Favicon Luzuriaga Castro Original
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Entre los debates públicos más visibles, este 2021, en torno a la pandemia, ha existido una discusión sobre el sistema internacional de propiedad intelectual, especialmente sobre las patentes farmacéuticas.

Desde que se inició la pandemia y se desarrollaron las primeras vacunas efectivas contra el Sars Cov-2, se han suscitado en foros internacionales intensos debates en torno al menos 4 opciones sobre cómo mejorar la producción y distribución de las mismas.

A pesar de sus diferentes propuestas, todas parten de un mismo diagnóstico: no hay suficientes vacunas, se producen muy lento y no todos los países tienen los recursos para adquirirlas. A su vez, cada una de estas iniciativas se relaciona de forma particular con el sistema internacional de patentes, reafirmando o poniendo en cuestión en mayor o menor grado.

Las dos iniciativas más amistosas con el sistema de patentes, pues no buscan alterar un ápice en su lógica tradicional, fueron: el plan COVAX y el C-Tap.

Plan COVAX

COVID-19 Vaccines Global Access, mejor conocida como COVAX, es una plataforma global para apoyar el desarrollo, fabricación y distribución de las vacunas para COVID-19. Fue lanzada en abril de 2020 por la OMS, la Comisión Europea y Francia como uno de los tres pilares de la Access to COVID-19 Tool Accelerator.

El aspecto crucial de la iniciativa es la instalación COVAX, manejada por la alianza público-privada de salud conocida como Gavi, la Alianza Mundial de Vacunas. La instalación COVAX es un mecanismo de obtención que compra vacunas a un portafolio de productores en nombre de países que son miembros de COVAX.

Un sistema de entrega gratuita de vacunas, distribuidas equitativamente, donadas por las mismas empresas farmacéuticas, filántropos como Bill Gates y los países desarrollados a los Estados más necesitados. Una especie de Teletón Covid a nivel planetario. La meta inicial del COVAX, planteada el año pasado, consistió en que a fines de 2021 se lograrían distribuir 2.000 millones de dosis con criterios de equidad.

El mecanismo ha estado trabajando con fabricantes para asegurar que tengan la capacidad para producir grandes cantidades de dosis una vez que las vacunas sean aprobadas. Ahora, el mecanismo está comprando y distribuyendo vacunas a sus países miembros.

Sin embargo, a fines de mayo de 2021 se habían logrado distribuir mediante la iniciativa COVAX menos de 100 millones de vacunas, volviéndose virtualmente imposible cumplir con los plazos trazados.

Si a ello sumamos que las denominadas nuevas cepas plantean serias dudas sobre cuán eficaces serán algunas de las vacunas actualmente en circulación, debiendo probablemente desarrollarse nuevas versiones, lo que significa nuevas investigaciones y rondas de inoculación masivas, el proyecto original de lograr la inmunidad colectiva en un periodo acotado de tiempo, que pretendía el COVAX, se vuelve implausible.

Plan C-TAP

La FDA ha creado un programa de emergencia especial para posibles terapias contra el coronavirus, el Programa de Aceleración del Tratamiento del Coronavirus (CTAP). El programa utiliza todos los métodos disponibles para trasladar nuevos tratamientos a los pacientes lo más rápido posible y, al mismo tiempo, averiguar si son útiles o perjudiciales.

El C4-Tap, propuesto por Costa Rica a la OMS, buscó hacer un nuevo llamado a la solidaridad de las grandes empresas farmacéuticas, pero ahora consistente no en donar vacunas, sino en poner voluntariamente a disposición los datos clínicos y conocimientos técnicos protegidos con derechos de propiedad intelectual, en un repositorio común abierto a cualquier persona interesada en utilizarlo.

El C-Tap promoverá, entonces, la donación no del producto, sino del conocimiento, para que así otros actores pudieran producir vacunas y aumentar los volúmenes de stock. Aunque la propuesta costarricense fue creciendo en respaldo de varios países, lo cierto es que a la fecha tampoco ha sido efectiva: ninguna empresa farmacéutica ha donado el know how necesario para que otros produzcan las preciadas vacunas.

Exención general temporal o Waiver

La tercera vía que ha resonado es intervenir directamente en los instrumentos e instancias internacionales ligados al comercio, en los cuales se emplearían las grandes farmacéuticas para no compartir su conocimiento para producir vacunas.

De esta manera, India y Sudáfrica, desde octubre del año pasado, han solicitado que se dictamine oficialmente al interior de la OMC una exención general temporal de los derechos de propiedad intelectual reconocidos en el Acuerdo de los ADPIC.

El ADPIC, también conocido como “TRIPS”, por sus siglas en inglés, es el Acuerdo Internacional de la OMC que ha regido los estándares de protección jurídica de la propiedad intelectual en el mundo durante los últimos 25 años. Aquí lo que se propuso es que, dado lo inédito e inmensidad del desafío sanitario, se suspenda temporalmente a nivel mundial toda protección relevante del conocimiento necesario para producir una vacuna liberando una amplia gama de elementos de la propiedad intelectual, desde derechos de autor y derechos conexos; dibujos y modelos industriales; por cierto, las patentes industriales; y la desprotección de secretos empresariales o información no divulgada.

Con esta fórmula, lo que se busca es que los países puedan echar mano a este conocimiento, pero sin ser objeto posteriormente de represalias o demandas de las empresas farmacéuticas o de los países a los que pertenecen, ante los organismos internacionales, especialmente frente al Órgano de Solución de Diferencias de la OMC. A diferencia de las primeras dos alternativas, la exención o waiver no se basa en la voluntad de la industria farmacéutica.

A pesar de llevar unos pocos meses en discusión, la propuesta de India y Sudáfrica ha logrado suscitar impensados apoyos, siendo el más notorio el de EE.UU. que se ha abierto a apoyar la medida. Lo cual no deja de ser sintomático del cambio de ciclo que se avecina a nivel internacional, si se considera que fue EE.UU. quien consistentemente durante las últimas tres décadas ha promovido la aplicación más rígida del ADPIC, siempre en pro de los titulares de las patentes y los gigantes farmacéuticos.

Existen también voces críticas al Waiver. La que más ha resonado, explica que, sería innecesario adoptar una medida tan radical, cuando el acuerdo ADPIC contiene las flexibilidades necesarias para que los Estados miembros de la OMC, en caso de emergencia, hagan uso de las mismas y amplíen el acceso a las vacunas por sobre el uso normal que el monopolio legal habilita.

Uso de las flexibilidades ADPIC

Esto nos lleva a la cuarta y última medida que ha estado en el tapete del debate internacional el último año y medio, que podemos llamar la opción más flexible en el uso del ADPIC. El ADPIC, junto con las garantías habituales que se otorgan al titular de una patente, incorpora una serie de medidas que atemperan los normales efectos excluyentes de la propiedad intelectual, flexibilidades que pueden usarse por los Estados miembros de la OMC bajo ciertas circunstancias.

Las licencias obligatorias son el ejemplo paradigmático de estas flexibilidades. El quid de su funcionamiento consiste en que, bajo ciertas circunstancias debidamente calificadas por el Estado, el titular de una patente se ve obligado a compartir la información de un producto patentado con un tercero determinado, quien es autorizado gubernamentalmente para producir y vender en un volumen determinado dicho producto y abastecer al mercado interno.

De esta manera, el titular de la patente pierde temporalmente el derecho exclusivo sobre este punto, pero pasa a recibir un canon o ingreso regular por cada venta que el tercero haga del producto licenciado.

Incluso, dentro de las flexibilidades ADPIC, el acuerdo internacional considera también una solución para los países sin capacidad de producción farmacéutica nacional. El ADPIC dedica una detallada disposición, el art. 31 bis, que establece un procedimiento ad hoc. A la idea general de las licencias obligatorias ya referida, esta norma agrega otros pasos administrativos para poder incorporar importaciones desde un productor extranjero.

Dicha disposición, vale tenerlo presente, no existía originalmente en el ADPIC: fue una enmienda introducida tras muchos años de presión diplomática de los países en desarrollo. En el papel parece ser la solución perfecta. ¿Por qué no ocupar entonces esta figura para todos aquellos países que a la fecha no han podido acceder a un número suficiente de vacunas contra el Covid-19 ni llegar a acuerdos razonables con las grandes farmacéuticas?

