Favicon Luzuriaga Castro Original
Favicon Luzuriaga Castro Original

Una semana más para el desarrollo de la propiedad intelectual. Ahora te presentamos dos nuevas patentes y una lucha encarnizada por derecho de una patente que podrían cambiar nuestro cotidiano, algunas de estas notas son interesantes y otras muy novedosas, aquí te presentamos una mirada desde las patentes de nuestra sociedad. Aquí puedes revisar nuestras noticias de la semana anterior.

El primer móvil gaming de OPPO

Un móvil de OPPO ha sido registrado en la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO). El nombre del móvil no aparece en la certificación, pero sí imágenes desde todos sus ángulos, con un diseño claramente similar a otros móviles para gamers, como el ASUS Rog Phone 5 o el Nubia Red Magic 6.

El registro no significa necesariamente que el terminal acabe viendo la luz, pero de hacerlo sería el primer móvil gaming de OPPO. Si bien no han trascendido sus especificaciones, las imágenes desde todos los ángulos nos dejan hacernos una buena idea de cuáles serían varias de sus características.

En 2018, cuando comenzaron los primeros móviles gamer, solo había unos pocos modelos y su futuro era incierto. Tres años más tarde, cada vez son más los fabricantes que quieren probar suerte en el nicho de los móviles enfocados a juegos. Además de marcas que se centran en ellos como BlackShark, Razer, Nubia, Lenovo o ASUS, otros se intentan subir al tren como Xiaomi con el Redmi K40 Game Enhanced Edition.

Otro que parece estar pensándoselo es OPPO, que cuenta con una gran cantidad de series (Reno, Find y unas cuantas letras), pero ninguna enfocada en los juegos. Un terminal con inspiración gamer ha sido registrado en la oficina de patentes europea y, aunque no se indica el modelo, sí que la petición proviene de OPPO MOBILE TELECOMMUNICATIONS. Claro, que con tanto movimiento de marcas como la fusión con OnePlus, no se podría descartar que sea un móvil de alguna otra marca de BBK Electronics.

El registro muestra el terminal desde todos sus ángulos, con una cámara de cuatro lentes y una pantalla que en principio parece abarcar todo el frontal. No hay perforación ni notch visible, así que queda en el aire si hay algún mecanismo pop-up, si estará bajo la pantalla o si simplemente el diseño no incluye tanto detalle. Lo habitual en los móviles para juegos es que monten la cámara frontal en el marco superior.

Vemos también que contará con minijack y el lector de huellas no parece estar a la vista, de modo que es posible que esté bajo la pantalla. Esto, a su vez, es normalmente un indicativo de que contará con una pantalla AMOLED. El diseño en sí destaca un gran círculo en la parte trasera, que posiblemente incluya el logo de la marca y, quizá, una luz RGB. Por el momento no hay nada confirmado. Habrá que esperar.

Mi Mix Alpha

Tras la gran sorpresa que ya supuso el primer concepto del Mi Mix Alpha presentado por Xiaomi hace dos años, la compañía china parece dispuesta a volver a sorprendernos con un nuevo concepto para este mismo terminal, habiéndose detectado unas nuevas patentes que hacen referencia a dos variantes en las que de nuevo destacará un concepto de pantalla revolucionario.

Compartidas por LetsGoDigital junto con sus ya recurrentes interpretaciones y renders de las mismas, ambas variantes se caracterizan por hacer uso de una pantalla full view sin interrupciones que se extenderá con un añadido en cascada por los cuatro laterales del teléfono, con la única diferenciación de que el llamado «Modelo A» contará con cuatro superficies sólidas redondeadas para proteger las esquinas de posibles golpes y roturas, mientras que el «Modelo B», opta por una extensión de pantalla ininterrumpida para todo el contorno del teléfono.

Como cabría esperar, la cámara frontal del Mi Mix Alpha no se ha eliminado, sino que irá incluida debajo de la pantalla. Y es que Xiaomi lleva bastante tiempo desarrollando este tipo de tecnología, esperándose de hecho que presente su primer teléfono inteligente con una cámara debajo de la pantalla a finales de este mismo año.

También llama la atención, este Mi Mix Alpha no tiene ningún botón físico, ni puertos o conexiones visibles. Y es que al igual que ya vimos con su predecesor, los fabricantes de teléfonos inteligentes han estado experimentando durante algún tiempo con la idea de hacer que los futuros teléfonos inteligentes opten por una usabilidad 100% ligada a sus apartados de navegación táctil y conectividad inalámbrica.

En cuanto a su parte trasera, nos encontraremos con un concepto «más tradicional», con una cámara superior tiene un diseño grande sobre la que aparentemente reposará un único sensor de cámara de alta resolución. Algo que nos hace pensar en el reciente anuncio de que será Xiaomi  y no Samsung la primera en utilizar los nuevos sensores de imagen Samsung ISOcell de hasta 200 megapíxeles.

Por desgracia, todo apunta a que Xiaomi esté presentando de nuevo un smartphone conceptual más que un terminal real, centrado básicamente en alarde y demostración de sus capacidades. No obstante, los fabricantes suelen usar este tipo de presentaciones para tantear a sus usuarios, incluyendo más tarde algunas de estas funcionalidades en sus teléfonos inteligentes de consumo.

Pelea de Patentes

Huawei Technologies Co. dice que fue tratado injustamente cuando el gobierno de EE. UU. lo etiquetó como una amenaza a la seguridad, sin embargo, la compañía de tecnología más grande de China está buscando compensación del sistema de jurados estadounidense en una importante pelea de patentes con Verizon Communications Inc.

Está previsto que el miércoles 07 de julio se celebre un juicio en Marshall, Texas, en el caso de Huawei contra Verizon por las afirmaciones de que está utilizando la tecnología de red patentada de Huawei sin una licencia. Es la primera de las dos programadas este año por demandas que Huawei presentó el año pasado contra Verizon, el mayor operador de telefonía móvil de EE. UU.

Ambas empresas acomodadas están lanzando acusaciones, lo que ilustra la profundidad de la animosidad entre ellas. Verizon dice que Huawei está utilizando sus inventos patentados, no al revés, y ha acusado a Huawei de incumplir sus compromisos de ofrecer términos justos y razonables para la licencia de sus tecnologías.

"Estos son dos carneros grandes con cuernos grandes y mucha testosterona y van a chocar frente al jurado durante cinco días", dijo Paul Berghoff , un abogado de patentes de McDonnell Boehnen Hulbert & Berghoff, que no está involucrado en el caso.

Autor: María Paula Salgado / Julio 2021

Las distintas acciones por infracción, que la ley ecuatoriana vigente contempla para la protección de los derechos de propiedad intelectual, permiten a sus titulares ejercer sus derechos excluyentes, con el fin de evitar vulnerar sus derechos válidamente registrados. Estas acciones permiten, entre otras: medidas de cese, la incautación, aprehensión, o detención de los bienes o productos que son el resultado de una vulneración a los derechos de propiedad intelectual. 

