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Contexto

El 27 de agosto del 2021 se publicó en el Registro Oficial, el Quinto Suplemento No 525, la “Ley Orgánica que Reforma Diversos Cuerpos Legales para Reforzar la Prevención y el Combate al Comercio Ilícito, Fortalecer la Industria Nacional y Fomentar el Comercio Electrónico”, misma que entre sus aspectos a tener consideración, reformó el Código Orgánico Integral Penal respecto a los delitos en contra de la Propiedad Intelectual en el Ecuador.

El objeto de dicha reforma se enfocó en el combate al comercio ilícito y con un fuerte énfasis en evitar el engaño al consumidor. Esta ley busca impulsar el crecimiento económico de los negocios, además, de brindar seguridad jurídica a personas y marcas que sientan vulnerados sus Derechos de Propiedad Intelectual.

Ahora, tenemos mucho de que tratar, sin embargo, en esta nota solo hablaremos del artículo 208A que nos trae a colación temas enfocados en la falsificación de marcas y delitos en contra de otros derechos de Propiedad Industrial exclusivamente. 

Artículo 208A

Esta ley nos dice que, toda persona que transgrede los derechos de propiedad intelectual obtendrán una sanción que se traduce en una pena privativa de la libertad y una multa dependiendo de la gravedad de su delito. Es decir, se sancionará a cualquier individuo que realice actos ilícitos en contra de la PI y que obtenga un beneficio monetario a la hora de ingresar algún producto al comercio local.

Algunos de los actos a sancionar se vinculan directamente con la fabricación, comercialización o almacenaje de etiquetas, sellos o envases que contengan marcas o denominaciones de origen registradas en el país. Para tenerlo más claro, la reproducción ilegal y comercialización de materia prima como etiquetas para identificar productos falsificados es un acto sancionado en Ecuador. 

El separar, arrancar, reemplazar o utilizar etiquetas, sellos o envases que contengan marcas registradas en el Ecuador, para utilizarlos en productos de distinto origen, es un acto sancionado localmente. Vinculado a estos puntos se encuentra el reenvase de un producto que contempla una marca ajena. Este acto ilegal es común en las bebidas alcohólicas donde los infractores reemplazan el contenido del producto, aunque su envase es original.

Estas normas legales no prohíben el reciclaje o el tratamiento de envases plásticos para su reutilización, su prohibición es el uso no autorizado de una marca que identifica al producto. Es muy poco común que una marca de productos, venda sus envases, etiquetas o su materia prima para comercializar otro tipo de productos.

Esta reforma legal, sanciona como delito al almacenar, fabricar, utilizar, vender, importar o exportar un producto o servicio que falsifique o imite una marca registrada en el Ecuador.

Protección enfocada en Productos o Servicios

Iniciemos con: “un producto amparado en una patente de invención o un modelo de utilidad registrado en el país.” Todo invento patentado en el territorio Ecuatoriano no podrá ser reproducido o integrarse al comercio a menos que quien lo patentó otorgue un permiso para su explotación comercial tanto en el país como fuera del mismo.

“Un producto fabricado mediante la utilización de un procedimiento amparado por una patente de invención registrada en el país.” Muchas personas piensan que a la hora de patentar un producto, la protección aplica tan sólo al producto comercial, sin embargo la fórmula  de creación y desarrollo del mismo se ve amparada bajo la misma protección, es por eso que no fue tan sencillo hacer públicas las patentes de las vacunas contra el Covid-19, ya que el proceso de creación se vería bastante comprometido.  

Se considera delito si se almacena, fabrica, vende, importa o exporta “un producto amparado por un dibujo o modelo industrial registrado en el país”, es decir, cualquier objeto cuyo diseño y funcionalidad se vean reflejados en un producto que replique meticulosamente todas las funciones planteadas en su diseño original, un ejemplo bastante común se ve reflejado en la venta de tecnología y accesorios en varios de los mayores centros de comercio del país.

Otra área de protección se vincula a “la obtención vegetal registrada en el país, así como su material de producción, propagación o multiplicación.” La protección de obtenciones vegetales garantiza y reconoce el desarrollo de nuevas variedades vegetales, asegurando también el reconocimiento de los derechos de los usuarios, esta obtención se encuentra aplicada para todas las variedades pertenecientes a los géneros y especies vegetales, que involucren el progreso vegetal heredable de las plantas, con las exclusiones señaladas en el Código Orgánico de la Economía Social de los Conocimientos, Creatividad e Innovación.

También es un delito si se replica o se comercializa con “un esquema de trazado registrado en el país, un circuito semiconductor que incorpore dicho esquema de trazado o un artículo que incorpore tal circuito semiconductor”, es decir, si una disposición tridimensional de elementos que componen un circuito integrado es fabricada y comercializada por una persona o marca que no tiene derechos para su reproducción en el país.   

En otras de las área de protección se habla de “un producto o servicio que utilice un signo distintivo no registrado idéntico o similar a un signo distintivo registrado en el país” y “un producto o servicio que utilice un signo distintivo o denominación de origen no registrada, idéntica o similar a una denominación de origen registrada en el país.” Es decir, toda persona que utilice un signo distintivo que se asemeje al de una marca ya registrada y que el mismo signo no se encuentre dentro del registro de marcas en el país. 

En los últimos literales de esta norma, se protege a la PI respecto de los productos o servicios que utilicen el signo no registrado, deberán ser idénticos o que guarden conexión competitiva a los productos o servicios protegidos por las marcas o indicaciones geográficas registradas en el país.

Con esta reforma al Código Orgánico Integral Penal, las infracciones a los derechos de propiedad industrial e intelectual, además de la aplicación de una sanción económica, son sancionadas con pena privativa de libertad.

Una nueva semana con emocionantes patentes a la vista, hoy les traemos interesantes noticias sobre el desarrollo y la creación de patentes en el mundo de la propiedad intelectual. Aquí te mostramos una nueva patente para los Apple AirPods , la venta de patentes de BlackBerry y la unión de Meta a COPA.

Algunas de estas notas son muy interesantes y otras de seguro revolucionaran el cotidiano, te traemos una mirada distinta de nuestra sociedad desde las patentes. Te recordamos que puedes revisar aquí nuestras notas de la semana pasada.

BlackBerry vende sus patentes

A fines del 2021, BlackBerry volvió a ser noticia en el mundo de los móviles al conocerse que sus antiguos móviles con BlackBerry OS y BlackBerry 10 dejarían de funcionar en poco tiempo. La promesa se cumplió en los primeros días de este 2022 y significó la despedida de una de las empresas que supo revolucionar el mercado de la conectividad móvil, pero que se negó a evolucionar y quedó a la sombra del iPhone y los smartphones Android.

Y ahora la compañía canadiense parece decidida a desprenderse de todo lo que la una a su pasado en el mercado de la telefonía. Según Reuters, BlackBerry venderá sus patentes legacy "relacionadas a dispositivos móviles, mensajería y redes inalámbricas". El paquete lo comprará un vehículo conformado especialmente para la ocasión, que se llama Catapult IP Innovations Inc.

Si bien no se menciona específicamente cuántas patentes son y qué tecnologías abarcan, aún presentan un valor económico más que relevante. El citado medio indica que BlackBerry embolsará 600 millones de dólares por este negocio. De acuerdo con las condiciones de la transacción, la firma recibirá 450 millones de dólares en efectivo, más un pagaré por los 150 millones restantes.

Pero más allá del traspaso en la titularidad de las patentes en cuestión, la firma anteriormente conocida como Research in Motion asegura que la venta no impactará sobre los productos o servicios a los que acceden sus usuarios en la actualidad. Con la reciente desaparición de BlackBerry OS y BlackBerry 10, la venta de patentes parece una movida lógica por parte de la empresa.