Situación en Latinoamérica

La verdad es que la práctica efectiva de los actores durante la pandemia actualmente en curso, llama a no ser especialmente optimista. Para graficarlo, en el caso de Bolivia, que de buena fe manifestó su interés de utilizar las flexibilidades ADPIC. Dado que el país andino no cuenta con capacidad nacional para producir las vacunas, debió acogerse al art. 31 bis del ADPIC.

Para ello necesitaba, junto con comunicar a la OMC formalmente su voluntad, iniciar tratativas con laboratorios de otros países que tuvieran la capacidad e intención para producir vacunas contra el Covid-19.

Ese punto no es sencillo, pues cada vacuna patentada utiliza una tecnología distinta. Bolivia, sin embargo, logró sortear este obstáculo con un laboratorio canadiense, Biolyse Pharma, que contaba con la tecnología necesaria y estaba dispuesto a producir para Bolivia la vacuna patentada a nombre de la farmacéutica Johnson & Johnson (J&J).

Biolyse se comprometió a producir para el Estado boliviano 15 millones de dosis de vacuna J&J. Sin embargo, para cerrar el círculo, se requiere también que el gobierno de Canadá decrete una licencia obligatoria sobre el producto de J&J a favor de Biolyse Pharma, cuestión que hasta la fecha no ha realizado.

Esta dilación del gobierno canadiense contrasta con sus públicas manifestaciones a favor de las flexibilidades ADPIC en los foros internacionales. Los meses pasan y el país andino aún no sabe con certeza cuándo podrá inocular a la mayor parte de su población; situación compartida por la mayoría de países de ingresos medios y bajos.

Esta semana llegamos a tiempo y traemos con nosotros notas sumamente interesantes sobre patentes. Ahora te presentamos la interacción de marcas relacionadas con las patentes, además de su desarrollo y creación que podrían cambiar nuestro cotidiano. Algunas de estas notas son interesantes y otras bastante útiles, aquí te presentamos una mirada distinta de nuestra sociedad. Te recordamos revisar nuestras notas de la semana anterior.

EA cederá gratis sus patentes de accesibilidad


Electronic Arts ha anunciado este martes una cesión gratuita de sus patentes y tecnología relacionadas con la accesibilidad, todo ello para que otros desarrolladores y pequeños estudios puedan crear videojuegos con características basadas en la inclusión y el fácil acceso.

Esta apertura supone un paso adelante por parte de EA a la hora de permitir la accesibilidad en productos desarrollados por terceros sin tener que hacer costosas inversiones. En concreto, la firma norteamericana explicita que serán cinco las patentes cedidas, cubiertas con algunas de las tecnologías más innovadoras de la compañía; todas centradas en la accesibilidad y diseñadas para:

“Ayudar a los jugadores con discapacidades visuales, auditivas y cognitivas”.

Estas patentes incluyen al "Sistema de Ping” emitida este 24 de agosto por la Oficina de Patentes y Marcas de los Estados Unidos. Un ejemplo de su uso se muestra en el popular Apex Legends, esta tecnología permite que los jugadores se comuniquen mediante un sistema de ping; muy celebrado por su aplicación como medio para reducir la toxicidad en el título y para hacerlo más accesible.

Otras tres patentes que cede EA se centran en detectar y modificar automáticamente los colores, el brillo y el contraste en un videojuego para mejorar la visibilidad de los objetos con luminosidades similares. Esto se traduce en una mejor percepción del contenido e interacción con el mismo. Electronic Arts abre también el código fuente de una solución técnica preocupada por el daltonismo, el brillo y los contrastes cromáticos en contenidos digitales. 

La ultima patente incluida en la cesión de EA está relacionada con la tecnología de sonido personalizado. Todo jugador o jugadora con problemas de audición podrán modificar o adaptar la música basándose en sus preferencias auditivas. La cesión de estas patentes de Electronic Arts se consolida como una medida para hacer que los videojuegos sean accesibles a jugadores de todas las capacidades.

Apple patenta una tecla removible


Apple investiga una forma para hacer que el teclado de la MacBook tenga una tecla removible capaz de ser utilizada como ratón. Al menos eso es lo que aparece en una nueva solicitud de patente, la cual fue detectada por Patently Apple.

La solicitud, que apareció este 19 de agosto en la Oficina de Patentes y Marcas Registradas de Estados Unidos, está firmada por el arquitecto y diseñador de Apple Paul X. Wang, quien antes registró una propuesta para desarrollar teclas de vidrio.

En el documento aparece un teclado de tijera estándar de MacBook que cuenta con una tecla oculta extraíble, la cual contendría un sensor de posición con el cual podría usarse como un puntero. Sería una estructura que permitiría una entrada de puntero cómoda, portátil y precisa. Las ilustraciones de la patente muestran que la tecla extraíble sería una ubicada hacia el borde del teclado, para que no sea una tecla de uso frecuente.

Este “ratón/tecla” parece alejarse de los planes futuristas de Apple y los dispositivos modernos como el trackpad, ya que vuelve a la idea antigua de conectar un ratón a una portátil, pero Apple tiene una explicación para eso. En la patente se menciona que tareas más precisas, como aquellas relacionadas al diseño gráfico, el diseño asistido por computadora y la edición de archivos grandes y complejos, se adaptan mejor a un ratón que a un trackpad.

Apple también describió algunos sistemas mecánicos para dar una idea de cómo podría funcionar este sistema: deslizar una tecla o un conjunto de ellas fuera del teclado de manera vertical, o bien, desplazar una tecla única desde el costado de la laptop.

La PS Store se renovara según una patente de Sony


Sony habla de una patente llamada PS Store, para la tienda de Sony desde la PlayStation 3. La patente es bastante interesante y busca mejorar mucho la experiencia de usuario dentro de la PS Store:

Una patente, que a priori parece algo que no sería para tanto, en realidad podría convertirse en una revolución dentro de las tiendas digitales. Pero claro, para ello se debe llevar a cabo. Por el momento no existen noticias o notas que hagan referencia a si esto acabará saliendo adelante o se quedará en eso, una patente.

Nos encontramos en agosto del 2021 y con el 24,5% de la población mundial vacunada, el cierre de locales comerciales, restricciones vehiculares, limitaciones en el aforo, entre otras medidas adoptadas para frenar el coronavirus parecen no ceder al menos por los próximos meses del año. Esta problemática ha dado paso a la transformación del comportamiento del consumidor, volviéndolo ahorrativo, digital, consciente, pero sobre todo más impredecible y cauteloso a la hora de elegir qué comprar y cómo hacerlo.

Son tiempos difíciles para las marcas y el mercado global, sin embargo, esta época es el catalizador de una nueva y necesaria creatividad comercial que genera un nuevo panorama para la mercadotecnia. Te presentamos algunas estrategias para que apoyes a tu marca con el marketing post-pandemia.

Digitalización

Con la crisis, los costos de no volverse digital han superado en gran medida los riesgos. Los países y ciudades rezagados se han dado cuenta de la necesidad de impulsar su resiliencia digital y acelerar su transformación digital.

El mercado digital ganó una gran parte de consumidores que antes preferían ir a tiendas físicas, esta pandemia logró que los sitios en internet como anuncios, blog, contenido y demás ahora sean los nuevos escaparates para los productos.

Solo en marzo de 2021 hubo un incremento del 40% de nuevos compradores en línea de productos de abarrotes. Esto está logrando que el pronóstico de la digitalización que estaba proyectado a 3 o 4 años esté sucediendo en la actualidad.

DIY (Do It Yourself)

DIY es la abreviación de la expresión en inglés “Do It Yourself” que se traduce como “hazlo tú mismo” y, básicamente, como el nombre lo indica, se refiere a hacer cosas con nuestras propias manos, ayudándonos de algunas herramientas.

El COVID-19 ha obligado a mantener a miles de personas dentro de sus casas, logrando que incursionen en nuevas actividades y obtengan nuevos conocimientos como aprender a cocinar o teñirse el cabello.

Es así como, la facilidad y adaptabilidad de los productos o kits para la autosuficiencia les está haciendo ganar terreno en el mercado, habilidades que seguirán después de este confinamiento.

Los tintes para cabello tuvieron un incremento del 20% en marzo del 2021 y las páginas web que realizan contenido de cocina han incrementado considerablemente su tráfico.

Pruebas gratis para ganar clientes

Muchas empresas, cuyo contenido de promoción se centra en el digital, han optado por ayudar a las personas abriendo opciones premium y brindando pruebas gratuitas con mayor duración logrando que el tráfico en sus webs y RRSS aumenten, convirtiendo así a varios usuarios en potenciales clientes.

