicas a cuidar el cumplimiento normativo en múltiples jurisdicciones, lo cual implica un esfuerzo jurídico, financiero y estratégico considerable.

Puntos finales

Los tres casos analizados muestran las múltiples dimensiones que adopta hoy en día el mundo de las patentes: defensa comercial frente a la expiración, valorización de invenciones académicas, y resolución judicial de controversias internacionales. Aunque provienen de sectores y geografías distintas, todos reflejan la vigencia del sistema de patentes como pilar de la innovación global.

Desde la perspectiva legal, observamos cómo el marco de protección de patentes se adapta a diferentes estrategias: el evergreening para prolongar exclusividad, el registro nacional como herramienta de proyección internacional, y el litigio transfronterizo como medio de enforcement. Sin embargo, estos casos también evidencian la necesidad de fortalecer la cooperación internacional, los sistemas de resolución alternativa de conflictos y los mecanismos de armonización regulatoria.

En la economía digital, donde la innovación se acelera y las fronteras tecnológicas se difuminan, los desafíos para proteger las invenciones patentables son cada vez mayores. Las empresas deben anticiparse al vencimiento de patentes clave, los centros de investigación deben construir estrategias de transferencia tecnológica, y los sistemas judiciales deben responder con eficiencia a disputas técnicas complejas.

Mirando hacia el futuro, se vislumbra una tendencia creciente hacia la digitalización del registro de patentes, el uso de blockchain para trazabilidad de invenciones, y una creciente presión por equilibrar la protección con el acceso justo a tecnologías esenciales. En este escenario, la propiedad intelectual seguirá siendo un terreno clave donde se negocia el equilibrio entre innovación, competencia y desarrollo.

Cada año, la Oficina del Representante Comercial de Estados Unidos (USTR) publica el Informe Especial 301, un instrumento estratégico que evalúa el estado de la protección de la propiedad intelectual (PI) en más de un centenar de países. Su objetivo: identificar aquellas jurisdicciones que presentan deficiencias graves en sus sistemas de enforcement (es decir, la aplicación efectiva de la normativa de propiedad intelectual), legislación o cooperación internacional. El informe clasifica a los países en dos listas: la “Watch List” y la más severa “Priority Watch List”

La inclusión en estas listas no es simbólica: puede influir directamente en la relación comercial con Estados Unidos, afectar la inversión extranjera y generar sanciones o represalias diplomáticas. En muchos casos, estos reportes son el punto de partida para la presión bilateral o la activación de mecanismos de solución de controversias en tratados como el T-MEC. 

La edición 2025 ha llegado en un momento crítico, marcado por el aumento de la piratería digital, la sofisticación de las redes de falsificación internacional y el uso de tecnologías como la IA generativa para reproducir contenidos protegidos. En este contexto, México ha sido incluido por primera vez en la Priority Watch List, junto a países como China, Vietnam e Indonesia, encendiendo las alertas sobre el futuro del enforcement internacional

Este artículo analiza los hallazgos más relevantes del Informe 301 de 2025, con foco en los nuevos países designados como prioritarios, las razones detrás de esta designación y las implicaciones legales, comerciales y diplomáticas que conlleva. Asimismo, se exploran las tendencias emergentes, como la piratería digital y la tensión entre acceso a medicamentos y protección de patentes. 

Radiografía de los Países Prioritarios – Incumplimientos y Desafíos Específicos 

El Informe Especial 301 de 2025, emitido por la Oficina del Representante Comercial de los Estados Unidos (USTR), ha marcado un giro significativo al incluir nuevamente a México como “país prioritario”. Esta designación refleja tensiones crecientes entre el cumplimiento formal de tratados comerciales como el T-MEC y la ausencia de resultados tangibles en enforcement. México, China y varios países del Sudeste Asiático se perfilan como los principales focos de preocupación para la comunidad internacional en materia de piratería digital, falsificación de marcas y protección de derechos de propiedad intelectual

México: entre el T-MEC y la falta de implementación 

La situación mexicana ha llamado particularmente la atención por representar una contradicción entre el compromiso asumido en el marco del Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC) y la débil implementación interna. La USTR identifica tres fallas estructurales clave: 

A pesar de medidas recientes como el Portal de Transparencia Farmacéutica o la llamada Operación Limpieza, el informe concluye que las acciones gubernamentales aún son insuficientes frente a la magnitud del problema. 

China: falsificaciones estructurales y piratería digital sofisticada 

China se mantiene como el epicentro global de las falsificaciones y la piratería digital. La USTR señala que el 75% de las incautaciones de productos falsificados a nivel mundial provienen de China, lo que revela un problema profundamente arraigado en las cadenas de producción y distribución del país. 

Además, persisten serias preocupaciones sobre el incumplimiento del Acuerdo Fase 1 con EE.UU., especialmente en lo referente a la transferencia tecnológica forzada y la protección de secretos comerciales

Plataformas de e-commerce como Alibaba y Pinduoduo son mencionadas específicamente por albergar redes altamente sofisticadas que emplean algoritmos de machine learning para evadir los mecanismos de control interno y dificultar el rastreo de productos falsificados. Esta sofisticación tecnológica plantea nuevos desafíos para los sistemas tradicionales de enforcement. 

Sudeste asiático: crecimiento 

En el Sudeste Asiático, el crecimiento económico y digital no ha ido acompañado de sistemas robustos de protección a la propiedad intelectual. Países como Vietnam e Indonesia emergen como polos activos de piratería y falsificación, con consecuencias internacionales: 

Ambos países han sido llamados a fortalecer sus marcos legales y operativos, especialmente en el contexto de su creciente integración al comercio global. 

Desafíos estructurales: piratería digital, medicamentos y GI 

La digitalización de la piratería 

El Informe 301 revela un patrón de crecimiento sostenido de las infracciones en entornos digitales. Las técnicas se han sofisticado: 

Las PYMEs son las principales víctimas: carecen de capacidad para denunciar internacionalmente, mientras ven sus productos replicados sin control. Un informe de BrandShield revela que más del 80% de las marcas medianas sufren afectaciones en redes sociales y plataformas de comercio electrónico.   

El conflicto farmacéutico: acceso vs. protección 

El enforcement de patentes médicas genera tensión entre derechos de PI y necesidades de salud pública. La USTR reclama a países como Chile, Brasil e India por permitir demoras en la entrada de medicamentos genéricos tras la expiración de patentes. Sin embargo, estos gobiernos argumentan que imponer un “plazo cero” puede encarecer tratamientos esenciales

México también es criticado por la débil coordinación entre el IMPI y la COFEPRIS. Si bien se han creado nuevas herramientas, la implementación efectiva aún está en desarrollo, a menos de un año del fin del periodo de gracia establecido por el T-MEC. 

Indicaciones geográficas: una batalla global 

El informe denuncia los efectos del sistema de indicaciones geográficas (GI) impulsado por la Unión Europea, que limita el uso de ciertos nombres considerados genéricos por EE.UU. (ej. “Feta”, “Parmesano”, “Champaña”). Estas restricciones, según la USTR, afectan derechos adquiridos por empresas estadounidenses, particularmente en países con acuerdos de libre comercio con la UE. 

En México, la presión por adaptar su legislación a modelos europeos ha generado tensiones internas, sobre todo en industrias alimentarias tradicionales y marcas registradas previamente. 