Los productos que son retenidos, son utilizados como medios probatorios dentro de las distintas acciones, y para su efecto se presumen infractores hasta que, dentro del respectivo procedimiento exista una experticia la cual determine que los objetos vulneran derechos de propiedad intelectual, ya sea porque reproduce un diseño industrial, hace uso no autorizado de una marca, reproduce sin autorización una obra entre otros ilícitos contemplados en la ley.   

Una vez que las diligencias dispuestas y practicadas por la autoridad competente a cargo de la acción por infracción permitan determinar si existe una infracción a los derechos de propiedad intelectual válidamente registrados por su titular, es necesario que,  además de imponer al infractor las sanciones o multas  establecidas en la ley, se pronuncien sobre el destino que se debe dar a los objetos que vulneran aquellos derechos. 

Ahora bien, previo a analizar el destino que deben tener los objetos ilícitos o infractores es necesario responder la siguiente pregunta: ¿Cuando estos productos son considerados como infractores o ilícitos?

La licitud, es utilizado como un adjetivo cuando nos referimos a que una conducta o un objeto se encuentra acorde a la ley y a la moral.  Cuando hablamos de  mercancías ilícitas aludimos a que su origen, producción o comercialización no se encuentra enmarcada en el ordenamiento jurídico vigente. 

Sobre este punto, y para efectos explicativos, la OMC dentro del Anexo 1C de los ADPIC, hace referencia y menciona que se entiende por mercancías falsificadas, aquellas que incluido en su embalaje lleven puesta sin autorización una marca de fábrica o de comercio, o que no pueda distinguirse de sus aspectos esenciales, a modo que lesionen los derechos que al titular le fueron otorgados acorde a la legislación. También se refiere a las mercancías piratas, y menciona que, son copias realizadas sin el consentimiento del titular del derecho o de una persona autorizada por él.

Por consiguiente, es posible afirmar que nos encontramos frente a mercancía ilícita, cuando ésta, contraviene la norma legal expresa.  En consecuencia un producto deberá ser considerado como infractor a los derechos de propiedad intelectual cuando vulnera los derechos reconocidos a su titular.  

Situación Actual en Ecuador

Continuando con el análisis, y como se mencionó anteriormente, dentro de las acciones de protección para que una mercancía sea considerada como infractora, además de que su titular confirme que no existe autorización para el uso o disposición de sus derechos, es necesario que se realice una  experticia o pericia. 

Actualmente, en el Ecuador, existen profesionales que realizan estos informes, donde en base a comparaciones de un producto dubitado con otro indubitado permite deducir su autenticidad, estos profesionales cuentan con la acreditación correspondiente ante el Consejo de la Judicatura del Ecuador.

Cuando la ilicitud del producto ha sido claramente evidenciada, y el procedimiento ha sido concluido, es necesario que además de que se imponga las sanciones legales en contra de los infractores, la autoridad pertinente haga referencia al destino que debe darse a las mercancías, pues estas no pueden ser devueltas al comercio, y mucho menos devueltas a disposición del infractor, ya que nos encontraríamos frente a una potencial nueva vulneración a los derechos del titular, además de una grave afectación a los derechos de los consumidores.

De igual forma el Ecuador no tiene una norma legal acerca del tratamiento y destino de este tipo de mercancías ilícitas, sin embargo, existe norma internacional jurídica previa, clara y pública, que ha permitido que los jueces y autoridades pertinentes dispongan la destrucción de las mismas cumpliendo así con salvaguardar los distintos derechos de los sujetos involucrados. 

Decisión 486

Es así, que encontramos a la Decisión 486, la cual en el Título XV, de las Acciones por Infracción de Derechos, Capítulo I, Art. 241,  permite al titular de derechos solicitar a la autoridad competente la adopción de medidas a fin de que cesen los actos que constituyen la infracción, entre las cuales consta la destrucción, en sus numerales c y f.

También como soporte existen precedentes jurisprudenciales de carácter constitucional, los cuales representan un precedente de carácter vinculante. La Corte Constitucional del Ecuador se ha pronunciado en dos ocasiones sobre el mismo punto de derecho y ha coincidido en su análisis al concluir que los productos ilegales infractores de derechos de propiedad intelectual deben ser destruidos.

Sentencias de la Corte Constitucional

Destrucción de productos en Ecuador

Alegar estas fuentes de derecho en conjunto, ha permitido que, en el Ecuador se proceda a la destrucción de productos declarados como infractores a los derechos de propiedad intelectual, tanto en procedimientos judiciales como en administrativos. La destrucción de las mercancías infractoras, debe tomarse como una clara consecuencia jurídica de una conducta considerada ilícita en detrimento a los derechos de propiedad intelectual de los titulares, además de una salvaguarda a los derechos de los sujetos involucrados incluyendo al Estado. 

Así, por ejemplo podemos mencionar un caso notable, el cual fue conducido por la autoridad administrativa competente en materia de derechos intelectuales el Servicio Nacional de Derechos Intelectuales - SENADI, específicamente por la Dirección Nacional de Propiedad Industrial. 

A manera de un breve resumen, el caso se desarrolló dentro de una Tutela Administrativa, en la cual el infractor intentó ingresar al comercio ecuatoriano motocicletas que reproducían un diseño industrial debidamente registrado en Ecuador. Después de un largo litigio en primera instancia se resolvió que las mercancías son infractoras y se impuso la sanción máxima al infractor, sin embargo, se ordenó que las mercancías retornen a puerto de origen, es decir sean devueltas al infractor.

El titular, por no encontrarse satisfecho con la resolución continuó con las instancias necesarias hasta que exista un pronunciamiento que reconozca sus derechos respecto del destino de las mercancías, por lo que dentro del procedimiento de ejecución de la Tutela Administrativa, como última instancia, se resolvió la destrucción de las mercancías ilícitas, tomando en consideración el artículo 241 literales c y f de la decisión 486. 

El actuar de la autoridad administrativa así como el de muchas otras autoridades judiciales, demuestra claramente la importancia y el respeto de los derechos de propiedad intelectual reconocidos a los titulares en el Ecuador, el evidenciar que existen consecuencias jurídicas legales a los actos ilícitos permite educar a los ciudadanos y genera conciencia sobre el respeto a los derechos de propiedad intelectual.

Una nueva semana para el desarrollo de la propiedad intelectual y ahora te presentamos demandas y luchas por patentes que podrían cambiar nuestro cotidiano, algunas de estas notas son interesantes y otras muy curiosas, aquí te presentamos una mirada desde las patentes de nuestra sociedad. Aquí puedes revisar nuestras noticias de la semana anterior.

La empresa Epic Games es denunciada por infringir patentes

El departamento legal de Epic Games tiene ante sí un nuevo reto, ya que los creadores de Fortnite han recibido una nueva demanda, esta vez por supuestamente copiar un sistema patentando con las opciones de mensajería y comunicación de su battle royale.