Las personas que buscan nuevos productos y servicios digitales, se dirigen a este tipo de ofertas para explorar la versión de paga y pensar que beneficio le puede entregar el aumento en el porcentaje de compra con respecto a la marca.

Por ejemplo, Neil Patel ha logrado incrementar sus suscripciones ya que al abrir opciones premium ocasionó que su mercado aceptará los productos digitales que él vende.

Menos storytelling, más doing

La pregunta ya no es cómo se puede vender, sino cómo se puede ayudar. Las empresas ya no deben esperar a las siguientes crisis para mostrar su lado solidario. Es hora de tener planes de contribución continua a la sociedad.

Estrategia Du Soleil

Pocos saben que el Cirque du Soleil se construyó a base de artistas callejeros. Esta idea, más que ahorrar dinero, se convirtió en su ventaja competitiva más importante.

Las marcas deberán estar listas para hacer hunting, pues habrá muchos creativos en búsqueda de oportunidades y las marcas con visión estarán listas para reclutarlos.

Como referencia, se esperan más de 14 millones de desempleados en América Latina y el Caribe durante el año 2021.

Valor Agregado

Ahora los clientes estarán dispuestos a reemplazar a sus marcas favoritas si la competencia ofrece un valor agregado en sus productos o servicios. El valor lo pueden percibir a través de calidad, precios y funcionalidad. Es hora de crear nuevas ventajas competitivas que permitan que la marca sea diferente y la mejor opción a la hora de elegir.

Según Forbes el porcentaje de emprendedores que están realizando cambios en su modelo de negocio asciende a 88%. Solo el 12% de los encuestados no está haciendo ninguna modificación. La ventaja de ser emprendedor y no una empresa grande es tener la flexibilidad con la que un corporativo no cuenta.

Extrema diferenciación en marketing post-pandemia

Las marcas tendrán que pelear por su mercado y una de las mejores formas será diferenciarse al máximo. Según Forbes, el 77% de las empresas podría dejar de operar en menos de dos meses.

Durante la cuarentena surgieron nuevas comunidades y las existentes tomaron fuerza. Las marcas deberán saber cómo mantener a sus comunidades con estrategias sociales y de alto valor. Las marcas que se enfoquen en rescatar a su comunidad crecerán 30% más según Forbes.

Jugadores nuevos

Nuevas plataformas estarán presentes en el día a día y se presenta el momento de utilizarlas a favor de la marca. TikTok es un nuevo jugador que promete desbancar a los titulares del partido. Con 65 millones de descargas en el mundo, según el sitio especializado SensorTower, la aplicación que contaba con 800 millones de usuarios, según DataReportal, se acerca a los mil millones, aunque el sitio en sí no proporciona cifras.

Es necesario mencionar que, dependerá del tipo de red a la que apuntan los consumidores o clientes de la marca, es de suma importancia tener claro el usuario al que apunta tu producto y por consiguiente el crecimiento en una red por parte de tu marca.    

Humanización de la marca

En la cuarentena surgieron muchas caras nuevas y esto ayuda a empujar las marcas que representan. Las empresas que no hagan branding social quedarán atrás.

Es hora de dar a conocer a los fundadores, a los creativos y a todo el equipo de trabajo. Se debe humanizar porque las personas conectan con personas, no con un producto.

Por lo pronto parece que los influencers se han propuesto afrontar de la mejor forma posible la situación. Viktoria Renner, CEO de la agencia Ozmoze, está convencida de que la pandemia es, de hecho, un poderoso acicate para la creatividad y para una mayor interacción entre influencers y followers.

Marcas hiper-creativas en el marketing post-pandemia

Promocionar productos y servicios en redes sociales será cada vez más caro. La alta demanda de la marca va a generar que el costo aumente y sea menos accesible para todos. Pero hay una solución.

Las empresas que no tengan recursos para invertir en anuncios, tendrán que sorprender al mundo con contenido de valor y viralidad para generar impacto en redes sociales.

Según Socialbakers en Forbes, las marcas están ralentizando su inversión en publicidad y se encuentran en búsqueda de alternativas menos costosas para atraer a su público. Eso significa un gran impulso para estrategias orgánicas.

Por cada dólar que se remueva del presupuesto de marketing, se deberá de invertir 2 minutos más de tiempo para generar ideas creativas.

Ante esta situación, la respuesta necesaria es un plan creativo e innovador que sepa aprovecharse de las tendencias y que, sin embargo, tome en cuenta las crisis que pueden generar a una propuesta errónea de campaña.

Registro de Marca

Si bien la mayoría de las marcas, en la actualidad, comprende el interés que reviste el uso de las marcas para diferenciar sus productos de los de sus competidores, no todas son conscientes de lo importante que es protegerlas a través del registro. Habida cuenta de la influencia que puede tener una marca para determinar el éxito de un producto en el mercado on-line, es esencial que se le dé una protección adecuada.

En Ecuador, la marca se protege registrándose ante el Servicio Nacional de Derechos Intelectuales - SENADI. La importancia del registro de una marca es que a partir de ese momento nace la protección de la misma a través de acciones civiles y penales para el caso de que terceros infrinjan el uso de la misma.

El registro de una marca otorga a la empresa el derecho exclusivo a impedir que terceros comercialicen productos idénticos o similares con la misma marca o utilizando una marca tan similar que pueda crear confusión, en términos similares a las patentes.

Toda infracción en el ámbito de las marcas puede hacerse valer ante los tribunales, que en la mayoría de los sistemas judiciales tienen la facultad de imponer medidas para impedir este tipo de infracciones tanto en el on- line como en el off-line.

En el anterior artículo hablamos de las plataformas de streams y su vínculo con las licencias de uso en medios audiovisuales, sin embargo, no es el único punto donde interviene la propiedad intelectual. Ahora, las plataformas que se dedican a hacer “en vivo” han tenido varios problemas a la hora de notificar las faltas que cometen los usuarios y el porqué se cierran sus canales, y la plataforma de streams Twitch parece haber encontrado una respuesta.

Twitch y su política

La compañía comenzará a incluir el nombre y la fecha del contenido que violó las reglas de Twitch. “A partir de hoy, las notificaciones de cumplimiento enviadas a los usuarios suspendidos incluirán el nombre del contenido y la fecha de la infracción para garantizar que tengan una mejor claridad sobre el contenido sobre el que se está actuando”, tuiteó el Soporte de Twitch a principios de esta semana.

Cualquier tipo de claridad es bienvenida, ya que los streamers activos de Twitch tienen años de contenido para analizar. Twitch no ha facilitado la eliminación de VOD antiguos que pueden violar la política de la plataforma. Los ataques masivos de DMCA caídos en transmisores sin orientación han provocado que muchos migren a otras plataformas.

Incluso el nuevo sistema no está diseñado exactamente para eliminar con láser el contenido ofensivo. Proporcionar la fecha de una infracción aún puede requerir que el transmisor revise horas de contenido para encontrar la infracción que causó el problema en primer lugar.

Twitch no ha estado preparado para lidiar con la enorme avalancha de derribos de DMCA de la industria de la música. Lo han admitido en su disculpa a los jugadores cuando cayó la bomba de DMCA, lo que llevó a la prohibición de muchos streamers.

“Hasta mayo de 2020, los streamers recibían menos de 50 notificaciones DMCA relacionadas con la música cada año en Twitch. Sin embargo, a partir de mayo, los representantes de los principales sellos discográficos comenzaron a enviar miles de notificaciones de DMCA cada semana dirigida a archivos de creadores, principalmente para fragmentos de pistas en clips de hace años.”

Actualidad

Twitch está reformando lentamente sus herramientas para manejar la eliminación masiva de clips. Esto se debe a que se niega a otorgar licencias de música para su uso en VOD, lo que requiere una licencia diferente a la de una plataforma exclusivamente en vivo. Twitch lanzó Soundtrack, que ofrece a los jugadores música con licencia en transmisiones, pero la música no aparecerá en VOD.

Otras soluciones de terceros buscan crear una biblioteca de música con licencia para que la utilicen los streamers. Twitch es una de las últimas plataformas importantes en Internet que ha adoptado un enfoque extraño en las licencias de música. Facebook, YouTube, TikTok y Snapchat tienen toda la música con licencia para sus plataformas. La única omisión flagrante es Twitter, que algunos miembros del Congreso de Estados Unidos buscan corregir.