Caminos posibles: reformas, tecnología y cooperación regional 

Ante los cuestionamientos internacionales reflejados en el Informe Especial 301, el gobierno de México ha empezado a tomar medidas con el objetivo de fortalecer su sistema de protección de propiedad intelectual, evitar represalias comerciales y recuperar la confianza de los mercados internacionales. Estas iniciativas se enmarcan en tres ejes clave: reformas normativas, adopción tecnológica y articulación regional. 

Reformas legislativas y cooperación bilateral 

Como respuesta directa al señalamiento de la USTR, México anunció una serie de medidas que buscan cerrar las brechas normativas y operativas que han limitado la implementación efectiva de su legislación en propiedad intelectual: 

Estas acciones no solo pretenden mitigar los efectos de los nuevos aranceles del 25% impuestos por EE.UU. sobre ciertos productos mexicanos, sino también posicionar al país de cara a la revisión del T-MEC prevista para 2026, donde la eficacia del enforcement será un eje de evaluación crucial. 

Tecnología y monitoreo inteligente: el nuevo enforcement 

La transformación digital también está remodelando el paradigma del enforcement. La irrupción de tecnologías como la inteligencia artificial y la blockchain ha permitido el desarrollo de sistemas de monitoreo más precisos, automatizados y escalables. Empresas especializadas como Smart Protection y BrandShield han implementado soluciones que ofrecen: 

Estas herramientas son especialmente útiles en industrias vulnerables a la piratería como la moda, los productos electrónicos, el software y el entretenimiento, permitiendo a las marcas responder de forma más ágil y estratégica frente a las infracciones. 

Cooperación regional: una estrategia necesaria 

El fortalecimiento del enforcement en economías emergentes también depende de una respuesta coordinada a nivel regional. Organizaciones como la ASEAN están discutiendo la adopción de protocolos conjuntos contra la piratería digital, en un esfuerzo por homogeneizar estándares técnicos y jurídicos entre países miembros. 

En América Latina, iniciativas recientes lideradas por Colombia, Chile y Perú apuntan a: 

Esta articulación será clave no solo para mejorar el enforcement, sino también para garantizar un acceso justo al conocimiento y a los mercados, equilibrando protección y desarrollo. 

Entre la presión diplomática y la necesidad de equilibrio 

El Informe Especial 301 de 2025 no solo es un listado técnico: es una herramienta geopolítica que refleja las prioridades de Estados Unidos en materia de propiedad intelectual, comercio e innovación. Su impacto va más allá de la reputación: puede redefinir relaciones comerciales, incentivar reformas legales y movilizar inversiones o sanciones. 

México, al entrar en la lista prioritaria, enfrenta una ventana crítica de oportunidad. El cumplimiento de sus obligaciones en el T-MEC, la modernización institucional, la aplicación de nuevas tecnologías y la cooperación con sus principales socios comerciales serán determinantes para evitar consecuencias económicas y jurídicas de mayor escala. 

En el panorama global, la tensión entre enforcement y acceso seguirá marcando el debate. Mientras EE.UU. insiste en elevar los estándares de protección, países emergentes reclaman flexibilidad para fomentar la innovación local, proteger la salud pública y competir en igualdad de condiciones. 

El verdadero reto será encontrar un punto de equilibrio que reconozca la importancia de proteger la propiedad intelectual sin excluir a quienes más necesitan acceso a tecnología, cultura y medicamentos. La gobernanza de la PI en el siglo XXI dependerá de la capacidad de los países para diseñar sistemas justos, adaptativos y sostenibles. 

El reloj corre: para los nuevos países designados como prioritarios, como México, el año 2026 marcará no solo una evaluación técnica, sino el resultado político de sus decisiones presentes. 

Bibliografía 

La irrupción de la inteligencia artificial generativa (IA generativa) ha desencadenado una crisis estructural en el sistema global de propiedad intelectual, cuestionando los pilares tradicionales del derecho de auto. Modelos como GPT, Stable Diffusion o Sora pueden producir obras con un grado de sofisticación que rivaliza con la creación humana. Sin embargo, esta aparente democratización de la creatividad ha sido posible, en muchos casos, mediante el uso no autorizado de obras protegidas, alimentando modelos con datos sin licencia ni consentimiento.

El impacto disruptivo de esta tecnología no solo afecta al marco jurídico, sino también a la sostenibilidad económica de las industrias creativas, la confianza de los autores en el ecosistema digital y los mecanismos tradicionales de enforcement. De acuerdo con el análisis de Lex Machina (2024), los litigios tecnológicos relacionados con entrenamiento de modelos aumentaron un 200% en solo un año, evidenciando el inicio de una nueva era de disputas judiciales y éticas.

Esta transformación está ocurriendo en un contexto de vacío normativo. Normas como el Acuerdo sobre los ADPIC o las disposiciones de la OMPI fueron concebidas para un mundo analógico, sin prever el uso masivo de datos creativos por sistemas automatizados. La falta de una definición globalmente armonizada sobre el estatus legal de las obras generadas por IA, el uso justo (fair use) en contextos transnacionales, o la posibilidad de compensación a titulares por entrenamiento con sus obras, ha fragmentado las respuestas legales.

Este artículo propone una lectura sobre la problemática, combinando una visión jurídica, tecnológica, social y económica, a partir de cinco bloques temáticos que analizan casos relevantes, dilemas conceptuales, modelos regulatorios emergentes, impactos industriales y propuestas innovadoras para repensar el equilibrio entre creación y tecnología.

La disputa legal del siglo: Casos emblemáticos y sus implicaciones

Representación visual del conflicto entre IA generativa y derechos de autor

Getty Images vs. Stability AI (Reino Unido, 2024)

El caso iniciado por Getty Images contra Stability AI representa una de las demandas más significativas en torno al uso no autorizado de datos para entrenamiento de modelos. Getty alega que la empresa utilizó más de 12 millones de imágenes sin licencia para entrenar el modelo Stable Diffusion, generando resultados que replican marcas de agua y composiciones protegidas, lo que constituye una infracción directa a sus derechos de autor (Financial Times).

La defensa de Stability AI se basa en tres pilares: (1) que las imágenes generadas son "pastiche", protegidas por la excepción al copyright del Reino Unido; (2) que el entrenamiento se realizó fuera del territorio británico, por lo tanto fuera de jurisdicción; y (3) que la responsabilidad legal debe recaer sobre los usuarios, no sobre el proveedor de IA. Este argumento tensiona los límites del enforcement internacional, abriendo la posibilidad de que se consoliden "paraísos de entrenamiento" en países con normas laxas.

The New York Times vs. OpenAI/Microsoft (EE.UU., 2025)

En una demanda sin precedentes, The New York Times denunció a OpenAI y Microsoft por reproducción literal de más de 100 artículos mediante ChatGPT, evadiendo muros de pago y comprometiendo su modelo de negocio basado en suscripciones. El medio sostiene que esta conducta vulnera los derechos patrimoniales, pero también representa una forma de competencia desleal (Reuters).

En abril de 2025, el juez Lewis Stein rechazó el intento de desestimiento de OpenAI, avalando la teoría de que inducir a los usuarios a generar respuestas infractoras puede constituir una forma activa de violación. Este caso podría redefinir los límites del uso justo y establecer precedentes sobre la responsabilidad indirecta de las plataformas.

