Favicon Luzuriaga Castro Original
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Autor: José Martín Rivera / Abril 2021

Históricamente Ecuador ha sancionado penalmente, distintas infracciones contra derechos de propiedad intelectual. Es así que, la ley de marcas de 1976 castigaba con multas y prisión hasta de un año a falsificaciones y/o adulteraciones de marcas; la ley especial de Derechos de Autor, incluía penas hasta de cinco años por mutilaciones de obras y contemplaba hasta dos años de prisión por reproducciones no autorizadas de obra; mientras que las infracciones contra patentes se castigaban penalmente con una multa conforme lo ordenaba la Ley de Patentes de Exclusiva Explotación de inventos de 1976. 

Posterior, tras la adhesión a la Organización Mundial del Comercio, en el año 1998 se reforma los procedimientos de protección y observancia de los DPI y por tanto se incluye en su Ley de Propiedad Intelectual, Capítulo III “De los delitos y De las penas”, un extenso  catálogo de delitos que castigaba las infracciones en contra de varios DPI protegidos como patentes, modelos de utilidad, modelos industriales, obtenciones vegetales, esquemas de trazados de circuitos, marcas notorias, marcas de alto renombre, indicaciones geográficas, secretos comerciales, secretos industriales, nombres comerciales, apariencias distintivas, derechos morales y patrimoniales del autor, entre otras. Infracciones contra estos derechos podían incluir penas privativas de libertad desde un mes hasta tres años, además de multas.

Luego, en 2014, con el ánimo de “armonizar” y de recoger toda la normativa penal en un solo texto, el legislador promulga el Código Orgánico Integral Penal COIP, el cual para sorpresa, no solo, no incluyó ningún tipo penal relacionado a la protección de derechos de Propiedad Intelectual, sino que, al tener efecto derogatorio de toda norma penal que no se encontrase incluida, tuvo como efecto que en el Ecuador no se protegía penalmente a los Derechos de Propiedad Intelectual.

Esto resultó también en el incumplimiento de tratados internacionales de ámbito comercial a los que el país se encuentra adherido, además de que, se planteó como un potencial obstáculo para las negociaciones comerciales avanzadas por el país con la Unión Europea. Por estas razones, tras casi un año de no contemplar penalmente  las infracciones contra DPI, en la primera reforma al COIP el 30 de Septiembre de 2015 se “re-incorpora” la protección penal de DPI mediante el artículo 208A titulado “falsificación de marcas y piratería lesiva contra los derechos de autor”

Este tipo penal castiga exclusivamente con multas a las infracciones realizadas con fines comerciales y a “escala comercial” que:
a) Fabriquen y/o comercialicen mercancías que usen sin autorización marcas registradas en Ecuador y/o marcas notorias
b) Produzcan, reproduzca y/o comercialicen mercancía pirata entendiéndose esto como “cualquier copia hecha sin consentimiento del titular del derecho de autor o de una persona debidamente autorizada por él.”

Las multas oscilan entre 55 (USD $22.000) a 176 (USD $118.000) SBU, y estas se determinan  en base de la cantidad del producto infractor incautado partiendo de la base de 142 (USD $56.800) SBU para la imposición de las mismas.

Queda en evidencia entonces que, al redactar este artículo el legislador estaba más preocupado en satisfacer los requerimientos básicos de los acuerdos internacionales que se venían incumpliendo, antes que cuidar una adecuada técnica de redacción que se anticipe y entienda la forma como operan este tipo de infracciones, menos aún tuvo ánimo o pretendió proteger ampliamente a los titulares de los múltiples derechos de propiedad intelectual.

Si bien se anticiparon múltiples inconvenientes que la redacción de la norma penal planteaba de cara a la protección de los derechos que contempla, tras un poco más de cinco años de vigencia de la ley, se han develado más inconvenientes entre los cuales detallamos los siguientes como principales.

Sobre la norma en el COIP.


Debido a la distribución del COIP, este delito fue incluido en el capítulo “delitos contra la propiedad” por lo que, en concordancia con el sistema procedimental penal y de organización institucional de las correspondientes autoridades, al igual que el robo, hurto y otros, este delito es investigado por autoridades cuya pericia es distinta del ámbito de derechos de propiedad intelectual y más bien enfocado exclusivamente a la propiedad como bien jurídico. Además de que, se ha incluido en un mismo artículo a marcas y a derechos de autor, figuras cuya naturaleza y funcionamiento en el comercio plantean sustanciales diferencias. 

Adicional, el uso de términos ambiguos y no normados supletoriamente como “escala comercial”, abre el espectro interpretativo para suponer cierta magnitud de la actividad. 

Espectro de protección de la norma penal.