Un grupo bipartidista de 22 miembros de la Cámara de Representantes le preguntó a Jack Dorsey por qué Twitter no aborda la infracción de derechos de autor en Twitter. Solicitaron una respuesta a su carta antes del 27 de agosto.

El contenido creativo impulsa la participación en Twitter, pero Twitter no ha adquirido las licencias necesarias para garantizar que todos los creadores reciban una compensación adecuada por el uso de sus obras, se lee en la carta.

La DMCA

Para entender de manera mucho más concreta lo que sucede con Twich, la Ley de Derechos de Autor de la Era Digital, en inglés Digital Millennium Copyright Act o DMCA, es una ley federal que regula los derechos de autor de Estados Unidos que implementa dos tratados del año 1996 de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI).

Esta ley sanciona no sólo la infracción a los derechos de reproducción en sí, sino también la producción y distribución de tecnologías que permitan saltar las medidas de protección de derechos de autor, comúnmente conocidas como gestión de derechos digitales o DRM por sus siglas en inglés. Además, incrementa las penas para las infracciones de los derechos de autor en Internet.

La Sección 1201 y su controversia

La sección 1201 de la DMCA tiene como objetivo penalizar como infractores de los derechos de autor a todos aquellos que facilitaran los medios o métodos para evitar las protecciones anticopia.

Según sus detractores, el DMCA puede impedir la competencia y la innovación. Centrándose en la copia no autorizada, muchos propietarios de los derechos de autor han recurrido al DMCA para obstaculizar a sus competidores legítimos. Por ejemplo, el DMCA se ha utilizado para bloquear la competencia en el mercado de accesorios de cartuchos de tóner de impresoras láser, puertas de garaje, y servicios de mantenimiento de computadores.

De igual manera, la compañía Apple Computer invocó el DMCA para enfriar los esfuerzos de la compañía RealNetworks de vender música a los propietarios del iPod.

La prohibición del acto, precisada en la sección 1201(a) (1), prohíbe el acto de eludir una medida tecnológica usada por los propietarios de los derechos de autor para controlar el acceso a sus trabajos. Así pues, por ejemplo, esta disposición refuerza la ilegalidad de descifrar el contenido de una película en DVD.

En Estados Unidos, donde no existe la excepción de copia privada contemplada en la mayor parte de la legislación europea, es ilegal hacer una copia digital de un DVD que uno posee para luego pasarla a un iPod video. La única excepción se aplica a las grabaciones de audio, contempladas en el Home Audio Recording Act, que graba con un canon a las máquinas y soportes destinados a este uso.

La prohibición de herramientas, precisadas en las secciones 1201(a)(2) y 1201(b), proscribe la fabricación, la venta, la distribución o el tráfico de herramientas o de tecnologías que hagan posible eludir las protecciones anticopia. Esto incluye tecnologías que derroten controles de acceso, y que restringen tecnología que impusieron los propietarios de los derechos de autor, tales como controles de copia. Por ejemplo, estas previsiones prohíben la distribución del software destinado a hacer copias de seguridad de los DVD.

Algunas organizaciones, como la EFF Fundación Fronteras Electrónicas, evalúan los efectos de las medidas para evitar saltarse las protecciones de la DMCA. Según la EFF, la sección 1201 de la ley paraliza la libertad de expresión y la investigación científica, pone en peligro el uso legítimo del material sujeto por derechos de autor e impide la competencia y la innovación.

Aplicación en Ecuador

En octubre de 2013 el vídeo Acoso a Intag fue suprimido de la web por YouTube. Este era un proyecto del documentalista Pocho Álvarez, quien denunciaba la existencia de graves problemas de contaminación y hostigamiento que sufren los habitantes de la comuna de Intag, en su lucha en contra de la explotación minera en la zona.

El vídeo fue retirado de la cuenta personal de YouTube de Álvarez por el reclamo que hizo la empresa Ares Rights por derechos de autor ya que el documental contiene imágenes del enlace ciudadano 341 en las cuales sale el presidente Correa atacando a la oposición de la explotación minera. El argumento de Ares Rights es que se están infringiendo los derechos de autor sobre estas imágenes, pero Álvarez afirma que el contenido de los enlaces ciudadanos son informes dirigidos al público, por ende, son material público y no tienen derechos de autor.

El video Acoso a Intag cuenta la historia del acoso que tuvo que sufrir la comuna Intag, ubicada 90 km al norte de Quito-Ecuador, por grupos paramilitares. La comuna tenía que vivir a diario una resistencia a la explotación minera de la zona, en el video también muestra los inconvenientes de hostigamiento y contaminación que tenían los habitantes de la comuna.

Después de una revisión rápida de los problemas del stream, la Ley de Derechos de Autor de la Era Digital, su particular sección 1201 y un ejemplo de su aplicación en Ecuador, queda claro que muchas de las leyes buscan que la distribución o el tráfico de herramientas o de tecnologías que hagan posible eludir la protección de los derechos de Propiedad Intelectual son castigados. Sin embargo y en el caso de los Streams, las plataformas han buscado que sus usuarios se encuentren bien informados con respecto a sus políticas y a los problemas que pueden causar a su canal la DMCA, dejando claro que cualquier violación de alguna política no será tolerada.

Llegamos un poco tarde esta semana y sin embargo el desarrollo de patentes en el mundo jamás termina. Ahora te presentamos el desarrollo de nuevas patentes y liberaciones que podrían cambiar nuestro cotidiano. Algunas de estas notas son interesantes y otras increíbles, aquí te presentamos una mirada distinta de nuestra sociedad. Revisa nuestras noticias de la semana anterior.

Senado Brasileño aprueba una Ley que permite la Suspensión de Patentes

El Senado de Brasil aprobó, este miércoles 11 de Agosto, un proyecto de ley que permite al Gobierno suspender temporalmente las patentes de vacunas y de medicamentos durante emergencias sanitarias, como la pandemia de coronavirus.

El texto, respaldado por 61 senadores frente a 13 que votaron en contra, ya había recibido el aval de la Cámara de Diputados, por lo que ahora seguirá para su sanción presidencial.

El proyecto, que modifica la Ley de Propiedad Industrial, establece las reglas para que el Gobierno pueda suspender patentes o pedidos de patente de vacunas o medicamentos, en casos de declaración de emergencia nacional o internacional, "sin perjuicio de los derechos del titular, siempre que no cubra las necesidades".

"Brasil tiene condiciones de producir vacunas y medicamentos sin tener que depender de otros países. Eso es fundamental. Lidiaremos con la prevención, actuando de forma anticipada, con vistas a adoptar medidas para evitar el daño y promover la salud", afirmó el senador Paulo Paim, autor de la iniciativa.

Para ello, el Poder Ejecutivo tendrá que elaborar una lista de "patentes o peticiones de patente" de productos que puedan ser potencialmente útiles para combatir esa situación de emergencia.

Esa lista se elaborará después de haber consultado con los entes públicos, instituciones de enseñanza, centros de investigación y los sectores productivos implicados.

Una vez hecha pública la lista, el Ejecutivo tendrá 30 días, prorrogables por el mismo periodo, para evaluar los ítems y decidir si suspende de forma temporal las patentes de los mismos para su explotación.

La medida no afectará a las patentes que sean objeto de acuerdos de transferencia tecnológica de producción o cuando el titular, de forma voluntaria, sea "capaz de asegurar el cumplimiento de la demanda interna".

Un ojo humano con el nuevo sensor de Sony

Sony ha patentado un nuevo tipo de sensor curvo, que se asemeja al ojo humano con la intención de conseguir fotografías más cercanas a lo que vemos.

El gran problema de la fotografía está tan integrado en su propio funcionamiento que la mayoría de las veces no pensamos siquiera que pueda haber una solución. Nos referimos al hecho de que los sensores que captan la luz en una cámara son planos, lo que resulta en una curvatura que no es natural en la imagen resultante.

Hasta ahora, la solución ha estado en el uso de lentes con curvatura propia que corrigen ese fallo, pero el inconveniente está en que el sensor no puede funcionar correctamente por si solo.

Eso, en una cámara DSLR, por ejemplo, no es un gran inconveniente; pero en smartphones, donde el tamaño y el peso son aspectos vitales, las compañías llevan años luchando para conseguir una imagen correcta sin necesidad de lentes. Sony puede haberlo conseguido, a tenor de una patente de un sensor curvo descubierta por DigitalCameraWorld.