La paradoja creativa: Herramienta de innovación o expropiación sistémica

Representación de una red digital conectada por inteligencia artificial con interacción humana

La IA generativa es simultáneamente una herramienta transformadora y una fuerza disruptiva. Por un lado, permite a creadores acceder a nuevas formas de expresión. Por otro, se construye sobre bases de datos que contienen obras sin licencia, generando lo que muchos denominan una "expropiación creativa" masiva.

La Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI) estima que más del 87% de los modelos actuales fueron entrenados con contenido sin licencia, lo que plantea serias dudas sobre la legalidad de su operación y la justicia de sus beneficios.

Impacto por sectores:

Soluciones en disputa: Propuestas regulatorias y tecnológicas

a) Modelo europeo: El AI Act como respuesta integral

El AI Act aprobado por la Unión Europea propone medidas como:

Aunque esta normativa ha sido celebrada como pionera, grandes plataformas tecnológicas sostienen que aplicar marcas de agua es inviable en modelos multimodales o de lenguaje natural, argumentando complejidades técnicas.

b) Compensación colectiva e innovación en licencias

c) Reformas legales por países

El futuro incierto: Entre la concentración de poder y la reinvención colectiva

Símbolo de ciberseguridad y protección legal en sistemas de inteligencia artificial

Si no se implementan mecanismos claros y efectivos de protección, la IA generativa podría desencadenar un colapso del ecosistema creativo. Las consecuencias potenciales incluyen:

Frente a este panorama, emergen soluciones propositivas:

Una batalla por el valor de la creatividad humana

La crisis provocada por la IA generativa no es exclusivamente técnica ni legal: es una cuestión cultural y ética sobre qué valor asignamos a la creatividad humana frente a la automatización.

Casos como Getty y NYT marcarán las líneas jurisprudenciales de la próxima década, pero el verdadero reto radica en construir un modelo de convivencia donde la innovación tecnológica se base en principios de transparencia, equidad y respeto por los creadores.

Hacia 2030, nos enfrentamos a una disyuntiva: permitir el colapso de la creatividad profesional por falta de protección efectiva, o fomentar una reinventación colectiva, con nuevos contratos sociales, regulaciones inteligentes y tecnologías al servicio de la justicia cultural.

Como estableció la Corte de Delaware en el caso 2023-Art-IA, "la ley debe proteger tanto la innovación como el sudor creativo que la hace posible". La decisión está en manos de reguladores, plataformas, autores y consumidores: ¿perpetuamos el modelo extractivo o damos paso a una era de inteligencia artificial con conciencia de autoría?

Bibliografía

Las denominaciones de origen (DO) e indicaciones geográficas (IG) han sido durante décadas pilares de la propiedad intelectual (PI), reconociendo el vínculo esencial entre productos únicos, su origen geográfico y las condiciones humanas y naturales que les otorgan identidad. Este sistema protege no solo la calidad y reputación de productos emblemáticos como el Champagne, el Tequila o el Café Colombiano, sino también la riqueza cultural de regiones enteras.

En el contexto actual, marcado por la globalización, el comercio electrónico, la piratería digital y la demanda creciente de sostenibilidad, las DO enfrentan nuevos retos que requieren una modernización sin perder su esencia. Las tecnologías emergentes, los conflictos geopolíticos y los cambios en los hábitos de consumo configuran un entorno complejo donde la PI busca innovar.

Este artículo analiza el papel de las DO en este nuevo escenario, integrando enfoques de innovación,tecnologías emergentes y desarrollo sostenible, con ejemplos concretos, herramientas actuales y propuestas de futuro.

Valor Económico y Cultural de las DO

Las DO no solo son herramientas legales; también representan un activo estratégico para el comercio internacional. Según datos de la Comisión Europea - GI in Trade Agreements, los productos con DO generan precios hasta un 30% más altos que sus equivalentes genéricos.

Más allá del valor comercial, las DO son expresión de identidad cultural. Proteger el "terroir" significa salvaguardar saberes tradicionales, ecosistemas locales y economías rurales. Su vigencia contribuye al arraigo y orgullo regional, al tiempo que refuerza la diversidad cultural en el mercado global.

Casos como el del Café en Colombia, gestionado por la Federación Nacional de Cafeteros, demuestran que una DO bien administrada puede integrarse exitosamente con estrategias de sostenibilidad y marketing global.

Retos Legales en el Mercado Global

La fragmentación legal es uno de los mayores retos para la protección efectiva de las DO. Existen modelos divergentes: el sistema sui generis en la Unión Europea o la India, versus la protección como marca certificativa en Estados Unidos o Canadá (USPTO - Certification Marks). Esta disparidad genera incertidumbre y dificulta acciones conjuntas.

El Acuerdo ADPIC de la OMC establece estándares mínimos de protección, pero su aplicación sigue siendo dispareja, especialmente en productos no vinícolas. Las tensiones en negociaciones como el TLC UE-Mercosur revelan la fricción entre sistemas de protección y los intereses comerciales.

Además, el Acuerdo de Lisboa de la OMPI y su Acta de Ginebra modernizan el sistema de protección internacional, pero requieren adhesión y adecuación nacional efectiva para generar impacto real.

Casos Recientes de Conflictos o Abusos

Ejemplos recientes ilustran los conflictos por DO en el mercado global:

Estos casos evidencian la urgencia de reforzar los sistemas de protección, armonizar normas y fomentar la cooperación internacional.

Nuevas Herramientas Tecnológicas en Enforcement y Trazabilidad

La tecnología está transformando la defensa de las DO. Destacan:

Estas herramientas permiten una protección más efectiva, integrando datos en tiempo real, registros inmutables y colaboración entre productores, plataformas digitales y autoridades.

Rol de las DO en el Desarrollo Sostenible y la Identidad Regional

Las DO también deben ser vistas como motores de sostenibilidad. Iniciativas como las promovidas por la FAO demuestran que los pliegos de condiciones pueden incluir criterios ambientales y sociales (uso del agua, biodiversidad, trabajo justo) que potencien el valor agregado y el acceso a mercados verdes.

En este sentido, las DO son clave en el cumplimiento de la Agenda 2030 y pueden integrarse a marcos como el Green Deal Europeo, promoviendo economías circulares y resilientes. La experiencia del Café de Colombia, con certificaciones de comercio justo y carbono neutro, marca una ruta a seguir.

Por otro lado, estas figuras refuerzan la identidad regional, posicionando territorios como referentes de calidad, tradición e innovación. ¡Una DO bien gestionada es también una marca-país!

El Futuro Auténtico y Responsable

Las denominaciones de origen enfrentan una encrucijada histórica: adaptarse a la era digital y sostenible sin perder su esencia. La incorporación de blockchainIAIoT y criterios de sostenibilidad certificada es vital para su pervivencia y relevancia.

Sin embargo, esta evolución debe ser inclusiva. Es imprescindible apoyar a pequeños productores con capacitación, financiamiento y herramientas legales que les permitan competir y proteger su legado en el entorno global.

Asimismo, es urgente avanzar en la armonización normativa, promover la protección colaborativa y sensibilizar a los consumidores sobre la autenticidad y el valor de lo local.

En suma, las denominaciones de origen no son una nostalgia del pasado, sino una apuesta inteligente por un futuro más justo, sostenible y conectado. Su defensa e innovación no solo son una tarea legal, sino una responsabilidad colectiva.