Según comparten en la red IngenioShare afirma que Epic Games ha infringido una patente suya al utilizar tecnología propiedad de sus compañías afiliadas. El sistema de mensajes de Fortnite permite comunicarse entre jugadores y ofreciendo acceso, sin tener que compartir información personal. Esto es lo que IngenioShare afirma que patentó una década antes incluso de que se creara Fortnite.

Al haber usado su tecnología patentada, la compañía ha presentado una demanda ante el tribunal de Texas. Además IngenioShare afirma que:

Hemos tratado de llegar a un acuerdo con Epic Games en repetidas ocasiones (Noviembre de 2018, octubre de 2019 y enero de 2020)

Pero al no haber llegado a buen puerto las conversaciones, han presentado la denuncia.

Según IngenioShare los inventores reconocieron la necesidad de una forma de comunicación electrónica más fácil, protegida y/o segura usando varios modos". Además sus "innovaciones permiten a los jugadores comunicarse fácilmente, de forma privada y sgura, y en tiempo real, mientras mantiene sus datos en privado".

Además hace ya unos meses IngenioShare compartió que Apex Legends también estaría haciendo lo mismo, afirmando que el juego de Respawn usa su software IpVenture para su tecnología de comunicación.

En resumidas cuentas, un tema complejo que probablemente se acabe saldando con un millonario pago. Sin embargo Epic Games no es de las compañías que dan su brazo a torcer fácilmente, por lo que podemos esperar meses de litigios con IngenioShare. Epic, por su parte, no ha hecho declaraciones sobre este problema. Por supuesto, seguiremos de cerca la evolución del caso, y os mantendremos informados.

La disputa entre Bimbo y Dulcesol

En junio de 2018, la empresa valenciana Hijos de Antonio Juan SL solicitó ante la EUIPO el registro como marca de la Unión, para varios productos alimenticios, bajo el signo denominativo Donas Dulcesol. 

La lista, exhaustiva, se extiende a: sopas; consomés; caldos; crema a base de verduras, hortalizas y legumbres; extractos para sopas; preparados para hacer sopas; puré de verduras; puré de patatas; puré de frutas; carne; pescado; carne de ave; carne de caza; extractos de carne; frutas y verduras, hortalizas y legumbres en conserva, congeladas, secas y cocidas; jaleas; confituras; compotas; huevos; leche; productos lácteos; aceites comestibles; grasas comestibles; café; té; cacao; sucedáneos del café; arroz; tapioca; sagú; pan; productos de pastelería y confitería; bollería; bizcochos; brioches; tartas; barras de cereales; harinas; preparaciones a base de cereales; helados; miel; jarabe de melaza; levadura; polvos para hornear; sal; mostaza; vinagre; salsas; condimentos; especias; hielo.

Tres meses después, Bimbo Donuts Iberia SA, con sede en Madrid entonces denominada Bakery Donuts Iberia, SA, se opuso al registro respecto de todos los productos mencionados, basándose en la marca española denominativa anterior Donas. Ésta designa, entre otros, los siguientes productos alimenticios: purés y legumbres secas; productos de panificación, harinas, cereales, sémolas y tapiocas comprendidos en esta clase, almidón para usos alimenticios, malta comprendida en esta clase, pastas alimenticias, arroz y levaduras.

Uso de la marca 'Donas'

En enero de 2020, la EUIPO desestimó la oposición en su totalidad, por considerar que Bimbo Donuts Iberia no había demostrado el uso efectivo de la marca anterior, Donas, para designar los productos en que se basaba la oposición. 

La sociedad madrileña recurrió ante la propia EUIPO, la cual desestimó el recurso en septiembre de 2020 confirmando que no se había aportado prueba del uso efectivo de la marca Donas para los productos respecto de los que se había solicitado el registro. Aunque reconoció que se había demostrado el uso efectivo de dicha marca para piezas esponjosas de repostería con forma de bolas, glaseadas o cubiertas de chocolate, la EUIPO desestimó las alegaciones de Bimbo Donuts Iberia dirigidas a que se incluyera dicho producto en las categorías productos de panificación y pastas alimenticias amparadas por la marca anterior Donas. 

La EUIPO señaló que los productos de panificación designan, bien pan común, bien pan especial, y que existe una clara distinción entre dichos productos y los productos de bollería o pastelería, pese a que se fabriquen de forma similar. Además, indicó que los productos de pan o de panificación y los productos de pastelería son distintos, pues estos últimos están clasificados bajo el título específico de «productos de pastelería», claramente distinguible del título «pan». Por su parte, las «pastas alimenticias» se refieren a los conocidos productos de la cocina italiana tales como espagueti, tagliatelle, penne y farfalle, y no comprenden los productos para los que se había usado la marca anterior Donas. El juicio quedará visto para sentencia. 

Guerra de patentes del MWC

Competencia desleal, publicidad ilícita y especialmente la violación de patentes y de la propiedad intelectual e industrial. Esta es la guerra judicial a la que se pueden enfrentar las compañías asistentes al Mobile World Congress (MWC), el mayor evento tecnológico del mundo.

Sin embargo, este año no tendrá la presencia de las grandes marcas del sector, que han preferido salvaguardar a sus empleados y directivos antes que aterrizar en Barcelona. El MWC reabre sus puertas en L’Hospitalet (Barcelona) tras la cancelación del pasado año por el coronavirus y volverá a cerrarlas el 1 de julio.

El MWC tiene diversas caras. Las amables, centradas en el negocio y el sector, propiamente dicho. Pero existe una cara oscura del caso: la guerra judicial.  Este evento sí cuenta con pymes tecnológicas y algunas grandes empresas, que pelearán por sus patentes y propiedad industrial en los tribunales.

Acelerar los tiempos para evitar perjuicios

Por estos motivos y dada la avalancha de denuncias en 2014, los juzgados mercantiles de Cataluña vuelven a unirse para establecer un protocolo de actuación. Por tercer año, además, se suman los juzgados de Alicante. En apenas cuatro días los jueces tendrán que tomar declaraciones y decidir si se adoptan medidas cautelares, así como ordenar la retirada de productos.

Por ello y ante la lentitud judicial, estos juzgados trabajan para evitar que las empresas que han violado alguna ley puedan exponer sus innovaciones en el MWC 2021. El tiempo aquí es crucial para las empresas perjudicadas.

De esta forma y para evitar los precedentes de años anteriores, estos juzgados tratarán “en la medida de lo posible” adoptar medidas cautelares escuchando a la parte demandada y, al mismo tiempo, adoptará medidas efectivas en caso de que los demandantes tengan razón. Por estos motivos, habrá un servicio de guardia y de actuación rápida, pero con condiciones. Además, se dará preferencia a las comparecencias telemáticas.

Así, se dará entrada urgente y prioritaria a las peticiones de diligencias preliminares o de comprobación de hechos siempre y cuando se pudieran ver afectadas las patentes e innovaciones tecnológicas, así como diseños industriales, que se presenten durante el MWC 2021. En la misma línea se actuará si existiera infracción de marcas y de derechos de propiedad intelectual; defensa de la competencia y actos de competencia desleal o de publicidad ilícita expuestos en este evento tecnológico. Una vez registradas, el juzgado se ha dado el plazo de 48 horas para resolver la disputa.