En efecto, la idea de Sony consiste en que sea el propio sensor el que adopte la curvatura necesaria para captar la luz de la misma manera que el ojo humano y, así, obtener una imagen que se parezca más a lo que vemos en persona. Más importante para los fabricantes de móviles, esto permitiría usar lentes más pequeñas y con una curvatura inferior, lo que a su vez se traducirá en dispositivos más finos, ligeros y en los que las cámaras no destacan tanto del resto del móvil como ocurre en la mayoría de modelos actuales.

Por el momento, esto es sólo una patente; no hay ningún indicador de que Sony esté implementando esta tecnología en sus productos. Pero si lo consigue, su posición dominante en el mercado de los sensores favorecerá que llegue a todo el mundo; muchos fabricantes usan sensores de Sony en sus dispositivos, y un sensor curvo probablemente será muy deseado por todos, y puede convertirse en el futuro estándar.

La patente de Apple para detectar las grietas de pantalla

Uno de los fallos más comunes que pueden existir en un iPhone son las roturas de la pantalla. El hecho de tenerlo siempre expuesto a diferentes peligros como caídas o golpes accidentales hace que la pantalla se pueda romper fácilmente. En muchas ocasiones una pequeña grieta puede pasar desapercibida completamente, sobre todo cuando está en uno de los extremos.

A la larga estas grietas pueden acarrear numerosos problemas ya que finalmente se puede provocar una rotura completa. Es por ello que debe ser importante tener conocimiento de los daños que puede tener una pantalla, y es por ello que Apple planea introducir un método para que se notifique del estado de manera inteligente.

Esta idea es la que se ha podido detectar en una reciente patente que se ha hecho pública recientemente. Técnicamente Apple plantea integrar una resistencia de detección de deformación acompañado de una resistencia de compensación de temperatura. Ambos se utilizarían de manera combinada utilizando trazos metálicos serpeantes. El controlador es capaz de medir la resistencia de ambas resistencias, valga la redundancia. Junto a esto Apple crearía una línea de detección de grietas creando un trazado en bucle.

Un registro de desplazamiento en el circuito y su correspondiente monitorización podría terminar determinando si existe algún tipo de grieta en el vidrio. Esto es realmente importante ya que finalmente se hará el procesamiento a través del sistema operativo para poder tener una notificación en pantalla en el que se informará de que algo va mal. De esta manera al igual que se integra un estado de la salud de la batería, también se podrá saber claramente si se necesita reparar el panel táctil del iPhone o únicamente el vidrio.

Esta patente tiene como objetivo es que una pantalla cálida pueda ser más flexible que una pantalla que sea fría. Además las pantallas que son plegables pueden sufrir con una mayor facilidad grietas ya que un mal uso o si simplemente se golpea. Es importante ver aquellas grietas que son imperceptibles a la vista ya que puede ir a más. Además, en muchas ocasiones somos conscientes de que existe un daño de este tipo pero al ver que funciona correctamente no se acude a un SAT.

En la actualidad, el concepto de streaming lo asociamos a cualquier contenido de medios, ya sea en vivo o grabado, que se puede disfrutar en computadoras y aparatos móviles a través de Internet y en tiempo real. Los podcasts, webcasts, las películas, los programas de TV y los videos musicales son tipos comunes de contenido de streaming.

En el streaming los archivos de video y otros tipos de medios llegan a preorganizarse y se transmiten en paquetes secuenciales de datos, a fin de que se pueda hacer streaming de ellos de forma simultánea.

Y, a diferencia de las descargas tradicionales que se guardan en sus dispositivos, los archivos de medios se eliminan automáticamente luego de reproducirlos.

Ahora, con el cambio de los hábitos de consumo de contenidos audiovisuales y el crecimiento del streaming a la hora de consumir series, películas e incluso documentales, se ha logrado posicionar esta temática en el imaginario colectivo.

Este cambio de paradigma ha tenido un impacto directo en el sector de las licencias, que tradicionalmente era apoyado por la televisión y el cine para desarrollar sus programas de licensing, sin embargo, este cambio ha llevado a estos programas a machar a un ritmo diferente y que se mide solo bajo el tiempo líquido de las plataformas.

El dilema con los estrenos simultáneos

Antes de la pandemia, los amantes del cine de Hollywood normalmente tenían que ver los nuevos estrenos en el cine o esperar tres meses para que se transmitieran en sus dispositivos.

Los principales estudios han estado combinando estrenos de cine y retransmisiones del contenido, mientras los cines luchan por recuperar a los espectadores que aún no se atreven a regresar a los cines, por temor a contraer el virus en espacios reducidos.

Es en base a esta idea que Disney junto con Warner Bros, ha optado por mantener una estrategia de estreno dual para sus principales películas. Es por eso que, Scarlett Johansson inició una demanda contra Disney por incumplimiento de contrato luego de que transmitieran su película en su plataforma digital al mismo tiempo que su estreno cinematográfico.

Más allá de los dilemas entre la actriz y la marca, la pregunta que nos hacemos es: ¿De qué forma están interviniendo las licencias en este estreno simultáneo y porque se considera como una pérdida?

Streaming y Licencias

Antes de hablar plenamente de las licencias, es necesario mencionar que las plataformas de Streaming trabajan con proveedores, distribuidores, productores y creadores de contenido para adquirir licencias de películas y series y transmitirlas en streaming en sus servicios.

Cuando algún título no está disponible para transmitir en streaming, puede deberse a muchos factores, incluidas una o todas las siguientes razones:

Disponibilidad de Contenido

Existen diversos motivos por los que una serie o una película pueden estar disponibles para públicos de un país o una región, pero no para otros. Los siguientes ejemplos son algunos de esos motivos:

Funcionamiento de las Licencias

En el mundo multimedia, lo único que le garantiza al productor de un proyecto audiovisual el éxito en la concertación de acuerdos de distribución es disponer de una cadena de títulos precisa que pruebe la titularidad de los derechos subyacentes a una obra.

Los productores establecen acuerdos con los distribuidores a cambio de una remuneración y el compromiso por parte de aquellos de que la película se distribuirá en los principales mercados. No existe un acuerdo de distribución estándar.

Un productor puede establecer acuerdos con empresas que operan de manera integrada, esto es que pueden emitir la película en cines locales, o concederla en licencia a televisiones locales, streaming o venderla a compradores extranjeros en festivales de cine.

O también puede concretar acuerdos con distintos distribuidores que operan en sectores del mercado diferentes, por ejemplo, distribución en cines o en cintas de vídeo, y en ese caso la licencia de los derechos se lleva a cabo de forma separada.

Por lo general, los acuerdos de distribución contienen cláusulas que garantizan al distribuidor el derecho legal a efectuar algunos cambios en la película con fines de distribución. Puede tratarse de cambios en el título, cortes en la película para adecuarla a requisitos de clasificación o de censura, doblaje y subtitulación, etcétera.

Los distribuidores invertirán en la comercialización de la película a fin de que ésta ofrezca las mejores posibilidades en el mercado. El productor a su vez tratará de lograr el suficiente grado de compromiso por parte del distribuidor para promocionar la película.

Este también podrá tratar de negociar derechos de consulta con respecto a la forma y la dirección de la campaña de marketing. La cantidad y el tipo de acuerdos de Propiedad Intelectual que pueden establecerse en el proceso de realización de una película es tan variada como numerosa.

Son tantos los elementos que deben considerarse y los derechos que deben precisarse que, con frecuencia, los directores de cine contratan un seguro de errores y omisiones por los problemas que puedan plantearse en relación con la adquisición de derechos.

Influencia de las Marcas

Las marcas también cumplen un papel importante en las producciones. Al igual que otros negocios, los estudios de producción utilizan las marcas para crear una identidad distintiva y sobresalir en el mercado, como es el caso de Pixar o Disney.

El título de una película también puede protegerse como marca, por ejemplo, La guerra de las galaxias, e igualmente personajes estelares y elementos esenciales de las películas, como James Bond, Agente 007, Harry Potter o los Simpsons.

Registrar tales elementos como marcas puede abrir las puertas a lucrativos acuerdos de licencia y de comercialización que pueden ayudar a sufragar los costos de producción y de realización de una película.

Walt Disney fue tal vez el primero en demostrar las posibilidades de generar ingresos complementarios a partir de las películas y sus personajes. Mickey Mouse, el personaje de dibujos animados más famoso del mundo, fue registrado como marca en 1928.