En temas de marcas, se castiga el uso no autorizado de la marca registrada, lo cual omite totalmente las infracciones por similitud, además de que al ceñirse al tenor literal de la norma, como en materia penal procede, podría dar paso al abuso del derecho sobre usos legítimos paralelos en caso de no contar con autorización del titular y no solo a producto falsificado como tal.

Adicional, al establecerse sanciones en base a productos incautados automáticamente se habla de protección de marcas de productos y no de servicios. Se omite la protección a marcas no tradicionales como sonoras y de posición.

Se absuelve penalmente la comercialización previa de productos infractores ya que no pueden ser incautados y valorados; y, en este mismo sentido al manejar una regla de proporcionalidad tan cerrada, si el producto infractor es valorado por 56.799 o menos, ya no existe responsabilidad penal del infractor. 

Esta misma escala de proporcionalidad, plantea un desafío sobre la interpretación y la valoración comercial que se le pueda dar a productos ilegales (que por su naturaleza ilícita no deberían ser parte del comercio), el cual no tiene símil en otra norma penal. Además no se establecen criterios de referencia permitiendo generar dudas sobre el valor real de un producto falsificado en comparación a uno original en las diferentes etapas del proceso penal.

Es evidente que, no se protege mediante la vía penal otras infracciones de gran relevancia, si consideradas penalmente en normativas comparadas de países de la región, como el plagio de obras, infracciones contra patentes, infracciones contra otras figuras de derechos de propiedad industrial diferentes a las marcas de productos, revelación de secretos industriales, etc.

En relación a los derechos de autor, hace uso innecesario del verbo rector “producir” al referirse a mercadería pirata, siendo esta por su naturaleza necesariamente una reproducción no autorizada de una obra. 

Como se puede apreciar, si bien el tipo penal contenido en el art. 208A del COIP re-implantó la protección penal de los DPI en Ecuador, esta norma presenta varios inconvenientes que merman la protección de los titulares de Marcas y Derechos de Autor ante delitos sumamente graves.

No está demás el recordar que, delitos como falsificación de marcas y piratería arrojan números alarmantes en relación a las cantidades extraordinarias de dinero que mueven, sirven como financiamiento de otros delitos más sensibles y finalmente, por sus características “pluriofensivas”,  afectan también al consumidor y al aparataje estatal.

El punto positivo es que, actualmente la Asamblea está promoviendo un nuevo proyecto de reforma en el que se modifique el artículo 208A con la finalidad de otorgar una mejor protección a los DPI.

Para profundizar en el tema puedes revisar la derogatoria de los delitos de propiedad intelectual y su posterior reincorporación en la legislación ecuatoriana, investigación realizada por José Martín Rivera, abogado de Luzuriaga & Castro Abogados.

La etiqueta SwissMade (o fabricado en Suiza) es mucho más que la indicación geográfica del origen de un producto: representa un distintivo de funcionalidad, puntualidad y precisión, respaldado por procesos de producción que observan los más altos estándares de calidad.

El índice de Competitividad Global demuestra que Suiza se ha mantenido como el país más innovador del mundo. 

Una razón detrás de este logro sostenido es que posee el mayor número de patentes per cápita lo cual refleja un entramado legal que ha permitido la materialización de ideas innovadoras a través del respeto a derechos de propiedad intelectual.

Este desempeño se refleja en el espíritu innovador y emprendedor de Suiza, que es resultado de años de inversión y experiencia en investigación en centros especializados de alta tecnología.

Propiedad Intelectual e Innovación


Como se sabe, las leyes de propiedad intelectual protegen la innovación y sus resultados, y aseguran que productos auténticos y de gran calidad lleguen a consumidores que los reconocen y respetan, lo cual fortalece la confianza mutua entre industria y sociedad.

Como demuestra el caso suizo, los derechos de propiedad intelectual promueven el crecimiento económico y la competitividad en el sector privado. Además de estas razones, la protección a la propiedad intelectual tiene retornos sociales notables: por un lado, permite la creación de empleos formales bien remunerados en diversas áreas del conocimiento y, por otro, una parte significativa de las ganancias se destina a la investigación en innovación y desarrollo, la cual tiene efectos positivos de mediano y largo plazo para la sociedad.

Defender la Propiedad Intelectual para la Innovación
Defender la Propiedad Intelectual para la Innovación

Una de las lecciones sociales que nos trajo la pandemia de covid-19 es la relevancia de invertir e incentivar la ciencia y la tecnología para hacer frente a las crisis, y una forma de fomentar esta inversión es la protección robusta a la propiedad intelectual, la cual hará́ más accesibles tanto los resultados de la innovación como el desarrollo para la sociedad en su conjunto.