Bibliografía

Organización Mundial de la Propiedad Intelectual. (s.f.). OMPI
Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea. (s.f.). EUIPO
Comisión Europea. (s.f.). Geographical Indications (GI) in Trade Agreements. Dirección General de Agricultura y Desarrollo Rural. 
Organización Mundial del Comercio. (s.f.). Acuerdo sobre los ADPIC

Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura. (s.f.). GIs and Sustainability
Organization for an International Geographical Indications Network. (s.f.). ORIGIN - GI Network
Journal of World Intellectual Property. (2023). The Future of Geographical Indications. Disponible en bases académicas.
Queen Mary University of London. (2022). Blockchain Technology for Geographical Indications Protection
ICTSD. (2024). Geographical Indications and Sustainable Development
Comité Champagne. (s.f.). Protecting the Name
Consejo Regulador del Tequila (CRT). (s.f.). Estadísticas de Protección
Federación Nacional de Cafeteros de Colombia. (s.f.). Denominación de Origen Café de Colombia

En la última década, la piratería digital ha dejado de ser una simple infracción de derechos de autor para convertirse en un fenómeno complejo y tecnológicamente sofisticado. Lo que en los años 2000 se asociaba con la descarga directa de archivos en sitios web rudimentarios, hoy opera en un entorno de criptomercadosplataformas descentralizadas, canales cifrados y redes sociales que permiten una distribución masiva, anónima y en tiempo real de contenidos protegidos.

En la última década, la piratería digital ha dejado de ser una simple infracción de derechos de autor para convertirse en un fenómeno complejo y tecnológicamente sofisticado. Lo que en los años 2000 se asociaba con la descarga directa de archivos en sitios web rudimentarios, hoy opera en un entorno de criptomercadosplataformas descentralizadas, canales cifrados y redes sociales que permiten una distribución masiva, anónima y en tiempo real de contenidos protegidos.

Este giro no solo ha ampliado el alcance del comercio ilícito de contenidos culturales y software, sino que ha desafiado los marcos tradicionales de protección de la propiedad intelectual. La industria musical, cinematográfica, editorial y de software se enfrenta ahora a una nueva era de evasión digital, donde los infractores ya no necesitan esconderse en la dark web: operan abiertamente en plataformas como Telegram, TikTok o servidores P2P anónimos.

De acuerdo con la Federación Internacional de la Industria Fonográfica (IFPI), el stream-ripping representa ya más del 60% de la piratería musical mundial (Global Music Report 2024). En paralelo, la distribución ilegal de software y videojuegos a través de redes sociales y marketplaces ha crecido de forma alarmante, especialmente en América Latina y el sudeste asiático.

Este artículo examina la evolución de las prácticas piratas, las tecnologías que las impulsan y su impacto en sectores clave de la economía digital, estableciendo una base para comprender la magnitud y sofisticación del fenómeno en 2024.

De la Descarga Directa al Ecosistema Distribuido

Durante los años 2000, la piratería digital se caracterizaba por la descarga de archivos desde sitios web o programas P2P como NapsterLimeWire o Ares. El modelo era simple: los usuarios compartían archivos MP3, películas o software desde sus computadoras personales, lo que permitía una fácil identificación y persecución legal.

Sin embargo, estos métodos eran limitados por la necesidad de almacenamiento local, velocidades de descarga lentas y poca anonimidad.

Con la consolidación de plataformas como YouTubeSpotify o Netflix, la distribución de contenidos pasó al streaming. Pero también lo hizo la piratería. Herramientas como YouTube-DL y sitios como YTMP3 permitieron el stream-ripping, extrayendo música y video desde plataformas legales.

Estas prácticas no solo persisten, sino que se han diversificado. Según IFPI, el 26% de los usuarios globales admiten usar servicios de grabación de contenido en línea para evitar pagar por acceso premium.

Plataformas Sociales y Criptomercados como Nuevos Canales

La falsificación en línea y la distribución de obras sin licencia han migrado a canales cifrados y de acceso privado. En Telegram, existen canales con decenas de miles de miembros donde se comparte desde libros hasta películas recién estrenadas. En Discord, servidores organizan "cines virtuales" donde se transmiten contenidos protegidos.

Lo preocupante es que estas plataformas, al no almacenar contenido directamente sino solo enlazarlo o transmitirlo, evaden la responsabilidad legal directa, generando zonas grises de enforcement.

El auge de los tokens no fungibles (NFTs) ha abierto una nueva puerta a la piratería: la falsificación de arte digital. Casos como el de Hermès vs. MetaBirkin revelan cómo se lucran con representaciones no autorizadas de marcas registradas en marketplaces descentralizados como OpenSea (Hermès International v. Rothschild, 2023).

En estos entornos, es casi imposible rastrear al infractor, y la infraestructura descentralizada complica los procedimientos judiciales.

Impacto en Industrias Creativas y Tecnológicas

El informe de IFPI (2024) destaca que el uso de herramientas de stream-ripping se ha normalizado entre los usuarios jóvenes. A pesar del crecimiento del streaming legal, los artistas y productoras pequeñas sufren pérdidas económicas considerables al ver cómo sus ingresos son reducidos por el consumo ilegal de sus obras.

Los estrenos simultáneos en plataformas digitales han incentivado el pirateo temprano de contenidos. Sitios como Cuevana o Popcorn Time han sido replicados en versiones cada vez más sofisticadas, incluso con suscripciones ilegales a precios irrisorios.

Según la Business Software Alliance (BSA), la piratería de software representa pérdidas anuales superiores a los 46 mil millones de dólares. En países en desarrollo, como Ecuador, el uso de programas sin licencia sigue siendo la norma, no la excepción.

Consecuencias Económicas y Sociales

La piratería digital no solo perjudica los ingresos de las industrias creativas, sino que también impacta el empleo formal al reducir el valor de los productos y servicios originales. Además, desincentiva la innovación al disminuir los incentivos para crear contenido e invertir en tecnología. Por otra parte, erosiona la confianza del consumidor, ya que aumenta el riesgo de malware, estafas o pérdida de datos personales al acceder a contenido ilícito.

Organizaciones como la GIPA estiman que más de 434.000 empleos se pierden anualmente por prácticas de piratería y falsificación (GIPA, 2024).

Una Batalla que Exige Nuevas Estrategias

El ecosistema de la piratería en la economía digital ya no es un conjunto de páginas web aisladas. Es un sistema distribuido, anónimo y en constante adaptación. En 2024, luchar contra la piratería implica comprender que no se trata de bloquear enlaces, sino de replantear modelos de negocio, educar a los consumidores y establecer mecanismos tecnológicos y legales adaptados al entorno digital.

Esta transformación no debe verse únicamente como un desafío, sino como una oportunidad para construir una economía digital más justa, inclusiva y respetuosa de la propiedad intelectual.

Esta transformación no debe verse únicamente como un desafío, sino como una oportunidad para construir una economía digital más justa, inclusiva y respetuosa de la propiedad intelectual.