CLAVES PARA EL MWC 2021

Si el conflicto se refiere a la propiedad industrial o intelectual con otra compañía y ante el temor razonable de ser objeto de una solicitud de medidas cautelares sin audiencia, los juzgados tardarán tan sólo 24 horas en resolver el asunto. Además, los jueces tratarán de preservar la confidencialidad de la información en su sentencias, para evitar vulnerar secretos empresariales o información sensible de las partes.

El Tribunal Mercantil de Barcelona se encargará de ejecutar de forma inmediata las medidas cautelares urgentes. Pero no las adoptará de forma exclusiva, sino que esperará a los dictámenes del Tribunal de Marcas de la Unión Europea de Alicante. La unidad especializada en tecnología e informática de los Mossos d’Esquadra ejecutaría la retirada del material que incumple la legalidad vigente.

Con la llegada de la Copa América y con las principales competiciones deportivas a la vuelta de la esquina, se vuelve completamente necesario el buscar las herramientas para luchar contra la piratería a nivel mundial.

Un ejemplo de esta situación es España, con LaLiga la cual cuenta con Marauder, analizando en todo momento el Internet para encontrar señales emitidas sin permiso. Ahora, esta asociación deportiva cuenta con un sistema secreto mejorado para bloquear el IPTV pirata.

Otro punto clave es la Premier League, donde la liga inglesa lleva años trabajando para luchar contra el pirateo de sus partidos de fútbol en Internet. El método más usado en la actualidad para cerrar streamings piratas es mediante la colaboración de los operadores, que los bloquean para que quienes tengan contratado Internet con ellos no puedan acceder a ellos. Otro método es contactar con quienes alojan los servidores de ese servicio, e instarlos a que cancelen el mismo.

Mejoras en los sistemas de bloqueo de IPTV pirata

Por otra parte, los operadores no suelen bloquear las direcciones por sí mismos, pero sí lo hacen cuando la Premier League obtiene autorización judicial para ello, lo cual llevan haciendo desde 2018.

Sin embargo, han obtenido permiso para llevar estos bloqueos un paso más allá. Según la orden judicial, ahora han involucrado a los operadores de Irlanda como Eircom/Eir, Sky Ireland, Sky Subscriber Services, Virgin Media Ireland y Vodafone Ireland para bloquear direcciones IP de servidores pirata.

Estos operadores ahora participan en un programa de bloque dinámico mejorado, para evitar que los que emiten IPTV pirata puedan saltarse los bloqueos. La Premier League ha recibido este permiso para llevar a cabo estos bloqueos mejorados en la próxima temporada 2021/2022.

A pesar de todas esas medidas, la piratería de IPTV sigue siendo un problema que afecta a países como Reino Unido. A este tipo de medidas hay que sumarle el hacer más atractivo y accesible el contenido a los usuarios, con suscripciones más baratas que eliminen los incentivos por piratear.

América Latina y el bloqueo de las señales piratas

Es claro que el robo de contenido en línea y el uso de conexiones ilegales de televisión de pago está muy extendido en América Latina. Lo que no es tan sabido es que uno también podría estar disfrutando de contenido pirateado pensando que lo hace de la forma más legal.

Eso porque existen compañías que distribuyen con la apariencia de oficial señales de televisión por cable que en realidad son robadas. Y el cliente no lo llega a saber. Esto de acuerdo con un estudio publicado por la Alianza contra la Piratería de Televisión Paga, que durante un mes analizó el consumo de datos de internet en nueve países: Argentina, Brasil, Chile, Colombia, Ecuador, Perú, Paraguay, Uruguay y Venezuela.

En concreto, en televisión de pago, la APTP señala que también existen compañías que redistribuyen deliberadamente señales sin que sus clientes sepan que la conexión no es legal.

Además, algunos proveedores de televisión de pago, especialmente los operadores más pequeños, también alimentan la piratería al no informar del número verdadero de abonados a fin de reducir su carga fiscal como sucedió en Colombia.

Colombia

En Colombia, la Dirección Nacional de Derecho de Autor (DNDA), estableció la primera medida cautelar de bloqueo contra un distribuidor ilegal de contenidos en línea. La plataforma sancionada fue IPTV Colombia Premium, cuya señal digital transmitió contenido televisivo de otras plataformas como Disney, Netflix, ESPN y HBO.

IPTV Colombia Premium utilizó el protocolo IP, lo que garantizaba estabilidad en la recepción de la imagen, de calidad semejante a la que otorgan las plataformas mencionadas con anterioridad.

La DNDA emitió la medida cautelar de bloqueo después de recopilar evidencia que señalaba la flagrancia en la violación de derechos de autor mediante la retransmisión de dichos contenidos; además, la plataforma contaba con un servicio de suscripción mensual cobrada a una base creciente de suscriptores en el territorio nacional.

Con esta sanción, los responsables de la plataforma debieron cesar de inmediato la transmisión ilegal de contenidos a través de Internet; así mismo, la DNDA ordenó a los proveedores de servicios a realizar el bloqueo inmediato de dicha plataforma a través de la clausura de las IP y URLs vinculadas a la infracción con el objeto de cesar las transmisiones ilegales.

Ecuador

En Ecuador, según cálculos aproximados del mercado legal de Ecuador, el mercado ilegal en el país mueve unos USD 85 millones al año y genera un perjuicio para el Estado de USD 28,7 millones por el no pago de tributos. Unas 517 000 personas tendrían servicios ilegales.

Como ya lo sabemos uno de los métodos más usados para ver canales de televisión de manera gratuita o con costos más accesibles, aunque ilegales, es la Televisión por Protocolo de Internet (IPTV, por su traducción en inglés). Esta forma de ver canales difiere de la televisión en línea, ya que la IPTV trabaja sobre la dirección IP.

Al igual que en todo LATAM, en el Ecuador el problema radica en el desconocimiento de la gente, ya que las personas piensan que al pagar por este servicio está adquiriendo algo legal y no es así, sino que están contribuyendo a la piratería y perjudicando a las empresas legales.

Una nueva semana para el desarrollo de la propiedad intelectual y ahora te presentamos noticias sobre patentes que podrían revolucionar nuestro día a día, algunas de estas notas son interesantes y otras muy curiosas, aquí te presentamos una mirada desde las patentes de nuestra sociedad.

Honda está trabajando en un airbag para scooter

Han pasado 15 años desde que Honda presentó el primer sistema airbag para motos de producción, como una opción en la Gold Wing, en 2006. Después de este tiempo, el gran turismo sigue siendo la única moto en el mercado que se ofrece con airbag.

A pesar de no haber abierto un camino muy transitado por otros fabricantes, Honda está claramente convencida de la idea, y ha presentado recientemente solicitudes de patente para tres nuevos diseños airbag que podrían llegar en un futuro cercano a las motos de producción.