La Innovación en Ecuador


Cómo entendemos la propiedad Intelectual en Ecuador comprende:

La protección de los derechos de autor, derechos conexos y la propiedad industrial, que abarca invenciones, dibujos, modelos industriales, esquemas de trazado, (topografías) de circuitos integrados, información no divulgada, secretos comerciales e industriales, marcas de productos, marcas de servicios, lemas comerciales, apariencias distintivas, nombres comerciales, indicaciones geográficas y cualquier otra creación intelectual.

Ecuador ante la Innovación y desarrollo tecnológico
Ecuador ante la Innovación y desarrollo tecnológico

Por otra parte, el organismo que vela por que estos derechos se cumplan, en el Ecuador, es el SENADI un organismo administrativo competente para propiciar, promover, fomentar, prevenir, proteger y defender a nombre del Estado Ecuatoriano, los derechos de propiedad intelectual reconocidos en la Ley y en los tratados y convenios internacionales, sin perjuicio de las acciones civiles y penales que sobre esta materia deberán conocerse por la Función Judicial.

En el Ecuador SENADI reconoce, regula y garantiza la propiedad intelectual adquirida de conformidad con la ley, las decisiones de la Comunidad Andina y los convenios internacionales vigentes en el Ecuador.

El SENADI y la innovación


SENADI parte de la innovación en el Ecuador
SENADI parte de la innovación en el Ecuador

En el Ecuador, el SENADI, protege las creaciones humanas: invenciones, obras literarias y artísticas, símbolos, nombres, imágenes, dibujos, modelos de utilidad, Diseños, Apariencias Distintivas, entre otros.

Promoviendo el respeto a la creación intelectual, a través de la educación, difusión y observancia de la normativa jurídica vigente, basada en el reconocimiento del Derecho de Autor y Derechos Conexos en todas sus manifestaciones, con una gestión de calidad en el registro de obras y otras creaciones intelectuales, y vigilando el correcto funcionamiento de las sociedades de gestión colectiva.

Para finalizar, en el Ecuador, existe un incentivo para las invenciones en los sectores más importantes del país (industria agrícola y ganadera), así como en los institutos de investigación de las distintas universidades con el desarrollo en tecnologías como software, implementos médicos o cuidado medio ambiental.

Facebook actualizó, desde el martes 23 de marzo, controles de seguridad para evitar falsificaciones de marcas, así como herramientas para proteger la propiedad intelectual en los contenidos publicados en la red social.

En un comunicado, la plataforma anuncio la inclusión de la búsqueda a través de imágenes en el buscador de su herramienta de propiedad intelectual comercial y de anuncios, habilitada para las marcas interesadas en buscar si existen falsificaciones de sus productos en la red.

Facebook con nuevas políticas con respecto a la Propiedad Intelectual

Con esta nueva herramienta, los interesados podrán subir una foto de su producto y comprobar si hay elementos similares o idénticos que pudieran ser falsificaciones en la plataforma, además de las ya existentes búsquedas de texto.

Esta búsqueda se realiza también para las empresas que venden en la pestaña de Marketplace de Facebook y a las publicaciones que tienen productos etiquetados para Instagram.

Facebook insiste en que se eliminará normalmente los contenidos denunciados a través de esta herramienta en el plazo de un día.

Derechos de Autor

Asimismo, la compañía anuncio cambios en su política de derechos de autor para ofrecer a los propietarios de estos la oportunidad de obtener ingresos, incluso cuando el contenido es publicado por otra página.

Por eso, crearon Rights Manager, una funcionalidad para que los propietarios de derechos de autor puedan reclamar y cobrar las ganancias de los contenidos protegidos por estos, que además sean publicados por páginas que cumplan con las normas de Facebook y sus políticas de monetización de contenido.

Los administradores y editores de la página pueden usar Rights Manager para hacer lo siguiente:

Toma en cuenta que Rights Manager también es una forma  de supervisar y proteger el contenido con derechos de autor en Facebook. También puedes administrar tu propiedad intelectual sin Rights Manager.

De este modo, la empresa asegura la oportunidad de usar contenidos de propiedad ajena en un vídeo sin que este se retire, con lo que se amplía la cantidad de contenido disponible para los anunciantes y se ofrece a la gente contenidos que de otro modo podrían ser bloqueados por problemas de derechos de autor.

No obstante, Facebook indica que, a futuro añadirá dos nuevos controles de identidad en las marcas para proporcionar una estimación del alcance del anuncio cuando se aplican estos controles, para así obtener mayor control no solo del contenido de las marcas, sino mayor estabilidad en otras funciones de su app como son los en vivos.

Asesoría Online

Actualmente, las empresas tienden a implementar las nuevas herramientas que brindan mejores condiciones para su crecimiento y que permiten reafirmar su posición en el mercado.

La gestoría o asesoría online es una herramienta de trabajo que ha experimentado un crecimiento exponencial gracias a Internet.