BlackBerry se ha reinventado como una empresa dedicada fundamentalmente al software y la ciberseguridad. Los canadienses proveen sus servicios a un abanico de compañías muy importante, entre las cuales se destacan automotrices. Entonces, es coherente pensar que las patentes de tecnologías móviles que la empresa posee ya no son de vanguardia; o que está dispuesta a sacrificarlas para reinvertir el dinero y expandir su visión actual.

Meta se une a la promoción de patentes en el mundo cripto

El 31 de enero, la Crypto Open Patent Alliance (COPA) anunció la incorporación de Meta a la organización. Esto servirá para reducir las posibilidades de problemas legales relacionados a patentes y para apoyar al crecimiento e innovación dentro del sector.

Así lo anunció la organización a través de su cuenta en Twitter en la que aseguró que este era “el mayor acuerdo” en el mundo cripto relacionado a las patentes.

Copa es una organización sin fines de lucro que reúne a distintas empresas, grupos e individuos con el fin de promover la adopción de las criptomonedas y potenciar el desarrollo y la innovación en este sector a partir de remover las barreras que crean las patentes en el desarrollo de estas tecnologías.

La llegada de Meta a Copa representa un avance en el sector porque, según lo acordado, evitará que la compañía de Mark Zuckerberg realice acciones legales contra aquellos que utilicen sus patentes, la única excepción se dará en los casos donde tenga que defender la integridad de estas patentes.

Apple AirPods pronto podría identificar a el usuario según la forma de su CANAL EAR

La nueva patente, concedida por la Oficina de Patentes y Marcas Registradas de EE. UU. y listada el 27 de enero. Aunque Apple presenta muchas patentes que no han llegado al mercado, el gigante tecnológico dice que esta patente se relaciona en general con la identificación del usuario y, específicamente, con la identificación del usuario usando auriculares.

Sin embargo, los AirPods no se mencionan específicamente en la patente, lo que sugiere que el producto podría tener un nombre diferente. Y estos actuaría como una nueva forma de biometría, al igual que el reconocimiento facial y la detección de huellas dactilares ya se utilizan para desbloquear teléfonos inteligentes.

Apple admite que los auriculares inalámbricos convencionales que se conectan al teléfono inteligente de una persona generalmente permiten el uso por parte de una persona no autorizada. Los sistemas convencionales no abordan si el usuario que usa los auriculares está autorizado para interactuar con las funciones del dispositivo, como recibir mensajes.

Pero si esta tecnología llega al mercado, el dispositivo emitiría ondas de sonido ultrasónicas, aquellas que están fuera del alcance del oído humano. Las variaciones en la superficie del canal auditivo del usuario pueden ayudar a que la señal ultrasónica se refleje en la superficie de la piel y genere un eco con una firma única asociada con el usuario y con nadie más.

Todos entendemos que cada vez que una canción suena por la radio, en un podcast o se utiliza en un programa de televisión, una serie o una película, su autor o autora recibe una cantidad de dinero en concepto de derechos de reproducción. Esta retribución también se conoce como royalties.

Debido a la pandemia, muchos artistas tuvieron que cancelar giras, eventos y conciertos y eso ha afectado directamente a sus ingresos. Otros se encuentran al final de su carrera y planean retirarse. La venta de los derechos de autor y reproducción de sus obras les permite asegurarse ganancias a largo plazo.

Del mismo modo, internet y las redes sociales han permitido revolucionar la industria musical y han cambiado por la forma de obtener, desarrollar y consumir música: ahora raramente se compran álbumes, ya sea en formato físico o para descargar, sino que se escuchan online a través de plataformas como Spotify, Apple Music o YouTube.

Precisamente, las plataformas de streaming se convirtieron en el enfoque estrella de la industria musical: no solo para lanzar novedades y artistas de moda, sino para elevar el rendimiento a los repertorios de artistas míticos con grandes éxitos, como es el caso de Bob Dylan o Bruce Springsteen. Y la pandemia ha intensificado todavía más el consumo de estas plataformas.

En el caso de los artistas de Estados Unidos, algunos también venden su música para obtener ventajas fiscales. Durante la última campaña electoral, el actual presidente, Joe Biden, anunció una subida de los impuestos en el ámbito artístico, por lo que muchos se han apresurado a vender su catálogo antes de que la nueva normativa entre en vigor.

Royalties

Antes de avanzar con el tema de los derechos de autor y la música, aprovecharemos la oportunidad para explicar en lo que consisten los royalties o las conocidas regalías. Este es el término que se utiliza para referirse a los pagos que se deben dar al poseedor de derechos de autor de un producto a cambio de su explotación.

Se trata de un término anglosajón para referirse a regalías, que se pagan por licenciar un producto o derecho. Es ampliamente utilizado en las creaciones intelectuales o científicas, que son propias de las patentes.

Royalties implica la remuneración que recibe el creador o autor del derecho licenciado. Este producto puede ser desde una película a la patente de un invento, una composición musical, o una franquicia. Los royalties no sólo se pagan entre particulares. También un particular, o una empresa, debe abonar al Estado por la explotación de algunos recursos naturales.

Calcular la cantidad que va a establecerse como royalty es fundamental antes de firmar el contrato o licencia entre las dos partes.

Tipos de royalties

Hay distintos tipos de royalties: fijos, variables, sobre compras o sobre ventas. La decisión de decantarse por una forma u otra depende de varios factores:

Puede establecerse un royalty que equivalga al porcentaje de ventas o compras en bruto. En este caso, se trataría de un royalty variable. En principio, es un modo de calcular los royalties bastante justo tanto para el que tiene los derechos como para el que quiere explotarlos. Sin embargo, tiene sus desventajas, ya que acordar el porcentaje fijado suele ser motivo de disputa antes de la firma del contrato. A la hora de fijar el porcentaje hay que tener varios factores propios del negocio:

Otra opción son los royalties fijos. El poseedor de los derechos establece el canon que le parece apropiado y los interesados en comprar deciden si les interesa. Esta opción tiene la ventaja de facilitar enormemente las negociaciones, pero también presenta sus desventajas. Así, en el caso de franquiciado y franquiciador, si éste último recibe siempre el mismo pago por parte de todos aquellos que tienen su franquicia, es posible que tienda a esforzarse menos en el negocio.

Existe una tercera opción, adicional a las dos anteriores. Es un pago que se da en caso de necesitar la ayuda del poseedor de los derechos y se entiende que es un pago y una ayuda puntual en caso de crisis o cuando no se llega a los objetivos marcados.

Los royalties son necesarios para la justa explotación de productos, franquicias, patentes y obras de cualquier tipo. El establecimiento de la cantidad a percibir en royalties es fundamental y ambas partes deben negociar para que la explotación sea óptima.

Catálogos de Venta  

Son muchos los que creen que cuando un artista/autor vende su repertorio, o lo que es lo mismo, su catálogo de canciones, está vendiendo directamente sus derechos como autor. Y en cierta medida sí, pero no del todo, pues dentro de los derechos de autor hay que hacer una distinción entre los derechos morales que no se pueden vender ni ceder y los derechos patrimoniales o de explotación que generan beneficios económicos.

Estos últimos son justamente a los que el autor/artista renuncia cuando vende su catálogo. En el momento en que el artista “vende” su música está vendiendo tanto los ingresos futuros que se generarán con sus canciones, como el derecho a decidir qué uso se le da a esta música, como, por ejemplo, sincronizarla en un anuncio, una serie o una película.