La propuesta airbag de Honda cada vez más cerca del publico

Según datos obtenidos por Honda a partir de estudios sobre los accidentes en Japón, EE.UU. y Europa, indican que los accidentes frontales representan prácticamente la mitad del total de siniestros. Además de estos estudios se desprende también que muchas lesiones en los motoristas se producen tras el impacto de estos con el otro vehículo o la carretera.

Por ello, en motos, empezó a desarrollar este proyecto en 1990 y está dispuesta a que en 2050, nadie fallezca en uno de sus vehículos, ya sean motos o coches. Además de patentar todo tipo de sistemas de seguridad activa, la marca japonesa también trabaja en sistemas pasivos, que ayudan a minimizar las lesiones cuando la colisión es inevitable. Con este fin han creado un centro propio en Tochigi (Japón), una de las mayores instalaciones del mundo, donde realizan múltiples y diversos test de impacto en tiempo real.

Honda utiliza dummies especiales para pruebas de colisión específicamente diseñados para test de motocicletas. A diferencia de los dummies de automóviles, los dummies para moto contienen sensores integrados sin necesidad de cableado externo que podría estorbar los movimientos del muñeco.

Un compromiso para la seguridad del cliente

La marca japonesa lleva cuatro años trabajando en sistemas de airbag para scooters y ahora presenta nuevas patentes. Estos son vehículos en los que el conductor está más integrado en la moto, sentado en una posición estática al igual que ocurre en la Honda Gold Wing donde es más fácil golpearse con parabrisas o manillares que salir despedido volando en un choque frontal que en una deportiva por poner un ejemplo. Esto permite predecir mucho mejor que zona recibe los impactos y cómo suavizarlos.

Estas patentes solo indican que Honda esta más cerca de extender estos dispositivos en sus scooter, cuyo uso es mayoritariamente en ciudad y en esos entornos, la mayoría de accidentes ocurren al colisionar contra otro vehículo. Por ello, Honda trabaja en un airbag similar a los de las cortinillas laterales de los coches, que minimizan los daños con una cortina de aire entre tu y la moto.

En los diseños de las ultimas patentes, muestran tres posibles ubicaciones para el airbag. En el primer caso, este elemento se ubica en la zona de la instrumentación. En el segundo, por encima del faro delantero y tras la pantalla deriva brisas. En la tercera y ultima variante, va colocado sobre el manillar pero en este caso el disparador va situado en otra posición por cuestiones de espacio y mediante conductos los gases llegan al airbag.

¿Cargar el teléfono con el sonido? esta es la nueva función que desarrolla Xiaomi

La industria de los dispositivos móviles se caracteriza por optimizar constantemente los productos que cada mes saca al mercado. Mejorar las características, es lo que convierte esta industria en una de las más importantes del mundo actual.

Entre las funciones que más atractivo generan entre los usuarios, se encuentra la de aumentar la capacidad de la batería de los usuarios. Esa es la prioridad de Xiaomi que trabaja para un novedoso mecanismo donde el usuario puede recibir carga directa a través del sonido.

Xiaomi sistema de carga rápida

Un informe de patentes, señala que la compañía asiática, solicitó el registro de un sistema bautizado como Xiaomi Sound Charging. Esta nueva tecnología utilizará el sonido y otros componentes para cargar smartphone. Adicionalmente también cuenta con un “almacenamiento” de energía y un dispositivo electrónico.

El dispositivo de carga por sonido incluye un “dispositivo de recolección de sonido, una variedad de dispositivos de conversión de energía y un dispositivo de conversión de energía» para aprovechar la energía mecánica de la vibración ambiental, dice la descripción de la patente. La patente de Xiaomi revela además que el dispositivo electrónico convertirá esta vibración mecánica en corriente alterna (CA). Luego se convertirá a corriente continua (CC) mediante el dispositivo de conversión de energía, señala el medio Altadensidad.

La carga inalámbrica no es nada nuevo, y Xiaomi ha estado trabajando duro en esta área últimamente. Es posible que recuerde la tecnología “Air Charge” que se anunció en enero para cargar su dispositivo de forma remota.

Una matriz de fase controlada de 144 antenas es a través de beamforming. Envía ondas milimétricas directamente al teléfono”, dijo Xiaomi en ese momento. La compañía posee actualmente 17 patentes para Mi Air Charge Technology.

Las empresas chinas también están trabajando hyperchargeuso 200W carga para lograr una mayor velocidad de carga. Según Xiaomi, una batería de 4000mAh se puede cargar en 8 minutos. Esta tecnología podría implementarse a finales de este año.

Patentan un sistema de monitorización de fibra óptica para redes 5G alimentadas con luz

La Universidad Carlos III de Madrid (UC3M), junto a la Universitat Politècnica de València (UPV), ha patentado un sistema de monitorización para fibras ópticas multinúcleo, de futura aplicación en redes 5G. Este sistema permitiría optimizar el consumo energético, preservando la capacidad de transmisión de datos.

El sistema, desarrollado por el grupo de investigación de Displays y Aplicaciones Fotónicas de la UC3M, ha logrado alimentar con luz, a través de la infraestructura de fibra óptica, un sistema para controlar el encendido y apagado de las antenas. “Lo que nosotros vamos a conseguir es un sistema paralelo para monitorizar en todo momento qué necesidades energéticas tiene ese nodo. Es decir, si no hay ningún usuario en la celda, que es el área física donde hay cobertura con una antena determinada, nos encargaremos de apagarla para que no esté consumiendo”, señala Carmen Vázquez, profesora del Departamento de Tecnología Electrónica.

Además, mediante la recepción de una única señal óptica, el sistema también permite monitorizar las variaciones de temperatura en el núcleo de la fibra, la distribución de energía por medios ópticos en diferentes puntos de la red y el estado del canal de comunicación empleado dentro de la fibra. “Si se manda mucha energía puede ocurrir que la temperatura dentro de la fibra aumente y, por tanto, se puede dañar. Este sistema nos permite saber qué energía estamos enviando y asegurarnos de que la infraestructura que estamos utilizando para enviar esa energía sigue estando en buenas condiciones y no la estamos dañando”, apunta Vázquez.

El sistema también es integrable en el propio canal de comunicaciones, con pérdidas de inserción mínimas y monitorización en un canal de control diferente al de envío de energía. En la actualidad no existe ningún sistema comercial que integre este tipo de técnica, según el equipo investigador.

Esta patente se ha realizado en colaboración con el Photonics Research Labs de ITEAM-UPV, quienes han fabricado los espejos semireflexivos inscritos en las fibras ópticas. “Los dispositivos fabricados en la fibra monitorizan en tiempo real la potencia que llega a los nodos, al tiempo que dan una indicación de la temperatura, sin penalizar la potencia de los datos que se están transmitiendo, siendo la base para la técnica desarrollada por el grupo de la UC3M” indica Salvador Sales, profesor e investigador del ITEAM-UPV.