Es a través de este entorno de trabajo, que las empresas han logrado brindar a sus clientes excelentes servicios, que han incrementado la eficiencia y rentabilidad de sus servicios.

Por otro lado, algunos servicios online generan desconfianza en determinados usuarios, porque lo que ofrecen no es tangible o no está localizado en ningún lugar. Aquí, la franja de edad es un factor determinante.

Si todavía no tienes muy claro en qué consiste, o cómo funciona este tipo de servicio en línea, visita asesoría en propiedad intelectual para emprendedores.

Pues, ahora veamos algunas de las ventajas de la asesoría online frente a la propiedad intelectual.

La asesoría online aporta mayor comodidad

La asesoría online puede ofrecerte todo lo que necesitas en un solo lugar, y con las facilidades y las funciones prácticas que brinda la tecnología.

Se puede contar con todos los servicios, de acuerdo a las necesidades en propiedad intelectual para el negocio, con solo acceder a Internet desde cualquier dispositivo. Sin moverte de casa o de tu oficina (o desde cualquier sitio, con tu smartphone), puedes acceder a la red y obtener las soluciones que necesitas.

La asesoría online, te facilita tareas como análisis de caso, consultoría de caso o actualizaciones permanentes.

La asesoría la puedes obtener por diversas vías: Mediante el correo electrónico, a través de videoconferencia o por teléfono.

No es de extrañar que, para muchos emprendedores y autónomos, la asesoría online sea un servicio cómodo en el que todo está al alcance de la mano.

Tomar el control del caso

Otra de las prestaciones de la asesoría online es que podrás gestionar el proceso, desde tu ordenador, de forma sencilla.

Tienes la posibilidad de tomar el control de toda la actividad del caso y documentos, así como de todos los flujos o cambios del mismo. Podrás realizar todas estas actividades, incluso si no cuentas con una formación especializada en propiedad intelectual, todo gracias a tu asesor.

Ventajas de la Asesoría Online

Por lo que, la toma del control es otra ventaja de la asesoría online en propiedad intelectual.

La asesoría online proporciona seguridad

Toda la documentación permanece en tu poder, a través de correos electrónicos enviados por el asesor. De ese modo evitas que se produzcan pérdidas o extravíos, protegiendo los documentos originales.

Por otro lado, si lo deseas, todo el proceso y demás documentos, se podrán encontrar digitalizados y seguros en la nube, de manera ordenada y en un mismo sitio.

Esta es una doble protección para la información del proceso.

Con la asesoría en línea, ¡Ahorras!

La asesoría online resulta más económica que la asesoría tradicional. Desde esta perspectiva se ahorra no solo en el precio del servicio, sino también por las ventajas que brinda esta modalidad de asesoría.

Ahorrar dinero en recursos humanos, puesto que no se necesita de una persona que archive o maneje la documentación. Ahorras espacio y dinero al no requerir material para archivar físicamente información.

Evitas desplazamientos hacia el despacho de asesoría, ahorrandote gastos de combustible y parking, entre otros.

Ventajas de la Asesoría Online

Reduces el tiempo de respuesta en la asesoría online

La asesoría online en propiedad intelectual reduce el tiempo de respuesta.

Con la contratación del servicio de asesoría online, podrás obtener información en tiempo real, lo que te permitirá efectuar una mejor toma de decisiones sobre tu caso.

También podrás cada vez que lo necesites, visualizar y controlar el caso, tomar decisiones y consultar cambios al asesor.

Este proceso permite que los documentos del caso se transmitan de forma rápida, lo que facilita la entrega de informes sobre el proceso. Y si necesitas ayuda de tu asesor, este accede a toda la información cada vez que sea necesario.

Como se puede observar los servicios de asesoría online, en propiedad intelectual, son herramientas que brindan todo tipo de facilidades y ventajas. Estas proporcionan una mayor rentabilidad y eficacia a los emprendedores que buscan llevar a cabo procesos que están vinculados a la propiedad intelectual.

Recuerda que el oportuno registro y protección de derechos de autor, marcas o patentes, se traduce en posibilidades de innovación, productividad y crecimiento.

El 02 de marzo de 2021, la Unidad de Delitos Aduaneros y Tributarios-UDAT, en cumplimiento a la orden de servicio NO. 2021-017-P3-UNIDARD-DNIDCCDGIN, llevo a cabo la operación “CONTAINER”, por el presunto delito de falsificación de marcas y piratería lesiva contra los derechos de autor, dentro del expediente Nº. 09292-2021-00147G, de fecha 01 de marzo del 2021, suscrita por el Msc. Homero Tayupanda Quiroz Juez de la Unidad Judicial Penal Sur con competencia en delitos flagrantes del cantón Guayaquil.