En un país como Ecuador —reconocido globalmente por su megadiversidad y por haber sido el primero en reconocer constitucionalmente los derechos de la naturaleza— la sostenibilidad se ha convertido en un discurso omnipresente. Empresas, marcas y campañas publicitarias adoptan términos como “eco”, “verde”, “biodegradable” o “sostenible” para ganar la simpatía del consumidor. Sin embargo, tras este discurso muchas veces se esconden prácticas engañosas, dando paso a un fenómeno alarmante: el greenwashing en Ecuador

Este fenómeno consiste en el uso de estrategias de marketing que simulan un compromiso ambiental sin sustento real. A través del registro de marcas verdes, eslóganes o certificaciones sin verificación científica, algunas empresas ocultan actividades que, en realidad, generan un impacto negativo en el medio ambiente. El problema va más allá de lo ético: distorsiona el mercado, vulnera los derechos de los consumidores y constituye una posible forma de competencia desleal

En este escenario, la propiedad intelectual desempeña un papel dual. Por un lado, permite registrar signos distintivos que identifican compromisos ambientales reales; por otro, puede ser utilizada como herramienta para blindar legalmente engaños ambientales. Esto plantea un reto urgente para los sistemas de enforcement en PI y para las autoridades encargadas de supervisar el mercado. 

Además, el vacío legal que existía en Ecuador hasta hace poco impedía enfrentar este tipo de prácticas de forma eficaz. Solo recientemente, con la promulgación de la nueva Ley Orgánica de Regulación Contra la Competencia Desleal en 2025, se abre la puerta a una respuesta jurídica más contundente. Sin embargo, aún quedan muchos desafíos regulatorios, tecnológicos e institucionales por resolver. 

El rol de las marcas “verdes” y la propiedad intelectual en estrategias de sostenibilidad 

La marca es uno de los activos más poderosos para una empresa que busca diferenciarse en el mercado. En el ámbito ambiental, muchas organizaciones han apostado por registrar marcas que proyectan una imagen ética, responsable o ecológica, recurriendo a términos como “eco”, “verde”, “natural”, “sustentable” o “carbono neutral”. Sin embargo, el auge de estas marcas ha despertado preocupaciones sobre su legitimidad. 

Según datos del Servicio Nacional de Derechos Intelectuales (SENADI), entre 2023 y 2025 se registró un incremento del 40 % en las solicitudes de marcas relacionadas con sostenibilidad. Sin embargo, muchas de estas peticiones carecen de respaldo técnico o certificación que acredite las prácticas sostenibles que afirman representar. 

En Ecuador, la normativa vigente en materia marcaria —conformada por la Decisión 486 de la Comunidad Andina y el Código Orgánico de la Economía Social de los Conocimientos, Creatividad e Innovación (COESCCI)— no exige una validación previa del contenido ambiental para la admisión de este tipo de signos. Si bien ambas normas prohíben expresamente el registro de signos que puedan inducir a error o engaño al consumidor respecto de las características, cualidades o aptitudes de los productos o servicios identificados (COESCCI, art. 360.9; Dec. 486, art. 135.i), no establecen procedimientos claros para verificar la veracidad de dichas afirmaciones ambientales al momento del registro. 

Este vacío ha permitido que empresas obtengan derechos exclusivos sobre marcas como “EcoAndes” o “Verde Ecuador” sin pruebas de sus prácticas sostenibles. Como muestra el caso de Biochar Amazónico, ciertas compañías han comercializado carbón vegetal supuestamente ecológico, extraído de zonas protegidas de la Amazonía. 

El uso indebido de signos distintivos con connotación ambiental no solo genera publicidad engañosa, sino que daña la imagen de empresas verdaderamente comprometidas con la sostenibilidad corporativa. Al no existir filtros o auditorías previas al registro, la propiedad intelectual corre el riesgo de ser instrumentalizada como fachada de legitimidad. 

Frente a este panorama, surgen propuestas como la adoptada en la Directiva (UE) 2024/90, que exige bases científicas verificables para las declaraciones ambientales. Ecuador aún no ha incorporado criterios similares, lo que deja espacio para abusos y dificulta el enforcement en PI

Análisis jurídico del greenwashing como competencia desleal 

Durante años, el ordenamiento ecuatoriano careció de normas específicas para enfrentar el greenwashing. La Ley Orgánica de Defensa del Consumidor y la antigua Ley Orgánica de Regulación y Control del Poder de Mercado abordaban la publicidad engañosa y la competencia desleal de forma general, sin contemplar la dimensión ambiental. 

Esto cambió en mayo de 2025, con la aprobación de la nueva Ley Orgánica de Regulación Contra la Competencia Desleal, que incorpora el greenwashing como una práctica sancionable. La ley distingue entre dos tipos: 

Sin embargo, la ley aún presenta lagunas. No establece mecanismos claros de coordinación entre SENADI, la SCE y el Ministerio del Ambiente, Agua y Transición Ecológica (MAATE). Tampoco articula procedimientos para dirimir conflictos entre registros marcarios y actos de greenwashing. Esto puede provocar superposición de competencias o, peor, impunidad. 

Por ejemplo, una empresa podría registrar una marca como “Carbono Cero” y luego utilizarla para posicionar productos contaminantes. Si nadie impugna el uso, el signo distintivo seguiría vigente, aun si genera confusión o daño reputacional en el mercado. 

Aunque la normativa de propiedad intelectual contempla una prohibición expresa para registrar signos que puedan inducir a error sobre las características o cualidades de los productos (como en los casos de greenwashing), la aplicación de esta norma depende de mecanismos de nulidad que requieren una acción de parte interesada. No existen medidas de control preventivo ni procedimientos articulados entre SENADI, el Ministerio del Ambiente u otras autoridades para detectar y detener estos usos engañosos de forma coordinada. Esta ausencia de acción institucional deja desprotegido al consumidor y permite la vigencia de registros potencialmente engañosos. 

La legislación también omite mecanismos para verificar científicamente los mensajes ecológicos, dejando esa carga a los denunciantes. Esta falta de proactividad legal debilita los efectos disuasorios del nuevo marco normativo. 

Casos documentados y mecanismos legales en Ecuador 

El caso del Proyecto Mirador, una mina de cobre en la Cordillera del Cóndor, es un ejemplo paradigmático de greenwashing. Promocionado como “minería sostenible” y “de bajas emisiones”, este emprendimiento ha sido denunciado por organizaciones indígenas y ambientales por haber deforestado más de 4.000 hectáreas de bosque primario y por generar residuos tóxicos que amenazan fuentes de agua. 

La empresa detrás del proyecto había registrado una marca verde y utilizaba eslóganes ambientalistas en sus campañas. Aunque el discurso sugería responsabilidad ambiental, los estudios de impacto revelaron lo contrario. Con la nueva ley, las comunidades podrían ahora presentar acciones por competencia desleal agravada, además de exigir reparación integral por daño ecológico. 

Otro caso ocurrió en el sector energético, durante los apagones de 2024. Varias generadoras eléctricas que se publicitaban como “carbono neutro” recurrieron a plantas termoeléctricas a diésel, elevando las emisiones de SO₂ en un 180%. Este incumplimiento contradijo sus mensajes publicitarios, lo que abre la puerta a acciones legales por publicidad engañosa y greenwashing. 

Las herramientas disponibles en Ecuador para enfrentar estos casos son múltiples, aunque dispersas: 

Además, surgen propuestas para fortalecer la credibilidad de estas marcas, como el blockchain o la IA. Proyectos como EcoScan, una startup nacional, utilizan inteligencia artificial para analizar etiquetas y detectar inconsistencias entre las promesas de sostenibilidad y los datos reales. Otros pilotos aplican blockchain en el sector del café y el cacao para certificar el ciclo de vida de los productos. 