Licencias y Streaming

Ahora, con respecto a las plataformas Streaming las licencias que obtienen las empresas son autorizaciones que se otorgan para la reproducción y difusión de las obras, a cambio de una retribución económica.

Para mantener a los suscriptores satisfechos con la cantidad de opciones disponibles para transmitir en línea, las plataformas negocian constantemente nuevos acuerdos de licencia con programas de televisión, redes y cineastas.

La concesión de licencias en el ámbito del contenido de transmisión en línea se define como el proceso de obtener permiso del propietario de un programa de TV o película para transmitir su contenido a través de un servicio de Streaming.

Se establece un acuerdo de licencia según los términos de un contrato legalmente vinculante entre los propietarios del contenido y la plataforma, y cada acuerdo varía según las necesidades del propietario del contenido y del solicitante.

Por ejemplo, el propietario de un programa de televisión podría aceptarse y permitir que la plataforma transmita todas las temporadas de ese programa en su totalidad a través de su plataforma en línea durante uno, tres o cinco años.

El acuerdo de licencia se puede negociar después de que termine el período de tiempo establecido, o la plataforma podría abandonar el programa de su biblioteca si el interés del espectador no es lo suficientemente alto como para justificar el costo.

Un propietario de contenido puede ofrecer una oferta similar en el mismo programa de TV a un servicio de transmisión de la competencia, como Netflix, HBO MAX o Amazon Prime Video, lo que hace que el acuerdo de licencia entre cada empresa y el propietario no sea exclusivo.

Los acuerdos de licencia que no son exclusivos de una sola plataforma de transmisión son menos costosos de obtener. A medida que la competencia continúa saturando el mercado de televisión y películas, los propietarios de contenido y los servicios de transmisión reconocen la importancia del contenido exclusivo para los espectadores.

En virtud de un acuerdo de licencia exclusiva, el contenido solo está disponible a través de un solo servicio de transmisión por un período determinado o en perpetuidad. Los acuerdos de licencia exclusivos son mucho más costosos para la plataforma que los acuerdos no exclusivos, pero tienen el potencial de atraer a un mayor número de suscriptores a lo largo del tiempo.

Para finalizar, el caso de Scarlett Johansson y su demanda contra Disney generó tanto revuelo, ya que la marca como tal tiene todos los derechos para presentar sus títulos como parte de su contenido streaming y no rompe ninguna cláusula del contrato, así lo mencionó Disney el Jueves 29 de Julio.

“Esta denuncia es especialmente triste y angustiante en su cruel indiferencia a los efectos horribles, prolongados y globales de la pandemia del coronavirus. Disney ha cumplido totalmente el contrato de Johansson. Es más, el estreno de Black Widow en Disney+ con un acceso premium ha ampliado significativamente su capacidad de ganar una compensación adicional por encima de los 20 millones de dólares que ha recibido hasta la fecha" agregó Disney.

Una semana nueva en miras al desarrollo de patentes en el mundo. Ahora te presentamos el debate por la liberación de patentes y el desarrollo de dos nuevas patentes que podrían cambiar nuestro cotidiano. Algunas de estas notas son interesantes, aquí te presentamos una mirada distinta de nuestra sociedad. Revisa nuestras noticias de la semana anterior.

Desbloquear las patentes de las vacunas contra el Covid-19

Los principales países donde se fabrican productos farmacéuticos bloquean desde hace diez meses las propuestas que buscan suspender las patentes de las vacunas contra el coronavirus.

En la cumbre de la Organización Mundial del Comercio (OMC), que se celebro el martes 27 de julio de 2021 en Ginebra, continuo el debate sobre la suspensión de las patentes, que en los últimos meses ha aumentado en el mundo debido a la situación de la pandemia del Covid-19 y a la necesidad de fabricar más vacunas.

Organizaciones como Médicos Sin Fronteras (MSF) ha pedido a la Unión Europea, Noruega, el Reino Unido y Suiza que dejen de bloquear la histórica propuesta para una exención de la propiedad intelectual sobre las herramientas médicas esenciales.

Este posible acuerdo es ansiado por los países de la UE.

Esperamos trabajar bajo el liderazgo de la nueva directora gerente de la OMC y centrarnos en la colaboración entre compañías bajo acuerdos de licencia para poder utilizar todas las capacidades de producción, también en los países en vías de desarrollo.

Ejecutivo comunitario Balazs Ujvari

Apple gana patente para Touch ID y Face ID

Apple planea desaparecer el notch el próximo año, ya sea con Touch ID o Face ID en pantalla hay dos formas posibles de lograrlo. Una patente concedida hoy describe cómo ambas opciones de autenticación biométrica podrían integrarse en la pantalla.

Incluso sería posible incrustar la cámara frontal en la pantalla, aunque es probable que esto sea un desarrollo posterior. Apple explica que el diseño actual del iPhone tiene el sensor de imágenes al lado de la pantalla, en lugar de ser parte de él, aunque el diseño del notch da la impresión de que es parte de la pantalla.

El objetivo principal de la patente es incorporar un sensor de imagen en la pantalla para leer una huella digital, es decir, incorporar el Touch ID. Sin embargo, Apple señala que se puede adoptar el mismo enfoque para otras formas de identificación biométrica, incluido Face ID.

Tener Face ID y Touch ID incrustados en la pantalla sería una forma de mantener contentos a todos, y también significaría que Face ID también podría integrarse en las pantallas de Mac, eliminando la necesidad de que tengan un bisel o muesca más ancha. Bloomberg sugirió recientemente que Face ID llegará a las Mac dentro de un par de años.

El próximo Surface Book 4

El Surface Book es un dispositivo con un diseño diferente que no deja indiferente a nadie. Una nueva patente sugiere que podríamos ver un cambio radical en el diseño de Surface Book 4 o tener una Surface Studio Mini.

Una bisagra de un dispositivo informático incluye un soporte primario que conecta una pantalla a un soporte, dice el resumen de la patente. 

A medida que la pantalla gira alrededor del soporte, el soporte primario se desliza a lo largo de una tira de fricción, que estabiliza la pantalla con respecto al soporte. Un estabilizador puede conectar el soporte a la base o el soporte a la pantalla.  

A primera vista, los bocetos de la patente se parecen un poco al Magic Keyboard de Apple para el iPad. Parece que el diseño permite que la pantalla descanse en diferentes ángulos, gracias a una parte estabilizadora.

Tampoco es la primera vez que vemos un diseño de este estilo. Ya fue visto en el Acer ConceptD 3 y el HP Elite Folio, estos dispositivos nos permiten inclinar la pantalla de manera que lo único que quede a la vista es el trackpad. Es por eso que consideramos que podría ser una renovación del Surface Book 4 o una adaptación de Surface Studio a un dispositivo portátil.

Es claro que, una obra de arte es toda creación intelectual que lleva la marca de su autor y como tal esta obra se puede registrar, siempre y cuando sea original.

Antes de entrar en el arte aplicado al consumo es necesario explicar que, los derechos de autor protegen una amplia gama de obras, entre ellas:

·        Obras escritas – libros, discursos, revistas y artículos de periódicos, novelas, cuentos, poemas, ensayos, obras de teatro, libros de texto, páginas Web, anuncios publicitarios y anotaciones de danza.

·        Obras musicales – composiciones musicales, letras de canciones, tonos de llamada de teléfono, en todo tipo de formatos (partituras, musicales, CDs, archivos de MP3, etc.).

·        Obras artísticas – dibujos, pinturas, fotografías, viñetas, esculturas, obras arquitectónicas y mapas.

·        Obras dramáticas y coreográficas – obras de teatro, óperas y danza.

·        Películas y productos multimedia – películas, videojuegos, programas de televisión, dibujos animados.

·        Programas informáticos – lenguajes de programación informática de tipo humano (código fuente) o por máquina (código objeto).

Beneficios aplicados a los Derechos de Autor


Se vuelve necesario el tener en cuenta que, los principales beneficios de registrar una obra de arte para proteger los derechos del artista son:

·        El manejo, control y administración de los objetos.

·       Para coleccionistas y museos es una herramienta que permite saber dónde se encuentra cada pieza. Y un sistema perfecto para planificar nuevas adquisiciones o modificaciones en los depósitos.

·    Para los centros de arte es fundamental tener un registro de los bienes culturales que poseen, pues les facilita el trabajo de restauración, la planificación de nuevas exhibiciones y guías de museos.

·       Ayuda a resolver problemas legales de propiedad de los objetos.