Ahora, volviendo al tema de la música, en la actualidad y a modo de ejemplo, el cantante y compositor Bruce Springsteen ha vendido los derechos de reproducción de todas sus canciones a la empresa discográfica Sony Music Entertainment por 500 millones de dólares. Se trata del precio más alto pagado hasta ahora por la obra musical de un artista.

Springsteen es el 16º artista más vendido de todos los tiempos y solo en 2020 sus canciones generaron 20 millones de dólares de beneficios, según datos de la Asociación de la Industria Musical de Estados Unidos (RIAA).

En los últimos años, otros artistas como Bob Dylan, David Bowie o Shakira también han optado por vender su obra a una discográfica: de esta forma, reciben de una sola vez una cantidad de dinero inmensa que equivale a los ingresos que podrían generar en los años futuros por los derechos de reproducción de su música.

El legendario músico de folk rock Bob Dylan vendió su catálogo a Universal Music a finales de 2020, más de 600 canciones por una cifra que no fue revelada pero que se calcula entre 300 y 400 millones de dólares. La banda de rock Red Hot Chilli Peppers vendió en mayo todo su repertorio a Hipgnosis Songs por 140 millones.

Como último ejemplo, Shakira vendió también sus 145 canciones a Hipgnosis Songs por una cantidad que se desconoce. A partir de ahora, esta empresa será la propietaria de los derechos de autoría de las canciones.

Más allá de las canciones

Cuando un artista de la talla de Shakira, Bob Dylan o David Guetta vende su catálogo, en realidad está vendiendo un tanto por ciento de los derechos sobre esas canciones, además del derecho a decidir dónde, cuándo y cómo se reproducirá esa música de aquí en adelante.

Cuando un artista/autor cede los derechos de explotación sobre su repertorio, el artista/autor en cuestión renuncia a cobrar los ingresos que se generen, a partir de la firma del contrato, con las canciones que venda, que pasarán a ser cobrados entonces por la discográfica, fondo de inversión, o cualquier entidad que compre esos derechos.

Estas son algunas razones por las cuales se realizaría la venta de estos catálogos:

1. Falta de eventos en directo. Una de las mayores fuentes de ingresos para cualquier artista son los eventos en directo. Y precisamente no es que haya habido muchos conciertos en el último año y medio. La mayoría de las giras han sido canceladas debido al Covid-19, es por eso que los artistas se han visto con la necesidad de una vía más rápida de generar dinero.

2. Facilidad y comodidad. Cuando el artista vende su catálogo, no es un préstamo ni un adelanto, no genera una deuda ni tampoco cede o vende su propiedad intelectual -derechos morales-. Es una única operación en la que vende el derecho de cobro de sus ingresos futuros. Y lo puede hacer tanto por la vida del copyright o por solo unos años. Simple, efectivo y, sobre todo, rápido.

3. Dinero. Y es que, aunque veamos a los grandes de la música montados en el dólar, muchas veces necesitan liquidez, y la venta de su catálogo les proporciona precisamente eso: dinero aquí y ahora. Se trata, literalmente, de ganar hoy lo que, a lo mejor, cobran por derechos de autor dentro de diez años.

¿Por qué estas acciones resultan interesantes?

Un factor que vuelve tan interesante la compra de catálogos es que el comportamiento de la música de catálogo es estable y predecible. La enorme cantidad de datos que tenemos a golpe de clic sobre el consumo en streaming permiten estudiar el valor actual de una canción y finalmente hacer una predicción de los ingresos que generará en el futuro.

El aumento del consumo de música en digital es otro factor. Debido a la falta de conciertos por la pandemia en la que todavía estamos inmersos, el consumo de música en las plataformas de streaming no ha hecho más que aumentar. Incluso en estas circunstancias tan imprevisibles, la música en formato digital se ha comportado siguiendo las previsiones, con tendencia al alza y crecimientos récord. Goldman Sach, directivo de uno de los grupos de banca de inversión y valores más importantes del mundo, prevé que los ingresos por consumo digital se multiplicarán x2 hasta el año 2030.

La rentabilidad, la música se ha vuelto el activo financiero más rentable de esta era.  Los bajos tipos de interés suponen que sea una inversión rentable muy lejos de los altibajos del mercado de valores.

La seguridad, es uno de los grandes atractivos de la compra-venta de catálogos es la seguridad de que lo ya consolidado tendrá continuidad generando ingresos. Si lleva generando ingresos 50 años, lo más seguro es que lo siga haciendo, por lo menos, 10 años más.

Y para finalizar, el nacimiento de nuevas tecnologías, es decir iniciativas como blockchain, hacen mucho más sencilla la tarea de gestionar los derechos. Con estas nuevas herramientas se mejorará la gestión y se optimiza la calidad de datos para mejorar el reparto de derechos.

Una nueva semana con emocionantes patentes a la vista, hoy les traemos interesantes noticias sobre el desarrollo y la creación de patentes en el mundo de la propiedad intelectual. Aquí te mostramos la nueva patente diseñada por Facebook, los planes de Walmart para el Metaverso y la demanda a Apple por licencia de patentes.

Algunas de estas notas son muy interesantes y otras de seguro revolucionaran el cotidiano, te traemos una mirada distinta de nuestra sociedad desde las patentes. Te recordamos que puedes revisar aquí nuestras notas de la semana pasada.

Una nueva patente diseñada por Facebook

Facebook lleva un año trabajando en robótica y no es la primera vez que añade características humanas a los robots. En noviembre de 2020, Facebook anunció que iba a iniciar una colaboración con la Universidad Carnegie Mellon para crear una piel táctil y ligera que podría imbuir a los robots del sentido del tacto.

Recientemente, Facebook publicó en la oficina de patentes de Estados Unidos (USPTO) una patente de un globo ocular mecánico igual que un ojo humano. ¿Es un ojo sin cabeza? La patente de Facebook del "ojo mecánico" viene con una "cabeza animatrónica". Recientemente, la USPTO publicó la imagen de la patente de Facebook, que muestra su "globo ocular mecánico" con una cabeza animatrónica.

La cabeza animatrónica será una cabeza de aspecto similar al cuerpo humano. Imitará las mismas funciones, como masticar y abrir, etc. El globo ocular mecánico se colocará en la parte superior, mientras que la superficie del cuerpo, hecha de un material similar a la piel, se presentará en la parte inferior.

El diseño del ojo mecánico se parece mucho al del ojo humano. Al igual que nuestros ojos, se trata de dos órganos con un punto central. El diseño del globo ocular mecánico es mucho más sofisticado. Hay partes indicadas para imitar la esclerótica, la retina y la córnea de un ojo humano, así como la pupila y el iris.

En la patente se puede observar un detalle que explica el funcionamiento del ojo mecánico. La empresa escribe que "No es sólo una bola de metal que se mueve sobre un eje. Este ojo artificial funcionará de forma sorprendente. Funcionará con un alto rendimiento y precisión realista con el dispositivo animatrónico que sigue el movimiento del ojo humano".

Según la patente, detectará el enfoque y el tiempo que un ojo humano puede permanecer en una imagen. También ayudará a Facebook a determinar el gusto de sus usuarios junto con la publicidad digital. Además, permitirá a construir en Facebook aplicaciones de Realidad Aumentada y de Realidad Virtual. En definitiva, este producto es el primer paso de Facebook en su Metaverso, y si todo va bien, todos sus futuros proyectos relacionados esperan tener éxito también.

Las patentes de Walmart sugieren planes de Metaverso y NFTs

Walmart es la próxima gran empresa que parece que entrará en el metaverso, según varias patentes presentadas en diciembre de 2021 ante la Oficina de Patentes y Marcas de Estados Unidos. Las marcas comerciales se relacionan con la venta de bienes virtuales de varios tipos. Eso incluye la implementación de una moneda virtual y NFT.