En compañía del Ab. Carlos Bustamante, Fiscal de turno de flagrancia del sur Valdivia, se procedió a cumplir con la orden judicial a fin de inspeccionar y aperturar el contenedor #OOCU654748-6, el mismo que se encuentra almacenado en la Terminal Portuaria De Guayaquil Depósito 2.

En el operativo se identificó una gran cantidad de productos consistentes en maquillaje, 30 cajas dando un total de 4.320 paletas de maquillaje, que usaban las marcas de propiedad de la compañía BENEFIT COSMETICS LLC., conforme se detalla en el parte policial No. 2021030301434262913, de fecha 02 de marzo de 2021. De la acción realizada por la Unidad de Delitos Aduaneros y Tributarios, dio inicio a la Investigación Previa en la Fiscalía Especializada en Soluciones Rápidas del Sur.

Más allá de abogar por la igualdad entre hombres y mujeres, este artículo busca verificar el impulso a la diversidad presentado en este nuevo siglo. El mismo, se basará en información y datos obtenidos por la organización mundial de propiedad intelectual OMPI.

Es bien sabido que, la innovación y la creatividad son el motor del progreso humano. Los procesos para proteger esta innovación es el motivo por el que la Propiedad Intelectual es necesaria a la hora de sumar a la construcción de la sociedad, pero, ¿de qué manera influye la visión de género en el mundo de la Propiedad Intelectual?

Para el sector de la propiedad intelectual, el tema toma relevancia pues el capital humano es el pilar de competitividad en este mercado y está comprobado que el talento femenino aporta un gran valor.

Desde la organización mundial de propiedad intelectual existe un compromiso para promover la igualdad de género y la diversidad en los sectores innovadores y creativos, en el mundo de la propiedad intelectual y en su propia Organización.

Este trabajo, se lleva a cabo para incorporar sistemáticamente las consideraciones de igualdad de género en programas de trabajo, al tiempo que se generan y analizan datos desglosados y específicos de género, reforzando y reproduciendo las buenas prácticas y colaborando en el desarrollo de capacidades.

Visión desde los datos sobre el Sistema de Propiedad Intelectual.

El sistema de Propiedad Intelectual se fundamenta en la idea de que, toda persona que cumpla con las condiciones previstas por las leyes, pueda utilizarlo. Cada país determina sus leyes de Propiedad Intelectual basándose en el marco de distintos tratados internacionales y regionales, elaborados a lo largo de muchos años para proporcionar una eficaz protección.

Desde esa perspectiva puede parecer factible que la brecha entre hombres y mujeres sea corta a la hora de adquirir y ser titular de derechos de PI, nada más lejos de la realidad. 

Según los análisis de la OMPI, las solicitudes internacionales de patente presentadas en 2015 menos de un tercio fueron presentadas por inventoras. Sin embargo, este hecho supone una mejora considerable con respecto a los datos de 1995, en que solo un 17% fueron presentadas por mujeres inventoras, registrándose resultados notablemente superiores a la media mundial en unos pocos países y regiones. 

Mujeres Inventoras

El hecho innegable es que todavía son muchos más hombres que mujeres quienes obtienen patentes por sus invenciones.

Aunque todavía no se dispone de datos internacionales comparables sobre el género de los titulares de otros derechos de PI, como por ejemplo, los diseños industriales, hay datos que prueban que en ese ámbito también hay disparidad de género. 

El ejemplo claro se encuentra entre las personas que trabajan en el ámbito de los diseños industriales en los Estados Unidos de América, donde solo un 15% son mujeres.

De toda la información disponible es necesario mencionar que en las industrias creativas las mujeres, empiezan a crecer, sin embargo siguen estando por detrás de sus homólogos del otro género.

 Porcentaje de solicitudes internacionales de patente en las que figura al menos una inventora, por región

Muchas profesiones de carácter creativo se encuentran influenciadas por hombres.  Por ejemplo, según datos de las Naciones Unidas, en el ámbito de la dirección cinematográfica, tan solo un 7% en todo el mundo son mujeres, y en el de la escritura de guiones, solo un 20%. 

Análogamente, un estudio del mercado mundial del arte revela que, en las subastas, las obras de arte hechas por mujeres se valoran menos que las hechas por hombres. 

En los Estados Unidos de América, el número de registros de derechos de autor de obras escritas por hombres es dos veces superior al de obras escritas por mujeres.

Sin embargo, existen datos probando que, una mayor participación de las mujeres en las instituciones y en la sociedad en general mejora los resultados en innovación.  Distintos estudios muestran que los equipos incluyentes y heterogéneos son más innovadores, de igual forma, se menciona que las empresas heterogéneas obtienen mayores beneficios.

Sistema de Propiedad Intelectual desde quienes lo conforman.