Los resultados de una investigación publicada recientemente en la revista científica Journal of Lightwave Technology, que edita conjuntamente la Optical Society of America (OSA) y la IEEE Photonics Society, muestran algunas de de las aplicaciones que tendría la invención desarrollada.

Una pieza de arte que no existe en el mundo físico fue vendida en una subasta de Christie's por US$69 millones: el comprador no recibirá una escultura, ni una pintura, tampoco una copia, sino recibirá un token digital (o vale digital) conocido como NFT. Los NFT son ahora considerados la respuesta digital a las piezas de colección.

Las obras tradicionales de arte como pinturas son valiosas porque son únicas. Pero los archivos digitales pueden ser duplicados con facilidad una y otra vez. Con los NFT, el arte puede ser tokenizado para crear un certificado digital de propiedad que puede ser comprado y vendido.

Muchos artistas se preguntan si los NFT pueden ser considerados como derechos de autor. El experto, Harrison Jordan, de la tokenizadora Hup.Life, apunta que no lo son.

Pero, ¿qué son los NFT? Los Tokens No Fungibles son piezas de arte digital que, usualmente, cuentan con un valor altísimo en criptomonedas. Es necesario recordar que un token es una unidad de referencia; pero al ser no fungible se asocia un valor determinado a un objeto original único.

Son un registro para el que posee una pieza digital única, que puede ser desde una imagen, una pintura hasta un tuit. Por ejemplo, LeBron James vendió una tarjeta digital coleccionable suya por 208 mil dólares.

Pero no son derechos de autor. Al menos, es lo indica Jordan en un artículo para TechCrunch. Esta idea se ha generalizado porque no existe una regulación internacional al respecto.

NFT paso a paso.

Blockchain registra de forma automática datos con marca de tiempo de cada transacción, con lo que se conoce quién estuvo involucrado y cuál fue el valor. Sin embargo, todo dependerá de lo establecido entre vendedor y comprador, sin entrar un sistema regulatorio.

“El comprador de NFT no posee nada más que un hash único en la cadena de bloques con un registro transaccional y un hipervínculo al archivo de la obra de arte”, destaca Jordan.

“La falta de una infraestructura de comercio de derechos de autor”, recalca el experto, “que cumpla con el derecho internacional hace que el intercambio de derechos de autor de la NFT sea imposible en las plataformas actuales”.

Por lo tanto, el autor de la obra posee aún los derechos sobre ella, la original, a menos que exprese lo contrario en el vínculo con el comprador. A falta de esta especificación, la persona que compra solo posee un hash único y un hipervínculo al archivo de la obra.

Es decir, en muchos casos, el artista incluso retiene los derechos de autor de su trabajo, para así poder continuar produciendo y vendiendo copias y el comprador de NFT posee un token que prueba que él es el propietario de la obra que se entiende como comprar una copia firmada del original.

¿En cuánto están valorados los NFT?

En teoría, cualquiera puede tokenizar su trabajo para venderlo como un NFT pero el interés ha crecido a raíz de noticias sobre ventas multimillonarias.

El 19 de febrero, un Gif de Nyan Cat, el famoso meme de 2011 de un gato con cuerpo de galleta volando, se vendió por más de US$500.000.

Pocas semanas después, la cantante canadiense Grimes vendió una colección de obras, pero no solo se está vendiendo arte a través de los NFT. El fundador de Twitter Jack Dorsey vendió su primer tuit en la red social por US$2,9 millones.

Y la subasta de la pieza de Beeple, la primera obra de arte digital jamás ofrecida en Christie's, alcanzó un nuevo récord para el arte digital vendiendo una pieza por más de US$69 millones.

Bot tokenizador

Jordan destaca que existe un caso especial: “Como no hay un marco legal para los NFT, cualquiera puede acuñar las obras que considere, aunque no sean de su propiedad.” El ejemplo que subraya es el de un bot de Twitter llamado tokenizedtweets, ya sancionado por la red.

El bot creaba NFT a partir de tuits virales, vendiéndolos sin el consentimiento de los autores. Figuras como William Shatner expresaron su preocupación al respecto.

“Están robando contenido, imágenes que subo y mis tuits, que están bajo mis derechos de autor, siendo tokenizados y vendidos sin permiso”, indicó el Capitán Kirk, de Star Trek.

Al no haber un sistema legal que lo prohíba, o siquiera que lo regule, este tipo de situaciones seguirá ocurriendo. Solo la actividad de la red social, luego del reclamo del agraviado, lo frenó.

Para Jordan es necesario el cumplimiento internacional de una ley al respecto. Pero, si no existe aún alguna para las criptomonedas, pasará mucho tiempo antes de ver una para los NFT.

El 02 de Junio de 2021 se destruyeron 264 Motocicletas falsificadas provenientes de China en Ecuador, esta acción supone un avance prometedor para las acciones de protección a la Propiedad Intelectual en Latinoamérica.

El 31 de Enero de 2019, Honda Motor CO. LTD., presentó una acción de tutela administrativa por la supuesta importación de productos que reproducen su Diseño Industrial de su propiedad denominada Motocicleta. 

El 11 de Abril de 2019 se ordena mantener la aprehensión de toda la mercadería que constituye la infracción a los derechos intelectuales de Honda, la cual permaneció retenida y custodiada por el SENADI.

Además, la compañía demandada recibió una multa de $56.800 dólares Americanos, por la infracción de los derechos de propiedad industrial de la compañía Honda CO. LTD. El pago de la multa se realizó el pasado 05 de enero de 2021, dando cumplimiento a los actos administrativos descritos con anterioridad.

En la misma fecha la compañía demandada informó que el 31 de diciembre de 2020 presentó también una solicitud de reembarque o reexportación a su lugar de origen en China. Sin embargo esta acción no se llevó a cabo.

Esta solicitud de reembarque desencadenaría en que el  06 de abril de 2021 ambas partes firmaron un acuerdo para destruir los productos, en un periodo no mayor a 9 meses y fue el pasado 02 de junio de 2021 el día donde se llevó a cabo la destrucción de 2 contenedores llenos con productos falsificados que representan en un total de 264 motocicletas.

La carga llevo candados satelitales para la seguridad de ambas partes, además el proceso fue supervisado por los representantes legales de Honda y para ejecutar la destrucción se autorizó la salida de la mercancía de la Aduana a las instalaciones de la compañía Acerías Nacionales del Ecuador S. A.

La destrucción se llevó a cabo bajo normas de cuidado ambiental aplicables y siguiendo las disposiciones dictadas por el gobierno autónomo descentralizado del lugar donde se ejecutó el proceso. 

Es necesario recordar que la mercancía se entenderá destruida cuando sea sometida a procesos de incineración, compactación u otros que también su naturaleza reduciendo las mercancías a desechos manejables de manera sustentable.

Para finalizar, es necesario tanto para las autoridades, como para la sociedad en sí, el tomar en cuenta la importancia de las acciones de protección y de destrucción de productos falsificados en Latinoamérica. Dar la visibilidad necesaria a estos casos, puede ser, uno de varios caminos necesarios para que la cultura de la piratearía se vea reducida en el imaginario social como normalidad.