La llegada de una cadena importante como Walmart al metaverso destaca el fervor que rodea el espacio en este momento. Empresas como Meta y Microsoft también están asignando recursos hacia el nuevo mundo virtual, que parece que conquistará el mundo esta década.

El potencial de los NFT y el metaverso para las principales marcas es evidente. Es una forma efectiva de aumentar la participación del usuario y crear experiencias en torno a las ofertas de la empresa en particular.

Los NFT permiten a las empresas conservar la propiedad y la identidad de marca sobre sus propiedades intelectuales, al mismo tiempo que generan ingresos, por supuesto.

Walmart ha coqueteado con la idea de las criptomonedas y la tecnología blockchain en el pasado. Se ha mantenido firme en que algunos de sus experimentos siguen siendo solo eso: experimentos. Pero los pilotos exitosos podrían conducir a una implementación a gran escala.

El metaverso tomó al mundo por sorpresa en 2021 y, según todos los indicadores, parece que 2022 será un año estelar para el nicho. Mundos virtuales existentes, como Decentraland y The Sandbox, parecen ideales para lanzamientos importantes, mientras que las ofertas de firmas tecnológicas establecidas también parecen ver algunos anuncios.

Apple recibe demanda por Licencia de Patentes

Ericsson presentó otra serie de demandas a Apple, por el pago de regalías, tras el uso de patentes inalámbricas 5G en los iPhone.

Aunque ambas compañías ya se han demandado mutuamente en EE UU, han fracasado en negociaciones para renovar un contrato de licencia de siete años para las patentes de telecomunicaciones que se firmó por primera vez en 2015.

La primera demanda de Ericsson a la poderosa Apple, fue en octubre pasado, resaltando que esta última buscaba reducir indebidamente las tasas de regalías, mientras que el creador del iPhone presentó una contrademanda en diciembre, acusando a la compañía de utilizar tácticas duras para renovar las patentes.

"Dado que el acuerdo anterior ha expirado y no hemos podido llegar a un acuerdo sobre los términos y el alcance de una nueva licencia, Apple está utilizando ahora nuestra tecnología sin licencia", resaltó Ericsson en un comunicado.

Cabe resaltar que Ericsson invierte cerca de USD5,000 millones cada año en investigación. Cuenta con una cartera de más de 57.000 patentes y las regalías de su cartera de patentes suponen cerca de un tercio de su beneficio operativo.

Venimos un poco antes de lo esperado esta semana, sin embargo hoy les traemos interesantes noticias sobre el desarrollo y la creación de patentes en el mundo de la propiedad intelectual. Aquí te mostramos la patente de Sony que un interesante escáner, la patente del auto de Apple y la idea de Disney de traer los metaversos al mundo real.

Algunas de estas notas son muy interesantes y otras de seguro revolucionaran el cotidiano, te traemos una mirada distinta de nuestra sociedad desde las patentes. Te recordamos que puedes revisar aquí nuestras notas de hace dos semanas.

Sony propone un escáner para insertar objetos de la vida real en una simulación

Sony pone en alerta al mundo del gaming a través de las publicaciones de patentes que pueden devenir en posibles actualizaciones para la PlayStation 5. En este caso, se trata de un sistema para el periférico PS VR 2 para que los jugadores puedan escanear objetos de su vida real para insertarlos en una simulación.

De acuerdo con las imágenes, el nuevo software habilitaría a realizar una fotografía 360º del objeto que se desea llevar a la realidad digital y luego de terminar con el escaneo, esto podría ser extrapolado al mundo VR sin necesidad de un modelado específico.

Este tipo de tecnología llama la atención especialmente en un momento donde aún no se sabe cómo funcionará el Metaverso, este nuevo concepto tecnológico que insiste que todas nuestras vidas estarán espejadas en la virtualidad.

Si bien Sony aún no ha anunciado nada en específico -como lo hace con las mayorías de sus patentes-, los especializados prestaron atención en la versatilidad de esta modalidad como un elemento que podría hacer que los PS VR2 sumen una novedad a la competencia de los periféricos de Realidad Aumentada.

Apple presenta una patente para el diseño de su primer automóvil

En el Consumer Electronics Show (CES) de este 2022, Sony aprovechó para presentar su nuevo prototipo de auto eléctrico Vision-S 02, proyecto que se ve más cerca al anunciar también el establecimiento de la empresa Sony Mobility para la primavera de este mismo año.

Todo está indicando que la firma tecnológica japonesa no será la única que incursione en la industria automotriz, ya que Apple también estaría preparando con planos su primer coche eléctrico, para entrar a competir con Telsa Motors en este segmento.

Todavía no está listo el automóvil de Apple, pero mientras se aguarda por su versión real, la compañía automotriz británica Vanarama presentó un diseño futurista de un auto basado en las patentes actuales del creador de los teléfonos celulares iPhone.

Es un coche blanco mate, inspirado en los modelos del iPhone 4 lanzado en 2010. Entre otros datos de diseño, el auto no tiene barras de metal con la idea de que sus vidrios sean totalmente panorámicos y ofrezcan una vista panorámica tanto al conductor como a sus acompañantes. Y las luces se diseñaron a través de un delgado panel.

En la parte frontal tiene una rejilla con un diseño tomado del sistema de ventilación del Mac Pro. Y se destaca la presencia del logo de Apple, que también está presente en la parte trasera del baúl. Las manijas sobre las puertas están inspiradas en los botones laterales del iPhone.

"Un automóvil de Apple ha sido durante años una paradoja: es uno de sus productos más esperados. Sin embargo, la empresa no ha dicho públicamente casi nada al respecto", señaló el medio especializado en economía Bloomberg en medio del furor por las imágenes del posible Apple Car.

Disney patenta una herramienta para llevar los metaversos al espacio físico.

Disney consiguió en los últimos días de 2021 la aprobación de una patente que buscaría crear atracciones interactivas personalizadas para los asistentes a sus parques temáticos. Con esta patente la idea de la compañía es crear atracciones de realidad aumentada sin la necesidad de usar lentes dentro de los parques de Disney. 

Gracias a esta tecnología se podría rastrear a los visitantes a través de sus teléfonos celulares, que generarían una proyección de efectos 3D personalizados en los diversos espacios físicos e incluso en objetos del parque. La patente fue creada para un "simulador del mundo virtual en un lugar del mundo real".

Se presentó originalmente a la Oficina de Patentes y Marcas de los Estados Unidos en julio de 2020. En los últimos meses se habló mucho del "Metaverso" como algo que en gran medida existe en Internet, al que se accede utilizando lentes de realidad virtual (VR) o AR. Sin embargo, la tecnología propuesta por Disney busca llevar el metaverso al mundo físico.

No es la primera vez que el gigante del entretenimiento demuestra su interés en el metaverso. Durante la toma de ganancias del cuarto trimestre de la compañía, en noviembre de 2021, Bob Chapek, CEO de Disney, adelantó que la compañía "se prepara" para mezclar activos físicos y digitales en el metaverso.

El dominio público engloba el patrimonio intelectual que está libre de toda exclusividad en su acceso y utilización. Incluye elementos que no tienen restricciones de derecho de autor establecidas, así como obras literarias, artísticas o científicas en las que ha expirado el plazo de protección del derecho de autor.

Cada legislación nacional contempla un término de años contados desde la muerte del autor, para que estos derechos expiren. Por quedar excluidos de la protección del derecho de autor, elementos tales como las ideas, procedimientos, métodos de operación o conceptos matemáticos, son parte del dominio público. El software de dominio público es aquel que no tiene derechos de autor.