Sostenibilidad auténtica y propiedad intelectual responsable 

El greenwashing no es solo una estrategia de marketing engañosa: es un atentado contra la credibilidad ambiental, un factor clave en un mundo cada vez más consciente del cambio climático. En este contexto, la propiedad intelectual debe ser una herramienta para la transparencia, no un escudo para el fraude. 

Aunque el país ha avanzado con la nueva ley de competencia desleal, aún se requieren reformas más amplias para integrar los registros de marcas con auditorías ambientales, establecer protocolos de verificación científica y garantizar la participación de actores como comunidades indígenas en la definición de estándares ecológicos. 

Entre las buenas prácticas sugeridas, destacan: 

A futuro, el país puede liderar en América Latina una agenda de sostenibilidad basada en la innovación, la legalidad y el respeto al entorno. La credibilidad ecológica será el activo más valioso para las empresas que entienden que la sostenibilidad no se compra, se practica. 

“La sostenibilidad no se registra: se demuestra. En un país como Ecuador, donde la biodiversidad es identidad, el greenwashing no es solo deslealtad: es un fraude contra el futuro.” 

Bibliografía 

Las patentes constituyen uno de los pilares más sólidos del entramado jurídico de la propiedad intelectual. Se trata de derechos exclusivos que permiten a sus titulares explotar una invención de manera monopolística durante un período determinado, habitualmente de 20 años, como compensación por divulgar al público la información técnica que sustenta su creación. Esta lógica busca incentivar la innovación tecnológica y asegurar que los avances no queden en manos de unos pocos, sino que eventualmente beneficien a toda la sociedad.

En el contexto actual, donde el conocimiento es un activo estratégico y la tecnología se encuentra en constante evolución, el registro de invenciones adquiere un valor extraordinario. Ya no basta con innovar; es necesario proteger lo creado. Desde sectores tan diversos como la biotecnología, la movilidad sostenible y las telecomunicaciones, las patentes actúan como instrumentos de defensa jurídica, pero también como catalizadores del desarrollo económico, la competitividad industrial y la soberanía tecnológica.

Además, en un mercado global cada vez más interconectado y competitivo, el enforcement de las patentes enfrenta retos sin precedentes. La sofisticación de las tecnologías, la existencia de múltiples jurisdicciones y los modelos de innovación abierta han derivado en conflictos más complejos, donde se entrelazan los intereses de multinacionales, startups, investigadores y organismos públicos. En este escenario, garantizar la efectividad del sistema de patentes se convierte en una tarea crítica para los reguladores y los agentes económicos.

A través del análisis de tres casos contemporáneos y de alto impacto internacional, este artículo busca ilustrar la importancia, vigencia y versatilidad de las patentes. Se examina una disputa legal entre una empresa española y Apple por el uso indebido de una tecnología protegida, el fortalecimiento del portafolio de propiedad intelectual de una farmacéutica australiana en EE.UU., y la innovación patentada de un fabricante automotriz en el ámbito de los vehículos eléctricos. Cada caso representa una perspectiva única sobre cómo se ejercen y disputan los derechos de patente en el mundo actual.

TOT Power Control vs. Apple 

En septiembre de 2023, un jurado federal en Delaware, Estados Unidos, falló a favor de TOT Power Control, una empresa tecnológica española, en una disputa contra el gigante Apple. El conflicto giró en torno a una patente relacionada con el estándar inalámbrico 3G, específicamente aplicada en chips utilizados por Apple en dispositivos como iPhones, iPads y Apple Watches.

El fallo fue contundente: Apple deberá indemnizar a TOT Power Control con más de 110 millones de dólares por violación de patente. Este tipo de sentencia no es frecuente, y menos cuando se trata de una pequeña firma europea enfrentándose a una de las corporaciones tecnológicas más influyentes del mundo. El jurado consideró que Apple utilizó la tecnología patentada sin obtener una licencia adecuada, lo que constituye una infracción directa del derecho de exclusividad conferido por la patente.

El caso tiene múltiples implicaciones. En primer lugar, evidencia que las patentes bien estructuradas y defendidaspueden nivelar el terreno incluso frente a corporaciones con vastos recursos. En segundo lugar, señala la importancia estratégica del litigio en jurisdicciones como Estados Unidos, donde el sistema judicial es receptivo a las reclamaciones legítimas de titulares extranjeros. Y en tercer lugar, plantea interrogantes sobre la equidad en el uso de estándares tecnológicos y el respeto a los sistemas de licenciamiento.

Desde una óptica más amplia, este episodio refuerza el papel de las patentes como herramientas de empoderamiento económico. No solo protegen innovaciones, sino que también representan un mecanismo para que empresas pequeñas y medianas moneticen su propiedad intelectual, negocien alianzas y defiendan su posición en el mercado global. Este precedente puede alentar a otros innovadores a valorar y proteger sus invenciones desde etapas tempranas. Para saber más del tema, puedes leer: Una empresa española le gana a Apple una pelea de 110 milones de dólares.

Neuren Pharmaceuticals

En el año 2024, la farmacéutica australiana Neuren Pharmaceuticals logró un hito significativo en su estrategia de propiedad intelectual: la aprobación en Estados Unidos de una patente para su compuesto NNZ-2591, diseñado para tratar el síndrome de Pitt Hopkins, una enfermedad neurogenética extremadamente rara y para la cual no existían tratamientos aprobados.

La protección de patentes en el sector farmacéutico es crítica por varias razones. Por un lado, asegura la recuperación de las inversiones realizadas en investigación y ensayos clínicos, que pueden extenderse durante más de una década. Por otro, permite exclusividad comercial durante un tiempo suficiente para establecer una posición sólida en el mercado. La patente otorgada a Neuren, con vigencia hasta 2040, cubre tanto la composición como el uso terapéutico del medicamento, consolidando su portafolio de activos intangibles.

El caso de Neuren ilustra cómo las patentes pueden transformar radicalmente la situación de una empresa biotecnológica. Gracias a la protección jurídica obtenida, sus acciones se dispararon en bolsa, reflejando la confianza del mercado en su potencial de crecimiento. La combinación entre propiedad intelectual y designaciones regulatorias como “Medicamento Huérfano” y “Vía Rápida” por parte de la FDA acelera el proceso de llegada al mercado y brinda ventajas competitivas sustanciales frente a posibles competidores.

Legalmente, se trata de un ejemplo paradigmático del uso estratégico de las patentes en el ámbito de las enfermedades raras. A través de ellas, las empresas no solo aseguran su retorno económico, sino que también pueden negociar licencias, atraer inversiones y posicionarse como líderes en nichos de mercado altamente especializados. Además, cuando las patentes están vinculadas al desarrollo de terapias para condiciones graves o sin tratamiento previo, se genera un efecto positivo en la percepción pública.

Este caso también pone de relieve la importancia del sistema internacional de patentes como herramienta de expansión global. Empresas como Neuren, con sede en Australia, pueden registrar y hacer valer sus invenciones en jurisdicciones clave como Estados Unidos, aprovechando mecanismos como el Tratado de Cooperación en Materia de Patentes (PCT) administrado por la OMPI. Si buscas mayor información, revisa acciones de Neuren Pharma suben más de 10% tras patente en EE.UU.

Stellantis y su patente de caja de cambios eléctrica

En el competitivo mundo de la automoción, la innovación técnica también puede marcar la diferencia. En 2024, el grupo multinacional Stellantis, propietario de marcas como Jeep, Dodge y RAM, presentó ante la Oficina de Patentes de Estados Unidos una patente singular: una caja de cambios de tres velocidades especialmente diseñada para vehículos eléctricos todoterreno. Esta innovación sitúa a Stellantis por delante de otros fabricantes como Porsche y Mercedes-Benz que ya habían experimentado con transmisiones para coches eléctricos.