Desde la  organización principal del sistema de las Naciones Unidas en cuestiones de PI, tecnología e innovación, la OMPI se dedica activamente a fomentar la igualdad de género en la innovación y la creatividad.

Esta organización impulsa diferentes iniciativas dirigidas a las mujeres en materia de sensibilización, fortalecimiento de capacidades y liderazgo.

Liderazgo

Un elemento fundamental en todo intento de reducir la disparidad de género. Se formó la red International Gender Champions Network, que fomenta la igualdad de género en el plano institucional.

Actualmente, la red comprende más de 200 jefes de organizaciones internacionales, misiones diplomáticas y organizaciones no gubernamentales.

Sensibilización en materia de género

Las iniciativas de sensibilización sobre la importancia de la igualdad de género son una herramienta fundamental para cambiar las ideas a ese respecto en todo el mundo.  La OMPI ha emprendido diversas actividades en esta materia, a saber:

Cabe mencionar que desde 1998, la Academia de la OMPI fortalece la posición de las mujeres mediante diversos programas de formación y capacitación en PI, en particular, los que se llevan a cabo en los países en desarrollo y los países menos desarrollados y en las economías en transición.  De los aproximadamente 50.000 estudiantes que cada año se inscriben en el programa de enseñanza a distancia de la Academia de la OMPI, la mitad son mujeres.

Una visión femenina

Por su parte, compañeras como, la profesora Londa Schiebinger, en base a su proyecto de Innovación con perspectiva de Género en Ciencias, Salud y Medicina, Ingeniería y Medioambiente de la Universidad de Stanford, menciona que:

Cuando las mujeres que participan como autoras de un estudio médico mayor es el nivel de análisis con perspectiva de sexo y género.  Creo que también es cierto que si se hacen más análisis de este tipo, más mujeres participarán en crear conocimientos. Y eso es algo positivo. Al fin y al cabo, las mujeres constituyen aproximadamente la mitad de la población mundial y tienen un enorme potencial, aunque mayormente no explotado, para contribuir al conocimiento humano.

Siguiendo esta perspectiva, y con una mirada a futuro con respecto a la igualdad en países con un gran potencial económico, Gema Lax Martínez, de la Universidad de Lausana, expresa que: 

La participación de las mujeres en la actividad de patentamiento no se distribuye equitativamente entre los países o regiones, ni es igual en términos absolutos. En este sentido, se espera que las mujeres que soliciten patentes en Alemania, Japón y los Estados Unidos de América determinen en gran medida la progresión global del equilibrio de género en los próximos decenios.

Es claro que, existe una importante contribución por parte de las mujeres, las mismas que impulsan el progreso de la humanidad. Pero, para obtener los resultados óptimos y necesarios para satisfacer las necesidades de una población mundial creciente y muy diversa, es imperativo el fomentar y facilitar que las mujeres ejerciten su talento en los ámbitos de la ciencia, la tecnología, la ingeniería, las matemáticas y las artes.

Solo a través del trabajo conjunto podemos dejar de lado la disparidad con respecto al género y aumentar la participación de las mujeres dentro del marco de la Propiedad Intelectual.  

Emprendedores

¿Tienes una idea innovadora de negocio? o ¿Quieres emprender tu actividad por tu cuenta? Sí estas respuestas son positivas, entonces eres un emprendedor.

Emprender es el primer y más importante paso en tu camino, pero necesitarás proteger tu marca como el activo más importante a la hora de poner en funcionamiento tu negocio.

Tu asesor online te debe acompañar para conseguir que, tu marca consolidada con esfuerzo, no sea vulnerada con el tiempo.

Recuerda que tu asesor legal personal se encargará de los trámites y te resolverá las dudas que te puedan surgir con respecto a la protección de tu marca.

Asesoría Online

Asesoramiento y Guía

La asesoría debe ser un servicio integral para el emprendedor, desde consejos para un registro de marca adecuado, hablar del funcionamiento de patentes de invención o constituir un plan para protección de derechos de autor, contratos, licencias, recursos administrativos y acciones judiciales 

Todo proceso debe facilitar las tareas, del emprendedor, a la hora de llevar a cabo un caso enfocado en propiedad intelectual.

Asesoría al emprendedor.

Consultoría telefónica con tu asesor personal

La consultoría es un servicio puntual. Cuando hay un problema con el proceso que requiere un análisis a fondo, es el asesor quien se encarga de la revisión y presenta las pautas para remediar el problema.

Se trata de un servicio, en el que se evalúa una parte del proceso con el fin de definir pautas que ayuden a solucionar el problema.

Análisis inicial del caso

La asesoría sobre el caso permitirá prevenir situaciones y supervisar las acciones para asegurar el bienestar del proceso.

De este modo, el asesor te dará una introducción del proceso que se llevará a cabo, con información puntual, segura y relevante del procedimiento para el caso.