Convenio de Berna

Según el Convenio de Berna, que la mayoría de los países han firmado, todas las obras intelectuales quedan bajo el dominio de los derechos de autor, inclusive los programas informáticos. Las obras sujetas al derecho de autor pasan al dominio público a los 50 años de la muerte del autor.

El para el ingreso de las obras en dominio público se calcula a partir del 1 de enero del año plazo siguiente de la muerte del autor,​ razón que ha llevado a que en esa fecha se celebre el Día del Dominio Público.​ El Convenio de Berna reconoce el derecho de los países signatarios a ampliar el plazo de la protección. Por ello, varios países han establecido plazos superiores, que llegan a 70, 80 o 100 años desde la muerte del autor.

Algunos Países y sus plazos

En España, una obra pasa a dominio público cuando han pasado 80 años desde la muerte del autor, para aquellos creadores que murieron antes de 1987. Es el mismo caso que en Bielorusia, pero no así en el resto de Europa, donde la cantidad de años para que una obra entre al dominio público es de 70 años.

​En los Estados Unidos, se contempla un periodo de 70 años desde la muerte del autor. Aunque tienen un periodo variable, pues para las obras anónimas, pseudoanónimas y contratadas, el tiempo es de 85 años desde la primera publicación o 120 años desde su creación, lo que expire antes.

Los Acuerdos de los ADPIC

Por su parte, los países firmantes del Acuerdo de Aspectos de los derechos de Propiedad Intelectual aplicado al Comercio, uno de los acuerdos de la Organización Mundial del Comercio, se comprometen a un mínimo de 50 años tras la muerte del autor. El titular del derecho de autor siempre puede aplicar a su obra el tipo de licencia que decida sin perder el reconocimiento de autoría o paternidad, es así como existen licencias restrictivas y otras permisivas.

Dominio público, en este caso, implica que las obras pueden ser explotadas por cualquier persona, pero siempre respetando los derechos morales de sus autores, pues lo que en realidad expira son los derechos de autor de carácter patrimonial.

Una obra de dominio público permite el uso gratuito de sus contenidos, puede ser copiada y distribuida sin vulnerar ningún derecho, es decir, lo que se libera es la obra y no la edición.

Obras que pasan a dominio público

A continuación, se presenta un listado del material que pasará a dominio público en 2022, sea por haber pasado más de 80 años de su fallecimiento o más de 95 años del momento de su publicación en el caso de los autores estadounidenses. En el 2022, entran a dominio público las obras de todos los autores fallecidos en 1941, por otro lado, en Estados Unidos entran al dominio público todas las obras publicadas en 1926.

Con la excepción de Bielorrusia pasado 50 años de su fallecimiento y España que tiene un plazo de derechos de autor pasado los 80 años para los creadores que murieron antes de 1987, una obra pasa al dominio público en Europa 70 años después de la muerte del creador, si fue publicada durante la vida del creador. En el caso de material inédito, quienes lo publiquen primero tendrán los derechos de publicación durante 25 años. La lista está ordenada alfabéticamente e incluye un trabajo notable del creador que ingresó al dominio público el 1 de enero de 2023.

NombresPaísMuerteTrabajo notable
Antonieta de BarrosBrasil28 de marzo de 1952
Charles AncliffeReino Unido20 de diciembre de 1952Noches de alegría
HJ MassinghamReino Unido22 de agosto de 1952
Jeffery FarnolReino Unido9 de agosto de 1952La carretera ancha y el caballero aficionado.
Josephine TeyReino Unido13 de febrero de 1952Un chelín por velas, El asunto de la franquicia y La hija del tiempo.
Knut HamsunNoruega19 de febrero de 1952Crecimiento del suelo, hambre y misterios.
Marjorie BowenReino Unido23 de diciembre de 1952
Margaret Wise BrownEstados Unidos13 de noviembre de 1952Buenas noches , luna, el conejito fugitivo y los gatitos de colores.
Sergei BortkiewiczUcrania25 de octubre de 1952
Vladimir ShcherbachovRusia5 de marzo de 1952
Władysław StrzemińskiPolonia26 de diciembre de 1952

Por su lado, España tiene una duración de derechos de autor de 80 años después de la muerte de su titular, para los creadores que fallecieron antes de 1987. En la mayoría de los países de África y Asia, así como en Bielorrusia, Bolivia, Canadá, Nueva Zelanda, Egipto y Uruguay; una obra entra en el dominio público 50 años después de la muerte del creador.

NombresPaísMuerteTrabajo notable
Fatin Abdel WahabEgipto22 de noviembre de 1913Filmografía seleccionada
Ismail YassinEgipto15 de septiembre de 1912monólogos
MC EscherPaíses Bajos17 de junio de 1898
Miguel HernándezEspaña28 de marzo de 1942Obras

Obras notables que entran a Dominio Público

Estas son solo algunas de las obras notables que ingresarán al dominio público en 2023. Este es un momento emocionante para aquellos interesados en la literatura, la música y la cultura popular, ya que estas obras se volverán más accesibles para el público en general y podrán ser utilizadas y compartidas libremente.

Otro punto es que en 2004, los derechos de autor en Australia cambiaron de una ley de más de 50 años a una ley de más de 70 años, en consonancia con Estados Unidos y la Unión Europea. Pero el cambio no se hizo retroactivo a diferencia del cambio de 1995 en la Unión Europea que compró a algunos, por ejemplo, autores británicos de nuevo al derecho de autor, especialmente aquellos que murieron entre 1925 y 1944. 

Por tanto, la obra de un autor que murió antes de 1955 es normalmente de dominio público en Australia; pero los derechos de autor de los autores se extendieron a 70 años después de la muerte para aquellos que murieron en 1955 o después, y ningún autor australiano quedará sin derechos de autor hasta el 1 de enero de 2026 aquellos que murieron en 1955.

Antes de finalizar les recordaremos la duración de los derechos de autor en algunos países: Argentina, Brasil, Chile, Costa Rica, Ecuador, España, EEUU, Nicaragua, Perú , Portugal, Paraguay tienen una protección de 70 años después de la muerte del autor, Bolivia, Filipinas, Guinea Ecuatorial, Panamá, República Dominicana, Uruguay tienen una protección de  50 años después de la muerte del autor, Guatemala, Honduras, México tienen una protección de 75 años después de la muerte del autor, Colombia tiene una protección de 80 años después de la muerte del autor, Venezuela tiene una protección de 60 años después de la muerte del autor y para acabar Cuba tiene una protección de 25 años después de la muerte del autor.

Bibliografía

Dusollier, S. (2010). Estudio exploratorio sobre el derecho de autor y los derechos conexos, y el dominio público.

Ilimit. (2019). Diferencias entre software libre, gratuito y abierto.

Instituto de Tecnologías Educativas. (2022). Dominio Público.

ONG. (s.f.). 2023 en dominio público.

TORRENTE, M. (26 de 03 de 2022). La obra de Miguel Hernández pertenecerá al mundo, liberada de los derechos de autor, en 2023La obra de Miguel Hernández pertenecerá al mundo, liberada de los derechos de autor, en 2023.

Feliz Nuevo Año, les traemos interesantes noticias sobre el desarrollo y la creación de patentes en el mundo de la propiedad intelectual. Aquí te mostramos una curiosa patente que revela más de lo que debería de la marca Apple, la nueva patente para la cámara frontal de Google Pixel y dos patentes que apuntan a los teléfonos plegables.

Algunas de estas notas son muy interesantes y otras de seguro revolucionaran el cotidiano, te traemos una mirada distinta de nuestra sociedad desde las patentes. Te recordamos que puedes revisar aquí nuestras notas de hace dos semanas.