·        Protege las obras de robo y/o hurto.

Derechos que se prevén en el marco del derecho de autor


El derecho de autor abarca dos tipos de derechos: los derechos patrimoniales, que permiten que el titular de los derechos obtenga compensación financiera por el uso de sus obras por terceros y los derechos morales, que protegen los intereses no patrimoniales del autor.

En la mayoría de los casos, en la legislación de derecho de autor se establece que el titular de los derechos goza del derecho patrimonial a autorizar o impedir determinados usos de la obra o, en algunos casos, a recibir una remuneración por el uso de la obra.

El titular de los derechos patrimoniales de una obra puede prohibir o autorizar:

·       La reproducción de su obra de varias formas, como la publicación impresa o la grabación sonora

·        La interpretación o ejecución públicas, por ejemplo, en una obra dramática o musical

·        La grabación de la obra, por ejemplo, en forma de discos compactos o DVD

·        La radiodifusión de la obra por radio, cable o satélite

·        La traducción de la obra a otros idiomas

·        La adaptación de la obra, como en el caso de una novela adaptada para un guión.

Entre los ejemplos de derechos morales universalmente reconocidos están el derecho a reivindicar la paternidad de la obra y el derecho a oponerse a toda modificación de la obra que pueda perjudicar la reputación del creador.

Registrar una Colección


Muchos artistas no tienen una única pieza, sino que pertenecen a un conjunto, y resulta más práctico hacer el registro del total. Pero para tenerlo más claro. ¿Qué es una colección artística?

Se trata de un conjunto de obras de arte que se conservan juntas y agrupadas. Normalmente se exponen o se guardan todas juntas en un museo, institución o galería. También pueden constituir una colección a registrar por ejemplo las ilustraciones o diseños digitales.

Derechos de Autor con el Arte Aplicado a la Industria Comercial


Con todo el precedente sentado, para hablar de los derechos de autor vinculados al arte comercial, lo ejemplificamos con la controversia de las botellas de cerveza en Colombia.

El 21 de junio, donde el Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina (TJCA) emitió sentencia en el Proceso 317-IP-2019, en atención a un pedido de interpretación prejudicial efectuado por el Consejo de Estado de Colombia como consecuencia de una controversia que atañe la protección de obras de arte aplicado en el marco de los derechos de autor amparados por la normatividad comunitaria andina (Decisión 351).

Cabe señalar que esta controversia se remonta al año 2005, cuando la Dirección Nacional de Derechos de Autor de Colombia (DNDA) rechazó la solicitud formulada por la empresa de bebidas alcohólicas Bavaria, S.A. para registrar una serie de botellas como obras de arte aplicado, señalando que, si bien las expresiones amparadas por derechos de autor pueden tener aplicaciones comerciales o industriales, sólo pueden gozar de dichos derechos las expresiones que se encuentren en el campo literario y artístico, y las botellas objeto de discusión no constituyen obras artísticas, aun cuando representan una trayectoria comercial importante.

Por supuesto, la intención de Bavaria, S.A. es gozar del amplio plazo de protección que confieren los derechos de autor. Pues, la sentencia del TJCA citada líneas arriba ha confirmado que en el marco comunitario andino las obras de arte aplicado son susceptibles de ser protegidas como derechos de autor, no pudiéndose rechazar su protección por el hecho de que la finalidad de una creación intelectual original hubiese estado enfocada, inicialmente, en el valor generado por su aplicación o funcionalidad, o si hubiese estado destinada a distinguir una apariencia particular o el aspecto ornamental o estético de un producto determinado.

En este sentido, el TJCA ha establecido que para determinar que se está ante una obra de arte aplicado protegible por la normatividad comunitaria andina, se deberá analizar lo siguiente:

·      Que el objeto que pretende ser protegido reúna los requisitos para ser considerado como una obra; esto es, que sea el resultado de una creación intelectual original de su autor susceptible de ser divulgada o reproducida en cualquier forma.

·        Que se trate de una obra artística.

·      Que la creación artística tenga una función, utilidad o que se encuentre incorporada en un artículo útil.

·        Que su producción sea desarrollada a escala artesanal o industrial.

A la luz de lo señalado por el TJCA, el Consejo de Estado de Colombia cuenta con mayores elementos de juicio para poder establecer finalmente si las botellas objeto de controversia pueden constituir obras de arte aplicadas, poniendo fin a este proceso.

Derechos de Autor en Ecuador


Por su parte, en Ecuador la legislación vigente, referente a propiedad intelectual, entró en vigor desde 2016 y garantiza los derechos que los autores e inventores tienen sobre sus obras o creaciones, así como sobre los beneficios que de ellas se obtengan.

Entre los creadores beneficiados con este sistema se encuentran los artistas, sin embargo, en este amplio gremio existen particularidades que vale la pena conocer.

Los derechos sobre las obras que son más susceptibles de reproducción, como las literarias y musicales, son, en cierto sentido, más fáciles de exigir y comprobar, por ello para este tipo de obras el registro de derechos de autor es obligatorio y las respalda grandemente.

El arte plástico, que, por su formato o naturaleza misma, son difíciles de reproducir y, por tanto, sus autores no reciben compensaciones por tales reproducciones, representan un reto al momento de proteger sus derechos de autor.

La legislación ecuatoriana prevé un derecho especial aplicable sólo a las obras de arte plástica, tales como pinturas o esculturas. Se trata del Derecho de Seguimiento, significa que aquella reventa que se realice de una obra plástica representará una remuneración para el autor de la misma. Este derecho, además, permite a los artistas autores de este tipo de obras exigen una compensación por cada mención o publicación en la que se incluya su obra o parte de ella.

Una pieza de arte que no existe en el mundo físico fue vendida en una subasta de Christie's por US$69 millones: el comprador no recibirá una escultura, ni una pintura, tampoco una copia, sino recibirá un token digital (o vale digital) conocido como NFT. Los NFT son ahora considerados la respuesta digital a las piezas de colección.

Las obras tradicionales de arte como pinturas son valiosas porque son únicas. Pero los archivos digitales pueden ser duplicados con facilidad una y otra vez. Con los NFT, el arte puede ser tokenizado para crear un certificado digital de propiedad que puede ser comprado y vendido.

Muchos artistas se preguntan si los NFT pueden ser considerados como derechos de autor. El experto, Harrison Jordan, de la tokenizadora Hup.Life, apunta que no lo son.

Pero, ¿qué son los NFT? Los Tokens No Fungibles son piezas de arte digital que, usualmente, cuentan con un valor altísimo en criptomonedas. Es necesario recordar que un token es una unidad de referencia; pero al ser no fungible se asocia un valor determinado a un objeto original único.

Son un registro para el que posee una pieza digital única, que puede ser desde una imagen, una pintura hasta un tuit. Por ejemplo, LeBron James vendió una tarjeta digital coleccionable suya por 208 mil dólares.

Pero no son derechos de autor. Al menos, es lo indica Jordan en un artículo para TechCrunch. Esta idea se ha generalizado porque no existe una regulación internacional al respecto.

NFT paso a paso.

Blockchain registra de forma automática datos con marca de tiempo de cada transacción, con lo que se conoce quién estuvo involucrado y cuál fue el valor. Sin embargo, todo dependerá de lo establecido entre vendedor y comprador, sin entrar un sistema regulatorio.

“El comprador de NFT no posee nada más que un hash único en la cadena de bloques con un registro transaccional y un hipervínculo al archivo de la obra de arte”, destaca Jordan.

“La falta de una infraestructura de comercio de derechos de autor”, recalca el experto, “que cumpla con el derecho internacional hace que el intercambio de derechos de autor de la NFT sea imposible en las plataformas actuales”.

Por lo tanto, el autor de la obra posee aún los derechos sobre ella, la original, a menos que exprese lo contrario en el vínculo con el comprador. A falta de esta especificación, la persona que compra solo posee un hash único y un hipervínculo al archivo de la obra.

Es decir, en muchos casos, el artista incluso retiene los derechos de autor de su trabajo, para así poder continuar produciendo y vendiendo copias y el comprador de NFT posee un token que prueba que él es el propietario de la obra que se entiende como comprar una copia firmada del original.

¿En cuánto están valorados los NFT?

En teoría, cualquiera puede tokenizar su trabajo para venderlo como un NFT pero el interés ha crecido a raíz de noticias sobre ventas multimillonarias.