Otra semana importante para la propiedad intelectual y ahora te presentamos noticias sobre patentes que podrían revolucionar nuestro día a día, algunas de estas notas son polémicas y otras muy curiosas, aquí te presentamos una mirada desde las patentes de nuestra sociedad.

Lucha por las patentes del COVID-19

Un total de 110 países demostraron su apoyo a la propuesta presentada, que establece la suspensión de las patentes de vacunas contra el COVID-19, por 3 años para dar tiempo a una inmunización global.

De acuerdo a la información difundida por Prensa del Observatorio Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación (Oncti), el director de Propiedad Intelectual de la Organización Mundial de Comercio (OMC), Antony Taubman, afirmó que las patentes “son herramientas políticas y deben estar subordinadas a los intereses públicos”.

El mensaje lo dio Taubman al iniciarse en el organismo un nuevo debate sobre la exención temporal en el desarrollo de vacunas y otras tecnologías contra la pandemia.

La industria

Sin embargo, liberar las patentes de las vacunas contra la COVID-19 no es una solución efectiva para luchar contra la pandemia ni garantizaría un incremento a corto plazo de su producción y, además, sería una medida contraproducente e innecesaria.

Así lo sostiene el director general la asociación de los fabricantes e investigadores de medicamentos innovadores Farmaindustria, Humberto Arnés, en el marco de un debate sobre la idoneidad de la liberalización de las patentes de la vacuna de la COVID-19 organizado por la Fundación Pablo VI.

Médicos sin fronteras

En el encuentro también han participado el presidente de Médicos Sin Fronteras (MSF), David Noguera; el presidente del Comité de Bioética de España, Federico de Montalvo, y la responsable de Propiedad Intelectual del Departamento de Medicamentos y Productos de la Organización Mundial de la Salud, Erika Dueñas.

Mientras que el presidente de Médicos Sin Fronteras y la responsable de la OMS se han mostrado totalmente a favor de la liberación de las patentes y el presidente del Comité de Bioética español, con algunas reservas, también se ha pronunciado más a favor que en contra, el presidente de Farmaindustria ha afirmado rotundamente que es una medida innecesaria.

Se ha logrado ya multiplicar por tres la capacidad productiva del sector farmacéutico para fabricar vacunas. Antes de la pandemia el sector tenía capacidad de fabricar entre 3.000 y 4.000 millones de vacunas anuales. Hoy diferentes estudios de reputadas instituciones tanto públicas como privadas indican que a lo largo del 2021 se van a fabricar y a poner a disposición de toda la ciudadanía entre 12.000 y 15.000 millones de dosis, ha afirmado Arnés.

Si tenemos en cuenta que el planeta tiene cerca de 7.500 millones de habitantes y que se requiere vacunar al 70 % de la población con dos dosis para conseguir la inmunidad de grupo, esta cantidad de dosis que tiene previsto fabricar la industria a lo largo de este año permitiría cubrir adecuadamente las necesidades de vacunación de todos los ciudadanos logrando la inmunidad de grupo, ha añadido el director general de Farmaindustria, que ha considerado que el principal desafío será distribuir adecuadamente esas dosis.

Asimismo, ha considerado que sería una decisión contraproducente por el impacto negativo sobre los derechos de propiedad industrial, y que no sería una solución a corto plazo debido a la complejidad del proceso de fabricación y el tiempo requerido para hacer la transferencia de conocimiento.

AMD trabaja en un CPU híbrido

Algunas señales han indicado que AMD tiene en sus planes para ingresar a los núcleos híbridos, grandes, pequeños para los CPU y una nueva solicitud de patente respalda esa idea. AMD ha solicitado una patente que describe métodos mediante los cuales un tipo de CPU movería el trabajo a otro tipo de CPU.

Según la patente, las CPU se basarían en las métricas de utilización del núcleo para determinar cuándo era apropiado mover una carga de trabajo de un tipo de CPU a otro. Las métricas propuestas incluyen la cantidad de tiempo que la CPU ha estado funcionando a la velocidad máxima, la cantidad de tiempo que la CPU ha estado usando la memoria máxima, la utilización promedio durante un período de tiempo y una categoría más general en la que una carga de trabajo se mueve desde una CPU al otro en base a métricas no especificadas relacionadas con la ejecución de la tarea.

Cuando la CPU determina que una carga de trabajo debe moverse de la CPU A a la CPU B, el núcleo que actualmente realiza el trabajo (CPU A, en este caso) se coloca en un estado inactivo o estancado. El estado de la arquitectura de la CPU A se guarda en la memoria y la CPU B lo carga, que continúa el proceso. La patente de AMD describe estos cambios como bidireccionales: el núcleo pequeño puede cambiar el trabajo al grande o viceversa.

No se espera ver núcleos híbridos de AMD en 2021, pero 2022-2023 no sería irrazonable. Ahora que se sabe que algunos de los ahorros de energía que ofrece Apple M1 son cortesía de la programación de su sistema operativo, esperamos que tanto Intel como AMD trabajen con Microsoft para adoptar una tecnología similar. Los núcleos híbridos no harán mucho por el consumo de energía de la CPU x86 a plena carga / reloj, pero podrían reducir el consumo de energía de manera significativa.

La propuesta de Xiaomi cambia el concepto de cámara selfie

La más reciente patente de Xiaomi, se trata de un nuevo modelo de cámara totalmente modular. Aunque genera intriga saber cómo va a operar, no cabe duda que representa un gran paso para la marca.

Esta nueva cámara, según lo que muestra la patente, va a ser capaz de girar sobre sí misma. Se desconoce si se moviliza mediante un sistema de rieles, o si se trata de un sistema de imantado. Lo que sí queda claro, es que la cámara incluye dos sensores que, al voltearse, podrán convertirse en una cámara de selfies.

Xiaomi apunta por mantenerse a la vanguardia en cuanto al nivel fotográfico se refiere. Es probable que este nuevo dispositivo incluya otras características tales como un telemacro o un gran angular.

No es la primera vez que surgen patentes que reflejan funcionalidades innovadoras. En pasadas ocasiones han sido reveladas patentes de Xiaomi que muestran módulos capaces de ocultarse bajo el dispositivo, por medio de un mecanismo giratorio de 180°.

Por lo tanto no resulta extraño que esta nueva idea sea capaz de desplazarse lateralmente para descubrir los módulos de cámaras. Al fin y al cabo, las patentes no son bocetos que deban tomarse a la ligera, pues estos dejan ver qué detalles están presentes en el diseño físico.

Cuatro de cada cinco emprendimientos en el mundo sufren de la usurpación de marca en sus productos en Internet, es decir, son falsificados y vendidos a través de redes sociales, sitios webs que imitan el de la propia marca y marketplaces.