Apple presenta accidentalmente una función innovadora del iPhone

La nueva patente, nos presenta una idea de lo que vendrá para el próximo iPhone o iPad. Es una carga inalámbrica, pero realizada de una manera sin precedentes, como se verá en el título de la patente: “Carga inalámbrica a través de la pantalla”.

Este método parece ser un paso sutil pero importante para los sistemas de carga inversa utilizados en otros teléfonos. Para estos, se debe colocar los auriculares, o lo que desee cargar, en la parte posterior del teléfono.

Un cargador inalámbrico oculto se encuentra debajo de una pantalla en un diseño propuesto por Apple. Si el teléfono o la tableta está hacia arriba y los AirPods o el lápiz solo ocupan, por ejemplo, la parte inferior o lateral de la pantalla, es posible que veas notificaciones mientras se realiza la carga.

Por lo tanto, debe colocar el teléfono boca abajo, lo que no siempre es conveniente o deseable: si la superficie de la suela es rugosa o sucia, corre el riesgo de dañar la pantalla del teléfono. Además, obviamente no puede ver lo que está sucediendo en la pantalla del dispositivo, lo cual es molesto si recibe una notificación. Si el teléfono está boca abajo, es confuso. Hay un cargador inalámbrico escondido debajo de una pantalla con un diseño sugerido por Apple.

Para finalizar, la patente menciona específicamente que cualquier compatibilidad con el Apple Watch requeriría un diseño de reloj completamente diferente. La parte posterior convexa del reloj parece beneficiarse de una placa de carga cóncava para una carga más eficiente.

El próximo Google Pixel podría contar con una cámara frontal

Se acaba de conocer que el próximo Google Pixel podría contar con una cámara frontal bajo la pantalla similar a la del Galaxy Z Fold 3.

Un informe de Let's Go Digital revela que, recientemente, se ha publicado en la USPTO una patente presentada por Google en agosto de 2021 que nos muestra un smartphone con un par de cámaras frontales y tres sensores bajo la pantalla, un sistema similar al que podemos encontrar en el Samsung Galaxy Z Fold 3.

Es así que, el Google Pixel 7 contaría con dos cámaras para selfies y dos sensores en el lado derecho del terminal y un tercer sensor de luz en el lado izquierdo del mismo.

La solución que propone Google para integrar esta doble cámara bajo la pantalla en sus futuros terminales es utilizar una pantalla OLED que cuente con una parte emisiva, la cual irradiará luz para ocultar el recorte de la cámara y con otra parte no emisiva que permitirá que la luz llegue al sensor de la cámara frontal para conseguir fotografías de mayor calidad.

Sin embargo, es posible que el Google Pixel 7 no llegue con una cámara selfie bajo la pantalla o que lo haga utilizando otro tipo de tecnología, algo que se desvelará a medida que se acerque la fecha de presentación del nuevo Pixel.

Samsung presenta patente para teléfono plegable

Después de completar dos modelos de teléfonos celulares con pantallas plegables y hacer que el Galaxy Z Flip 3 y el Galaxy Z Fold 3 sean un verdadero éxito, Samsung puede pasar a un tercer proyecto más sofisticado y audaz.

Según una patente registrada en la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI), la marca tiene dos diseños de teléfonos móviles con bisagras que permiten ver hasta tres partes de la pantalla.

Según las imágenes del documento, los mecanismos se implementan en formato Z, lo que permite abrir parcialmente el display con una bisagra o abrir en masa con ambas.

También hay una parte fija delgada en el lado derecho, que ayuda a mantener ergonómico el dispositivo y algunos componentes. Información de MySmartPrice.

La gran ventaja de un dispositivo con dos bisagras es la posibilidad de lograr una pantalla a escala aún mayor, que es relativamente compacta cuando está cerrada, especialmente si las tecnologías desarrolladas por la marca permiten que cada parte sea más delgada y gruesa.

Por otro lado, la implementación de los descritos en las patentes requerirá un mayor número de partes de la máquina, lo que generalmente presenta grandes desafíos para los ingenieros en términos de resistencia y durabilidad; los dispositivos plegables actuales vienen con un número limitado de implementaciones.

Microsoft quiere apuntarse a la tecnología plegable

Una patente que le acaban de conceder a Microsoft sugiere que está intentando fabricar un nuevo dispositivo con doble plegado, de forma similar a uno que se vio por parte de Samsung hace unos días.

La compañía creada por Bill Gates lanzó su último teléfono con doble pantalla, el Surface Duo 2, en el mes de septiembre, pero una patente descubierta por ‘Patently Apple’ indica que quieren ir más allá. Esto supone crear un dispositivo con dos bisagras, que conectaría tres pantallas separadas. La patente se aprobó el 23 de diciembre, a pesar de haberla pedido el año pasado.

Como el teléfono que tiene en mente Samsung, esas tres pantallas se combinarían para formar una sola pantalla de Tablet gigante. El beneficio de este diseño es que estos paneles pueden apilarse unos encima de otros, reduciendo el tamaño que tienen estos dispositivos plegables en general.

Esto sería posible gracias a bisagras pivotantes, que permitirían a la pantalla principal permanecer en la parte exterior del terminal, de forma parecida a como era el Huawei Mate X. Esto resultaría en un teléfono bastante grueso, pero que extendido daría una pantalla realmente grande.

Sin embargo, de forma contraria a la patente de Samsung, esta de Microsoft no tiene detalles adicionales acerca del posicionamiento de los circuitos, los sensores o las cámaras. Es decir, parece un producto en el que aún hay que trabajar bastante.

Y como decimos normalmente, las patentes no siempre son indicativo de que el producto va a salir adelante. Microsoft entró en el mundo de la telefonía plegable en 2019, dos años después de que sus patentes originales salieran a la luz en 2017, y el hecho de que Samsung esté jugando con una idea similar sugiere que el futuro de los plegables podría pasar por ahí.

En medio de un operativo de control y funcionamiento de locales de diversión nocturna en la jurisdicción del Distrito 9 de Guayaquil y tras una denuncia reservada se procedió a ingresar al Edificio #845 ubicado en las calles Víctor Manuel Rendon entre Rumichaca y García Avilés.

Cuando el personal de la policía se retiraba observó a un ciudadano quien llevaba entre sus manos una envoltura transparente ovalada, al percatarse de la presencia de la policía el ciudadano empezó a correr, subió por las escaleras hacia el tercer piso del edificio despojándose del objeto antes mencionado y cerró la puerta de un departamento.

Situación

Acto seguido la policía procede a la verificación de la envoltura transparente, dicha envoltura se trataba de un par de zapatos color blanco tipo deportivos con el logotipo “Nike”. Al visualizar al interior del departamento se observaron varias perchas conteniendo varias envolturas plásticas de similares características a la encontrada en el exterior del departamento.

Al ingresar al inmueble se encontraron varios stands con pares de zapatos deportivos falsificados de distintas marcas entre las cuales se encontraban Nike, Adidas, Puma, Vans y Reebok, marcas a las cuales Luzuriaga & Castro representan, así es que, luego del registro del dormitorio se procedió a detener a los individuos dentro del inmueble.

Así es como, las personas que en ese momento se encontraban en el domicilio fueron detenidas por la autoridad, en cumplimiento con lo dispuesto en el Art. 208A que describe lo siguiente:

“Serán sancionada con pena privativa de libertad de seis meses a un año, comiso y multa de ocho hasta trescientos salarios básicos unificados del trabajo en general, la persona que, a sabiendas, en violación de los derechos de propiedad intelectual contemplados en la normativa aplicable, realice uno o más de los siguientes actos con fines de lucro y escala comercial.”