Tradicionalmente, los coches eléctricos no incorporan transmisiones con múltiples relaciones, ya que los motores eléctricos pueden operar eficientemente en un rango amplio de velocidades. No obstante, la propuesta de Stellantis plantea una alternativa: una caja reductora de tres relaciones, diseñada para ofrecer un rendimiento óptimo en condiciones variadas, especialmente en terrenos difíciles. Se trata de una evolución tecnológica que podría mejorar significativamente la autonomía, la tracción y la experiencia del usuario.

Desde el punto de vista legal, esta patente protege no solo un componente tangible, sino una solución técnica diferenciadora en el contexto de la transición energética y la electrificación del transporte. Al registrar esta innovación, Stellantis asegura su ventaja competitiva frente a rivales, fortalece su estrategia de marca y genera un nuevo activo con potencial de licenciamiento o comercialización futura.

En términos estratégicos, la patente representa una jugada audaz en el tablero de la propiedad intelectual: anticiparse a tendencias futuras, blindar desarrollos clave y consolidar una identidad tecnológica propia. También demuestra que, incluso en sectores donde la innovación parece centrarse en software y conectividad, las mejoras mecánicas siguen siendo objeto de protección mediante patentes.

Este caso subraya, además, la capacidad del sistema de protección de patentes para adaptarse a las necesidades emergentes de la industria. La innovación industrial, cuando es disruptiva y tiene aplicación práctica, sigue siendo tan valiosa y merecedora de protección como las invenciones digitales. Stellantis da un paso adelante en la redefinición del diseño automotor desde la óptica de la sostenibilidad y el rendimiento. Para saber más, revisa Stellantis supera a Mercedes y a Porsche con una patente increíble para sus coches eléctricos.

Conclusión

Los tres casos presentados —TOT Power Control vs Apple, Neuren Pharmaceuticals y Stellantis— reflejan de manera clara cómo la propiedad intelectual y, en particular, las patentes, siguen siendo elementos clave en la estrategia competitiva y jurídica de las empresas líderes en innovación. Cada historia muestra una forma diferente de ejercer y proteger estos derechos: desde la defensa judicial contra la infracción, hasta la consolidación del valor de mercado o la anticipación técnica en sectores en transición.

En conjunto, estos casos revelan un ecosistema en el que las patentes funcionan como herramientas multifacéticas: protección jurídica, activo económico, barrera competitiva, plataforma de licenciamiento y símbolo de liderazgo. También advierten sobre la necesidad de fortalecer los mecanismos de enforcement, garantizar la claridad normativa en entornos complejos y fomentar el acceso justo al conocimiento.

El análisis demuestra que el sistema de protección de patentes no es estático. Evoluciona con las tecnologías, las industrias y los contextos sociales. A medida que aumentan la velocidad del cambio tecnológico y la sofisticación de los modelos de negocio, también deben evolucionar las instituciones encargadas de proteger la innovación. La cooperación internacional, la modernización de los procesos de resolución de disputas y el equilibrio entre intereses públicos y privados serán esenciales en los próximos años.

Finalmente, las patentes seguirán siendo una piedra angular del desarrollo sostenible y de la economía basada en el conocimiento. Para ello, será clave mantener su relevancia práctica, mejorar su accesibilidad y preservar su legitimidad frente a la sociedad. En un mundo donde el conocimiento es poder, protegerlo con justicia e inteligencia será siempre una decisión acertada.

Las patentes constituyen uno de los pilares más robustos del sistema de propiedad intelectual, al otorgar a los inventores un derecho exclusivo de explotación sobre sus creaciones por un tiempo limitado. Este mecanismo tiene un objetivo claro: incentivar la innovación, permitiendo que los desarrollos tecnológicos generen retorno económico mientras se promueve la divulgación técnica. En un contexto donde el conocimiento es motor de crecimiento, las patentes desempeñan un papel vital en la protección de las invenciones y en el fomento de un ecosistema de desarrollo sostenible y competitivo.

El sistema de patentes está diseñado no solo para proteger al inventor, sino también para impulsar el progreso colectivo. Al requerir la divulgación detallada de la tecnología protegida, se genera un valioso acervo de información técnica que puede ser consultado y utilizado por otros desarrolladores para inspirar nuevas aplicaciones, avances o mejoras. Esta retroalimentación entre invención y divulgación es una de las grandes fortalezas del sistema.

En la economía contemporánea, caracterizada por avances acelerados en biotecnología, inteligencia artificial, farmacología y electrónica de consumo, la protección de patentes sigue siendo un factor determinante para asegurar la rentabilidad de la innovación. Empresas de todos los sectores confían en los derechos de patente para atraer inversión, establecer alianzas estratégicas y resguardar su ventaja competitiva. En este sentido, las disputas por litigios de patentes, la caducidad de derechos o el incumplimiento de requisitos formales pueden tener consecuencias millonarias y afectar la estabilidad de industrias enteras.

No obstante, el sistema también enfrenta desafíos significativos: desde el uso abusivo del registro para bloquear competidores hasta la complejidad de hacer cumplir los derechos en diferentes jurisdicciones. La evolución tecnológica plantea además interrogantes sobre la patentabilidad de ciertas invenciones, especialmente en campos emergentes como la inteligencia artificial o las terapias génicas. Estos desafíos demandan adaptaciones normativas y mayor cooperación internacional.

En este artículo, analizamos tres casos reales contemporáneos que reflejan la actualidad del sistema de patentes: la expiración masiva de patentes en la industria farmacéutica, el caso judicial entre Maxell y Samsung por uso no autorizado de tecnologías patentadas, y el incidente de Novo Nordisk en Canadá por la pérdida de una patente por no pago. Estos casos evidencian las tensiones, vulnerabilidades y aprendizajes que rodean al sistema de patentes en el siglo XXI y permiten trazar lecciones valiosas para legisladores, abogados, investigadores y compañías tecnológicas.

Merck, BMS y Johnson & Johnson ante la caducidad de patentes millonarias

La industria farmacéutica es uno de los sectores donde el registro de invenciones mediante patentes cobra una importancia crítica. Las compañías invierten miles de millones en investigación y desarrollo (I+D) para lanzar medicamentos innovadores, cuya rentabilidad depende en gran parte de la exclusividad que garantiza la patente. Un reciente informe de Clarivate reveló que gigantes como Merck, Bristol Myers Squibb (BMS) y Johnson & Johnson perderán hasta 300.000 millones de dólares en ingresos acumulados hasta 2030 debido a la expiración de las patentes de sus productos estrella.

En el caso de Merck, el medicamento Keytruda, utilizado para tratar diversos tipos de cáncer, representa cerca del 46% de los ingresos totales de la empresa. Su patente expira en 2028, generando un vacío proyectado de 51.000 millones de dólares. Una situación similar ocurre con Opdivo, de BMS, y Darzalex, de Johnson & Johnson. Esta "caída por el precipicio de patentes" obliga a las farmacéuticas a realizar movimientos estratégicos de adquisición, fusión y colaboración para renovar su portafolio de productos y mantener la competitividad.