El 19 de febrero, un Gif de Nyan Cat, el famoso meme de 2011 de un gato con cuerpo de galleta volando, se vendió por más de US$500.000.

Pocas semanas después, la cantante canadiense Grimes vendió una colección de obras, pero no solo se está vendiendo arte a través de los NFT. El fundador de Twitter Jack Dorsey vendió su primer tuit en la red social por US$2,9 millones.

Y la subasta de la pieza de Beeple, la primera obra de arte digital jamás ofrecida en Christie's, alcanzó un nuevo récord para el arte digital vendiendo una pieza por más de US$69 millones.

Bot tokenizador

Jordan destaca que existe un caso especial: “Como no hay un marco legal para los NFT, cualquiera puede acuñar las obras que considere, aunque no sean de su propiedad.” El ejemplo que subraya es el de un bot de Twitter llamado tokenizedtweets, ya sancionado por la red.

El bot creaba NFT a partir de tuits virales, vendiéndolos sin el consentimiento de los autores. Figuras como William Shatner expresaron su preocupación al respecto.

“Están robando contenido, imágenes que subo y mis tuits, que están bajo mis derechos de autor, siendo tokenizados y vendidos sin permiso”, indicó el Capitán Kirk, de Star Trek.

Al no haber un sistema legal que lo prohíba, o siquiera que lo regule, este tipo de situaciones seguirá ocurriendo. Solo la actividad de la red social, luego del reclamo del agraviado, lo frenó.

Para Jordan es necesario el cumplimiento internacional de una ley al respecto. Pero, si no existe aún alguna para las criptomonedas, pasará mucho tiempo antes de ver una para los NFT.

Desde que surgieron redes sociales como Facebook, Twitter, LinkedIn o Instagram el mundo de los negocios se ha ido adaptando a estos medios de difusión para que las empresas continúen expandiéndose en el mercado y den a conocer sus productos y servicios mediante un posicionamiento digital de sus marcas y otro tipo de derechos protegidos por el derecho de la propiedad intelectual gracias a su inmediata difusión y gran alcance.

Si bien la protección para el uso de marcas y elementos protegidos por el derecho de autor en redes sociales está regida por las mismas reglas que los demás medios de comunicación y publicidad tradicionales, el aumento en el uso generalizado de dichas plataformas como canales para promocionar, distribuir, comercializar productos y servicios ha llamado la atención de personas que buscan comercializar con contenido que no les pertenece.

Como este, existen muchos motivos por los que puede ser necesario contactar con Facebook, Instagram, u otras redes sociales. Aquí te informamos cómo contactar con las mismas para denunciar las infracciones a derechos de autor que sufra tu contenido.

¿Cómo denuncio una infracción de derechos de autor en Facebook?

Si se llega a considerar que existe contenido en Facebook que infrinja los derechos de autor, se puede llevar a cabo algunas de estas acciones:

Rellenar un formulario para enviar una denuncia.

Contactar con un agente designado. De optar por contactar con un agente, debes incluir una reclamación de derechos de autor completa en la denuncia.

¿Cómo denuncio una infracción de derechos de autor en Instagram?

Si se considera que existe contenido en Instagram que infringe los derechos de autor, se puede llevar a cabo algunas de estas acciones:

Llenar un formulario para enviar una denuncia a Instagram.

El Autor puede ponerse en contacto con un agente designado en virtud de los procedimientos de notificación y contranotificación de la Digital Millennium Copyright Act (DMCA) de Estados Unidos. Si el autor se pone en contacto con el agente designado de la DMCA, es importante incluir una reclamación de derechos de autor completa en la denuncia.

Es importante recordar

Únicamente el titular de los derechos de autor o el representante autorizado de este pueden tramitar una denuncia por infracción de dichos derechos. Si consideras que en Facebook e Instagram existe contenido que infringe los derechos de autor de otra persona, puedes ponerte en contacto directamente con el titular de los derechos.

Habitualmente, Facebook e Instagram proporcionan el nombre del propietario de los derechos, el correo electrónico y el contenido de la denuncia a la persona responsable de la publicación del contenido denunciado. En el caso de que sea un representante autorizado que presenta una denuncia, la plataforma respectiva proporciona el nombre de la organización o el cliente que posee el derecho en cuestión. Por este motivo, es preferible facilitar un correo electrónico profesional o comercial genérico válido para el proceso.

Infracción de derechos de autor en YouTube

YouTube dispone de una serie de canales de Atención al Cliente, que puede utilizar cualquier usuario que tenga dudas, así como para resolver cualquier problema o incidencia de la plataforma.

En el caso de YouTube, hay distintas maneras de contacto según el motivo del que se trate. Si necesitas contactar con YouTube puedes utilizar los siguientes canales:

Denunciar contenido: Si el problema es un vídeo con contenido inapropiado, es posible utilizar el enlace «Denunciar», que aparece debajo de todos los vídeos.

Problemas con propiedad intelectual: En caso de tener los derechos de propiedad intelectual sobre un contenido que se ha publicado o compartido sin consentimiento, YouTube dispone de la forma más rápida y fácil de enviar un aviso de eliminación por incumplimiento de los derechos de autor. Mediante un formulario web que Youtube pone a disposición.

Es importante recordar

Es necesario recordarle al usuario que, si envía esta solicitud iniciarás un proceso legal. Y no hace falta decir que, si se generan reclamos falsos, puede poner en riesgo su cuenta. Así que mucho cuidado con las denuncias impulsivas.

En cualquier caso, si se ha cometido el error de denunciar un contenido que realmente no viola los derechos de autor, se puede retirar la denuncia antes de que sea demasiado tarde. Así que, si se eliminó un vídeo por un presunto incumplimiento de los derechos de autor, se puede retirar el reclamo en la página Anulación de reclamos.

¿Los vídeos de TikTok tienen derechos de autor?

En los términos y condiciones de TikTok se anuncia los siguiente:

Nosotros respetamos los derechos de la propiedad intelectual y le pedimos que el usuario haga lo mismo. Como condición para su acceso a los Servicios y uso de los mismos, el usuario acepta no infringir los derechos de la propiedad intelectual de ninguna persona mientras utilice los Servicios. Por ejemplo, se acepta no subir a los Servicios ningún contenido que sea propiedad de otra persona. 

Sin embargo, TikTok no prohíbe cargar cualquier material que se comparta con otro usuario y exige que cada usuario ofrezca una licencia gratuita para que las demás personas puedan descargar material sin problemas.

Así funcionan los derechos de autor en TikTok

Según TikTok todo el contenido, el software, las imágenes, el texto, los gráficos, las ilustraciones, los logotipos, las patentes, las marcas comerciales, las marcas de servicio, los derechos de autor, las fotografías, los audios, los vídeos, la música y «el aspecto y la sensación» de los Servicios, la Plataforma y la App, así como todos los derechos de propiedad intelectual asociados (el «Contenido de TikTok») son o bien propiedad de TikTok o utilizados en virtud de una licencia, entendiéndose que el usuario o sus licenciantes serán los propietarios de todo Contenido del Usuario que el usuario suba o transmita a través de los Servicios.

El contenido de TiKTok y dichos materiales no podrán ser descargados, copiados, reproducidos, distribuidos, transmitidos, retransmitidos, exhibidos, vendidos, otorgados bajo licencia o explotados de otra forma para ningún fin en absoluto sin nuestro consentimiento, otorgado de forma expresa, previa y por escrito. Nosotros y nuestros licenciantes nos reservamos de manera absoluta e incondicional todos los derechos derivados de los Servicios y del Contenido de TikTok o asociados con los mismos que no hayan sido expresamente otorgados sobre dicho contenido y dichos materiales.

Con respecto a enlaces que te lleven a una plataforma con productos falsos, si el Tik Tok contiene enlaces a otros sitios y recursos suministrados por terceros, dichos enlaces se suministran únicamente para su información. La empresa no tiene ningún control sobre los contenidos que se encuentran en esos sitios o recursos o a los que se puede acceder a través de esos sitios o recursos, y el usuario reconoce y acepta que nosotros no tenemos ninguna responsabilidad por dichos contenidos. Dichos enlaces no deberán ser interpretados como una aprobación por nuestra parte de los sitios web a los que conducen dichos enlaces o de la información que el usuario pueda obtener en los mismos o a través de los mismos. El usuario reconoce que nosotros no tenemos ninguna obligación de visionar previamente, monitorizar, reseñar o editar ningún contenido publicado por el mismo y otros usuarios en la Plataforma.