Resolución

Teniendo en cuenta este contexto, el 26 de noviembre de 2021 se dio a lugar la audiencia de juzgamiento en contra de los acusados, por el delito tipificado en el Art. 208A del COIP. Como tal, esta sentencia se constituye como la primera vinculada al Art. 208A en todo el Ecuador, desde que el artículo fue reformado el 27 de agosto de 2021.

Este juzgamiento concluyó con una sentencia condenatoria en contra de los acusados, y a la par con la destrucción de la mercadería falsificada, de acuerdo a lo que establece el Art. 208C del mismo cuerpo legal.

“De determinarse la responsabilidad de la persona natural o jurídica el tribunal o juez de garantías penal correspondiente ordenará la adjudicación gratuita o destrucción de los bienes infractores. Esta orden estará sustentada en un informe pericial que permita determinar su licitud; así como, en la o las pruebas que existan en el proceso y que sean expuestos en la etapa correspondiente. La valoración de ésta y demás pruebas seguirá las reglas generales establecidas en este Código.”

Como se mencionó anteriormente, este caso es muy importante, ya que representa la primera sentencia en Ecuador asociada a la reforma del Art.208A que se publicó en el Registro Oficial 525, quinto Suplemento, del 27 de agosto de 2021. Y como tal esta resolución representa el primer impulso de una reforma que busca un mercado justo para todas las marcas que invierten en el país o que están pensando en hacerlo, así como una obvia preocupación y protección a los intereses de los consumidores.

La Capacitación es un proceso que posibilita al usuario la apropiación de ciertos conocimientos, capaces de modificar los comportamientos propios de las personas y de la organización a la que pertenecen. Luzuriaga & Castro Abogados lleva más de 10 años capacitando a autoridades policiales y aduaneras dentro de todo el Ecuador.

Dentro del proyecto de capacitaciones, la persona que lo organiza y que se encuentra al frente del mismo es nuestra directora administrativa y capacitadora Sindy Castillo, la cual cuenta con más de 7 años de experiencia en el campo. En este escrito ella nos contará cómo se organiza y se llevan a cabo las capacitaciones en L&C.

Contacto y Organización

Las marcas siempre están preocupadas por proteger tanto al producto como al consumidor, el mero hecho de que exista la falsificación de productos siempre afectará al consumidor y a obviamente a la marca.

Ahora, ¿cómo se organizan este tipo de eventos? El contacto directo con los representantes marcarios en LATAM es uno de los puntos principales en la preparación para estos eventos, principalmente porque, sin el apoyo de las marcas no se podría generar estos talleres para las autoridades.

De igual forma, coordinar la asistencia de los miembros de la Policía y otras instituciones públicas, como los capacitados es fundamental. La apertura para impartir este tipo de información ha sido fundamental para la estructura del proyecto, ya que como tal, sin la presencia de las autoridades, por más apoyo de las marcas, el objetivo del taller no se vería cumplido.   

Sí este tema es de tu interés te recomendamos leer: Desarrollo de Talleres de Propiedad Intelectual de Octubre.

Marcas, autoridades y capacitaciones.

Ahora, para Sindy “la participación de una marca permite compartir con autoridades información que les ayudará en el desarrollo de sus funciones.”

Es necesario mencionar que, las capacitaciones ofrecidas a las autoridades son presentadas con el objetivo de actualizar el conocimiento de los asistentes con respecto al desarrollo normativo y los derechos de propiedad intelectual, así como técnicas de reconocimiento de producto falsificado.  

Lo importante es no olvidar el alto grado de responsabilidad que conlleva el presentar información sensible y recordar que el conocimiento impartido a los miembros del taller será utilizado, si no es en su cotidiano, será importante para su labor como autoridad dentro del país.

Es así que, para cumplir con las expectativas del proyecto se debe hacer bien el trabajo y manejar una ética impecable. El término al que se hizo referencia al finalizar dicha idea fue “tener probidad profesional”, es decir, tener cierto nivel de moralidad e integridad en el accionar profesional, ya que todo se puede asociar con lo que tú haces, por tanto, es necesario alinearse con los objetivos de protección que el taller propone.

Adaptarse al Modo Online

Para el equipo el adaptarse al modo online, se concibió no como una imposibilidad sino como un reto, “venimos de un año donde debimos dar muchas concesiones a la tecnología y las reuniones virtuales demostraron que éramos capaces de trasladar las capacitaciones a esta modalidad.”

El reto en un principio no se vería afectado por el factor humano, más bien dependería de los medios, la conectividad y las herramientas disponibles, para llevar a cabo un trabajo adecuado. 

¿Por qué el factor humano no afectó a que se llevarán a cabo este tipo de programas? En un principio, fue por la adaptabilidad del equipo de trabajo y la facilidad con la que la autoridad se vinculó a cada uno de estos eventos. Fue gracias a esa participación de las autoridades que las marcas vieron el valor en las capacitaciones y se dio luz verde al proyecto. 

A pesar de lo mencionado anteriormente, el adaptarse como equipo de trabajo y que esto funcione en la práctica, no fue inmediato, pero sí lo suficientemente rápido para que los contenidos presentados a las autoridades sean mucho más eficientes que cuando se lleva a cabo un taller presencial.

Saber como se lleva a cabo un taller virtual es importante, puedes conocer más del proceso en: Segundo Seminario Binacional Ecuador – Perú

Lo bueno y malo

Uno de los puntos buenos de los talleres online es lo adaptativos que se vuelven, permitiendo a las autoridades reunirse a pesar de tener inmediatamente otras actividades. Como tal, no existe limitación de espacio físico y las autoridades se pueden reunir a pesar del lugar en el que se encuentren, esto permitió que las autoridades no vean dificultades en factores externos que antes les impedía ser parte de las capacitaciones.

Sin embargo, a pesar de que es un punto positivo, el hecho mismo de que las autoridades tomen la capacitación donde deseen crea un reto para el equipo. Competimos con las actividades diarias de las autoridades, así que, se vuelve complejo el llamar su atención y esperar la correspondiente retroalimentación de su parte. Por esta razón es complejo saber si la autoridad sigue sintiéndose atraída a las capacitaciones a pesar de que no son presenciales.

Retos para el 2022

Cada año mejora nuestro servicio, como se mencionó anteriormente para el 2022 se espera mayor interacción y mejores elementos audiovisuales que permitan romper esa distancia que se ha generado entre la autoridad y el capacitador en la modalidad virtual.

Además, para este nuevo año se tiene pensado potenciar la modalidad mixta, donde tanto las autoridades online como las presenciales se vinculen y puedan acceder a la información a pesar de encontrarse en dos o tres ciudades distintas.

Para finalizar y como lo menciona Sindy “capacitaciones es un proyecto que se construye año a año, tengan por seguro que el próximo traerá varios retos a los cuales enfrentar y nuevas posibilidades con las cuales aportar mayor conocimiento, en temas de Propiedad Intelectual, a las autoridades del Ecuador.”

Si bien este año representó un cambio en torno a las leyes de protección para con la Propiedad Intelectual en el Ecuador, en Luzuriaga & Castro Abogados este hecho solo nos fortaleció y nos motivó a reforzar el vínculo con nuestro trabajo y nuestra pasión por proteger los derechos marcarios. 

Ahora, ya que el tema de incautación de productos falsos tomó fuerza en los últimos meses dentro de las acciones de la autoridad en Ecuador, nosotros para cerrar este ciclo de incautación y destrucción realizaremos un recuento de los casos más importantes de Destrucción de Productos Falsificados en el 2021 por parte de Nuestra Firma.