Análisis de Caso

Actualizaciones permanentes e información de interés

El asesor revisa la información del caso, ofrece datos para que puedas ver en todo momento cuál es la situación del mismo, con previsiones que permiten conocer el estado actual y futuro del proceso de registro, tutela administrativa o acción penal y, de este modo, evitar sorpresas al final.

Tu negocio y tu tiempo son primero

El tener un asesor en los procesos de propiedad intelectual, permitirá al beneficiario concentrarse en otros aspectos del emprendimiento. Dejando en manos del asesor todo lo correspondiente a propiedad intelectual de la marca. 

Recuerda que toda creación del intelecto humano, constituye un importante activo económico para sus titulares. El oportuno registro y protección de derechos de autor, marcas o patentes, se traduce en posibilidades de innovación, productividad y crecimiento.

Tu tiempo es primero.

Comunidades Virtuales

El desarrollo virtual vinculado al crecimiento exponencial de usuarios en la red, que gracias a la migración de personas al digital y el fortalecimiento de varias condiciones adversas, llevaron a las marcas a adaptar sus servicios al on-line constituyendo un escenario donde hablar de “virtual brand communities” ya no representa sólo un término acuñado al imaginario público. 

Por el contrario, la comunidad vinculada a esta tendencia denominada “virtual brand” empieza a manipular el mercado global a través de campañas cuyo propósito es comercializar productos que, si bien no reemplazan a los encontrados en espacios físicos, se ven desde las pantallas similares o mejores a los que se ofertan en los mismos.

La tendencia de mantener al usuario cerca de la pantalla no es reciente, otros medios de comunicación como la radio y tv supieron mantener a su público, por varios años, atentos a los cambios de oferta y demanda a nivel mundial. 

Virtual Brand Communities
Virtual Brand Communities

Comunidades Virtuales y Propiedad Intelectual

Ahora, con el exceso de información, la inminente llegada de sociedades líquidas y el desarrollo de las IA aplicables al medio industrial, solo era cuestión de tiempo para que las marcas evocaran sus productos y servicios al on-line. Si bien, desde el año 2010 empezó esta transformación, no fue hasta el año 2020 con la llegada de la Pandemia que el boom por la formación de marcas virtuales tomó fuerza en la sociedad.

La creación de una “virtual brand” sigue de cerca dos temáticas importantes; el cuidado de tu comunidad y el cuidado de tu marca. Con respecto al primer punto, el definir el producto o servicio que ofreces y visualizarlo en el imaginario colectivo es indispensable a la hora de implementar una campaña para usuarios. 

Las herramientas para llevar a cabo dichas campañas se convierten en el vehículo de estilo e imagen de la marca. Construir una página web, exhibir el servicio o producto en el on-line, formar parte de redes sociales adecuadas y desarrollar un modelo concreto de almacenamiento de información, serán perspectivas importantes a la hora de integrar una marca virtual en esta sociedad.

Comunidades en Ecuador

En el Ecuador, al igual que en todo el mundo, con la llegada de la pandemia, los diferentes negocios tuvieron que reinventarse y buscar nuevos modelos de gestión para incrementar sus ingresos y ahorrar costos. Adaptarse y formar comunidades virtuales se volvió necesario, hasta el punto de convertirse en el siguiente paso para un gran número de emprendedores dentro del país. 

El proceso generó un impacto en los usuarios quienes, en busca de rédito monetario, trasladaron su marca al on-line esperando que formará parte del imaginario colectivo.

Por otra parte, el cuidado de marca no solo debe enfocarse en la imagen on-line. Las marcas virtuales también deben cumplir con todos los permisos de funcionamiento, otorgados por las autoridades competentes.

Proceso de Registro Ecuador

En Ecuador, de acuerdo a lo establecido por el Servicio Nacional de Derechos Intelectuales (SENADI), lo primero que se debe hacer antes de registrar una marca, es realizar una búsqueda fonética para verificar si en el país existen marcas idénticas o similares a la que se pretende registrar.

Esta búsqueda se solicita a través del correo electrónico foneticoquito@senadi.gob.ec. Sin embargo, si necesitas una asesoría completa y un proceso de búsqueda personalizado puedes escribirnos.

Servicio Nacional de Derechos Intelectuales (SENADI)
Servicio Nacional de Derechos Intelectuales (SENADI)

Previo a solicitar dicha búsqueda, el interesado debe ingresar a la página web www.derechosintelectuales.gob.ec donde debe seleccionar el servicio de Casillero Virtual, llenar los datos que le solicitan y seguir todas las instrucciones.

Una vez que se verifique que el nombre de la marca que se pretende registrar no está en el listado de marcas o no está en trámite de registro, el usuario debe ingresar nuevamente a la página de la SENADI, con su usuario y contraseña. 