Los piratas y falsificadores online han puesto un nuevo foco para sus actividades delictivas en la Red y la tendencia ahora es fijarse en pymes habitualmente más desprotegidas que las grandes compañías. Los sectores más afectados son, por orden, el de moda, electrónica, deportes, hogar, juguetes y belleza y cuidado personal.

Impacto de falsificaciones online de pymes


Smart Protection, es una compañía de ciberseguridad que reduce el impacto que la piratería y las falsificaciones provocan en contenidos y marcas. El estudio “Impacto de falsificaciones online de pymes en 2021” pone de manifiesto la situación de vulnerabilidad de las pequeñas y medianas empresas en Internet y la necesidad de contar con una tecnología efectiva y asequible que les permita la vigilancia de sus productos online.

Para llevar a cabo este estudio, Smart Protection ha analizado más de 12.000 compañías que venden productos online, de las cuales 5.178 son pymes de entre 1 y 200 empleados, rastreando marketplaces, redes sociales y rouges sites en Google en busca de posibles infracciones.

Datos específicos del estudio


Smart Protection, es una compañía de ciberseguridad que reduce el impacto que la piratería y las falsificaciones provocan en contenidos y marcas. El estudio “Impacto de falsificaciones online de pymes en 2021” pone de manifiesto la situación de vulnerabilidad de las pequeñas y medianas empresas en Internet y la necesidad de contar con una tecnología efectiva y asequible que les permita la vigilancia de sus productos online.

Según el estudio, el 80,24% de las pymes que venden sus productos en línea les falsifican sus productos en Internet. Por grados, un 15,01% de ellas sufre la copia ilegal de sus productos a niveles muy altos, otro 34,09% se sitúa en valores altos y un 31,15% está afectado de forma media y baja. Por lo tanto, sólo el 19,76% de pymes analizadas no registran ningún indicio de infracción.

En grandes compañías el 81,32% puede encontrar copias falsas de sus productos en Internet. Un 22,80% lo sufre a un nivel muy alto, otro 35,47% se sitúa en valores altos y un 23,05% está afectado de forma menos significativa.

Si comparamos estas cifras de falsificaciones de pymes con las de las grandes compañías, el dato se vuelve ligeramente superior, lo que confirma la tendencia de los infractores de centrarse en pymes y empresas más desprotegidas.

Una mirada centrada en los afectados


El sector de la moda es el que sufre mayores estragos de los infractores. Este es el sector que encabeza el ranking de los más falsificados al tiempo que es también el que más pymes tiene sufriendo este problema de forma incisiva, a un nivel alto.

En concreto, un 92,62% de las pymes del sector se ven afectadas, seguidas por el sector de la electrónica (82,06%), deporte (78,86%), hogar (73,48%), juguetes (69,06%) y belleza y cuidado personal (64,81%). Estos dos últimos sectores son especialmente sensibles, ya que una falsificación de este tipo de producto puede causar daños personales y de salud en adultos y menores de edad.

El estudio, analiza lo que ocurre con los productos de una pyme en la web, está centrado en países de Europa y América. Este concluye con un ranking que ilustra donde es más común encontrarse con pymes altamente falsificadas. Las pymes estadounidenses son las que atraen más el foco de atención de ciberdelincuentes. En Europa, el top está formado por Reino Unido, Italia y Francia, seguidos de cerca por España y Alemania.

El propósito de este estudio es minimizar el impacto negativo en ventas y reputación de marca que las falsificaciones, abusos de marca y la piratería generan a las pequeñas y medianas empresas. La plataforma de investigación está basada en Inteligencia Artificial para monitorear en tiempo real posibles infracciones, analizando y eliminando copias ilegales y falsificaciones que vulneran sus derechos de propiedad intelectual e industrial.

La historia cuenta  que en noviembre de 2006 tenía lugar la primera “Medida en Frontera de protección a los derechos de propiedad intelectual en Ecuador”. Y nosotros podemos contar la historia, porque estuvimos allí*.

Desde entonces las medidas en frontera proliferaron exitosamente hasta el año 2008, cuando se realizaron (Aprox.) 150 medidas en Frontera de protección a los derechos de PI, por acción de la Corporación Aduanera Ecuatoriana – CAE (hoy Servicio Nacional de Aduana del Ecuador - SENAE), con un estimado de 1.2 millones de productos ilegales detenidos en aduanas. En ese año  Ecuador fue premiado ante la Organización Mundial de Aduanas por la importante labor en la protección a la Propiedad Industrial.

La visión gubernamental de aquél entonces provocó que se impongan limitaciones al comercio internacional. En enero de 2009 entró en vigencia la resolución del entonces Consejo de Comercio Exterior e Inversiones – COMEXI, que estableció restricciones al ingreso de cientos de subpartidas de bienes, a través de la implementación de cupos de importaciones e incrementó el valor de los aranceles a otros cientos de productos. El calzado tuvo un arancel de US$10 por cada par, la cerámica un impuesto de US$0,12 por kg, los textiles y ropa un arancel de US$12 por kg... Además existieron otras disposiciones legales que perjudicaron el comercio internacional, como la normativa de etiquetado INEN.

Durante ese año se realizaron tan sólo 30 medidas en frontera (una reducción del 80% respecto al año anterior) y se incautaron menos de 100 mil productos (una reducción del 82%). La mayoría de los productos detenidos por la CAE en 2009 fueron juguetes.

Aquél año fue ciertamente un punto de inflexión. Desde entonces hemos sido testigos de una drástica reducción de medidas de protección a los derechos de PI en frontera . Para el año 2016 existieron 3 Medidas en Frontera y durante 2018 no se ha realizado ninguna.

La situación es producto, en buena medida, de la sustitución de la Ley de Propiedad Intelectual por el vigente Código Orgánico de la Economía Social de los Conocimientos e Innovación – INGENIOS. La norma derogada establecía, en su artículo 342, la obligación del Estado Ecuatoriano de actuar de oficio ante estas infracciones. La normativa contenida a partir del artículo 575 del Código INGENIOS establece requisitos que parecen exagerados y en la práctica bastante difíciles de cumplir a efectos de ejercer protección legal en frontera en defensa del derecho de PI; esto es la “evidencia suficiente” de la infracción, que se traduce en un impedimento legal.

Sin embargo parecería que el segundo párrafo del artículo 51 del Reglamento a INGENIOS, contenido en el Decreto Ejecutivo No. 1435 de mayo 23 de 2017, abre una posibilidad de lograr  acciones en frontera, al responsabilizar al Servicio Nacional de Aduanas del suministro de “información necesaria” que sirva de “sustento de la Medida en Frontera”.

Como se demostró entre 2006 y 2008, las medidas en Frontera son una de las mejores formas de proteger los derechos de propiedad intelectual, se impide el ingreso de productos potencialmente ilícitos (muchos perjudiciales para la salud), se protege de riegos y de futuros engaños a los consumidores, y se fomenta a gran escala un comercio más justo.

*Luzuriaga & Castro Abogados realizó, el 06 de noviembre de 2006, la primera acción de medida en frontera acontecida en el país.