Para  saber un poco más de los cambios en la protección de marcas revisa: Protección de marcas: un cambio necesario para Ecuador

Primeros Meses

Los primeros meses del 2021, en temas de destrucción de productos falsificados, fueron bastante interesantes. El 29 de enero de 2021, en la ciudad de Quito, se llevó a cabo la destrucción de bienes ilegales que llevaban las marcas de Adidas y NIKE. Es así que, en base a un acuerdo transaccional, se determinó la destrucción de los bienes ilícitos incautados en la acción judicial del 12 de febrero de 2020, esta acción se llevaría a cabo en las instalaciones de INCINEROX CIA. LTDA.

Tres meses después, el 16 de abril de 2021 para ser exactos, se llevaría a cabo la destrucción de productos falsificados de las marcas de Adidas, Reebok, Polo, Nike, Tommy Hilfiger y Puma, como se puede observar un gran número de marcas y usuarios se verían perjudicados si estos artículos salían al mercado.  

Esta vez, en Guayaquil, la Jueza dispuso la destrucción de los bienes ilícitos incautados en las acciones judiciales del 07 de julio y 14 de diciembre de 2017. Algunos años de espera no redujeron nuestros esfuerzos para que estos productos no ingresaran al mercado y no perjudicarán a las marcas que representamos.

Un caso poco común, pero muy importante

Una de las destrucciones más importantes del año, no solo para el Ecuador, sino para Latino América, es la que se llevó a cabo del 04 al 07 de junio de 2021, en la ciudad de Guayaquil. Con base en la resolución emitida por el Servicio Nacional de Derechos Intelectuales - SENADI, se determinó la destrucción de los productos que reproducían el diseño industrial de la motocicleta Honda, todos aprehendidos en la acción judicial del 11 de abril de 2019. 

El procedimiento de destrucción se llevó a cabo en las instalaciones de ANDEC, agencia dedicada a la industria del hierro y acero, pero que también se encargada de la destrucción de cualquier residuo metálico como piezas de vehículos de motor. Este proceso en específico consistió en la trituración de las partes de las motocicletas con una excavadora para luego derretir los pequeños residuos metálicos en cámaras de combustión selladas.

Si es de tu interés este caso, te recomendamos leer: Acciones de Protección: Destrucción de Productos Falsos en Ecuador

La lluvia antes de la tormenta

En los meses de julio y agosto existieron dos casos importantes, en estos se llevó a cabo la destrucción de mercadería ilegal con presencia de las marcas Adidas, Reebok, Polo, Nike, Tommy Hilfiger, Chanel, Converse y Puma. La primera destrucción fue el 20 de agosto de 2021, en la ciudad de Guayaquil y en cumplimiento de la orden judicial, la Policía transportó la mercadería ilegal desde el depósito policial hasta las instalaciones de GADERE S.A., una agencia de manejo ambiental de residuos.

Por su parte, en el mes de septiembre de 2021, en la ciudad de Guayaquil, se dio lugar a la segunda destrucción mencionada anteriormente. De igual forma y en cumplimiento de la orden judicial, la Policía transportó la mercadería ilegal desde el depósito hasta las instalaciones de GADERE S.A., el procedimiento de destrucción, realizado por el personal de la agencia y supervisado por las autoridades, consistió en la incineración a temperaturas extremas en una cámara sellada, en cumplimiento de la ley ambiental.

Un mes poco común

En el mes de octubre tenemos la presencia de al menos seis casos importantes para la firma, en estos se llevó a cabo la destrucción de productos pirata con presencia de las marcas Adidas, Polo, Tommy Hilfiger, Nike, Epson, Reebok, Converse y Puma, la mayoría de estas acciones se realizaron en la ciudad de Guayaquil. 

Las tres primeras destrucciones se llevaron a cabo el mismo día, es decir, el 06 de octubre de 2021, en cumplimiento de la orden judicial, agentes de la Policía movilizó la mercadería ilegal de las marcas Adidas, Polo, Tommy Hilfiger, Nike y Epson, desde el depósito policial hasta las instalaciones de GADERE S.A., donde el procedimiento de destrucción realizado por el personal de la agencia consistió en la incineración a temperaturas extremas en una cámara sellada.

El cuarto caso de destrucción de mercadería ilegal se llevó a cabo el 15 de octubre de 2021 y en cumplimiento de la orden judicial, se transportó los productos piratas de la marca Epson, desde el depósito policial hasta las instalaciones de GADERE S.A., de igual forma, el quinto caso se llevó a cabo el 22 de octubre de 2021, la Policía movilizó la mercadería ilegal de las marcas Adidas, Reebok, Polo, Nike, Converse, Puma y Tommy Hilfiger hacia las instalaciones de GADERE S.A

Para finalizar el mes hablaremos de la destrucción de mercancía ilegal de la marca Epson; que tuvo lugar en la ciudad de Quito, el 29 de octubre de 2021. En cumplimiento de la orden judicial, agentes de la Policía movilizaron la mercadería ilegal desde el depósito policial hasta las instalaciones de G&M Tratamiento integral de desechos. El procedimiento de destrucción fue realizado por personal de la agencia y consistió en la incineración a temperaturas extremas en una cámara sellada.

Últimos meses del año

Después de un mes demasiado ajetreado, finalizamos el año con dos casos en noviembre, en este tiempo se destruyeron bienes ilegales con las marcas de Adidas, Reebok, Nike, Converse, Puma, Polo y Tommy Hilfiger, como se da en la mayoría de los casos, ambas destrucciones se llevaron a cabo en Guayaquil. 

El 12 de noviembre de 2021 y en cumplimiento de las órdenes judiciales, la Policía movilizó la mercadería ilegal desde el depósito policial hasta las instalaciones de GADERE S.A. De igual forma, el 18 de noviembre de 2021 se transportó la mercadería ilegal desde el depósito de la policía nacional hasta las instalaciones de GADERE S.A. donde se realizó la incineración de productos falsificados a temperaturas extremas en una cámara sellada, en cumplimiento de la ley.

Si deseas saber más sobre la protección de marcas te recomendamos: Destrucción de Productos Ilegales: Un recorrido a la protección de Derechos de Propiedad Intelectual en Ecuador

Compromiso Ambiental

Es nuestro deber cerciorarnos que la destrucción de cada uno de los productos sea de acuerdo a la ley del ambiente, es por eso que, se vuelve fundamental mencionar a las empresas que colaboraron con nosotros en la destrucción de estos productos, los cuales si salen al mercado pueden afectar al consumidor.  

La primera empresa y la más mencionada es GADERE S.A., una agencia de manejo ambiental de residuos, en la cual se incineran todos los productos a temperaturas extremas en una cámara sellada, la segunda es INCINEROX CIA. LTDA., una agencia de gestión ambiental de residuos, donde los productos falsos son triturados y gestionados. 

La siguiente es G&M Tratamiento integral de desechos, una agencia de manejo ambiental de residuos en Quito, donde se incineran productos a temperaturas extremas en una cámara sellada, para finalizar esta ANDEC, agencia dedicada a la industria del hierro y acero, pero que también se encargada de la destrucción de cualquier residuo metálico.

Como mencionamos, es importante la destrucción de los productos que afecten a los consumidores, sin embargo, es igual de importante el tratamiento que se le da a estos residuos y es el porqué de la confianza de la gestión ambiental de estas empresas. 

Solo para finalizar este pequeño recuento de hechos, agradecemos la confianza de las marcas en nuestra labor diaria, para nosotros es importante tanto la protección al consumidor como la protección al titular marcario. Esperamos que el próximo año sea tan productivo como el que termina.