Debe elegir la opción Registro/Solicitud de Signos Distintivos. En esta página se debe llenar una planilla y guardar esos datos. Luego se generará un comprobante de pago, que deberá ser cancelado en la entidad bancaria correspondiente, para finalizar el proceso. La marca puede obtenerse en el plazo de cinco a seis meses. 

Recomendaciones Finales

Recuerda que para facilitar este proceso es recomendado ser asesorado por un estudio jurídico o abogado con experiencia en la protección de Propiedad Intelectual.  

Finalmente, el desarrollo virtual se encuentra estrechamente vinculado al desarrollo social. El introducir una marca al mercado on line y que la misma tenga éxito no significa que se encuentra segura. Si buscas un gran desarrollo para tu marca puedes asesorarte con Altitude.ec

El éxito de la marca puede llevar a que terceros busquen lucrar con su imagen, es necesario proteger el activo visual más fuerte de tu emprendimiento, es decir, se vuelve imprescindible el registrar tu marca.

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El plagio y su influencia en los derechos de autor

El plagio es desde el punto de vista legal una infracción al derecho de autor sobre una obra artística o intelectual de cualquier tipo, en el que se incurre cuando se presenta una obra ajena como propia. 

Así pues, una persona comete plagio si llega a copiar o imitar algo que no le pertenece o busca pasar por su autor.  

En el caso de documentos de carácter escrito, se tipifica este delito cuando se incluye una idea, texto, imagen o diseño de otro autor, sin anunciarlo expresamente, sin usar comillas y sin citar la fuente o autor original. 

En la actualidad, el plagio resulta más rápido y sencillo, sin embargo, esta práctica es muy antigua como las primeras letras grabadas en una tablilla o escritos sobre un papiro. A pesar de todo, y antes de la creación de la imprenta de Gutenberg, copiar las creaciones literarias de otros no era mal visto.

Los primeros casos de denuncia por Derechos de Autor

Macrobio, escritor romano, expresa que: “el fruto de la lectura es emular lo que uno encuentra bueno en los demás, y tras adaptarlo adecuadamente, convierte lo que uno admira más en los demás en algo para el uso propio”.  

A pesar de que dicha frase se puede malinterpretar, es necesario mencionar que desde el momento en el que los autores empezaron a firmar sus obras, el sentido de la propiedad intelectual empezó a tomar fuerza en el imaginario colectivo.  

Desde esta perspectiva, existen dos corrientes que hablan del primer autor que denunció el plagio de su obra. 

La primera habla de Teognis de Megara quien, cinco siglos antes de Cristo, se percató de que su trabajo podía ser copiado o falsificado e ideó un sistema para controlar la difusión de sus poemas mediante el uso de un sello para que no pase inadvertido si alguien los roba, así lo indica Kevin Perromat en su tesis dedicada al plagio leída en la Sorbona de París.

La segunda presenta el caso de Marcial, nacido cerca de Calatayud y autor de los famosos epigramas quien levantó la voz públicamente para denunciar el plagio de sus obras.

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Los Epigramas de Marcial, editado en 1490 en Milán por Udalricus Scinzenzeler Archivo Gobierno de Aragón

Instalado en la Roma del primer siglo después de Cristo, era un autor que le daba vueltas y vueltas a sus escritos hasta encontrar las palabras precisas. “No improvisaba, sino que aplicaba asiduamente la lima y temía el juicio del público. En un poemita presenta a su primer libro que quiere escaparse de casa para no sufrir las torturas del perfeccionamiento de su patrón”, indica José Guillén en su libro ‘Epigramas de Marco Valerio Marcial”

El resultado del trabajo de Marcial lo llevó a adquirir fama por todo el Imperio, esto provocó que su obra sea copiada por otros poetas menos doctos, cansado de que sus poemas fueran recompensados en voces ajenas, escribió un célebre epigrama dedicado a una de las personas que lo plagiaron.

Fidentino: "Corre el rumor de que tú, Fidentino, lees mis versos al público como si fueran tuyos. Si quieres que se diga que son míos, te enviaré gratis los poemas; si quieres que se diga que son tuyos, cómpralos." De esta forma, el autor le daba valor a su obra. 

Las constantes apropiaciones indebidas de sus epigramas llevaron a Marcial a denunciar la situación escribiendo otros textos, como: “¿Por qué mezclas, necio, tus versos con los míos? O ¿Por qué quieres reunir en un rebaño a las zorras con los leones y hacer a las lechuzas semejantes a las águilas?”. 

Para concluir, a Marcial se le atribuye el nombre que se utiliza actualmente para describir esta mala praxis entre escritores. Plagio proviene del latín plagiarius, nombre que designaba el robo de personas y que él utilizó para denunciar el robo de sus escritos. 

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