La relevancia de este caso reside en cómo ilustra el impacto económico directo que tiene la pérdida de exclusividad. La caducidad de las patentes abre la puerta a genéricos y biosimilares, reduciendo significativamente los precios y los ingresos de las compañías titulares. Este fenómeno también genera un efecto democratizador al mejorar el acceso de la población a medicamentos clave, con importantes repercusiones en la salud pública global.

Legalmente, este tipo de casos refuerzan la necesidad de evaluar la duración de las patentes farmacéuticas (20 años desde la solicitud) y los mecanismos de extensión como los certificados complementarios de protección (CCP). Además, muestran el creciente protagonismo de los acuerdos de licenciamiento y las alianzas de investigación como estrategias de supervivencia empresarial frente a una industria extremadamente competitiva y cambiante.

Este caso también destaca la creciente presión sobre los laboratorios para reponer su pipeline de innovaciones. En respuesta a la expiración de patentes, muchas empresas están invirtiendo en tecnologías disruptivas, colaboraciones con biotecnológicas emergentes, y adquisiciones de start-ups con productos en fase avanzada. La estrategia de defensa frente a la "patent cliff" se ha convertido en un punto neurálgico de la gestión empresarial. Para saber más, puedes leer Merck, BMS y J&J liderarán la pérdida de patentes: 300.000 millones en juego.

Samsung vs. Maxell - Litigio por infracción de patentes tecnológicas

En el competitivo mundo de la electrónica de consumo, la infracción de patentes es una constante. El caso entre la japonesa Maxell y Samsung Electronics, resuelto por un jurado federal en Texas en 2024, concluyó con una sentencia de 117,7 millones de dólares contra Samsung por el uso no autorizado de tecnologías patentadas.

Las tres patentes en disputa estaban relacionadas con funcionalidades clave de los dispositivos Galaxy, incluyendo desbloqueo, gestión de datos y funciones de conectividad. Maxell alegó que, tras el vencimiento de un acuerdo de licencia con Samsung en 2021, la empresa surcoreana continuó utilizando sus tecnologías sin renovación contractual. La situación escaló a una demanda judicial, y eventualmente, a un fallo que resalta la importancia de respetar los derechos de patente incluso tras relaciones comerciales pasadas.

Este litigio ilustra dos aspectos clave del enforcement en propiedad intelectual: primero, la complejidad de hacer valer derechos de patente en mercados internacionales, y segundo, la capacidad de las empresas titulares para activar procesos judiciales multilaterales (Maxell demandó también en Alemania, Japón y ante la ITC de EE.UU.). Además, revela la utilidad estratégica del foro judicial de Texas para este tipo de disputas de alta tecnología.

Desde el punto de vista técnico, este caso reafirma la necesidad de llevar registros exhaustivos de acuerdos de licencia, renovaciones y vencimientos. Y también expone el alto valor económico que una tecnología aparentemente "básica" puede tener cuando está protegida por una patente válida. Para empresas de base tecnológica, la gestión estratégica de su portafolio de patentes es hoy tan importante como su capacidad de innovar.

A nivel sistémico, el caso Samsung-Maxell también plantea el debate sobre la llamada "litigación de patentes en serie" y el papel de los tribunales estadounidenses como sede preferente para los titulares de derechos que buscan compensaciones sustanciales. Este fenómeno ha sido objeto de análisis por parte de la EPO y la WIPO, en el marco de la armonización de la resolución de controversias. Buscas más información, puedes leer Samsung, condenada a pagar $117.7 millones por infracción de patentes en sus dispositivos Galaxy.

Novo Nordisk y el alto costo de un descuido administrativo

A veces, la pérdida de una patente no ocurre por una disputa o por la expiración natural del plazo, sino por un error administrativo. Ese fue el caso de Novo Nordisk en Canadá, donde la compañía no abonó una tarifa de mantenimiento de 450 dólares en 2019 para conservar la patente de su medicamento estrella Ozempic. El resultado: la posible apertura a genéricos que podrían erosionar una parte de los 2.500 millones de dólares que generó el fármaco en ventas en Canadá en un solo año.

El caso se hizo público en 2025 tras la publicación del informe anual de la compañía, que incluía una nota al pie mencionando la caducidad de la patente. Aunque Novo Nordisk señala que la protección de datos regulatoria se mantiene hasta 2026, el impacto reputacional y económico ya se había hecho sentir. Las acciones de la compañía cayeron un 2% en la Bolsa de Copenhague tras conocerse la noticia, reflejando la sensibilidad de los mercados a la pérdida de protección legal.

Este caso es una advertencia poderosa sobre la importancia del cumplimiento riguroso de los plazos y requisitos administrativos que rigen el ciclo de vida de una patente. Una omisión mínima puede traducirse en la pérdida de derechos fundamentales, con consecuencias financieras desproporcionadas. Incluso empresas de talla global no están exentas de cometer errores costosos en su gestión documental.

En términos legales, también plantea interrogantes sobre la posibilidad de rehabilitación de patentes caducadas, las prácticas de notificación de las oficinas de propiedad industrial y la necesidad de contar con sistemas de alerta internos robustos para la gestión de portafolios de patentes. Los sistemas automatizados de seguimiento, integrados a herramientas de compliance, se vuelven cada vez más necesarios para prevenir estos fallos.

Este episodio pone sobre la mesa la relevancia de una gobernanza efectiva del conocimiento, donde aspectos administrativos no deben ser subestimados. A medida que crece la complejidad regulatoria y los marcos internacionales se diversifican, la profesionalización de la gestión de la propiedad intelectual se vuelve un activo estratégico. Quieres mayor información sobre este segmento, puedes revisar Novo Nordisk se arriesga a perder cientos de millones por ahorrarse unos pocos dólares.

Puntos finales

Los tres casos analizados demuestran que las patentes siguen siendo una herramienta central para la competitividad, la innovación y la protección del conocimiento. Desde la planificación estratégica de grandes laboratorios hasta los errores administrativos más simples, el éxito o fracaso de una empresa puede depender de su capacidad para gestionar adecuadamente su cartera de derechos.

A través de estos ejemplos, observamos distintas dimensiones del sistema de patentes: su impacto económico directo en la industria farmacéutica, su poder como herramienta de litigio transnacional, y su vulnerabilidad ante errores humanos. Todos estos elementos configuran un escenario cada vez más desafiante para quienes operan en la economía del conocimiento, donde la innovación no se detiene y los riesgos son proporcionales a las oportunidades.

Asimismo, los casos reflejan la necesidad urgente de modernizar los procesos de registro de invenciones, implementar sistemas de enforcement internacional más eficaces, y promover buenas prácticas de gestión de la propiedad intelectual. Las autoridades nacionales e internacionales, como la WIPO o la EPO, tienen un rol clave en este esfuerzo. Iniciativas para armonizar criterios, acelerar trámites y facilitar la cooperación transfronteriza pueden marcar la diferencia en la protección efectiva de derechos.Finalmente, el futuro de la protección de patentes está inevitablemente ligado a la tecnología: desde blockchain para el seguimiento de derechos, hasta inteligencia artificial para la vigilancia de infracciones. Herramientas digitales, big data, y modelos predictivos pueden optimizar la toma de decisiones legales y estratégicas. La clave está en adaptarse a los cambios sin perder de vista la esencia: fomentar la invención, compartir el conocimiento y recompensar la creatividad humana que impulsa el progreso colectivo.

error

Comparte nuestro contenido